El Ministerio
Público Fiscal de Chubut aborda las denuncias de abuso sexual desde el aspecto
legal y victimológico. Ambos abordajes confluyen a su vez en el dispositivo
médico legal, implementado en toda la provincia a partir de un convenio con el
Ministerio de Salud. Su correcta y oportuna implementación, garantiza derechos
básicos de la víctima vinculados a su salud sexual y reproductiva y la eficiente
obtención de material biológico fundamental para lograr la sanción penal del
autor.
Los abusadores sugestionan
a sus víctimas para imponer el secreto. Ese silencio se sostiene por temor y a
costa del sufrimiento, la confusión y la desazón de la víctima. Muchos casos
son denunciados recién a partir de la evidencia de un embarazo. Otros son
denunciados mucho tiempo después, e incluso algunos nunca llegan al
conocimiento de la justicia.
La prueba
La prueba es muy
difícil de obtener. Suelen jugar muchos intereses, fundamentalmente en el abuso
sexual intrafamiliar. La experiencia indica que los miembros de la familia suelen
tomar partido por alguno de los involucrados. Incluso la madre de la víctima no
siempre acompaña el proceso.
Sin lugar a dudas
la prueba más clara es el ADN que puede obtenerse mediante la aplicación del
Dispositivo de Abuso Sexual disponible en todos los hospitales de la provincia,
así como la prevención del embarazo y de enfermedades de transmisión sexual.
Sin embargo esto solo es posible cuando la denuncia es inmediata a la
producción del abuso o bien cuando a raíz del abuso se produjo un embarazo.
Estos hechos
ocurren entre cuatro paredes. Los indicios cobran fuerza en relación al relato
de la víctima, son datos que parecen no tener significación propia, que no
aportan la evidencia de un testigo directo, pero que permiten corroborar
circunstancias, conductas, costumbres alteradas, cambios en la personalidad y/o
en el rendimiento escolar.
El abusador suele
ser el referente de la víctima en distintos ámbitos, se muestra como el adulto
que se ocupa de sus cosas y de este modo se asegura el control del secreto. El
abusador detecta el estado de vulnerabilidad y de este modo elige a su víctima.
El relato
En todos los casos
la investigación se activa por la denuncia. La declaración de la víctima es
central para la investigación. El relato se realiza en cámara Gesell,
procurando que la víctima declare por única vez en ese momento. Algunas veces
se puede hacer rápido, pero en muchas otras no. La víctima debe estar preparada
anímicamente para pasar por esa instancia y son los profesionales del SAVD quienes
sugieren el momento más oportuno para hacerlo.
La psicóloga
forense toma la declaración y realiza la pericia psicológica. Esta pericia
evalúa si el relato es creíble, si detecta o no una tendencia a la fabulación,
si se advierte algún interés, si se evidencia un relato armado, entre otros
aspectos. Esta pericia valida el relato de la víctima.
Actualmente en los
Tribunales de Esquel, las Cámaras Gesell se realizan con la presencia en la
retrocámara –ubicada tras un vidrio que se convierte en espejo al interior de
la cámara- de los jueces, el fiscal, el defensor y el imputado. El SAVD y los
fiscales sostienen que hay que avanzar hacia una metodología que permita a
defensa controlar el desarrollo de la declaración sin que la víctima sienta que
detrás del vidrio está el imputado mirándola.
La Fiscalía propicia
la implementación un circuito cerrado de televisión, sistema que se usa
habitualmente en los juzgados de familia y que varios protocolos señalan como
el más adecuado. Esta modalidad consiste en conectar dos salas distantes,
mediante circuito cerrado de televisión, en una sala están la entrevistadora y
la víctima, y en otra, retirada, los demás actores del proceso.
El valor de la
confesión
Al conocimiento de
los jueces de juicio llega ese relato de la víctima, filmado. Sin embargo algunas
víctimas deciden participar del debate. Por ejemplo en juicios abreviados para
escuchar de boca de su abusador el reconocimiento del abuso. Que diga “si, es
verdad, yo lo hice”.