viernes, 31 de diciembre de 2010

Estimados lectores

Los saludos de estas fechas suelen estar plagados de lugares comunes, difíciles de eludir. A esta altura de la historia parece imposible encontrar alguna frase que no haya sido pronunciada reiteradamente cada nuevo año. Y si hubiese algún enunciado virgen aun… pues sencillamente, no lo he encontrado.
Desde esta resignación, y a sabiendas de que los buenos augurios y los deseos de felicidad, paz, amor y prosperidad que queremos acercarles son sinceros, es que empleo una vez más estas palabras en apariencia gastadas, pero cargadas cada año, con cada nuevo contexto, de una significación renovada.

¡Feliz 2011 y Gracias por acompañarnos en el viejo año que hoy se despide!

Nuevas causas

LESIONES:
El jueves por la noche se produjo una pelea entre un hombre de 55 años y su hijo de 17 años con otro grupo dentro del bar ubicado en Chacabuco y Sarmiento de Esquel. Un tercero intercedió y la dueña del local les dijo que salieran afuera. Ya en el exterior, el sujeto de 55 años habría apuñadado en el abdomen al que intervino en la contienda. Alertada la policía encontró al presunto agresor, portando en cuchillo en proximidades del lugar. Este fue aprehendido y el viernes al mediodía se realizó la audiencia de control de la detención. El herido fue atendido en el Hospital Zonal de Esquel y se retiró por sus propios medios antes de que le dieran el alta, pese a que el médico interviniente indicó que su lesión era de carácter grave.

ROBO:
En circunstancias que aun no se determinaron, este viernes a las 0:30 hs. aproximadamente, dos sujetos ingresaron a la vivienda de un matrimonio mayor. La mujer estaba durmiendo y su esposo se estaba quedando dormido, cuando fueron sorprendidos por los asaltantes, quienes los maniataron, hurgaron por la vivienda y se hicieron de tres mil pesos con los que se dieron a la fuga.
Sucedió en Avda. Irigoyen al 200, Esquel. Al tomar conocimiento el Fiscal de turno dio intervención al SAVD.

jueves, 30 de diciembre de 2010

Nuevas causas

LESIONES GRAVES:
El miércoles a las 23:15 hs. dos grupos se enfrentaron en el Barrio Estación, Esquel. Del enfrentamiento resultaron lesionados dos jóvenes, uno de cada grupo. Uno de ellos recibió un disparo de arma de fuego en el rostro, en tanto que el otro sufrió una fractura de mandíbula producido por el impacto de una piedra.

DAÑO:
A raíz del hecho anterior, la madre de uno de los lesionados fue a denunciar, y autores ignorados arrojaron piedras contra su vivienda, rompiendo varios vidrios.

miércoles, 29 de diciembre de 2010

Nueva Fiscal General




PRESTÓ JURAMENTO LA DRA. MARÍA BOTTINI

Luego de varios llamados a concurso que quedaran vacantes, finalmente se logró ocupar una de las dos vacantes para Fiscales Generales en la Fiscalía de Esquel. Este miércoles al mediodía, con la presencia de Jueces, Defensores, Fiscales, Funcionarios y empleados judiciales, además de familiares, el Dr. Fernando Rivarola tomó el juramento de ley a la flamante Fiscal General.

AUDIO de Ceremonia de Juramento

La Dra. María Bottini, es la cuarta Fiscal General de Esquel. Durante el mes de enero reemplazará al Dr. Fernando Rivarola en la Agencia de Depuración y Derivación, en tanto que desde febrero su incorporación permitirá reorganizar la composición de las Agencias. En este sentido el Fiscal Jefe dispuso mediante una resolución varios cambios. La Agencia de depuración quedará integrada por un único funcionario, habrá dos Fiscales en la Agencia de Respuestas Judiciales Rápidas, su titular el Dr. Dal Verme con la Dra. Bottini, la que tendrá a su cargo la supervisión de la Delegación de la Fiscalía en la Comarca, y el Dr. Rivarola regresará a la Agencia de Investigación junto con el Dr. Zacchino. También se designará una Funcionaria, la Dra. María Elena Cimadevilla, a cargo de controlar la ejecución penal. En el mismo mes asumiría un nuevo funcionario en la Comarca y el Dr. Fidel González regresaría a la Fiscalía de Esquel para reemplazar a la Dra. Cimadevilla en la Agencia de Depuración.
La Dra. Bottini, se desempeñó los últimos meses en la Fiscalía, como abogada contratada, esta experiencia le permitió familiarizarse con la dinámica de la agencia a la que ahora se incorpora formalmente.

Homicidio y Lesiones calificados


PRISION PERPETUA PARA EL MAYOR Y MEDIDAS TUTELARES DURANTE UN AÑO PARA EL IMPUTADO MENOR

Con voto unánime, el Tribunal Colegiado integrado por los Dres. Carina Estefanía, Ricardo Rolón y Roberto Casal, rechazo el planteo de inconstitucionalidad realizado por la Defensa e impuso la pena de prisión perpetua que requirieron los acusadores, a Daniel Ernesto Bustos. En relación al imputado que tenía 16 años al momento de ocurrido el hecho, el análisis de si corresponde o no aplicar una pena se difirió para el 3 de septiembre de 2011. Hasta esa fecha se realizarán varias medidas tutelares, que servirán de base a la resolución del Tribunal.

Con el voto del Dr. Casal enviado con firma digital vía correo electrónico, los magistrados Estefanía y Rolón tuvieron a su cargo la lectura de la sentencia ante los imputados, su Defensor y la familia de estos, las víctimas acompañadas por el SAVD, el representante de la Fiscalía de Estado y medios de prensa, además de los uniformados a cargo del operativo de seguridad.
Los Jueces fueron coincidentes en el resultado de su análisis sobre los planteos realizados por la Defensa, en rechazo al pedido de prisión perpetua concretado por el Fiscal y seguido tanto por la Querella como por la Fiscalía de Estado. Rechazaron la totalidad de los planteos, señalando que esta pena no puede ser considerada inconstitucional para el caso concreto, ya que guarda proporcionalidad con el daño causado, como tampoco corresponde plantear en este momento la inconstitucionalidad de la ley que elevó la cantidad de años a cumplir por el condenado para acceder al beneficio de la libertad condicional. Esto último recién deberá discutirse cuando el imputado alcance los requisitos que exigía la ley antes de la reforma.

Medidas tutelares

El coimputado tenía 16 años al momento del hecho, y aunque ya alcanzó los 18, los Jueces entendieron al igual que las partes, que corresponde aplicarle medidas tutelares por el plazo de un año, luego de lo cual se analizará si corresponde la aplicación de una pena, o incluso considerar que esta se halla excusada frente a la pena natural que implica la enfermedad permanente resultante a partir de este hecho y la pérdida en el mismo de uno de sus hermanos.
El imputado será sometido a profundos exámenes psicológicos, entre ellos un Test de Roscher para determinar los motivos que lo llevaron a delinquir. También se dispuso un tratamiento psicológico a cargo de profesionales del Hospital Zonal de Esquel; la continuidad de sus estudios, e informes bimestrales sobre la situación del joven realizados por el Servicio Social.

martes, 28 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HOMICIDIO CULPOSO:
Un Ford Fiesta circulaba por Holdich y Pasaje Magallanes este martes a las 13:30 hs. aproximadamente, cuando derrapó, el conductor perdió el control y volcó. Un bebé de dos años perdió la vida, en tanto que su madre (19 años) resultó con lesiones leves y continua en observación, y el conductor (19 años), novio de la joven, resultó con lesiones graves y se encuentra internado en el Hospital de Esquel.
Tomó intervención el Fiscal de turno, criminalística y el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, además de Policía.

Nueva Fiscal

El Fiscal General Jefe de la OUMPF Esquel, Dr. Fernando Rivarola, invita a la ceremonia en la que prestará juramento de Ley la Dra. María Bottini, como Fiscal General de Esquel.
La misma tendrá lugar el miércoles 29 de diciembre, a las 12:00 horas en el 3er piso del edificio de esta Oficina Unica.

lunes, 27 de diciembre de 2010

Hurtos, Robos, Extorsión y otros


14 HECHOS PARA DOS IMPUTADOS

Este lunes la Dra. Fernanda Révori realizó la formalización de la investigación en catorce causas que tienen en común dos imputados. Ambos se encuentran cumpliendo prisión preventiva en relación a otro hecho por el que en un comienzo se les había impuesto el arresto domiciliario y luego se les revocara por incumplimiento. Al menos otras tres investigaciones penales tienen a ambos por protagonistas. Un tercer imputado no se presentó y la Fiscalía solicitó su compulsa.


Se trata de dos hermanos, uno de los cuales fue llevado a los Tribunales el día de Navidad al ser encontrado por la policía deambulando mientras debía permanecer en su domicilio. En esa audiencia se le revocó el beneficio de la prisión domiciliaria. Su hermano solo había persistido 48 hs. en el arresto domiciliario, cuando lo sorprendieron los uniformados en la vía pública, desde entonces cumple la medida en Comisaría.

El primero de los nuevos hechos imputados

El 30 de Octubre de 2010, aproximadamente a las 20.00 horas, Carlos Fernando Güichacoy junto a otro joven hasta el momento no individualizado, sustrajo un celular marca Nokia de la empresa MoviStar, del interior de un taxi que abordaron en un bar de Avda. Alvear y Volta, Esquel.

Hecho II

El 28 de octubre de 2010 entre las 17.00 y las 19.00 horas aproximadamente, Carlos Fernando Güichacoy y otro sujeto aun no individualizado, se hicieron presentes en una casa del Barrio 50 Viviendas (Esquel), en busca de un adolescente de 15 años. Entraron sin permiso y allí, Güichacoy habría extraído un arma de fuego tipo pistola y un cuchillo de grandes dimensiones, frente a dos chicos, uno de 8 años y otro de 11 al que apuntó con la pistola en la cabeza. Al no encontrar al joven que estaban buscando, dijeron que regresarían mas tarde. Antes de retirarse sustrajeron 15 o 20 CD de música, grabados del género Cumbia y Reggaeton.
El hecho fue calificado como violación de domicilio en concurso real con amenazas agravadas por el uso de armas en concurso real con robo.

Hechos III y IV

El 31 de octubre entre las 4 y las 5 hs. Luis Alberto Hernández, Carlos Fernando Güichacoy y Mauricio Arturo Güichacoy sustrajeron de un Fiat 147 estacionado en el playón de un supermercado céntrico, un stereo marca Philco modelo CSP3927, una Tarjeta 365 Patagonia del Banco Chubut, una Tarjeta de Débito del Banco Chubut, una Tarjeta Social y un DNI.
Por otra parte, ese mismo día entre las 7:30 y las 9 hs. los tres imputados sustrajeron dos carteras de un vehículo estacionado en el Bº Covitur también de Esquel. Las carteras contenían $150, documentación del vehículo, una Tarjeta de Débito, un Carnet de Seros, tres carnet de conductor y un DNI. Los hechos fueron calificados como Hurto, dos hechos en concurso real.

Hecho V

Un día antes, el 30 de octubre aproximadamente a las 09.00 horas, los tres imputados y otros dos sujetos hasta el momento no individualizados, realizaron un viaje por distintos puntos de la ciudad a bordo de un taxi de la parada de Av. Alvear y Fontana (Esquel). Al llegar a la intersección de las calles Cambaceres y Catena, “uno de ellos presuntamente HERNANDEZ, procedió a extraer de entre sus ropas un cuchillo cabo blanco de aproximadamente 20 cm que exhibió al taxista manifestándole de manera intimidante: ‘ … que te parece esto …’, tras lo cual lo guardó señalando: ‘ … lo tengo porque anoche fui a comer un asado …’. Mientras ello ocurría, el resto del pasaje aprovechó a apoderarse ilegítimamente de una riñonera de cuero negra que contenía la suma de $ 15 aproximadamente en monedas, DNI, Carnet de Conductor y Libreta Sanitaria”, relata la imputación. Parte de la documentación que se hallaba en la riñonera sustraída (DNI y Carnet de Conductor), fue encontrada en el asiento trasero del remise.
El hecho fue calificado como Robo.

Hecho VI

También el 30 de octubre a las 9:30 hs., Carlos Fernando Güichacoy acompañado de otro joven, tomaron un remise en la parada de la Agencia Nevadas ubicada en el Bo. Sargento Cabral, con destino al playón de un supermercado céntrico. En el trayecto habrían sustraído una billetera de cuero negra que se hallaba en la bucheta del vehículo, conteniendo $ 330 aproximadamente. Esto fue advertido por el chofer cuando los jóvenes le pagaron el viaje y bajaron del rodado. El damnificado los llamó y los pasajeros se metieron raudamente en el supermercado, abandonando la billetera en un vestidor, sacaron el dinero y dejaron la billetera, dándose luego a la fuga. El hecho fue calificado como hurto.

Hecho VII

El 28 de octubre Mauricio Arturo Güichacoy, Carlos Fernando Güichacoy y otra persona no identificada, habrían ingresado a un kiosco ubicado en Av. Ameghino al 900 de Esquel, ofreciendo a la venta publicidad por 8 meses a razón de 100$, para un programa que supuestamente se emitía por Canal 4, destinado a fomentar el football infantil. No lograron la venta ya que la propietaria del local les dijo que no tenía dinero.
Al día siguiente Mauricio Güichacoy regresó al comercio. En esa oportunidad estaba presente el titular del Kiosco. Le ofreció publicidad por 8 meses a razón de 100 $, para el mismo supuesto programa en el que, según dijo, estaban él y su hermano. Con ese engaño logró que el dueño del comercio le entregara $ 100. El imputado se comprometió a entregarle el recibo y le dijo que se pasaba su hermano le diga que ya le había abonado a él.
Finalmente, el 2 de noviembre aproximadamente a la hora 18.30, Carlos Fernando Güichacoy volvió al kiosco a solicitarle a la propietaria la entrega de $ 50 en concepto de publicidad para el mismo programa. Ante la negativa de la mujer le dijo de manera amenazante que regresaría cuando estuviera su marido, tomó un alfajor de la estantería, lo abrió y lo comió diciendo de manera intimidante “… como no me pagas, me como el alfajor, total en cana no me vas a poder meter; mañana voy a volver y me van a tener que dar la plata, sino van a ver…”
La Dra. Révori calificó estos hechos como tentativa de estafa en concurso real con estafa respecto de Mauricio Güichacoy y tentativa de estafa en concurso real con extorsión en grado de tentativa en relación a Carlos Fernando Güichacoy.

Hecho VIII

El 3 de Noviembre de de 2010 entre la 01.30 y las 04.30 horas, Carlos Fernando GUICHACOY habría sustraído del interior del vehículo estacionado en intersección de las calles Holdich y Lezana (Esquel), una carpeta de cartón roja con documentación varia del automóvil y un stereo marca Honshu color negro con botones color celeste. El hecho fue calificado como Robo.

Hecho IX

El 3 de Noviembre a las 23.40 horas aproximadamente, Carlos Fernando Güichacoy acompañado presuntamente por Luis Alberto Hernández, habrían hurtado del interior del patio delantero una residencia del Bº 50 Viviendas, una bicicleta marca Olmo color negra con letras blancas rodado 26 de 21 velocidades y suspensión delantera.

Hecho X

Entre las 00.00 y las 07.00 horas del día 05 de Noviembre de 2010, Mauricio Arturo Güichacoy habría sustraído una hormigonera chica color verde con protector de motor color amarillo y caños negros. Esta se encontraba en el patio delantero de una vivienda ubicada en Belgrano al 500 de Esquel.

Hecho XI

Probablemente el 3 de noviembre por la madrugada, Carlos Fernando Güichacoy habría hurtado un stereo negro marca Philco modelo AD4220-6021E, de un Peugeot 504, estacionado en el Pje. 16 de Noviembre del Barrio Vepam (Esquel).

Hecho XII

El 18 de noviembre a las 11.10 horas aproximadamente, Carlos Fernando Güichacoy ingresó a un local comercial de la calle 25 de Mayo entre Rivadavia y San Martín, en busca de un empleado del lugar, el que lo había denunciado en dos oportunidades. Al verlo le dijo “… sos un denunciante, salí afuera, vamos a pelear…”. Luego salió, regresó con un cuchillo o navaja en una de sus manos, le lanzó un puntazo al cuerpo que el joven logró esquivar evitando ser lesionado, y le dijo antes de retirarse “… te voy a matar…”.
El hecho fue calificado por la Fiscalía como agresión en concurso real con amenazas agravadas por el uso de armas.

Hechos XIII y XIV

El 6 de noviembre a las 0.30 horas aproximadamente, Carlos Fernando Güichacoy y Mauricio Arturo Güichacoy, habrían roto la puerta de ingreso de un local comercial ubicado en Perito Moreno entre 9 de Julio y Rivadavia de Esquel, para sustraer un equipo de música grande marca Aiwa doble cassetera, dos DVD; dos play station; tres celulares, dos que no funcionan y el tercero en funcionamiento marca Motorola modelo W5 de la empresa Movistar y un radiograbador marca Philco.
Luego, el 13 de noviembre entre las 06.00 y las 07.30 horas, Carlos Fernando Güichacoy y Mauricio Arturo Güichacoy, habrían hurtado una bicicleta todo terreno, rodado 26 color gris con asiento negro y llantas de competición color blancas, del patio trasero de una vivienda del Barrio 28 de Junio. Los hechos fueron calificados como robo en concurso real con hurto.

domingo, 26 de diciembre de 2010

Nuevas causas

LESIONES GRAVES:
La Noche Buena a las 21:20 hs. un hombre agredió a otro con un cuchillo, provocándole lesiones de gravedad. El damnificado y las personas que iban con él realizaron la denuncia, el presunto autor fue notificado de la imputación se allanó su domicilio y se secuestró un cuchillo que sería el utilizado en el hecho. Sucedió en Cushamen y el herido luego de ser atendido en esa localidad debió ser trasladado al Hospital de El Maitén.

LESIONES LEVES CULPOSAS:
El viernes 24 a las 20 hs. se produjo un accidente automovilístico en Pte Perón y Avellaneda (Esquel). Un Susuki Fun y un Fiat Siena colisionaron, resultando con lesiones leves dos mayores y un bebé de 4 meses, los que viajaban en el primero del los vehículos.

DAÑO:
Una mujer apedreó el frente del departamento de otra con la que tuvo problemas, dañando dos vidrios y una puerta de madera. La agresora fue aprehendida, recuperando más tarde la libertad, ligada ya a la investigación penal por el delito de daño. Sucedió este domingo a las 0:40 hs. en Brown 1401.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron un vidrio de un local de venta de ropa ubicado en Sarmiento al 500 (Esquel). El daño ocurrió el día de Navidad entre las 6 y las 6:30 hs.

ROBO:
En el mismo horario del hecho anterior y a escasos metros, en la esquina de Sarmiento y San Martín, autores ignorados rompieron un vidrio de la puerta de un polirrubro, ingresaron y sustrajeron mercaderías.

DAÑO:
También la madrugada de Navidad, personas no identificadas rompieron cuatro vidrios dobles del Centro Cultural Melipal.

sábado, 25 de diciembre de 2010

Nuevas causas

SE REVOCÓ UNA PRISIÓN DOMICILIARIA:
El sábado 25 al mediodía, se realizó una audiencia en los tribunales de Esquel en la que la Fiscalía solicitó la revocación de la prisión domiciliaria dictada a Mauricio Güichacoy el 22 de noviembre pasado, ya que fue aprehendido por la policía incumpliendo con esa medida. Su hermano, el que cumple prisión preventiva en el marco de las mismas investigaciones fiscales, había quebrantado el arresto domiciliario apenas dos días después de que le fuera dictado. Ahora ambos permanecerán arrestados en Comisaría mientras la Fiscalía avanza con las investigaciones por las que pretende llevarlos a juicio. El lunes próximo se realizará la formalización de otras dieciséis causas en las que son imputados.

ABIGEATO:
Una estancia de la jurisdicción Leleque denunció que les faenaron 11 animales ovinos. Sucedió entre el 20 y el 21 de este mes.

ABIGEATO:
Dos sujetos fueron aprehendidos cuando se los encontró transitando en un vehículo Duna con tres menores y cargando nueve ovejas, tres de las cuales murieron asfixiadas. Sucedió el jueves a las 2 hs. en Leleque, sobre Ruta 15. Ese mismo día por la tarde se realizó la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados forzaron un vehículo y sustrajeron una caja de herramientas y un cricket.
Sucedió el 17 aproximadamente a las 21 hs. en el Barrio Estación, Esquel

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta azul, rodado 28 del patio de una vivienda en Gualjaina, sucedió entre el lunes y el martes.

martes, 21 de diciembre de 2010

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados cortaron alambres y sustrajeron chapas de zinc y 16 tirantes. Sucedió en Don Bosco y Villegas, Esquel, entre el sábado y el lunes.

HURTO:
Un vecino del Barrio Vepan (Esquel) denunció que le sustrajeron un caballo, el domingo pasado.

lunes, 20 de diciembre de 2010

Homicidio y lesiones calificados


EL DEBATE POR LA PENA

Luego de más de tres meses se realizó la audiencia para discutir la pena a imponer a los hermanos Daniel y MAB. La Fiscalía solicitó un año de medidas socioeducativas para el menor, luego del cual se evaluaría su situación y la necesidad de imponerle una pena efectiva. Para el mayor solicitó la única pena prevista para el delito por el que se lo condenó, es decir la prisión perpetua. La Querella y la Fiscalía de Estado adhirieron al pedido. Por su parte la Defensa solicitó que se absuelva al menor por considerar las gravísimas lesiones que sufrió, como una pena natural. En el mismo sentido se expidió la Asesoría, solicitando que de no aceptar esto el Tribunal, se apliquen medidas socioeducativas que contemplen aspectos educativos, laborales y de salud. En cuanto al mayor, el Defensor cuestionó la constitucionalidad de las penas de prisión perpetua y solicitó que por las particularidades del caso se aplique una pena de ocho años de prisión.

La audiencia comenzó mas tarde de lo previsto ya que uno de los integrantes del Tribunal se encontraba demorado en una audiencia que había comenzado una hora antes. La Presidente del Tribunal Colegiado, Carina Estefanía inició el debate pidiendo disculpas por la demora del día, pero también por la demora en fijar la audiencia, debido, según explicó, a problemas para encontrar disponibilidad en la agenda de los tres jueces.

La particular situación del menor

El joven MAB, tenía 16 años al momento en que ocurrieron los hechos, si bien era menor, para la ley penal ya se encontraba habilitado para responder por algunos delitos, fundamentalmente los mas graves. En relación a su situación, Martín Zacchino y con él el Querellante y la Fiscalía de Estado, solicitó la aplicación de medidas socioeducativas por el plazo de un año. En este sentido solicitó que se realice un informe por parte del Cuerpo Médico Forense, que dé cuenta de aspectos médicos, psiquiátricos y psicológicos, estableciendo aspectos de su personalidad, qué lo llevó a delinquir y qué medidas socioeducativas son las más adecuadas con vistas a su resocialización. También solicitó informes bimestrales sobre su situación social.
El Defensor, Marcos Ponce, planteó que para casos como el este el Legislador previó los principios de oportunidad, entendiendo que las graves consecuencias que el hecho tuvo para su salud, resultan una pena natural, la que lo acompañará el resto de su vida. También en este sentido señaló que sus defendidos perdieron en el mismo hecho a un hermano.
El Dr. Miguel Contreras, de la Asesoría de Familia e Incapaces, adhirió al planteo del Defensor y expuso, para el caso de no dictarse la inmediata absolución, las medidas socioeducativas recomendadas por esa Institución.

Prisión perpetua

Respecto de Daniel Bustos la situación es diferente. Siendo este mayor de edad aquel 8 de marzo de 2009, la ley prevé la pena de prisión perpetua, y esto fue lo que solicitó Martín Zacchino, Fiscal de la causa, y siguiéndolo el Querellante Oscar Colabelli, y la Fiscalía de Estado, representada por Diego Rodríguez.
Los acusadores, anticipándose al esperado planteo de inconstitucionalidad de la Defensa, indicaron, entre otros argumentos, que no puede considerarse a las penas perpetuas como inconstitucionales ya que no implican el encierro de por vida, sino que prevén un régimen de salidas transitorias hasta el recupero de la libertad condicional.
A su turno el Dr. Ponce planteó la inconstitucionalidad de la pena perpetua para este caso concreto. El Defensor expuso las razones por las que considera que en este caso el legislador ató de manos a la Justicia, ya que le impone el tipo de sanción que debe aplicar sin dejar margen a los magistrados para que estos merituen la graduación mas apropiada al caso concreto. Así expuso que se viola la división de poderes, además de indicar que esta pena resulta mortificante para quien la recibe, no pudiendo prever cuando podrá salir en libertad. El letrado solicitó que los jueces apliquen al caso el molde del homicidio simple e impongan a su defendido el mínimo previsto, de ocho años de prisión. Para arribar a esta conclusión mencionó varios atenuantes, como la edad del imputado, su falta de antecedentes penales y los motivos que lo llevaron a delinquir.
Los Jueces darán a conocer su resolución el miércoles 29 de diciembre en horario a definir por la Oficina Judicial.

domingo, 19 de diciembre de 2010

Nuevas causas

DAÑO Y LESIONES LEVES:
Un sujeto se dirigió a una vivienda del Barrio Roca ubicada sobre Avda. Fontana y comenzó a arrojar piedras rompiendo una ventana y abollando la puerta, una de las habitantes de la vivienda llegó en ese momento en un taxi y el sujeto arrojó piedras contra el vehículo rompiéndole todos los cristales y lesionando al taxista. La policía se hizo presente y al llegar encontró al sujeto aun arrojando piedras, lo aprehendió y a las 19 hs. se realizó la audiencia de formalización de la investigación y control de la detención. El hecho ocurrió el domingo a las 8 hs. en Esquel.

INVESTIGACIÓN SOBRE LAS CIRCUNSTANCIAS DE UNA MUERTE:
Este domingo dos hermanos y el primo de estos fueron a pescar al río Corintos. Luego de pescar, los hermanos iban caminando juntos cuando uno se habría caído y se clavó un cuchillo en la ingle. El otro – según él mismo relató – fue a pedir ayuda al primo que es quien tenía vehículo y al regresar encontró a su hermano sin vida. El lunes a las 9 hs. se realizará la autopsia, entre otras medidas ordenadas por la Fiscal de turno para esclarecer las circunstancias de la muerte.

sábado, 18 de diciembre de 2010

Nuevas causas

ACCIDENTE FATAL:
Este sábado a las 7:20 hs. el vehículo en el que se trasladaba José “Pepe” Duscher, volcó y se deslizó varios metros, saliendo sus ocupantes despedidos del habitáculo, cuando se dirigían a Comodoro Rivadavia. Duscher perdió la vida, en tanto que el otro ocupante fue trasladado en observación al Hospital Zonal de Esquel. El siniestro ocurrió en un sector de la ruta que está en obra y en donde la máxima velocidad permitida es de 40 k/h., ubicado en la zona de Pampa Tepel.
En el lugar trabajaron la Fiscal de turno, la Lic. en Criminalística y una Psicóloga del SAVD.

viernes, 17 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HURTO:

Autores ignorados sustrajeron una oveja y un cordero del patio de una vivienda de Trevelin. Sucedió entre las 20 ha. de 6 y la mañana del 8 de diciembre.

Tentativa de explosión e incendio intencional


MILTON MUÑOZ RECONOCIÓ SU RESPONSABILIDAD

Finalmente la causa que investigó la tentativa de explosión e incendio intencional con peligro común para los bienes y de muerte para sus moradores. El imputado reconoció su responsabilidad y aceptó la pena de tres años de prisión en suspenso, más la aplicación de reglas de conducta. La demora en el trámite se debió a la negativa de la Fiscalía de otorgar la Probation solicitada por Muñoz, por lo que este recurrió a la Cámara Penal y al Superior Tribunal, sin obtener una respuesta favorable para sus pretensiones. La Damnificada expuso en la audiencia los pormenores de cómo sucedieron los hechos, la motivación del imputado y las graves consecuencias que esto produjo en su vida personal y laboral.



AUDIO Fiscal, Fernando Rivarola, relata el hecho y el acuerdo

AUDIO Defensor, Omar López - Juez, Carina Estefanía - Imputado Milton Muñoz

AUDIO Damnificada, Patricia C. Mauro

AUDIO Juez Resuelve

Entre las 9 hs. del día viernes 4 de abril de 2008 y el lunes siguiente a las 19:30 hs., Milton Ariel Muñoz aprovechó la ausencia de Patricia Mauro en una vivienda ubicada en el predio de la Escuela Provincial Nro. 88 y Jardín de Infantes Nro. 458, de José de San Martín, para cortar la reja de la ventana de la cocina, ingresar a la vivienda y abrir por completo todas las llaves de gas de la cocina incluyendo el horno. La cocina estaba ubicada a 2,80 metros de distancia del termotanque que permanecía encendido en forma permanente. La intención de Muñoz fue provocar una explosión e incendio en el lugar “creando un peligro común para la totalidad de los bienes públicos allí localizados como para la vida de su moradora”. Esto no sucedió porque al ingresar la damnificada, sintió el fuerte olor a gas y no encendió la luz.

Lo hice

En la audiencia que se realizó el jueves, Muñoz admitió los hechos tal como se los imputó la Fiscalía, representada por el Dr. Fernando Rivarola, y aceptó que se lo condene a tres años de prisión en suspenso, más la imposición de algunas reglas de conducta. El imputado fijó domicilio en José de San Martín, deberá presentarse bimestralmente en la Oficina Judicial de Esquel y no podrá acercarse a menos de 100 metros de la vivienda de la damnificada, así como de la madre de esta. Patricia Mauro, al momento del hecho Directora de la Escuela donde ocurrieron los hechos, reside ahora en Epuyén y se encuentra a la espera de que el Ministerio de Educación le asigne nuevas tareas. Cuando esto suceda, Muñoz tampoco podrá acercarse al domicilio laboral de la víctima.

La magnitud del daño causado

La damnificada hizo uso de su derecho de expresar todo lo que significó este hecho en su vida, y relató los antecedentes de lo ocurrido y las graves consecuencias que este tuvo para ella a nivel personal y laboral.
“Lo primero que quiero decir es que las motivaciones fueron muy graves, las motivaciones del hecho que cometió el imputado en contra de mi persona, que no es solamente en contra de mi persona, fueron netamente laborales, se circunscriben dentro de lo institucional. El imputado es un empleado público al igual que yo – expuso Mauro – y estuvo provocando con su actitud la normativa que en toda institución debe ser respetada. Es un mismo agente de una misma repartición y de un mismo Ministerio que atentó contra la vida de la Dirección de una escuela y de una jerarquía, siendo que lo único que hice fue llevar adelante mi trabajo”, continuó la damnificada.
“Lo que yo quiero manifestar acá es la importancia de mantener principios y actitudes éticas, y de prevenirlas en caso de que estas se violen. Mas aun en una institución educativa en la que hay mas de doscientos alumnos entre jóvenes y adultos, conformada también por los padres y con mas de treinta profesores, docentes que están tratando de enseñar a esta institución valores… donde un mismo agente, violando la confianza de sus alumnos… robó dinero de los propios alumnos, que ellos habían confiado en él, se hizo pasar por docente ante los comercios de Esquel, no siéndolo, esto fue a finales del año 2007… Y mi obligación es investigar y defender los principios de la institución (tenía), y allí comenzó el motivo por el cual el imputado llegó a realizar los hechos que hizo, fue para frenar la exposición que podía llegar a tener y desenmascarar los hechos que venía realizando.”
Patricia Mauro sostuvo ante la Juez que le parece gravísimo que en un pueblo pequeño en el que todos se conocen, donde se convive con otros valores, se produzcan hechos de esta gravedad. “Así y todo no se quedó atrás el imputado y trató de acallar a mi persona, sin mirar las consecuencias, porque pared de por medio de mi casa había quince alumnos de nivel inicial y un docente, que también estuvieron en peligro de muerte. Fue una cuestión de azar que yo no prendiera la luz de mi casa, si hubiera pasado eso yo no estaría en este momento acá”.

Los prejuicios y las consecuencias

La damnificada relató lo que pasó después. Habló de los perjuicios y las consecuencias que no solo recayeron a nivel personal sobre ella, sino también a nivel laboral ya que le cercenó su carrera docente luego de desempeñarse durante diez años en equipos directivos con conceptos superiores a sobresaliente. “Tuve que trasladarme porque no podía seguir viviendo en José de San Martín porque también el imputado presenta conductas reiteradas de provocación, inclusive a la Justicia, como fue en el caso del miércoles que no se presentó a la audiencia que estaba fijada”, relató. Mauro se vio obligada a irse de José de San Martín, después de diez años de residir allí. Se trasladó a Epuyén a la casa de su madre, ya que no tenía una vivienda propia. “En el aspecto psicológico todavía tengo secuelas”, puntualizó con la voz quebrada.
“Yo se que en esta situación mía hay dos vertientes, una es la responsabilidad del Ministerio de Educación, que habiendo avisado yo previamente, antes de que sucedieran los hechos, no se tomó ninguna decisión al respecto a nivel institucional, eso lo tengo muy claro – dijo – si se hubiera tomado alguna respuesta a nivel institucional no hubiéramos llegado a esta instancia en lo penal. Pero de los hechos concretos y que atentaron contra mi persona hago responsable al señor Milton Muñoz, con total alevosía, ha venido programando, desde hace dos años que ocurrieron los hechos, todas sus acciones. Las ha ido programando porque tiene una actitud reincidente. Él es el responsable de mi situación actual y es el responsable de lo que le podría haber pasado a 15 alumnos de nivel inicial y al maestro docente que estaba al lado. Yo quiero y apelo a que se haga Justicia”, sostuvo Patricia Mauro, señalando que los tiempos de la Justicia también la victimizaron día a día.

La resolución

La Juez, Carina Estefanía, resaltó la gravedad de los hechos y se dirigió a Milton Muñoz diciéndole que si por los próximos tres años no cumple con las reglas de conducta que se le imponen se le revocará la prisión en suspenso, pasando a ser de cumplimiento efectivo. Estefanía resaltó que el imputado deberá modificar su actitud para con la víctima y en este sentido, a pedido del Fiscal impuso una prohibición de acercamiento al domicilio de Patricia Mauro, al de la madre de esta y al próximo domicilio laboral que tenga la damnificada cuando el Ministerio de Educación vuelva a asignarle tareas.
La sentencia quedó firme, Milton Muñoz, condenado a tres años de prisión en suspenso, no podrá volver a desempeñarse en empleos públicos.

jueves, 16 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HURTO:
Un vecino de Corcovado denunció que le sustrajeron de su casa una Netbook Compac. Sucedió el domingo a la madrugada.

ROBO:
Autores ignorados rompieron el ventiluz de un galpón y sustrajeron varias herramientas. Sucedió en Gobernador Costa en el transcurso del fin de semana.

ROBO:
Autores ignorados forzaron la puerta de acceso a una oficina y sustrajeron un monitor LCD. Ocurrió en Gobernador Costa durante el fin de semana.

miércoles, 15 de diciembre de 2010

Abuso sexual y Robos

A PUERTAS CERRADAS COMENZÓ EL JUICIO

Este miércoles comenzó a desarrollarse el juicio por un hecho ocurrido el 16 de octubre de 2009, en la zona recreativa conocida como “La Cascada” en Esquel. Dos personas fueron acusadas por la Fiscalía de hechos de robo y abuso sexual. Por el tipo de delito la ley habilita, a pedido de la víctima, a la realización de las audiencias a puertas cerradas. Así se desarrolló todo el proceso, canalizándose la información a través del Área de Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal. Reiterada por el Fiscal, Martín Zacchino, la voluntad de la víctima de llevar a cabo el debate sin público, los integrantes del Tribunal dispusieron la prohibición de dar difusión al contenido del juicio.

Estafas y Resistencia a la autoridad


CONDENA A TRES AÑOS DE PRISIÓN

Roberto Juan fue condenado a tres años de prisión de efectivo cumplimiento, luego de que el Juez lo encontrara culpable de cinco hechos de estafa, resistencia a la autoridad y lesiones leves agravadas, en tanto que se lo absolvió de un sexto hecho de estafa por el que también había acusado la Fiscalía. El imputado no asistió a la lectura de sentencia.


Javier Allende, Juez del juicio, inició su sentencia aclarando que en lo resuelto no existe ningún tipo de discriminación por la pertenencia étnica del imputado, en respuesta a lo expresado por el Defensor Horacio Hernández, el que sostuvo que la sola pertenencia de Juan a la comunidad gitana lo convirtió en “sospechoso” de la estafa en la compraventa de automotores. Allende señaló que la modalidad delictiva de las características de la analizada en el juicio ha encontrado autores sin distinción cultural, social, de origen o de etnia.

Hecho I

El primero de los hechos por los que había acusado el Dr. Fernando Rivarola, ocurrió el día 24/02/2009. Un sujeto utilizando el nombre falso de Gustavo Castillo, acompañado por otro hombre, concretaron la falsa venta de un VW-Gol, modelo 2009 puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con un vecino de Trevelin. Acordaron la entrega para el día 22/03/2009. El comprador pagó $4.000 y acordó el pago de cuotas mensuales de $500. El auto nunca fue entregado.
El Juez dio por probados los hechos, sin embargo no consideró probada la autoría en cabeza de Roberto Yani Juan, ya que según la declaración de las víctimas, este, si bien lo vieron en una oportunidad, no fue una de las personas que los visitaron ofertando la operación. Por lo tanto Allende absolvió al imputado por este hecho.

Hecho II

El 5 de marzo de 2009, el tal Castillo (identidad falsa) acompañado de otro sujeto, el imputado, vendieron un VW Gol Trend puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, a un vecino de Esquel. Pactaron la entrega del automóvil de la víctima, un Fiat Duna modelo 2004 (por el valor de pesos 15000), la entrega de $ 1500 para gastos de transferencia, la que fue pagada en efectivo, y el resto sería en cuotas. El comprador pagó y nunca obtuvo el rodado.
El Juez, resaltó en su sentencia que Roberto Yani Juan fue reconocido por el damnificado y su esposa como uno de los sujetos que realizaron la operación. La modalidad de los falsos vendedores, incluía la existencia de unos formularios, probablemente falsos, que eran completados y de los que no dejaban copia a los compradores, con lo que se convierte en imposible el reclamo legal, concretando así claramente la estafa.

Hecho III

Un día después, un hombre que utilizaba el nombre falso de Roberto Duarte y el imputado Juan Roberto Yani, se presentaron en una vivienda de Corcovado, conduciendo un VW Gol Country color gris dominio EWJ-120 y concretaron con el dueño de casa la supuesta venta de un Fiat 0KM puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido. El comprador debía entregar un auto usado y 36 cuotas de pesos 500 con más un adelanto de pesos 2000. Le hicieron firmar formularios al damnificado, los que corresponderían al automotor adquirido, la entrega de fotocopias de su DNI y resumen de tarjeta de crédito. Pactaron la entrega de la unidad 0KM en el plazo de una semana y el comprador pagó $1000 en efectivo. El auto nunca fue entregado.
Por el dinero entregado dejaron un recibo confeccionado por la esposa del damnificado ya que los falsos vendedores dijeron “no tener los anteojos”.

Hecho IV

El mismo día, 6 de marzo de 2009, el tal Gustavo Duarte, acompañado por el imputado Roberto Juan Yani se presentaron en otra vivienda de Corcovado y concretaron la falsa venta de un VW Gol, modelo 2009 puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido. Acordaron la entrega en parte de pago de un plan de la agencia Capsa correspondiente aun Susuki Fun, y el pago en efectivo de la suma de pesos 10.000 y 45 cuotas mensuales de pesos 500, y la entrega para el día 22/03/2009. El comprador pagó $4.000 y acordó entregar el resto el día 12 en Trevelin. El vehículo nunca llegó.
El damnificado sostuvo que Roberto Yani era quien llenaba los papeles y daba indicaciones a su consorte.

Hecho V

Aquel 6 de marzo fue un día productivo para los estafadores. El supuesto Gustavo Duarte y el imputado concretaron también la falsa venta de un VW Gol modelo 2006, con un vecino de Rio Senguer. Acordaron la entrega en parte de pago de un Renault 19, modelo 1996 y el resto en cuotas. El Gol sería entregado una semana después en Trevelin. El comprador entregó su vehículo con tarjeta verde original y fotocopias del título y boleto de compra venta. Este auto era exhibido en Trevelin, donde tenía asiento de sus actividades el grupo de personas que realizaba las estafas junto a Juan.

Hecho VI

El 6 de diciembre de 2008, el imputado y otro sujeto fue a ver aun vecino de Esquel que tenía en venta su automóvil, le ofrecieron una variedad de autos que mostraron mediante fotografías, simulando crédito y negocio existentes, e indicando que trabajaba directamente con una financiera, habiendo incluso requerido al damnificado la entrega de documentación personal para los trámites de transferencia. Así convinieron en la falsa compraventa de un Fiat Palio 1.8 deportivo cuya entrega operaría a los veinte días del convenio. El damnificado entregó su rodado, un Fiat 147 en parte de pago, y pactaron que el resto lo pagarían en cuotas. El Palio nunca fue entregado.
Juan fue reconocido por el damnificado, al que no le quedó ninguna constancia de la operación.

Hecho VII

El 24 de Marzo de 2009 en Esquel, aproximadamente las 18:45 hs., personal policial se realizaba un recorrido para establecer la identidad de una persona que se trasladaba en un vehículo VW Gol Trend color rojo con vidrios polarizados, ya que este era sospechado de delitos de estafa denunciados en las Comisarías Esquel y Trevelin. En esas circunstancias, a las 18:50 hs. vieron el vehículo transitando por Avenida Fontana y San Martín. El conductor al ver a los uniformados, retomó su marcha por San Martín en contramano. Los policías en motocicletas con chalecos refractarios y mediante señas de mano, luces y a viva voz le ordenaban detener su marcha y estacionarse a un costado. No obstante ello el conductor del rodado continuó eludiendo la orden de los agentes y siguió a alta velocidad por avenida Alvear donde lograron interceptarlo. Le ordenaron al conductor que descienda del vehículo, pero este intentó emprender nuevamente la marcha para darse a la fuga. Uno de los uniformados intentó abrir la puerta del rodado y el conductor la cerró bruscamente apretándole los dedos de la mano, luego de pegarle una patada en la rodilla. Intervino otro de los uniformados y recibió patadas en sus piernas. También el imputado resultó lesionado.
El imputado y su Defensor cuestionaron este hecho, resaltando que Juan había denunciado en los medios de comunicación, luego de su detención, que había sido golpeado por la policía. El Juez resaltó que lo que el imputado denunció es que lo habían golpeado ya en la Comisaría y que esa denuncia originó una investigación Fiscal que está en curso. Al momento de la detención, él se resistió a la actuación policial, la que estaba habilitada por orden judicial para identificar a los ocupantes del vehículo en el que el imputado circulaba.
Por esto fue encontrado autor responsable del delito de resistencia a la autoridad y del delito de lesiones leves calificadas por ser las víctimas policías en ejercicio de su función.

El monto de la pena

En este hecho, por el monto de la pretensión punitiva presentada por el Dr. Fernando Rivarola (seis años), se realizó en la misma audiencia el tratamiento de la pena que corresponde aplicar al imputado. El Dr. Allende consideró entre los agravantes el daño causado a las víctimas, particularmente a aquellas a las que se les recibió su vehículo como “parte de pago”, tratándose del único automotor que estas tenían, y en uno de los casos siendo absolutamente necesario el medio de movilidad por problemas de salud. En cuanto a la peligrosidad de Juan, el Juez tuvo en cuenta la evidente reiteración delictiva, indicativa de una habitualidad que evidencia un modo de vida, sin miramientos con los perjuicios causados a las víctimas.
En su favor el magistrado consideró la falta de antecedentes penales, contando el imputado solo con una Suspensión de Juicio a Prueba, y estableció el monto de la pena en tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

martes, 14 de diciembre de 2010

Estafas y Hurto

DIEZ DÍAS DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL IMPUTADO

El viernes se realizó el control de la detención y formalización de la investigación en relación a un hombre, oriundo de Comodoro Rivadavia, que se fue sin pagar de una Hostería y de una estación de servicio, además de sustraer un monitor y dinero en efectivo. Por peligro de fuga y a pedido de la Fiscalía, el Juez dictó la prisión preventiva por diez días, plazo en el que se avanzará en la investigación.

El viernes a las 2:30 hs. un turista alojado en una hostería de Esquel, le solicitó al empleado que le preparara un tostado. Cuando el empleado se ausentó aprovechó para apropiarse de una pantalla plana, Samsung de 17 pulgadas, ubicada en la sala de juegos de la hostería y algo de dinero que estaba en el interior de un cajón del escritorio ubicado en ese lugar. Estos elementos fueron encontrados en la requisa al vehículo del imputado, luego de su detención.

Las estafas

El lunes 6, César Alejandro Hernández solicitó una habitación para él, su mujer y su hija menor de edad en una Hostería, se mantuvo allí hasta el viernes, consumiendo todo tipo de alimentos y bebidas, realizando llamadas telefónicas y aparentando solvencia económica. En ese plazo acumuló una deuda de $3.757 que debía abonar al realizar el check out. “Y, durante la mañana del 10 de Diciembre de 2010, luego de que fuera entrevistado por personal policial quienes investigaban un presunto hurto ocurrido en el lugar, se retiró sustrayéndose del personal de la Hostería ‘Cumbres Blancas’, sin abonar el precio adeudado, consumando la estafa…”, sostuvo el Dr. Fernando Rivarola.
A continuación, aproximadamente a las 12 hs., Hernández fue con su Fiat Uno a cargar combustible a la estación de servicio ubicada en Fontana y Ameghino y le solicitó al playero que le llenara el tanque de su vehículo. Concluida la carga le dijo al playero que se estacionaría a un costado para abonar la carga, arrancó el vehículo y se dio a la fuga sin pagar los $132 adeudados.
Luego de esto, alertada la policía, se produjo su detención.

Peligro de fuga y de entorpecimiento

El Fiscal explicó que, si bien en este tipo de causas no es usual que se solicite la privación de la libertad de los imputados, en este caso las condiciones personales de Hernández hacen evidentes los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación, por lo que se encuentra habilitada la aplicación de una medida restrictiva de la libertad.
El imputado cuenta con causas en trámite y con condenas en su haber. El 2 de diciembre se le inició una causa por estafa en Comodoro Rivadavia. Otras dos causas aparecen en los sistemas informáticos, las que datan de julio y enero de 2004 por robo en grado de tentativa, aunque en este caso Rivarola alertó que deberá obtenerse mayor información al respecto para saber que suerte corrieron, por su antigüedad.
El sistema del Superior Tribunal de Justicia informa que tiene dos sentencias condenatorias y una de unificación de pena. El 27 de diciembre de 2005, se le dictó una pena única en suspenso por encubrimiento y dos hechos de robo. Si el imputado tuviera una nueva condena no podría ser en suspenso y debería cumplir la nueva pena mas la dictada en 2005.
Al momento de su detención informó un domicilio en Comodoro Rivadavia, el que fue inmediatamente verificado por la Brigada de Investigaciones y resultó falso, ya que la persona que allí reside dijo que no conoce al imputado.
También se conocieron algunos pedidos judiciales que lo tienen por protagonista, uno de individualización, dictado en julio de este año por presunto hurto. También registra un pedido de captura del 23 de diciembre de 2004, en una causa por estafa, el que resta averiguarse su vigencia; y otro pedido de captura de la provincia de Santa Cruz que podría encontrarse aun vigente.
Rivarola concluyó que se trata de una persona con antecedentes penales, que no tiene un domicilio local, que falseó datos de su domicilio real, que en el único domicilio temporal que tuvo en la localidad habría cometido delitos, y que evidencia reiteración delictiva. Por todo esto solicitó el dictado de la prisión preventiva por diez días, mientras se constata toda la información y se avanza en la investigación de los hechos.

La otra cara de la moneda

La Dra. Paola Bagnato, representante de la Defensa Pública, tomando los mismos datos ofreció una lectura distinta de lo sucedido, indicando que su defendido no hizo más que someterse a la justicia.
Respecto del domicilio indicó que el que el imputado dio en un primer momento es el de un depósito en el que pasa la mayor parte del día, pero que su domicilio personal es el que ofreció al comienzo de la audiencia.
La abogada, cuestionó el pedido de captura del año 2004 ya que un año después tuvo una unificación de pena y mas recientemente se le inició una nueva causa. Bagnato sostuvo que la medida pedida por Rivarola es excesiva y que puede suplirse con una presentación semanal o diaria en la Seccional 5ta de Comodoro Rivadavia, para demostrar la decisión de someterse a proceso.

La decisión del Juez

El Dr. Javier Allende, luego de escuchar a las partes encontró razonable el pedido Fiscal y decretó la prisión preventiva de Hernández por un plazo de diez días, para permitir que se avance en la investigación y en la constatación de su situación en relación a otras causas judiciales.

Nuevas causas

DAÑO:
El domingo, aproximadamente a las 22:30 hs., cuando había varios sujetos alojados en el calabozo de contraventores, rompieron la canilla. Sucedió en la Comisaría Segunda Esquel.

ROBO:
Autores ignorados desclavaron dos tablas y sustrajeron dos mochilas con objetos personales de un portavalijas. En el interior había tarjetas, $400, ropa, un anafe y un reloj, entre otros.
Sucedió el domingo por la noche en Lago Puelo.

ABIGEATO:
Un vecino de El Cajón (Cholila) denunció que le sustrajeron y carnearon una oveja y un cordero. Sucedió el sábado a las 4 hs.

DAÑO:
Autores ignorados trizaron la luneta de un vehículo en La Rinconada. Ocurrió entre la noche del viernes y la mañana del sábado.

HURTO:
Un vecino de Epuyén denunció que tenía su vehículo estacionado en el patio, con las puertas sin seguro, y le sustrajeron una netbook, el cargador y un MP3 entre otros objetos.
Sucedió el domingo entre las 19:30 y las 21:30 hs.

domingo, 12 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HURTO DE GANADO:
Entre el jueves y el viernes, autores ignorados sustrajeron y faenaron una vaca pampa colorada. En el lugar se encontraron la cabeza y vísceras. Sucedió en la zona de cajó del Río Hielo en Corcovado.

HURTO:
En puesto rural ubicado a 6 km. de Corcovado, sustrajeron riendas de bueyes, máquinas y herramientas. Ocurrió entre el viernes y el sábado.

HURTO DE GANADO:
Autores ignorados carnearon una ternera de 15 días, propiedad de la granja municipal de Corcovado. Ocurrió entre el sábado y el domingo por la mañana. En el lugar, los investigadores encontraron una caja de vino y un cuchillo.

HURTO:
Este domingo a la madrugada, autores ignorados sustrajeron el estéreo de un vehículo estacionado sin traba en sus puertas. Sucedió en proximidades del Club San Martín, Esquel.

sábado, 11 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HURTO:
El martes por la noche un hombre dejó su vehículo sin llave, en La Rinconada, al regresar constató que le habían sustraído un celular Samsung.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron dos garrafas de 10 kg c/u de la planta de gas ubicada en El Hoyo.

ROBO:
Un vecino de El Hoyo denunció que salió de su casa el viernes por la tarde, y al regresar se encontró con que le habían roto la puerta trasera con un hacha, revolvieron todo y le sustrajeron $75.

viernes, 10 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HURTO Y ESTAFAS:
Dos personas se alojaron en una hostería de Esquel, habrían sustraído un monitor LCD y se fueron sin pagar. Luego cargaron combustible en una estación de servicio y también se retiraron sin pagar lo adeudado. Los damnificados dieron aviso a la policía y un móvil logró detenerlos. Los sujetos dieron una excusa pero quedaron detenidos. Librada la orden de requisa del rodado, fue hallado el LSD. Hoy, viernes, cerca de las 20 hs. se realizará la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en los Tribunales de Esquel.

Homicidio de Sfeir

LOS JUECES CONDENARON POR HOMICIDIO EN OCASIÓN DE ROBO

Con voto unánime los magistrados Carina Estefanía, Anabel Rodríguez y Víctor Sarquís, encontraron a Flavio Orlando Fonseca autor material del delito de Homicidio en ocasión de robo por el hecho en el que perdió la vida Rodolfo Félix Sfeir. Los jueces, si bien entendieron que la prueba de la Fiscalía fue contundente para probar la planificación del robo, consideraron que no alcanzó el rigor probatorio en relación a la intencionalidad del homicidio que permita sostener la calificación de homicidio criminis causa. También declararon la nulidad del testimonio que incorporó una escucha telefónica de Fonseca y su mujer, mantenida mientras este estaba detenido, por considerar que “vulnera la garantía de prohibición de autoincriminación del imputado”. En consecuencia declararon nula la segunda declaración del imputado en el juicio, producida a partir de la incorporación de esta prueba.


El Tribunal Colegiado dividió en cuatro aspectos su tratamiento de la prueba producida en el debate. La primer respuesta que pudieron dar es si “¿Pueden incorporarse como prueba de cargo los dichos del imputado en una comunicación telefónica con su pareja -la señora Sandra Elizabeth Lillo- con posterioridad a su detención y, en consecuencia, que decisión corresponde adoptar?”. Los tres Jueces entendieron que no, que esto resulta violatorio de los derechos del imputado y que por lo tanto la producción de tal prueba en el juicio debe ser nulificada. Así la Dra. Rodríguez sostuvo que “puede el imputado ser órgano de prueba en el proceso, pero únicamente cuando se autodetermine en tal sentido, es decir cuando suministre la información: plenamente libre, voluntaria y conscientemente”, además la magistrada agregó que la validez de esta declaración se alcanza cuando se produce ante la autoridad competente, en Chubut, ante el Juez. Desde esta perspectiva, las manifestaciones realizadas telefónicamente cuando ya Fonseca se encontraba aprehendido por este hecho, violan el derecho a la intimidad, además del ya mencionado a la no autoincriminación.

Segunda cuestión

Los Jueces abordaron en segundo lugar lo que podría llamarse el hecho en sí mismo, es decir, si el hecho que presentó la Fiscalía realmente sucedió y si el autor fue el imputado. Los Jueces siguieron la secuencia de los hechos propuesta por la Fiscalía en lo relativo a lo sucedido desde que el imputado abordara el remis de Sfeir en El Bolsón, hasta la aprehensión de Fonseca en el control policial ubicado en Ruta 40 a unos 20 km de Esquel en dirección a Tecka.
Al referirse a cuestiones previas, concomitantes y posteriores al hecho, sostuvo el Dr. Sarquís que “del plexo probatorio traído a debate por el Ministerio Fiscal, resultado –por qué no decirlo-, de una tan compleja como eficaz tarea investigativa de la Acusación, debo resaltar que se ha podido reconstruir con solidez probatoria más que suficiente, todo el accionar previo del imputado direccionado a la obtención de información sobre el bien ajeno que pergeñaba sustraer –el automóvil Chevrolet Corsa de la víctima individualizado más arriba-, así como a lograr munirse al menos de una documentación mínima indispensable…”

La declaración de Fonseca

Si bien los Jueces coincidieron con el Dr. Fernando Rivarola en que la declaración de Fonseca fue mendaz, entendieron que esto no puede ser interpretado en su contra ya que la legislación argentina no prohíbe al imputado declarar falsamente, por lo tanto debe considerarse que le está permitido, interpretándolo como un intento de situarse en una mejor posición ante la amenaza penal que pesa en su contra. “Por su parte Fonseca ha intentado con sus manifestaciones dar distinto contenido a los acontecimientos, negando la sustracción del vehículo con fines de venta y alegando una legítima defensa de su integridad física; adelanto, que las diferentes versiones del imputado que han quedado en pie, tal como expresara la Fiscalía, no encuentran apoyatura en elementos objetivos y además, en algunos casos, no resultan creíbles”, dijo la Dra. Rodríguez.

El nudo a resolver

El tercer punto a considerar por los magistrados fue el aspecto en el que se trabó el contradictorio en el alegato final de las partes: la calificación legal que debe aplicarse a las conductas probadas. Homicidio criminis causa en concurso con robo calificado, como propuso la Fiscalía u Homicidio en ocasión de robo u homicidio simple en concurso con robo como propuso la Defensa.
Aquí los magistrados entendieron que si bien la explicación dada por la Fiscalía es lógica y coherente, no logró probarse con el grado de certeza que exige esta etapa. No les alcanzó a los magistrados ni el mensaje de texto en el que su pareja instaba a Fonseca a convertirse en quien no era para luego disfrutar con dinero en mano, ni que el imputado portara un cuchillo que luego utilizara para ultimar a Sfeir, ni que existiera en el rodado una soga preparada para ahorque y un hacha, además de otros elementos, ni que pueda suponerse necesaria la muerte para que Fonseca pudiera llegar a Comodoro Rivadavia y cerrar exitosamente su plan sin la intervención de la policía por una denuncia del damnificado. Todos estos aspectos fueron reinterpretados por los Jueces como indicios en el sentido contrario, es decir que el objetivo era el robo y la muerte de Sfeir fue sobreviniente, probablemente como un exceso en la violencia desplegada por Fonseca a la hora de procurar concretar el robo planeado.
“Tuve por probado el plan de Fonseca era para robar pero no para matar. Ello porque no hay elementos que así lo indiquen. El solo hecho de haberse armado, inclusive en la hipótesis máxima, llevando el hacha y la soga de ahorque, no puede derivarse en una intencionalidad directa de matar, pues de lo contrario, no tendríamos nunca un robo con armas, sino en todos los casos estaríamos ante una tentativa de latrocinio”, graficó Estefanía. En esta línea agregó que “Con respecto a la soga, la misma, si bien es cierto podría ser utilizada como un elemento para matar, también puede decirse que es adecuada para inmovilizar a una persona, por lo que tampoco es posible inferir que ella fue llevada con el único propósito señalado por el MPF, esto es matar a la víctima.”

Responsable

El cuarto punto abordado por el Tribunal fue el relativo a la responsabilidad penal de Fonseca. A este respecto, entendiendo que no se produjo prueba que indique lo contrario, consideraron al imputado penalmente responsable.
Resta ahora que la oficina judicial, cumplidos los plazos legales, fije fecha para la audiencia de cesura de pena, en la que las partes deberán debatir sobre el monto de pena que corresponde aplicar a Fonseca, más allá de los recursos que posteriormente, una vez finalizada toda la etapa de juicio, podrán interponer ante otras instancias judiciales.

martes, 7 de diciembre de 2010

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron un radiograbador, un inodoro, grifería, lavatorios y herramientas de tres viviendas en construcción en José de San Martín. Sucedió entre el viernes y el sábado últimos.

HURTO:
Una turista suiza denunció que fue a pasear dejando el vehículo en el estacionamiento del Lago Rivadavia y al regresar le faltaba la netbook, un celular Samsung, euros, moneda argentina, chilena y otros elementos. Sucedió el domingo por la tarde.

ROBO:
Autores ignorados rompieron maderas de la pared de un taller y sustrajeron herramientas, la máscara de soldar y un taladro. Ocurrió el domingo entre las 11:30 y las 12:15 hs. en Río Pico.

lunes, 6 de diciembre de 2010

Delitos varios

ABREVIADO Y PROBATION

La Fiscalía, representada por Fidel González y la Defensa a cargo de Valeria Ponce, acordaron la realización de un juicio abreviado en el que Zúniga reconoció su responsabilidad en relación a cinco hechos de encubrimiento y un hurto. El imputado aceptó que se le aplique una pena de tres años y un mes de prisión de cumplimiento efectivo.


En la misma audiencia se estableció una Suspensión de Juicio a Prueba para José Nahuelmilla por el plazo de un año, en relación a cuatro hechos de encubrimiento, en tanto que se dictó el sobreseimiento de Alexander Burgos, acusado de hurto de una bicicleta, ya que Zuñiga se declaró autor de ese delito.

Hecho I

El primero de los hechos que confesó Félix Omar Zuñiga ocurrió en Lago Puelo entre el 15 de Marzo de 2009 y el 29 de agosto del mismo año. Tal hecho consistió en recibir y ocultar para eludir la investigación policial, un auto de colección metálico de 15 cm de largo con inscripción Buick 405 color plateado, una cigarrera de plata con relieve, a sabiendas que provenían de una sustracción ilegitima en una vivienda de la Villa del Lago de la localidad de Lago Puelo. Posteriormente en un registro domiciliario en la vivienda ocupada por Zuñiga, fueron secuestrados varios elementos de procedencia ilícita.

Hecho II:

También tuvo lugar en Puelo, en este caso entre el 1 de julio y el 29 de agosto de 2009. Zuñiga recibió y ocultó un taladro sin marca visible color amarrillo; que por entonces había sido sustraído de una vivienda de Isla Norte. Elemento que fue hallado por la policía en un registro domiciliario.
En este hecho también participó Nahuelmilla, ocultando en su domicilio una lijadora Black and Decker.

Hecho III

José Enrique Nahuelmilla fue acusado por otro hecho ocurrido entre el 4 de Julio y el 29 de agosto de 2009, cuando habría receptado y ocultado en su domicilio una caladora color verde con agarradera s/ marca. Ese elemento había sido sustraído en una vivienda de la Villa del Lago Puelo.

Hecho IV

En tanto que el cuarto, que también tuvo por escenario la localidad de Lago Puelo, ocurrió entre el 4 y el 29 de agosto de 2009, también se trató de la receptación y ocultamiento, en este caso de un control remoto de DIRECTV negro que le faltaba la tapa de la pilas, sabiendo que provenían del robo a una vivienda ubicada sobre la ruta 16 sin nro.
En este hecho, Nahuelmilla ocultó un horno microondas blanco procedente del mismo inmueble.

Hecho V

Entre el 15 y el 29 de agosto de 2009, Zuñiga recibió y ocultó una guitarra eléctrica con funda de cuero, un CD de Charly Garcia, un CD de Jimy Hendrix, un CD Rata Blanca, un Cd Rolling Stones, otro de Joaquin Sabina, de Pappo, un alhajero conteniendo un reloj de dama y otro desarmado también de dama con maya metálica, tres prendedores, un anillo, un dije con una virgencita de plata, una cucharita de plata, un alhajero con un par de aros con piedras y una linterna negra y plateada, sabiendo también, como en los demás hechos, que provenían de una sustracción ilícita. La damnificada en este caso fue otra vivienda ubicada en Ruta 16 km. 11 de la localidad de Lago Puelo.

Hecho VI

El último de los hechos reconocidos por Zuñiga ocurrió entre el 20 y el 29 de agosto de 2009. El imputado recibió y ocultó un ojo de gato de bicicleta color roja redonda; y junto a Nahuelmilla recibieron y ocultaron en un terreno baldío que está a menos de cien metros de distancia sus respectivos domicilios un 1 cuadro de bicicleta marca Bianchi color amarrillo y negro desarmada, con un ojo de gato color rojo de formato redondo, sabiendo que provenían de una sustracción a un quiosco ubicado en Los notros y Las Lengas. Además Nahuelmilla tenía en su domicilio varios accesorios de una bicicleta.

Efectivo cumplimiento

Zuñiga tuvo una probation otorgada en 2003 y luego una condena de un año de prisión en suspenso el 26 de noviembre de 2004. Debido a estos antecedentes la pena a aplicar ahora solo puede ser de cumplimiento efectivo.

Probation

En el caso de Nahuelmilla se le imputan cuatro hechos de encubrimiento, sin embargo su situación es diferente a la de Zuñiga ya que no cuenta con antecedentes penales. El delito de encubrimiento tiene por víctima al Estado, ya que lo que procura es evitar que se dilucide un hecho delictivo. Nahuelmilla tiene una situación económica muy frágil, por lo que la reparación económica ofrecida fue de solo $100, a razón de $25 por cada hecho que se le imputa. La Suspensión de Juicio a Prueba se dispuso por un año, plazo en el que deberá cumplir con una serie de reglas de conducta, a riesgo de perder el beneficio. Nahuelmilla también deberá realizar trabajos comunitarios.
Todos los elementos encontrados en ambas viviendas fueron entregados a las víctimas.

Estafa


COMENZÓ EL JUICIO POR ESTAFAS REITERADAS

La Fiscalía acusa al imputado de ser autor de seis estafas y resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves agravadas. La Defensa sostiene que existe un error de persona, que si los damnificados realmente lo fueron, su defendido no es el responsable de esos hechos por los que se lo acusa. Se espera que transiten por el debate unos cuarenta testigos.


AUDIO Alegato fiscal de apertura
AUDIO Alegato de la defensa
AUDIO Aclara la defensa

Fernando Rivarola es el Fiscal que pretende probar varios hechos de estafa, enmarcados en una puesta en escena “muy particular”, entre febrero y marzo de 2009 en Trevelin. “Un grupo de personas, aproximadamente cuatro de sexo masculino, tres de sexo femenino, se instalaron en una vivienda de Trevelin y montaron un escenario de venta de automotores cero km y usados, en un predio, de allí de Trevelin, comenzando a ofertar venta de 0km en cómodas cuotas, fuera de lo que es lo habitual en el comercio de nuestros días, lo que atrajo a una serie de personas, de características propias de nuestras comunidades. Mediante tal ardid y tales engaños lograron entre otros, cometer cada uno de los hechos que integran la acusación Fiscal”, sostuvo Rivarola.

Hecho I

La acusación Fiscal describe el primero de los hechos que ahora intenta probar en juicio como aquel ocurrido “en el marco de puesta en escena descripta anteriormente, el día 24/02/2009, y utilizando el nombre falso de Gustavo Castillo, una persona del sexo masculino, acompañado por el imputado Juan Roberto Yani, concretaron la falsa venta de un VW-Gol, modelo 2009 puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con el Sr. Horacio Ernesto Rossi, de la localidad de Trevelin, habiendo pactado la entrega para el día 22/03/2009, logrando inducir en error al comprador quien abonó en efectivo la suma de pesos 4000, habiendo convenido que el resto del precio se pagaría en cuotas de 500 $ mensuales; logrando de tal forma inducir en error a Rossi, la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido el que nunca fue entregado.-“

Hecho II

“En el mismo marco, el día 5/03/2009 y utilizando la misma identidad falsa, se presentó un sujeto del sexo masculino quien se identificó como Gustavo Castillo DNI 13750467, acompañado de otro quien resultara ser Juan Roberto Yani, y concretaron la falsa venta de un VW Gol Trend puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con el Sr. Néstor Omar Ramírez de la localidad de Esquel, habiendo pactado la entrega como parte de pago de un vehiculo Fiat Duna modelo 2004 ( por el valor de pesos 15000), la entrega en efectivo que se efectivizó en la oportunidad de pesos 1500 para gastos de transferencia y el resto en cuotas; logrando así inducir en error al comprador quien abonó en efectivo la suma de pesos 1500, logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado“, sostiene la acusación.

Hecho III

“En el mismo marco, el día 6/03/2009, un sujeto del sexo masculino utilizando el nombre falso de Roberto Duarte y obrando en conjunto con el imputado Juan Roberto Yani, se presentaron en el domicilio del barrio 14 viviendas casa nro. 4 de Corcovado, conduciendo un VW Gol Country color gris dominio EWJ-120 ( acompañados por otra persona del sexo masculino aún no identificado) y concretaron con el Sr. Mario Leonardo Payalef, la falsa venta de un fiat 0KM puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, habiendo pactado la entrega en parte de pago de un auto usado de propiedad de Payalef y 36 cuotas de pesos 500 con mas un adelanto de pesos 2000. Así y simulando la realidad del negocio, le hicieron firmar a Payalef formularios que corresponderían al automotor adquirido y la entrega de fotocopias de su DNI y resumen de tarjeta de crédito. Habiéndose pactado la entrega de la unidad 0KM en el plazo de una semana logrando de tal modo inducir en error al comprador quién abonó en forma efectiva la suma de pesos 2000, logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado”.

Hecho IV

“En el mismo marco, el día 6/03/2009, un sujeto del sexo masculino utilizando el nombre falso de Gustavo Duarte, DNI 13.650.567, acompañado por el imputado Roberto Juan Yani y obrando en conjunto, se presentaron en el domicilio de Ortega Carlos Héctor, sito en la localidad de Corcovado, acompañados de otra persona del sexo masculino que se identificó con el nombre falso de Carlos Duarte ( aún no identificado) y concretaron la falsa venta de un VW Gol, modelo 2009 puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con el Sr. Ortega, habiendo pactado la entrega en parte de pago de un plan de la agencia Capsa correspondiente aun Susuki Fun y el pago en efectivo de la suma de pesos 10000 y 45 cuotas mensuales de pesos 500, y la entrega para el día 22/03/2009; logrando inducir en error al comprador quien abonó en efectivo la suma de pesos 4000 habiendo pactado que el resto se haría efectivo el día 12/03/2009 en Trevelin, logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado.”

Hecho V

“En el mismo marco, el día 6/03/de 2009, una persona del sexo masculino utilizando el nombre falso de Gustavo Duarte ( DNI 13.650.567), acompañado por el imputado Juan Roberto Yani, concretaron la falsa venta de un VW Gol modelo 2006, con el Sr. Salustriano Valencia de la localidad de Rio Senguer, habiendo pactado la entrega en parte de pago de un Renault 19, modelo 19996, patente BNE 439 y el resto en cuotas, y la entrega del VW Gol una semana después en Trevelin; logrando inducir en error al comprador quien entregó el vehículo de su propiedad con tarjeta verde original y fotocopias del título y boleto de compra venta, el que se hallaba registrado a nombre de Claudio Santana; logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicho automotor ( que luego era exhibido en el terreno donde montaran el escenario) y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado.-
Posteriormente a la comisión de estos hechos y desde fecha no determinada con exactitud, pero con anterioridad al sábado 7/4/2009 el imputado y sus cómplices, abandonaron en domicilio que habían rentado en Trevelin y retiraron los vehículos que tenían en exposición en aquel terreno, sin dejar anuncio alguno para los contratantes sobre el lugar donde pudieran ser ubicados”.

Hecho VI

Por otro lado, en el mes de diciembre de 2008, el imputado acompañado de dos hermanos “enterado que el Sr. Aquino Pablo Ricardo, tenía en venta en venta un rodado, le ofrecieron una variedad de autos que mostraron mediante fotografías, simulando crédito y negocio existentes, e indicando que trabajaba directamente con una financiera, habiendo incluso requerido al damnificado la entrega de documentación personal para los trámites de transferencia. Asi convinieron en la falsa compraventa de un fiat palio 1.8 deportivo cuya entrega operaria a los 20 días del convenio; logrando de tal modo inducir en error a Aquino, quien les hizo entrega del rodado de su propiedad Fiat 147 en parte de pago, habiendo pactado el resto del precio su pago en cuotas, logrando de tal forma la posesión ilegal del citado rodado y el consiguiente perjuicio patrimonial de Aquino, habiéndose comprobado luego que no poseían el automotor vendido el que nunca fue entregado.”

Hecho VII

El día 24 de Marzo de 2009 en Esquel, aproximadamente las 18:45 hs., “en circunstancias en que personal policial se encontraba realizando un recorrido a los fines de procurar establecer la identidad de una persona que se trasladaba en un vehículo VW Gol Trend color rojo con vidrios polarizados, en razón de encontrarse sospechado de los delitos de estafa, denuncias radicadas en las sedes de comisarías Esquel y Trevelin.- Siendo las 1850 horas en zona céntrica los agentes policiales advierten que el vehiculo en cuestión transitaba por Avenida Fontana y San Martín, oportunidad en la que su conductor al ver a los uniformados retoma su marcha por la misma arteria San Martín en contramano eludiendo así la presencia de aquellos que circulaban en motocicletas con chalecos refractarios y mediante señas de mano, luces y a viva voz le ordenaban detener su marcha y estacionarse a un costado. No obstante ello el conductor del rodado continuó eludiendo la orden de los agentes y continuó la marcha a alta velocidad por avenida Alvear donde logran interceptarlo y detener su marcha. En esos momentos los uniformados le ordenan al conductor por razones de seguridad y atento a las maniobras evasivas descriptas que descienda del vehículo, pero este procura nuevamente emprender la marcha para darse a la fuga, siendo en estos momentos que el cabo Ortega abre la puerta del rodado y el conductor la cierra violentamente apretándole los dedos de la mano, previo aplicarle una patada en la rodilla derecha. Es así que interviene el cabo Yañez, quien también resulta lesionado por parte del conductor recibiendo patadas en sus extremidades inferiores. Luego de un forcejeo logran reducirlo y trasladarlo a la sede policial, siendo identificado como Juan Roberto Yani.- Como consecuencia de este procedimiento resultaron lesionados los agentes policiales Carlos Ortega y Yañez con lesiones de carácter leves, al igual que el imputado.”

El caso de la Defensa

Por su parte la Defensa a cargo del Dr. Horacio Hernández, realizó una amplia introducción dando cuenta del fallecimiento reciente de la esposa del imputado y de lo difícil que resultó para este hacerse presente en Esquel para el Juicio, pese a lo cual se presentó. También pidió el letrado que se acelere en lo posible el debate, procurando que no se extienda más allá del martes, en lugar de finalizar el jueves como fue previsto.
El letrado habló también de una denuncia presentada por su defendido, denuncia que según expresó no fue investigada, para luego apuntar que solicitará el sobreseimiento de Juan, ya que hubo un “error de persona”. El Fiscal solicitó que se explicite mas claramente la teoría de la Defensa y Hernández señaló que dividirá “el hecho en dos… El primer hecho que es la detención, Roberto Juan en ese hecho estuvo involucrado o fue la persona pasiva. La Defensa va a demostrar que los hechos fueron totalmente distintos y con una actividad totalmente subjetiva, sobre todo del señor Ortega. Eso es sobre el hecho de la detención que es el segundo en el orden de las acusaciones, pero en el único en el que tuvo participación directa mi defendido… Sobre el segundo hecho, lo que esta defensa dice, sostiene que va a demostrar especialmente con la prueba de la fiscalía, es que Roberto Juan no fue el sujeto activo en esa actividad contractual, en la cual se vieron damnificados. Desde ya adelanto que como lo exige para este delito todo el sistema penal, no se va a poder demostrar ninguno de los extremos del delito de la manera en que lo expone la Fiscalía, eso en defensa de otros posibles… de los verdaderos imputados que tendrían que estar sentados acá, en lugar del señor Roberto Juan”, expresó Hernández.


Nuevas causas

ABIGEATO:
Un vecino de la zona rural de Cholila denunció que le faltaron 6 vacas en el transcurso de los últimos veinte días.

HURTO:
Una mujer denunció que el sábado al mediodía le sustrajeron de su cartera la billetera conteniendo una considerable suma de efectivo y documentación personal.
Sucedió en el gimnasio de un colegio de Esquel.

ABIGEATO:
Autores ignorados sustrajeron una vaca de un campo ubicado en proximidades de Cerro Centinela, sucedió el viernes último.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron del interior de un galpón varias herramientas, comestibles y otros elementos.
Ocurrió en Cholila entre el jueves y el sábado.

domingo, 5 de diciembre de 2010

Nuevas causas

ROBO AGRAVADO:
Este domingo a las 7 hs. un sujeto ingresó al bar “No se dice” (Esquel), pidió algo para tomar y luego, inesperadamente sacó un arma, amenazó a la empleada, se llevó el dinero de la recaudación y objetos personales de ella, antes de darse a la fuga. Aun no hay datos sobre la identidad del asaltante.

jueves, 2 de diciembre de 2010

Homicidio de Rodolfo Sfeir

EL JUICIO EN VIDEO

Todos los videos del juicio en el canal de youtube "Comunicación Institucional MPF - Esquel"

Homicidio de Sfeir



LA DEFENSA ACEPTÓ LOS HECHOS Y SOLO CUESTIONÓ LA CALIFICACIÓN

Luego de la declaración de los últimos tres testigos y de la declaración del Lic. en Criminalística Leonardo Ehnes, el Fiscal Fernando Rivarola alegó solicitando la condena de Fonseca como autor del delito de homicidio criminis causa en concurso real con robo calificado por el uso de arma. El hijo de “Pirulo Sfeir” habló y conmovió a todos los presentes, cuando finalizó el público que colmaba la sala aplaudió en su apoyo. A la hora del alegato defensista, el Dr. Hugo Cancino reconoció que la Fiscalía había probado su caso y que no se produjeron pruebas que permitan sostener la legítima defensa de Fonseca, ya que aunque Sfeir lo hubiera atacado, existía una provocación ilegítima del imputado que pretendía robarle el auto. El letrado solo atacó la calificación legal, proponiendo la de homicidio calificado en ocasión de robo. El viernes 10, en horario a determinar, el Tribunal leerá la sentencia.

El desenlace de la jornada pareció sorprender a todos los presentes. Si bien las declaraciones testimoniales no hicieron más que reforzar la prueba incriminatoria, el alegato de la Defensa tomó a todos por sorpresa, poniendo fin al debate que hasta entonces hacía prever un juego de réplicas y contrarréplicas.
El salón de Bomberos Voluntarios de Lago Puelo estuvo colmado de público. En las anteriores jornadas también hubo una buena cantidad de personas presenciando el debate, sin embargo fue notable la cantidad de amigos que acompañaron a los familiares de la víctima a la hora de los alegatos. Todos siguieron con atención y respeto cada una de las instancias.

El alegato acusador

Escuchados los últimos testigos, el Fiscal Fernando Rivarola destacó la entereza con la los hijos de “Pirulo” Sfeir acompañaron el debate, haciendo frente a la cantidad de “mentiras” vertidas por Flavio Orlando Fonseca. Sostuvo que el caso probado por la Fiscalía es “fuerte, claro, completo, frente a un caso de la Defensa que está apoyado solo en la declaración del imputado”. “Una declaración que es mendaz del comienzo al final, mendacidad que voy a valorar en contra del imputado”, alegó el Fiscal.
El hecho fue descripto como el ocurrido el 27 de agosto de 2009 aproximadamente a las 19 hs., cuando Fonseca llamó a la empresa de remis de El Bolsón preguntando por “Pirulo” y pidió que fuera este a buscarlo a una esquena ubicada a unos doscientos metros del lugar para realizar un viaje. El llamado lo realizó desde el ciber situado frente a la remisera, desde una máquina que solía usar, lugar que le permitía tener el absoluto control visual de la entrada de la remisera. Estaba a una calle de distancia, sin embargo no fue a pedir el coche directamente, ni tampoco lo tomó allí donde él estaba. El Fiscal sostuvo que Fonseca no quería ser visto, tampoco quería llamar al celular de quien sería su víctima, no debía quedar registrado de modo fehaciente que él sería su último pasajero.

La titularidad

El imputado no sabía que el Rodolfo Sfeir titular del auto no era Pirulo, sino su hijo que se llama igual, por eso intentó sostener como coartada, que Sfeir le había pedido que le consiga un comprador para el auto en Comodoro Rivadavia. Esa afirmación es inadmisible, planteó Rivarola, resaltando que no se justifica el intento de vender el rodado en Comodoro Rivadavia, mucho menos que Sfeir fuera a vender el auto de su hijo sin avisarle a este, y que no hubiese hablado del tema con ninguno de sus conocidos, siendo una persona muy conocida y muy querida en El Bolsón.

Cambios

En los días previos al crimen, Fonseca cambió su fisonomía ostensiblemente. Se dejó la barba y se rapó. En el vehículo se encontró un gorro, otro elemento para presuponer que pretendía no ser reconocido, además de que actuó cuando el sol ya había bajado.

Lo inesperado

Aquel 27 de agosto, un control de tránsito se había improvisado en la ruta 40, a la altura del Boquete Nahuelpán. La ubicación del control no era visible con mucha antelación, cuando Fonseca en su huída lo vio, ya no había escapatoria. Tenía ensangrentadas las manos, la ropa, el volante, algunos elementos de propiedad de Sfeir, las zapatillas de la víctima en el asiento posterior, las vainas de los cuchillos, un hacha, una soga...
El Comisario que lo detuvo encontró a un hombre calmo que intentó dar distintas explicaciones. Rivarola sostuvo que esas explicaciones eran fabuladas, tal como las que llevó al juicio y como las que ofreció a varios de sus conocidos.
Fonseca se dirigía a Comodoro Rivadavia, “allí estaba el dinero que le iba a cambiar la vida a él y a su pareja”. Si bien no hay constancias de cuánto dinero llevaba Sfeir al ser atacado, Rivarola sospecha que el efectivo que se encontró en poder del imputado, manchado en sangre, era dinero de la recaudación del remis. Las manchas se habían producido cuando Fonseca se apropió de él, lo mismo que sucedió con el celular de la víctima y con las zapatillas que le quitó a Sfeir luego de haberlo asesinado.
Del bolso personal del imputado, se pudo secuestrar el informe de dominio del Corsa, una clara evidencia del plan pergeñado para obtener el mejor beneficio con la venta del vehículo robado. “La muerte era estrictamente necesaria para lograr el fin”, dijo el Fiscal Jefe de Esquel.

La violencia

El hecho, a criterio del Fiscal, demuestra extrema violencia y bronca que pudo estar motivada en la relación entre la esposa de Fonseca y Sfeir. En este aspecto el Lic. Alberto Ehnes explicó que las lesiones fueron efectuadas primero desde atrás, y luego con superioridad del agresor respecto de la víctima, colocado este por sobre Sfeir. Rivarola planteó como suposición que, probablemente con la excusa de aprovechar la existencia de señal de celular, el imputado le habría solicitado a Sfeir que pare en la ruta en cercanías de Epuyén, para hacer un llamado telefónico. Sfeir bajó para llamar dando aviso de que estaba en Epuyén, y cuando lo hizo Fonseca lo habría atacado por la espalda, haciéndolo caer para seguir con su ataque, probablemente sentado sobre él.
Ya sin vida la víctima, Fonseca le sacó las zapatillas y se las llevó… “tal vez le serían más cómodas que el calzado que llevaba consigo…”, planteó Rivarola.

La hipótesis de la instigación

La planificación del hecho surge de los mensajes de texto de Sandra Lillo (la que era su pareja) a Fonseca, ella el 9 de agosto de 2009 le dicía “amor no puedo más. Te amo demasiado te necesito a mi lado. Mi vida, hace las cosas rápido por favor, te extraño te extraño mucho mi oso”. El 21 de agosto a las 18 hs. Fonseca le mandaba un mensaje a ella diciendo “hola amor estoy en la puerta de salida”, dos horas antes había recibido en su casa el informe de dominio del vehículo y comenzaba en ese momento a ejecutar su plan. Sandra, que en el celular de Fonseca aparecía identificada como “Amor osita mia”, le respondió “amor cuidate mucho y hace las cosas bien. Transformate en quien no sos y después olvidá todo, y se feliz con tu plata en mano. Te amo mucho mi vida”.
A las 18:23 hs. Fonseca le respondió “ahora te llamo”, estaba ocupado preparando todo, entre otras cosas mandando mensajes de texto al intermediario que tenía en Comodoro para la venta del auto. El primer mensaje a las 19 hs. le decía a este que había decidido viajar esa noche con los papeles. Luego, minutos antes de abordar a la víctima le dijo que iba con los papeles para allá y lo llamaba al llegar a Comodoro.
Al intermediario y a otras personas les brindó diferentes explicaciones respecto del auto, a uno le dijo que había comprado el vehículo a medias con un socio y que este lo puso a su nombre, a otro le dijo que había recibido el auto en parte de pago de una deuda y que lo tenía guardado en Esquel.
Ya en viaje la llamó a su pareja, seguramente para decirle que estaba todo bien, ya en el auto. Luego, sin señal de celular recibió varias llamadas de su mujer, las que entraron cuando el teléfono volvió a tener señal, estando ya en manos de la policía.
Rivarola indicó que la complicidad surge mas claramente en una comunicación telefónica entre el imputado y su mujer, realizada el 27 de septiembre de 2009 desde la Comisaría. El teléfono estaba intervenido. Fonseca le dijo que él se había jugado la cabeza, “vos sabés lo que yo hice y lo hice por vos, por nosotros… lo que estoy tratando de lograr es que me den lo menos posible por esto…”
El Fiscal señaló que “si el imputado lograba tener éxito en esta empresa, seguramente no sería su último delito…”, luego de ello le pidió al Tribunal colegiado que condene al imputado como autor material de homicidio criminis causa en concurso real con robo con arma.

Ojos bañados en lágrimas

El hijo de la víctima pidió hablar. Evidentemente conmocionado manifestó el dolor causado por la pérdida de su padre y el impacto que el crimen provocó en su familia. Mientras decía esto le pidió al imputado que lo mire a los ojos, a lo que Fonseca no respondió, sino que siguió con su cabeza baja, replegado en su silla. Al finalizar, el respetuoso silencio de la sala se rompió con un cerrado y extenso aplauso del público.

Indefendible

La Defensa viró su teoría inicial. Reconoció los hechos probados por la Fiscalía, se allanó a la totalidad de la prueba, y se limitó a discutir exclusivamente la calificación legal, procurando llevarla de homicidio criminis causa a homicidio en ocasión de robo. La diferencia entre ambas figuras es el monto de la pena, mientras en la primera la pena es de prisión perpetua, la segunda es una pena divisible.
Cancino apuntó que el imputado preparó el robo del rodado, no el homicidio, aunque no se requiera de premeditación para la configuración del homicidio criminis causa. También cuestionó el concurso real con el robo, ya que la figura agravada del homicidio debería contener al otro delito.
El alegato fue breve, seguido por el silencio del imputado y la sorpresa de toda la sala. Al terminar le preguntó a Fonseca si quería declarar y este dijo que no, cabizbajo esperó a que le coloquen las esposas para ser trasladado a la Comisaría en la que aguardará la lectura de sentencia.