miércoles, 1 de marzo de 2017

miércoles, 15 de febrero de 2017

Información actualizada de Fiscalía Esquel en

http://www.mpfchubut.gov.ar/index.php/esquel

jueves, 9 de febrero de 2017

El difícil tránsito del dolor al Amor en primera persona

Silvia Irigaray preside la Asociación Civil Madres del dolor estará en la zona para acompañar al papá de Matías Albornoz, en el juicio que se realiza en El Hoyo. El lunes 13 ofrecerá una charla abierta a la comunidad a las 19 hs. en el Centro Cultural Melipal para contar la experiencia de su tránsito del profundo dolor por la pérdida de su hijo a la creación y labor que realiza junto a otras mamás desde la Asociación Civil Madres del Dolor.

La Asociación se conformó con la finalidad de promover y consolidar la prestación de Justicia, brindar servicios de asistencia y constituir un foro de defensa de los derechos y la seguridad ciudadana. “Después de la pérdida de nuestros hijos, la unión nos hizo muy fuertes para luchar contra la violencia. Por eso, el 10 de diciembre de 2004 nació la Asociación Civil Madres del Dolor. La finalidad de la Asociación es promover y consolidar la prestación de Justicia, brindar servicios de asistencia y constituir un foro de defensa de los derechos y la seguridad ciudadana. Cumplimos con estos objetivos sin estar afiliadas a ningún partido político”.

La Unidad de Intervención en Victimología, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación recibe a víctimas y/o familiares en la sede de la Asociación. A su vez, esta se constituye en un área de abordaje y protección de los derechos de las víctimas de delitos en el ámbito nacional. Realizan campañas publicitarias y reuniones con autoridades diversas difundiendo proyectos de Ley que elaboran en busca de mejoras en la Justicia. Dan charlas en Escuelas, Universidades y para la Comunidad en general sobre "violencia en todas sus formas" de género, hechos viales, violencia institucional y otras.

Silvia Irigaray es la mamá de Maxi Tasca, al presentarse cuenta que su tarea es “comunicar de todas las maneras posibles que somos un grupo de mujeres muy fuertes que convertimos el dolor y la tristeza en ACCIÓN. Emprendemos ésta tarea social para mantener viva la MEMORIA de nuestros Hijos luchando día a día por menos violencia y muertes. Aportando la experiencia vivida”.

Maximiliano Taxca

Maximiliano Tasca 25 años, fusilado a sangre fría y a quemarropa por un agente de la Federal. Los últimos días de 2001 Argentina entra en ebullición. Saqueos y gigantescas movilizaciones toman las calles atestiguando una situación política y social ya insostenible. Violencia y represión que causó más de 35 muertos en todo el País. Una muestra salvaje de brutalidad se vivió cuando un agente de la Federal llamado Juan de Dios Velaztiqui "asesina a sangre fría y a quemarropa" a tres jóvenes que conversaban al ver las imágenes que mostraban en TV. Todo ocurrió en una estación de servicio ubicada en Av. Gaona y Bahía Blanca en el barrio de Floresta. El asesino, fue condenado en 2003 a prisión perpetua; en la actualidad goza de arresto domiciliario.
Silvia y Omar, padres de Maximiliano Tasca, decidimos Donar sus Órganos.
En ésta vida, a algunos nos toca una "función" inesperada a partir de un gran dolor.
Maxi dejó asentado en su Documento Nacional de Identidad su deseo de ser Donante y se lo gritó al Mundo... nosotros, sus papás respetamos esa decisión.
La muerte de un hijo nunca tiene explicación.
De la tuya Maxi, que fue tan violenta...nació VIDA, porque ayudaste a varias personas, a que tengan la posibilidad de vivir mejor. Muchos miles están en lista de espera, tienen un órgano vital enfermo sin posibilidad de recuperación. Esperan...y esperan mucho tiempo.
Cómo mamá, siento que tengo una misión, intentar que la población en general, tome "conciencia" sobre ésta importante decisión "no ser egoístas" y ayudar a otros.
Me involucro mucho en las campañas desde hace años. Estoy invitada como panelista a dar mi testimonio como madre donante en el XIII Congreso Argentino de Trasplantes del 11 al 13 de mayo de 2016 en la Ciudad de Mar del Plata. Serán tres días de intensa Actividad Científica con invitados extranjeros.

MAXI de haber sido posible... también hubiera donado tu hermosa sonrisa!
Mamá.

viernes, 3 de febrero de 2017

Homicidio de Gallardo: la Fiscalía avaló el pedido de sobreseimiento del imputado

Ocurrió en la audiencia preliminar. El fiscal detalló los elementos de cargo que permitieron realizar la imputación, el modo en que avanzó la investigación, el contenido del pedido de sobreseimiento de la defensa y como este le hizo reconsiderar lo elementos de prueba y acompañar el pedido de sobreseimiento. Una mujer, familiar de Juan Pedro Gallardo, dijo estar de acuerdo con la decisión del fiscal. Pese a ello, el juez otorgó diez días para que los familiares de la víctima analicen el planteo y hagan conocer su acuerdo u oposición al sobreseimiento.

Gallardo tenía 74 años cuando el 29 de agosto de 2015 a las 20:50 hs. fuera agredido brutalmente en el frente de su vivienda. El autor (ahora se sabe que habrían sido al menos dos personas) ingresó al jardín de la víctima y la golpeó reiteradas veces con un elemento contundente en la cabeza. Luego, con un cuchillo le asestó al menos tres puñaladas en el tórax. La forense indicó que los golpes en la cabeza lo habrían colocado en situación de anestesia.

Días antes de la audiencia, la defensa particular, a cargo de Horacio Hernández, presentó un escrito solicitando el sobreseimiento a partir del análisis de la prueba. “En estricto cumplimiento del deber de objetividad, voy a pedir al señor juez que se haga lugar al sobreseimiento”, dijo en la audiencia Fernando Rivarola. Con posterioridad explicó detalladamente el cambio de postura de la Fiscalía.

El derrotero de la investigación

Rivarola expuso al juez Martín Zacchino y al público presente que el hecho consistió en un ataque directo, con previo asecho y cometido con clara intención de provocar la muerte. De acuerdo al análisis de los expertos en criminalística, con la posible intervención de dos personas para llevar a cabo la agresión y la muerte de Juan Pedro Gallardo (77 años).
Los investigadores analizaron quién podría tener interés en cometer el crimen. Quién tenía enemistad con la víctima. Fue entonces que cobró relevancia un hecho precedente, del 9 de agosto, por la tarde Gallardo había tenido una disputa con el abuelo del imputado, Gallardo con un palo y su rival con un machete. Inmediatamente después, el imputado fue a la casa de Gallardo, arrojó piedras y amenazó de muerte a Gallardo. Este hecho, también fue acusado y espera tratamiento y resolución en la audiencia preliminar.

Siguiendo esta línea de investigación se hicieron requisas en vehículos y domicilios. Del interior del auto del imputado se secuestró un bastón extensible sobre el cual el perito genético obtuvo ADN de la víctima. Este fue el primer y único dato científico hallado. Ese material biológico de Gallardo era imperceptible, con lo cual no se sabe si se corresponde con una acción de proyección dinámica o de contacto. Dato sustancial para establecer si esta evidencia da cuenta de que el elemento estuvo en la escena del crimen o no. Por otra parte, también pudo establecerse que el bastón no es compatible con ninguna de las lesiones verificadas en la víctima.

Basada en el ADN positivo, se hizo la formalización de la investigación. Con posterioridad, el imputado se presentó espontáneamente en la Fiscalía, debidamente asesorado, dijo que era ajeno a la producción del hecho y dio cuenta detallada de su actividad el día del hecho. “Él sin mayor esfuerzo relató toda su actividad de ese día, reconstruyendo su actividad hasta la madrugada”, indicó Rivarola. En ese relato el joven explicó que estuvo trabajando en el reparto de leña desde las 15 hasta cerca de las 21 hs. luego estuvo en su casa, higienizándose para encontrarse con su novia en Trevelin. Cargó combustible en la estación de servicio a las 22:02 y 22:15 fue a Trevelin, regresando a las 22:30 hs. luego hizo varias actividades. El fiscal indicó que el joven respondió todas las preguntas que se le formularon y la Fiscalía, con posterioridad evacuó las citas.
El relato fue confirmado sin contradicciones por las personas que mencionó: su abuela, un cliente, la novia, un familiar y personal de estación de servicio. También se confirmó la versión del imputado, de haber salido para Trevelin después de las 22 hs. y regresado a partir de las 22:30 hs. luego de no haberse encontrado con su novia, a partir del análisis de cámaras del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, cámaras particulares y empresa de telefonía celular.

La familia de la víctima

Una de las personas presentes habló en la audiencia para decir que está de acuerdo con el dictamen del fiscal, que no cree que el imputado fuera el autor del  hecho pero que sí cree que fue alguien cercano. También se refirió a la antigua enemistad entre ambas familias.

La decisión judicial

El juez, Martín Zacchino resaltó que la Constitución obliga al fiscal a ser objetivo, frente a la evidencia no puede impulsar la acción en sentido contrario. Anticipó que no encuentra falla lógica o jurídica en el dictamen. Coincidiendo con el Dr. Hernández en que la exposición de Rivarola no fue solo objetiva sino sincera. El fiscal admitió que la versión de la defensa es más ajustada a la realidad.
El magistrado otorgó diez días a los damnificados para que analicen la decisión con el fiscal o con algún otro abogado, y decidan si se opondrán o no al dictamen. A partir de ello el juez quedará habilitado a expedirse conforme la ley.

En la nueva audiencia se analizará la acusación sobre el delito de amenazas, se escuchará a las víctimas y el juez resolverá sobre el sobreseimiento. 

La comunidad de la Comarca Andina ante el desafío de contar con una Justicia cercana

Por Adrián Moreno

Un acontecimiento casi único se dará en los próximos días con el que se involucra a la comunidad de la Comarca Andina. Se trata del juicio oral que se realizará en la localidad de El Hoyo, por la causa que investiga el asesinato de Matías Albornoz.

El joven remisero de El Bolsón, fue asesinado el 13 de febrero de 2016, en la madrugada de un sábado y su cuerpo fue hallado a pocos metros del cruce del Paralelo que divide a las provincias de Río Negro y Chubut. Esa última característica generó que el proceso investigativo y las audiencias preliminares que llevaron a la instancia oral, se realizaran en los tribunales de Esquel. Sin embargo, lo que podría aparecer como un inconveniente, aunque de hecho, durante el largo año de pericias y cruces obligatorios entre los familiares de la víctima y los presuntos autores lo fue, surge a la vez como una luz esperanzadora tras conocerse el respaldo de toda la comunidad hacia la familia Albornoz.

Más allá de las implicancias de un acontecimiento delictivo que culminó con la vida de una persona, la muerte de Matías Albornoz dio origen a un conjunto de iniciativas que fueron sumando presencia en los ámbitos judiciales, no sólo por parte de su padre, Luis Albornoz, figura emblemática en el reclamo y el resto de la familia, sino de toda la sociedad que manifestó su acompañamiento, incluso desde lo institucional. La presencia de concejales y funcionarios del Ejecutivo de El Bolsón en todas las audiencias y el origen de un dispositivo que fue en crecimiento, relacionado con la toma de conciencia, charlas y actos en los que se manifestó por el pedido de Justicia, fueron parte de un vertiginoso año para los familiares que hoy expresan que “nunca se sintieron solos”.

Esos hechos que fueron acompañados por un respeto inesperado -al menos-, por parte de las autoridades judiciales, incluyendo a la Fiscalía y al juez, convirtieron a la triste noticia en una lucha y militancia, ya no para recuperar lo imposible (la vida de Matías), sino para que “algo así no vuelva a ocurrir” y para que “otras víctimas o familiares no deban pasar por el cruel proceso que significa tener que rogar por justicia luego de haber perdido un ser querido tras circunstancias violentas”.

Pero los hechos no culminaron allí, las comunidades de El Hoyo y Lago Puelo (localidades vecinas de El Bolsón que forman parte de la Comarca Andina), también se sumaron a través de sus representantes, tanto desde el Concejo como desde las respectivas intendencias, al pedido para que el juicio se realice en la propia Comarca.

Un trámite administrativo para algunos (incluso podría ser para los propios funcionarios judiciales) y una posibilidad esperanzadora que muestra al servicio de Justicia cercano a los ciudadanos. Circunstancias a las que se sumó, por ejemplo, la presencia de Silvia Irigaray, una de las referentes de la organización Madres del Dolor, quien tomó el caso como propio, acompañando a la familia de Matías en las audiencias de mitad de año y quien estará también presente en los alegatos que se estiman para el próximo 13 de febrero, a un año del asesinato.
Los 170 kilómetros que separan a El Bolsón de Esquel, fueron testigos del dolor y la desesperación de Luis Albornoz y su familia y los integrantes de la comunidad que, en caravana, decidieron marchar y estar presentes en cada una de las audiencias. Pero esa distancia se acortó, gracias al pedido de la sociedad y la decisión del Poder Judicial de Chubut que supo escuchar el reclamo y tuvo la visión necesaria para comprender el esfuerzo comunitario, ya que los ciudadanos de la Comarca colaborarán, durante los días del juicio, algunos con plazas hoteleras para los funcionarios judiciales, otros con el lugar donde se llevará a cabo el Juicio (en una escuela), otros con disponibilidad de vehículos y otros, simplemente estando, algo fundamental que logró mantener de pie a Luis Albornoz, a la mamá de Matías, a su mujer y a su pequeña hija de cuatro años. No es sencillo sacar a los jueces de sus recintos y en esta oportunidad se pudo lograr, por el esfuerzo en conjunto, por la tenacidad de la familia y por un acompañamiento que podría ser indicado como inaudito.

La sociedad de El Bolsón y la de las localidades linderas, serán testigos en los próximos días, de la resolución judicial respecto de un hecho aberrante que, además, muestra el dolor más grande que se puede tener como es la muerte de un hijo. Pero a la vez, podrá presenciar un logro, quizás exclusivo, que no pudo haberse concretado sino a través del esfuerzo comunitario. El próximo 7 de febrero comenzará el juicio en la localidad de El Hoyo y se presume que durará hasta el 14. Un juicio que espera resultados positivos y que tiene expectativas, desde luego, por parte de los familiares y los seres queridos. Pero también, un conjunto de circunstancias que dan clara muestra de que las sociedades sólo pueden superar la violencia a partir del trabajo en conjunto y el acompañamiento a sus víctimas y familiares.

Una esperanza en la Justicia que, por fuera de la frialdad y la imparcialidad que se espera de los magistrados, ha sabido interpretar un pedido comunitario, dejando para el futuro, un precedente digno de ser valorado.


miércoles, 1 de febrero de 2017

Del 18 al 20 de abril se hará el juicio por estafa con terrenos fiscales

La acusación pública superó la audiencia preliminar y se abrió la etapa de juicio. El juez designado para el debate es Jorge Criado. El juicio se fijó para los días 18, 19 y 20 de abril. Se juzgarán dos hechos cometidos en junio y septiembre de 2013. El acusado es un ex funcionario municipal.

El primero de los hechos acusados ocurrió el 11 de septiembre de 2013 aproximadamente a las 16 hs. en la Dirección de Tierras de la Municipalidad de Esquel. El imputado habría recibido $7.000, suma requerida previamente a una pareja en su carácter de Director de Tierras del Municipio, en concepto de sesión de derechos sobre la parcela N° 12 del Barrio Baden II con mensura en trámite. Según los denunciantes, indicó que ese dinero era requerido por el supuesto cedente “Antonio Cayunao”, otorgándoles recibo. Luego se realizó el contrato de sesión y Lincheo, ante la entrega del ejemplar del contrato les retuvo el dinero pactado. En días posteriores un vecino les mostró un contrato de similares características y observaron que la firma del supuesto cedente es la misma en ambos contratos, coincidiendo además el número de documento. Los damnificados exigieron conocer al cedente pero esto no sucedió.  Hasta el momento, de los padrones nacionales no surge ninguna persona con esa identidad, por lo cual se presume que el dinero cobrado fue para beneficio del imputado.

El segundo hecho habría ocurrido el 3 de junio de 2013, aproximadamente a las 16 hs. en el domicilio del denunciante. Según la imputación, Juan Carlos Lincheo recibió $8.000, que había requerido previamente en su carácter de Director de Tierras del Municipio a la víctima, en concepto de sesión de derechos del dueño anterior “Rodolfo González”. Lincheo le otorgó un recibo suscripto por él y por “González”, el que llevaba previamente confeccionado. Pocos días después, Lincheo habría requerido el pago de $1200 en concepto de mensura del terreno y la víctima habría pagado. En este caso no hubo recibo, pese a que fue reclamado en más de una oportunidad, según las manifestaciones de la denunciante. Tampoco se pudo verificar la existencia del presunto cedente. Además se constató que el Municipio no cobra la mensura a los adquirentes.
Luego la víctima se presentó al municipio y debió abonar los derechos del terreno en $7600. La denunciante considera haber abonado dos veces lo mismo y una mensura que no correspondía.


El sorteo del juez de juicio dejó fijado un orden de subrogantes, para el caso que el juez Criado estuviera impedido de asistir por alguna circunstancia. Los jueces que podrían reemplazarlo son Anabel Rodríguez, Hernán Dal Verme y Martín Zacchino, en ese orden. 

martes, 31 de enero de 2017

Fue a la Fiscalía por varios legajos y de paso, sumó uno más

Estuvo en el  2do piso de la Fiscalía por el trámite de legajos en su contra. Cuando se iba golpeó y trizó el cristal de la caja metálica que contiene un matafuego, fue aprehendido y llevado a audiencia de control de la detención y formalización de la investigación por daño simple.

La aprehensión se produjo instantes después del hecho, cuando el imputado estaba en la Defensa Pública para ver a su abogada. El joven de 23 años, tiene una acusación pública en su contra por hechos calificados como amenazas, lesiones leves, hurto y desobediencia. El 24 de febrero será la audiencia preliminar a la que podría agregarse un legajo por daño ya que la Fiscalía pidió la acumulación a esa carpeta judicial. Para esto, deberá presentarse previamente la acusación por el nuevo hecho.

En su descargo, el imputado dijo que se resbaló, tropezó y por eso dio el golpe en el matafuego, sostuvo que no se había dado cuenta de que lo había dañado y que está dispuesto a pagarlo. 

sábado, 28 de enero de 2017

Se formalizó la investigación por homicidio culposo

El suceso tiene las características de un drama familiar. Aparentemente un hecho accidental se cobró la vida de Mirta Andrea Velazquez Maliqueo, de 17 años. El sábado a las 18:30 hs. tuvo lugar la audiencia de apertura de la investigación. La Fiscalía imputó homicidio culposo al joven que sería autor del disparo.




La familia estaba reunida esa mañana en el puesto de una estancia ubicada en la Ruta 71. Un joven de 19 años, tomó el rifle al que le habían quitado el cargador, apuntó y disparó a la víctima a la altura del pecho. La joven fue trasladada al hospital, pero perdió la vida antes de llegar a destino.

El funcionario de turno, Carlos Richeri, calificó el hecho como homicidio culposo.
Intervino Criminalística, Policía, el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito y la médica forense. La autopsia se realizó en horas de la tarde, con posterioridad fue entregado el cuerpo a la familia.

viernes, 27 de enero de 2017

Investigación de abigeato: Se restituirán los animales como depositario judicial

La petición de restitución de los animales secuestrados el 10 de enero en el predio ocupado por el “Lof en Resistencia Cushamen”, fue tratada en audiencia a primera hora de la tarde del viernes. La defensa solicitó que se hiciera entrega de los animales, varios de los cuales tienen marcas y señales correspondientes a pobladores de la zona. El fiscal explicó las medidas de investigación que se están realizando y los motivos por los cuales no se dispuso hasta el momento la restitución. Zacchino resolvió entregar los terneros a las personas que los reclaman, en carácter de depositario judicial, en tanto que los caballos correrán la misma suerte transcurridas 72 hs. En ese plazo, los investigadores deberían completar las medidas investigativas que requieren de los equinos.

Los terneros carecen de identificación, por esa causa el juez entendió que deberían ser entregados, no de modo definitivo, sino en carácter de depositario judicial a la persona que demuestra tener “el mejor derecho” a su respecto. Aclaró que esta entrega no implica reconocer derechos a la propiedad, sino que simplemente pasa a manos de un particular la guarda que desde el secuestro realiza el Estado. Fundamentalmente porque “pareciera que no guardan ninguna relación con el delito de abigeato denunciado”, indicó.

Respecto de los 17 equinos, el juez consideró que la situación es distinta, ya que se los vinculada al hallazgo de rastros en terreno cuya impresión podría corresponderse con alguno de los animales secuestrados. Entre los equinos, algunos cuentan con marcas de dos propietarios que los reclaman, sin embargo hay otros que no. Al resolver, Zacchino aclaró que la propiedad legítima de los animales no dejaría sin responsabilidad penal a sus dueños, en caso de que se demostrara que los animales hubieran sido utilizados para la comisión de un delito. “Ser titular no lo exime de la participación que le pudiera caber”, indicó, añadiendo que ”lo que se analiza es la necesidad de mantener este secuestro”. En esta línea tuvo en cuenta que para la comparación de aquellos rastros hallados y el del rastro de las pisadas, se realizó el jueves un registro fotográfico. “El aspecto probatorio está resuelto”, sostuvo “lo que ocurra de aquí a futuro no modifica la investigación. Desde el aspecto probatorio no habría problemas para realizar la entrega”.

Respecto de los animales que no tienen marca, debe establecerse no solo si fueron utilizados para cometer abigeato, sino además si son éstos producto de ese delito. Completado este análisis, el magistrado hizo lugar a la restitución de los 17 equinos a la persona en cuyo poder se secuestraron. Otorgó 72 hs. al MPF para realizar en ese plazo a los animales para que realice todas las diligencias necesarias para su concreta identificación, análisis, indagación oficiatoria en los registros de marcas y señales de la provincia, identificar a sus titulares y si apareciera un titular, peticionar las medidas que correspondan.
Cumplida la diligencia en las primeras horas del martes, personal de la policía de abigeato de El Maitén, deberá entregar los animales a sus poseedores en carácter de depósito judicial. Estos están obligados a ponerlos a disposición de la justicia cada vez que sean requeridos, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de depositario infiel.

Respecto de los animales sin marca, Zacchino dispuso que en un plazo de 30 días, sus poseedores deberán regularizar ante el ente que corresponda, la posesión de los animales conforme lo establece la ley de marcas. “A fin de evitar otros casos similares a los que aquí se tratan”, impuso a los cuidadores la prohibición expresa a que dichos animales estén en el lote ocupado por el Lof en Resistencia Cushamen. 

Investigación por denuncias de abigeato

El fiscal Carlos Díaz Mayer, respondió el jueves a un pedido de restitución de los caballos secuestrados en el procedimiento realizado el 10 de enero en el predio donde se asienta el “Lof de Resistencia Cushamen”. El requerimiento fue presentado por la defensora Valeria Ponce. El fiscal rechazó el pedido, explicando los motivos por los que es necesario para la investigación mantener a los animales secuestrados hasta la realización de pericias. También informa las medidas que dispuso para garantizar que reciban control y atención veterinaria apropiada.
P1050089P1050090
La resolución
///Esquel, 26 de enero de 2017.-
                        Por recibidos los escritos, presentados por quienes serían los propietarios de los animales equinos secuestrados del interior del predio, el día 10 de enero de 2017, en el procedimiento ordenado en este Legajo Fiscal, agréguense.-
                        Por recibido el escrito presentado por la Sra. Defensora Pública, Dra. Mónica Valeria Ponce, en el día de ayer, reiterando las presentaciones en cuanto a la devolución de los animales equinos, agréguese.-
                        En una breve reseña, en estos legajos Fiscales de Investigación, se han llevado a cabo distintas diligencias procesales, con el fin de determinar la existencia de maniobras denunciadas, consistentes en la sustracción de animales del interior de los inmuebles propiedad de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A..-
                        En las denuncias se ha indicado la existencia de las maniobras a través de las cuales se ha logrado el apoderamiento ilegítimo de los animales, entre ellos el arreo de los animales con el uso de animales equinos.-
                        Los hechos han sido calificados como abigeato, y, en su comisión agravada.-
                        Con motivo del registro y secuestro llevado a cabo el 10 de enero de 2017, en el predio identificado donde estaría asentado el “Lof de Resistencia Cushamen”, en la zona de Leleque, se logró el secuestro del interior del predio de 23 animales ovinos, 3 vacunos (una vaca y dos terneros) y 18 equinos.-
                        Esos 23 ovinos y uno de los caballos, con las marcas y señales, han sido entregados, en carácter de depositario judicial, al mayordomo de la Estancia El Maitén de la Compañía de Tierras Sud Argentino SA, por resultar esa firma, la propietario de los animales.-
                        Los restantes animales (17 equinos y 3 vacunos), quedaron a resguardo en el predio de la División Seguridad Rural de El Maitén de la policía de esta provincia.-
                         En cuanto a los animales vacunos, puntualmente la vaca el pasado 22 de enero de 2017, ha muerto por cuestiones, que aún restan ser informados a este Ministerio Público Fiscal, sin perjuicio que de manera telefónica adelantó el titular de la división policial, que se produjo por la afección que padecía y que le habría atacado las vías respiratorias.-
                        Se ha indicado, al personal policial interviniente, que se recabe de los organismos correspondientes, la titularidad de las marcas observadas en los yeguarizos.-
                        Al día de la fecha, aún restan por confeccionarse las determinaciones físicas de las improntas de los equinos. Más específicamente la identificación de las “pisadas” de los vasos.-
                        De ello, puede inferirse, con el grado de certeza que esta procesal por la cual se transite lo permite, que las maniobras comisivas del delito de abigeato han sido utilizando animales equinos para el arreo de los vacunos y lanares.-
                        Por ello, en consonancia con el instructivo 5/16 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la Procuración General de este Ministerio Público Fiscal, siendo que los animales podrían haber sido utilizados para la comisión de los delitos aquí investigados y que restan por producirse medidas investigativas, en torno a la determinación de los autores o partícipes de las maniobras delictivas, por el momento, no habré de hacer lugar a la devolución de los animales equinos.-
                        En cuanto a los dos terneros secuestrados del interior del predio, siendo que no tienen marca y que no se puede determinar la propiedad de los mismos, y que tampoco tenía marca en su cuerpo la vaca, por el momento tampoco habré de hacer lugar a su devolución.-
                        Hágase saber a la División de Seguridad Rural, que deberá enviarse a este Ministerio Público Fiscal, un informe del estado de salud que detentan los equinos, debiendo indicarse si alguno de ellos presenta alguna herida en una de sus patas, tal como lo indica la defensa pública en su escrito y, en su caso, se indique el tratamiento que se le está brindando.-
                                   Además habré de indicar al funcionario policial que, a través de un médico veterinario, deberá informarse cada (15) quince días el estado de salud de los animales incautados.-
                                   Notifíquese a la Defensoría Pública.-

martes, 24 de enero de 2017

Formalizan investigación por hecho violento a la salida de baile de egresados

Cuatro personas fueron individualizadas como presuntos coautores del hecho en el que resultó gravemente lesionado un joven de 18 años. En audiencia se resolvió la apertura formal de la investigación con la calificación legal provisoria de daño, lesiones leves y lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas. Tres de los imputados tienen 16 años, el cuarto 19.
A las 6 de la mañana del 18 de diciembre, en la intersección de Avenida Fontana y calle  Sáenz Peña de esta ciudad de Esquel, en circunstancias en que un grupo de jóvenes probablemente integrado por los cuatro imputados y tres o cuatro más aún no identificados, de manera conjunta, coordinada y por motivos que tratan de establecerse, agredieron mediante piedras, golpes de puño y patadas a las dos víctimas quienes esa madrugada circulaban a bordo del rodado, ocasionando con la mecánica de agresión empleada, múltiples lesiones a las víctimas de diferente entidad. Según el relato del hecho presentado por la Fiscalía, una de las víctimas sufrió herida cortante en región occipital, escoriaciones en rostro, fractura en nariz y en maxilar inferior con rotura de dos elementos dentarios, en tanto que la otra, hematomas en zona malar derecha y excoriaciones varias en pared posterior del tórax. Asimismo, provocaron daños de entidad en el rodado automotor, a saber: luneta dañada a la altura del techo, margen derecho, con un orificio circular, abolladuras en el techo, roturas en cristal de la puerta trasera derecha y abolladuras en parante de puerta trasera derecha, con esparcimiento de cristales en el interior del rodado. La defensora Valeria Ponce anticipó que serán motivo de discusión las agravantes de la calificación legal.  
Fernanda Révori explicó a la juez los elementos que a criterio de la Fiscalía dan cuenta de la gravedad del hecho y la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación. Indicó que la situación es más compleja respecto de dos de los imputados, un menor y el mayor de edad, quienes cuentan con otros procesos en trámite por haber participado de más hechos violentos en los últimos meses. La acusadora solicitó que durante el proceso se les imponga la prohibición de acercamiento y contacto con las víctimas, las salidas a lugares nocturnos y el consumo de bebidas alcohólicas. También requirió la intervención del COSE para realizar un acompañamiento del proceso.
La propuesta fue aceptada por el representante de la Asesoría de Familia, Miguel Contreras, aunque solicitando que la intervención del COSE sea solo en relación a un menor, con el que ya está trabajando, aunque hasta ahora esa intervención fue voluntaria y por tratarse de un proceso penal pasaría a tener un carácter obligatorio. Respecto de los demás solicitó la intervención del Servicio de Protección de Derechos.
Ponce cuestionó las medidas indicando que no son procedentes y que la Fiscalía debiera avanzar en la investigación sin medidas de coerción ya que, en su criterio, no hay elementos objetivos que hagan predecir acciones tendientes a entorpecer la investigación por parte de los imputados.
El abogado particular Carlos Azparren, en representación de uno de los menores, se opuso a las medidas y pidió que se hable con los padres para que entiendan mejor el proceso al que están sometidos sus hijos.
Révori replicó indicando que “como padres y como operadores del Derecho no les hacemos ningún favor a los imputados, tratando de justificar su accionar”.
Anabel Rodríguez hizo lugar parcialmente a los pedidos de la Fiscalía. Dispuso la prohibición de acercamiento a las víctimas y prohibición de abusar de bebidas alcohólicas y consumir estupefacientes respecto de los cuatro. En tanto que prohibió al mayor de edad y a uno de los menores, la asistencia a locales nocturnos. Estableció la intervención del COSE respecto del imputado que ya está recibiendo acompañamiento de esa institución y la del Servicio de Protección de Derechos en relación a los otros dos menores de edad, esta intervención deberá ser supervisada por la Asesoría de Familia u otro organismo de la justicia civil. Las medidas fueron dispuestas por sesenta días. 

jueves, 19 de enero de 2017

Homicidio de Yancapán: Formalizaron investigación por homicidio con ensañamiento

P1050084
A diez meses de ocurrido el crimen, se formalizó la investigación en relación a un imputado y se dispuso su prisión preventiva por 90 días. El hecho fue calificado provisoriamente como homicidio agravado por ensañamiento y el imputado lo es en calidad de coautor. A criterio de los investigadores, por la modalidad empleada, debieron participar al menos dos personas. Yancapán era un hombre de sesenta años, alcohólico, con problemas de salud, una víctima vulnerable, en los términos empleados por la fiscal del caso.
Los familiares de la víctima participaron de la audiencia, acompañados por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito. Al inicio, la fiscal Fernanda Révori, solicitó al juez que exhorte a los medios de comunicación presentes a dar publicidad de la audiencia preservando detalles que puedan resultar morbosos e hirientes para la sensibilidad de la familia de la víctima. El pedido fue acompañado por el defensor y planteado a los periodistas presentes por el juez.
El hecho
P1050082La madrugada del 21 de marzo del año 2016, a aproximadamente a las 3 o 3:30 hs. en el interior de un pasillo perteneciente al predio de la sede vecinal del Barrio Ceferino, el imputado junto a otro joven aun no individualizado, habría dado muerte Víctor Yancapán. La modalidad del crimen fue calificada por la Dra. Fernanda Révori como tendientes a producir un sufrimiento innecesario, dando lugar a la calificación jurídica de homicidio cometido con ensañamiento.
Evidencias
Para fundamentar su pedido de prisión preventiva, Révori se refirió a múltiples evidencias que permitieron individualizar al imputado como el probable autor del crimen. Entre otras, un testigo de identidad reservada que lo sindica y da detalles de su desplazamiento en el lugar, coincidentes con la información brindada poco después del hecho por una persona que cumplía funciones de seguridad del Hospital, aquella madrugada. A estos testimonios se sumaron otros obtenidos recientemente en entrevistas realizadas en el ámbito de la Fiscalía con más testigos, y una información anticipada telefónicamente por la genetista forense a la fiscal, instantes antes de la audiencia. Un perfil genético, levantado en el lugar del hecho, a escasos metros de la víctima, se corresponde con el ADN del imputado.
Peligros procesales
P1050086Révori solicitó la imposición de prisión preventiva por un plazo de tres meses para evitar que el imputado se evada o tome acciones tendientes a entorpecer la investigación, por ejemplo influyendo en los testigos. La gravedad y características del hecho, la pena en expectativa (prisión perpetua), la actividad desplegada para borrar evidencias incriminantes, como por ejemplo haber quemado a la víctima, fueron algunos de los fundamentos ofrecidos por la acusadora.
El defensor, Daniel Sandoval, cuestionó de modo general los elementos de cargo y resaltó que su defendido respondió al llamado de la justicia en un proceso anterior, reciente. Resaltó que no se dan los peligros procesales y que el proceso podría cautelarse con una medida alternativa a la prisión preventiva.
La resolución
El juez Martín Zacchino se tomó el tiempo de explicar al público presente el sentido de la audiencia, sus alcances y los aspectos que en ella se pusieron bajo análisis. Luego adelantó que a su criterio se evidencian los peligros de fuga y entorpecimiento procesal y detalló los fundamentos de sus conclusiones. Zacchino consideró que frente al hecho que se le imputa, el arraigo del imputado es débil. Ponderó los elementos reunidos y consideró que una medida menos gravosa, frente a la evidencia de los riesgos procesales, implicaría poner en riesgo la investigación, lo que no puede permitir el juez.
Transcurridos 90 días, deberá realizarse otra audiencia para analizar si se mantiene la misma situación que dio fundamento a la prisión preventiva o en caso contrario, decidir su cese o morigeración.

miércoles, 18 de enero de 2017

Homicidio de Millacán: el sexto imputado también en prisión preventiva

La medida se dispuso a pedido de la Fiscalía, luego de realizarse la apertura formal de la investigación. El sexto imputado cumplirá prisión preventiva por 58 días, para que el tratamiento de la necesidad de continuar con la medida se realice de modo conjunto con los coimputados, en una misma audiencia.
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El martes por la tarde se realizó un allanamiento, requisa personal y detención ordenada por el juez de turno a pedido de la fiscal Fernanda Révori. La detención tuvo por objeto llevar a audiencia al imputado. El jueves a las 11:30 se realizó la audiencia de formalización de la investigación en la que el imputado estuvo asistido por Bruno Deias, defensor público.
El hecho
La Fiscalía reiteró el relato del hecho realizado en la audiencia del pasado lunes, ahora señalando que el nuevo imputado también formó parte del grupo agresor. Los sucesos tuvieron lugar el sábado último, aproximadamente a las 21.30 hs. cuando un grupo de personas integrado entre otros por los seis imputados, de dirigió a un mercado del Barrio Estación, en cuyo exterior sabían que estaba Javier Millacán consumiendo bebidas alcohólicas junto a otras personas. Allí le dieron muerte mediante el uso de, al menos, un arma de fuego y un arma blanca, piedras, golpes de puño y patadas, ocasionándole múltiples heridas que horas después le produjeron la muerte mientras estaba internado en el HZE. El accionar fue calificado como homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.
Deias señaló que oportunamente discutirá la existencia de premeditación, coordinación y actuación conjunta imputada por la Fiscalía.
Prisión preventiva
Révori solicitó el dictado de prisión preventiva por sesenta días, igual plazo requerido y dispuesto a los otros cinco imputados. Lo fundamentó por las características del hecho, la cantidad de personas intervinientes, “que era un grupo de al menos seis personas, algunos testigos dicen que eran diez”, señaló. Se refirió a la actuación grupo de manera coordinada, empleando un arma de fuego (que aún no fue hallada) y al menos uno o dos cuchillos. “Ninguno de los imputados tiene lesiones que pueda dar cuenta de una pelea”, sostuvo.
Hay un dato que resulta central para analizar los peligros procesales, lo aportó la Fiscalía y fue particularmente considerado por el juez en su resolución: el móvil del crimen. Según los elementos reunidos, hay indicios de que se trataría de una “venganza”, vinculada a problemas anteriores de la víctima con familiares de uno de los detenidos. Había denuncias cruzadas previas. Testigos indican que mientras agredían a Millacán le decían “vos le pegaste a mi papá”. Revori valoró en contra del imputado que participara de un ataque en grupo, sin dar ninguna posibilidad de defenderse a la víctima, y dándose posteriormente a la fuga.
“Si actuaron así por problemas anteriores como podemos esperar que actúen por este hecho en relación a las personas que tendrán que declarar”, planteó la fiscal.
El juez Martín Zacchino, hizo lugar a la medida, reiterando fundamentos similares a los considerados cuando dispuso la misma medida para los otros cinco coimputados. Tuvo en cuenta el peligro de fuga y de entorpecimiento procesal, a la luz de la gravedad y características del hecho, y a los motivos que los habrían llevado a cometerlo. 

Información de la Fiscalía Esquel

La información de la Fiscalía de Esquel puede consultarse en http://www.mpfchubut.gov.ar/index.php/esquel 

Homicidio de Yancapan: uno de los presuntos autores fue detenido

El 21 de marzo de 2016 fue hallado un cuerpo quemado y con evidencias de haber sido víctima de un crimen en el que se empleó violencia extrema. No solo se desconocía quién o quiénes serían los autores, sino que tampoco se sabía la identidad de la víctima. A través del Registro General de las Personas, el 30 de marzo, fue identificado Víctor Yancapan (60 años) por sus huellas digitales.  La investigación comenzó a dar resultados durante los últimos días. Este miércoles uno de los presuntos autores fue detenido en Rawson y el jueves a las 9 hs. será llevado a audiencia en los Tribunales de Esquel.

Era lunes por la mañana cuando fue hallado en el predio de la Sede Vecinal del Barrio Ceferino un cuerpo absolutamente irreconocible. Los profesionales criminalísticos y forenses, constataron evidencias de un despliegue brutal para la comisión del crimen. Se realizaron allanamientos, requisas y peritajes. El primer logro fue identificar a la víctima. El fuego parecía haber borrado pistas que arrimaran a la determinación de la autoría.

Los investigadores continuaron su trabajo sin cesar. Meses después, durante los primeros días de enero, nuevos procedimientos permitieron reforzar los elementos de una de las líneas investigativas. La pasada semana hubo intensa actividad por este caso en el tercer piso del Ministerio Público Fiscal y también en la Brigada de Investigaciones de la Policía, que concluyó con un pedido de detención redactado por la fiscal Fernanda Révori y autorizado por el juez de turno. Personal de la Brigada viajó a Rawson el martes a la tarde y a primera hora del miércoles detuvo al imputado.

Si bien esta detención es un hito significativo en la investigación, las fuertes sospechas en las que está fundada, necesitarán de más trabajo investigativo, tendiente a reunir evidencias suficientes para decidir si esta persona deberá o no, ser llevada a juicio y para establecer quién más participó del crimen. 

martes, 17 de enero de 2017

La Defensa Pública tramitó un habeas corpus preventivo, vinculado con intervenciones policiales de la pasada semana,  “violentando injustificadamente los derechos de la Comunidad Mapuche”. El recurso fue rechazado por el juez José Colabelli y la resolución del magistrado confirmada ahora por la Cámara Penal, integrada por Carina Estefanía, Nelly García y Alejandro De Franco. Resaltaron la necesidad de investigar los hechos, la responsabilidad del Estado de garantizar la seguridad para todos los habitantes y la necesidad intervenciones tendientes a alcanzar una solución pacífica al conflicto.

El recurso planteaba inicialmente la demora en el trámite por parte del juez de turno. Los camaristas no estuvieron de acuerdo y rechazaron ese agravio “no advertimos demora alguna en el trámite que se le imprimiera a la presentación que efectuara  dicha parte  a las 10.13  PM horas del día 11 de enero de 2017,  mediante la cual solicitaban que se fijara una audiencia en los términos del artículo 9, último párrafo, de la Ley de Habeas Corpus Nro. 23.098, a efectos de expresar en forma oral, dada la urgencia y gravedad de los hechos, los antecedentes que motivaban la presentación.”

¿Cómo se iniciaron los hechos?

La resolución del Tribunal de alzada compartió con el juez penal las dudas en relación al inicio de los hechos en los que se produjo la intervención policial cuestionada.”…Pues la mayor contradicción de la versiones traídas por los involucrados, radica en cómo se iniciaron los hechos, circunstancia que podría ser determinante a la hora de analizar la legalidad del procedimiento policial y a partir de allí decidir sobre la necesidad o no de imponer una medida cautelar contra  Policía del Chubut,  con la amplitud  requerida”.

Los magistrados continúan su análisis indicando que la circunstancia de que este incidente se produzca  al día siguiente de otros  dos procedimientos ordenados por el Poder Judicial de la Nación y el Poder Judicial de la Provincia del Chubut, en el que también resultaron lesionados personas de la Comunidad y de la Fuerzas de Seguridad intervinientes, no puede inferirse que exista una decisión premeditada por parte de la Policía de Chubut,  de violentar injustificadamente  los derechos de la Comunidad Mapuche.
Cabe señalar que ambos procedimientos judiciales, tienen relación con la presunta comisión de delitos, que ameritaron una orden judicial de allanamiento para reestablecer el funcionamiento del transporte ferroviario, para identificar los ocupantes –que sucesivamente se niegan a dar su identidad-  y evitar la consumación de delitos contra la propiedad y la seguridad pública (secuestro de  tres bombas molotov).

La necesidad de investigar

En otro párrafo, la Cámara sostiene que la gravedad de los hechos, calificados a partir de las lesiones constatadas en ambos grupos, amerita una investigación minuciosa de todo lo ocurrido por parte del MPF, pero no es suficiente para dictar una medida cautelar en el marco de un recurso de habeas corpus preventivo, mediante el cual se pretende limitar para el futuro el accionar legal de las fuerzas, cuando los hechos  así lo requieran.

No hubo demora

El análisis sobre la oportunidad en la que el juez dio tratamiento al recurso, concluye indicando que la decisión dictada  por el Juez a la 01.50 horas del día 12 de enero de 2017, es decir  tres horas después de finalizada la audiencia, mediante la cual el magistrado da curso al Habeas Corpus, ordena al Jefe de la Unidad Regional informe en el plazo de 12 horas lo ocurrido, requiere a los denunciantes los datos personales de las víctimas, y remite los antecedentes al Fiscal en Turno y convoca a la audiencia dentro de las 24 horas, resulta adecuada y oportuna, pues la urgencia manifestada se había tornado abstracta, desde el momento en que los hechos ya habían cesado.

Examen de ilegalidad y arbitrariedad

Los camaristas se refirieron a la función que les cabe en función de determinar si existe alguna amenaza a la libertad de las personas que pueda reputarse ilegal o arbitraria y que de manera inminente pueda afectar garantías constitucionales en caso de reiterarse operativos policiales como el que tuvo lugar el pasado 11 de enero de 2017.

Debemos decidir sobre una situación futura, eventual y resulta sumamente dificultoso prever cuando una actuación resultará arbitraria y afectará, indebidamente, la libertad de las personas.
Consideraron  que los integrantes de la Comunidad Mapuche pretenden que los  hechos sean interpretados como parte de una persecución o los califican de discriminatorios. En ese sentido y a  modo de ejemplo, considerando especialmente las manifestaciones de la Sra. Ose, es preciso recordar que  ninguna persona –cualquiera su pertenencia-  tiene derecho a  ingresar a un lugar donde se lleva un operativo policial, aun cuando sea su domicilio, menos aun cuando exista riesgo.
En el caso, no han demostrado los recurrentes que estos procedimientos policiales – con orden judicial o en flagrancia- se inscriban en un plan de persecución a la Comunidad Mapuche por la elección de la vía de hecho utilizada para la recuperación de  las tierras, que ameriten, tal como lo sostiene el a quo, que ante la falta de certeza respecto de  una de las versiones, se opte por aquella que proteja al más débil.

El Estado debe brindar seguridad a todos los habitantes

En este sentido, los Jueces entendieron que el Estado ha de proveer de la mejor manera posible, y comprometiendo todo su esfuerzo, todos los medios necesarios  para el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas.
No es  cierto que el respeto de los derechos y las libertades, en el caso de la comunidad aborigen, sean incompatibles con una eficiente política de seguridad sino todo lo contrario.
Cuando el reclamo, cualquiera sea el grupo social que lo encabece,  incluye la probable comisión de delitos, el Estado no puede soslayar que también está obligado a brindar seguridad a todos los habitantes. Es su deber mantener el orden público, la tranquilidad y la paz interior y éstos son ineludibles presupuestos para la convivencia y el desarrollo.
A su turno, las fuerzas de seguridad, deben administrar con sumo cuidado la necesidad y luego el uso de la fuerza pública, en sus procedimientos  frente a comunidades  vulnerables.

Buscar una solución pacífica


Por último, la resolución señaló que la intervención de destacados referentes en la defensa de los Derechos Humanos y del propio Ministro del Superior Tribunal de Justicia Dr. Alejandro Panizzi,  ha de interpretarse con la necesidad de encontrar una solución pacífica al conflicto.