Lo decidió el juez penal Martín Zacchino, a pedido del
fiscal Oscar Oro y la querella. La defensa solicitó que cese la prisión y se
sustituya por una medida menos gravosa. En su planteo la letrada se refirió a
la falta de nueva prueba en el legajo y cuestionó que se considere para evaluar
el peligro de entorpecimiento procesal, hechos posteriores, ocurridos mientras
que su defendido estaba en prisión. Al resolver Zacchino señaló que la
producción de prueba se realizará en el juicio y que en esta instancia su deber
es analizar los elementos que den cuenta o no de la existencias de riesgos
procesales.
El Fiscal se refirió a la falta de arraigo de Francisco
Facundo Jones Huala, hizo referencia general a los motivos por los cuales se
dictó la prisión preventiva que venció en el día de la fecha y se explayó
respecto de conductas de entorpecimiento procesal ocurridas con anterioridad a
la detención y con posterioridad. Respecto de este punto mencionó que los
cueros con marcas que aparentemente se corresponden con los de Compañía de
Tierras, no pudieron ser secuestrados en el momento en que se los fotografió y
filmó, pero se acordó con la defensa y con los imputados que serían retirados
con posterioridad. Al momento de ir al lugar la policía para efectivizar la
medida, los cueros ya no fueron encontrados.
Oro se refirió a otras situaciones posteriores, resaltando
que se evidencia el liderazgo del imputado y la organización del grupo para
llevar adelante conductas sancionadas por la ley penal.
Las postulaciones fueron reforzadas con elementos aportados
por la querella, dando cuenta con mayor detalle de las distintas situaciones
que a su criterio evidencian los riesgos de fuga y entorpecimiento.
La defensora particular Sonia Ivanoff, rechazó los planteos,
resaltó que su defendido ya se encuentra sufriendo una medida cautelar
dispuesta por la justicia federal y próximamente afrontará un juicio de
extradición, y fundamentó que en este mismo legajo se encuentran imputados
varios familiares y la pareja del imputado, lo que da cuenta de su pertenencia,
de los lazos familiares que lo atan y que dan cuenta del arraigo. También
presentó una constancia de constitución de domicilio e hizo referencia a un
estudio antropológico para dar cuenta de su vinculación con la zona y las
tierras en conflicto.
La letrada rechazó que se utilicen hechos ocurridos durante
el encarcelamiento de su defendido para evaluar un posible peligro de
entorpecimiento, ya que él no pudo tomar parte de los mismos.
Jones Huala se manifestó para sostener que lo que quieren es
diálogo político, dijo entender que esto supera a las autoridades judiciales y
que de dicha mesa de diálogo deberían participar el presidente actual y la ex
mandataria nacional, autoridades, y los empresarios que detentan la titularidad
de las tierras reclamadas. También sostuvo que ellos no están dispuestos a ir a
la Casa Rosada a participar de una mesa de diálogo, quieren que las autoridades
se hagan presentes en el lugar ocupado.
Luego de un cuarto intermedio el juez explicó los alcances
de la audiencia y el ámbito de resolución que corresponde al juez penal de esta
instancia. Zacchino evaluó que sigue vigente el riesgo de fuga y que el plazo
de treinta días de prisión preventiva solicitado por el fiscal guarda
proporcionalidad con la expectativa de pena por los delitos por los que se
encuentra imputado Jones Huala.
También señaló que el fiscal debe analizar los hechos en
conjunto por las particularidades del caso, por su complejidad, no solo los que le son atribuidos a Jones
Huala sino también los ocurridos en días subsiguientes.
También indicó que el sentido de las medidas de coerción es
asegurar que pueda llevarse a cabo el proceso penal y para eso debe estar
asegurada la presencia del imputado. De otro modo no hay estado de derecho
posible.
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