lunes, 6 de diciembre de 2010

Delitos varios

ABREVIADO Y PROBATION

La Fiscalía, representada por Fidel González y la Defensa a cargo de Valeria Ponce, acordaron la realización de un juicio abreviado en el que Zúniga reconoció su responsabilidad en relación a cinco hechos de encubrimiento y un hurto. El imputado aceptó que se le aplique una pena de tres años y un mes de prisión de cumplimiento efectivo.


En la misma audiencia se estableció una Suspensión de Juicio a Prueba para José Nahuelmilla por el plazo de un año, en relación a cuatro hechos de encubrimiento, en tanto que se dictó el sobreseimiento de Alexander Burgos, acusado de hurto de una bicicleta, ya que Zuñiga se declaró autor de ese delito.

Hecho I

El primero de los hechos que confesó Félix Omar Zuñiga ocurrió en Lago Puelo entre el 15 de Marzo de 2009 y el 29 de agosto del mismo año. Tal hecho consistió en recibir y ocultar para eludir la investigación policial, un auto de colección metálico de 15 cm de largo con inscripción Buick 405 color plateado, una cigarrera de plata con relieve, a sabiendas que provenían de una sustracción ilegitima en una vivienda de la Villa del Lago de la localidad de Lago Puelo. Posteriormente en un registro domiciliario en la vivienda ocupada por Zuñiga, fueron secuestrados varios elementos de procedencia ilícita.

Hecho II:

También tuvo lugar en Puelo, en este caso entre el 1 de julio y el 29 de agosto de 2009. Zuñiga recibió y ocultó un taladro sin marca visible color amarrillo; que por entonces había sido sustraído de una vivienda de Isla Norte. Elemento que fue hallado por la policía en un registro domiciliario.
En este hecho también participó Nahuelmilla, ocultando en su domicilio una lijadora Black and Decker.

Hecho III

José Enrique Nahuelmilla fue acusado por otro hecho ocurrido entre el 4 de Julio y el 29 de agosto de 2009, cuando habría receptado y ocultado en su domicilio una caladora color verde con agarradera s/ marca. Ese elemento había sido sustraído en una vivienda de la Villa del Lago Puelo.

Hecho IV

En tanto que el cuarto, que también tuvo por escenario la localidad de Lago Puelo, ocurrió entre el 4 y el 29 de agosto de 2009, también se trató de la receptación y ocultamiento, en este caso de un control remoto de DIRECTV negro que le faltaba la tapa de la pilas, sabiendo que provenían del robo a una vivienda ubicada sobre la ruta 16 sin nro.
En este hecho, Nahuelmilla ocultó un horno microondas blanco procedente del mismo inmueble.

Hecho V

Entre el 15 y el 29 de agosto de 2009, Zuñiga recibió y ocultó una guitarra eléctrica con funda de cuero, un CD de Charly Garcia, un CD de Jimy Hendrix, un CD Rata Blanca, un Cd Rolling Stones, otro de Joaquin Sabina, de Pappo, un alhajero conteniendo un reloj de dama y otro desarmado también de dama con maya metálica, tres prendedores, un anillo, un dije con una virgencita de plata, una cucharita de plata, un alhajero con un par de aros con piedras y una linterna negra y plateada, sabiendo también, como en los demás hechos, que provenían de una sustracción ilícita. La damnificada en este caso fue otra vivienda ubicada en Ruta 16 km. 11 de la localidad de Lago Puelo.

Hecho VI

El último de los hechos reconocidos por Zuñiga ocurrió entre el 20 y el 29 de agosto de 2009. El imputado recibió y ocultó un ojo de gato de bicicleta color roja redonda; y junto a Nahuelmilla recibieron y ocultaron en un terreno baldío que está a menos de cien metros de distancia sus respectivos domicilios un 1 cuadro de bicicleta marca Bianchi color amarrillo y negro desarmada, con un ojo de gato color rojo de formato redondo, sabiendo que provenían de una sustracción a un quiosco ubicado en Los notros y Las Lengas. Además Nahuelmilla tenía en su domicilio varios accesorios de una bicicleta.

Efectivo cumplimiento

Zuñiga tuvo una probation otorgada en 2003 y luego una condena de un año de prisión en suspenso el 26 de noviembre de 2004. Debido a estos antecedentes la pena a aplicar ahora solo puede ser de cumplimiento efectivo.

Probation

En el caso de Nahuelmilla se le imputan cuatro hechos de encubrimiento, sin embargo su situación es diferente a la de Zuñiga ya que no cuenta con antecedentes penales. El delito de encubrimiento tiene por víctima al Estado, ya que lo que procura es evitar que se dilucide un hecho delictivo. Nahuelmilla tiene una situación económica muy frágil, por lo que la reparación económica ofrecida fue de solo $100, a razón de $25 por cada hecho que se le imputa. La Suspensión de Juicio a Prueba se dispuso por un año, plazo en el que deberá cumplir con una serie de reglas de conducta, a riesgo de perder el beneficio. Nahuelmilla también deberá realizar trabajos comunitarios.
Todos los elementos encontrados en ambas viviendas fueron entregados a las víctimas.

Estafa


COMENZÓ EL JUICIO POR ESTAFAS REITERADAS

La Fiscalía acusa al imputado de ser autor de seis estafas y resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves agravadas. La Defensa sostiene que existe un error de persona, que si los damnificados realmente lo fueron, su defendido no es el responsable de esos hechos por los que se lo acusa. Se espera que transiten por el debate unos cuarenta testigos.


AUDIO Alegato fiscal de apertura
AUDIO Alegato de la defensa
AUDIO Aclara la defensa

Fernando Rivarola es el Fiscal que pretende probar varios hechos de estafa, enmarcados en una puesta en escena “muy particular”, entre febrero y marzo de 2009 en Trevelin. “Un grupo de personas, aproximadamente cuatro de sexo masculino, tres de sexo femenino, se instalaron en una vivienda de Trevelin y montaron un escenario de venta de automotores cero km y usados, en un predio, de allí de Trevelin, comenzando a ofertar venta de 0km en cómodas cuotas, fuera de lo que es lo habitual en el comercio de nuestros días, lo que atrajo a una serie de personas, de características propias de nuestras comunidades. Mediante tal ardid y tales engaños lograron entre otros, cometer cada uno de los hechos que integran la acusación Fiscal”, sostuvo Rivarola.

Hecho I

La acusación Fiscal describe el primero de los hechos que ahora intenta probar en juicio como aquel ocurrido “en el marco de puesta en escena descripta anteriormente, el día 24/02/2009, y utilizando el nombre falso de Gustavo Castillo, una persona del sexo masculino, acompañado por el imputado Juan Roberto Yani, concretaron la falsa venta de un VW-Gol, modelo 2009 puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con el Sr. Horacio Ernesto Rossi, de la localidad de Trevelin, habiendo pactado la entrega para el día 22/03/2009, logrando inducir en error al comprador quien abonó en efectivo la suma de pesos 4000, habiendo convenido que el resto del precio se pagaría en cuotas de 500 $ mensuales; logrando de tal forma inducir en error a Rossi, la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido el que nunca fue entregado.-“

Hecho II

“En el mismo marco, el día 5/03/2009 y utilizando la misma identidad falsa, se presentó un sujeto del sexo masculino quien se identificó como Gustavo Castillo DNI 13750467, acompañado de otro quien resultara ser Juan Roberto Yani, y concretaron la falsa venta de un VW Gol Trend puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con el Sr. Néstor Omar Ramírez de la localidad de Esquel, habiendo pactado la entrega como parte de pago de un vehiculo Fiat Duna modelo 2004 ( por el valor de pesos 15000), la entrega en efectivo que se efectivizó en la oportunidad de pesos 1500 para gastos de transferencia y el resto en cuotas; logrando así inducir en error al comprador quien abonó en efectivo la suma de pesos 1500, logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado“, sostiene la acusación.

Hecho III

“En el mismo marco, el día 6/03/2009, un sujeto del sexo masculino utilizando el nombre falso de Roberto Duarte y obrando en conjunto con el imputado Juan Roberto Yani, se presentaron en el domicilio del barrio 14 viviendas casa nro. 4 de Corcovado, conduciendo un VW Gol Country color gris dominio EWJ-120 ( acompañados por otra persona del sexo masculino aún no identificado) y concretaron con el Sr. Mario Leonardo Payalef, la falsa venta de un fiat 0KM puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, habiendo pactado la entrega en parte de pago de un auto usado de propiedad de Payalef y 36 cuotas de pesos 500 con mas un adelanto de pesos 2000. Así y simulando la realidad del negocio, le hicieron firmar a Payalef formularios que corresponderían al automotor adquirido y la entrega de fotocopias de su DNI y resumen de tarjeta de crédito. Habiéndose pactado la entrega de la unidad 0KM en el plazo de una semana logrando de tal modo inducir en error al comprador quién abonó en forma efectiva la suma de pesos 2000, logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado”.

Hecho IV

“En el mismo marco, el día 6/03/2009, un sujeto del sexo masculino utilizando el nombre falso de Gustavo Duarte, DNI 13.650.567, acompañado por el imputado Roberto Juan Yani y obrando en conjunto, se presentaron en el domicilio de Ortega Carlos Héctor, sito en la localidad de Corcovado, acompañados de otra persona del sexo masculino que se identificó con el nombre falso de Carlos Duarte ( aún no identificado) y concretaron la falsa venta de un VW Gol, modelo 2009 puesto en calle con gastos administrativos y patentamiento incluido, con el Sr. Ortega, habiendo pactado la entrega en parte de pago de un plan de la agencia Capsa correspondiente aun Susuki Fun y el pago en efectivo de la suma de pesos 10000 y 45 cuotas mensuales de pesos 500, y la entrega para el día 22/03/2009; logrando inducir en error al comprador quien abonó en efectivo la suma de pesos 4000 habiendo pactado que el resto se haría efectivo el día 12/03/2009 en Trevelin, logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicha suma de dinero y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado.”

Hecho V

“En el mismo marco, el día 6/03/de 2009, una persona del sexo masculino utilizando el nombre falso de Gustavo Duarte ( DNI 13.650.567), acompañado por el imputado Juan Roberto Yani, concretaron la falsa venta de un VW Gol modelo 2006, con el Sr. Salustriano Valencia de la localidad de Rio Senguer, habiendo pactado la entrega en parte de pago de un Renault 19, modelo 19996, patente BNE 439 y el resto en cuotas, y la entrega del VW Gol una semana después en Trevelin; logrando inducir en error al comprador quien entregó el vehículo de su propiedad con tarjeta verde original y fotocopias del título y boleto de compra venta, el que se hallaba registrado a nombre de Claudio Santana; logrando de tal forma la obtención ilegítima de dicho automotor ( que luego era exhibido en el terreno donde montaran el escenario) y el consiguiente perjuicio patrimonial de la víctima, habiéndose comprobado posteriormente que no poseían el automotor vendido, el que nunca fue entregado.-
Posteriormente a la comisión de estos hechos y desde fecha no determinada con exactitud, pero con anterioridad al sábado 7/4/2009 el imputado y sus cómplices, abandonaron en domicilio que habían rentado en Trevelin y retiraron los vehículos que tenían en exposición en aquel terreno, sin dejar anuncio alguno para los contratantes sobre el lugar donde pudieran ser ubicados”.

Hecho VI

Por otro lado, en el mes de diciembre de 2008, el imputado acompañado de dos hermanos “enterado que el Sr. Aquino Pablo Ricardo, tenía en venta en venta un rodado, le ofrecieron una variedad de autos que mostraron mediante fotografías, simulando crédito y negocio existentes, e indicando que trabajaba directamente con una financiera, habiendo incluso requerido al damnificado la entrega de documentación personal para los trámites de transferencia. Asi convinieron en la falsa compraventa de un fiat palio 1.8 deportivo cuya entrega operaria a los 20 días del convenio; logrando de tal modo inducir en error a Aquino, quien les hizo entrega del rodado de su propiedad Fiat 147 en parte de pago, habiendo pactado el resto del precio su pago en cuotas, logrando de tal forma la posesión ilegal del citado rodado y el consiguiente perjuicio patrimonial de Aquino, habiéndose comprobado luego que no poseían el automotor vendido el que nunca fue entregado.”

Hecho VII

El día 24 de Marzo de 2009 en Esquel, aproximadamente las 18:45 hs., “en circunstancias en que personal policial se encontraba realizando un recorrido a los fines de procurar establecer la identidad de una persona que se trasladaba en un vehículo VW Gol Trend color rojo con vidrios polarizados, en razón de encontrarse sospechado de los delitos de estafa, denuncias radicadas en las sedes de comisarías Esquel y Trevelin.- Siendo las 1850 horas en zona céntrica los agentes policiales advierten que el vehiculo en cuestión transitaba por Avenida Fontana y San Martín, oportunidad en la que su conductor al ver a los uniformados retoma su marcha por la misma arteria San Martín en contramano eludiendo así la presencia de aquellos que circulaban en motocicletas con chalecos refractarios y mediante señas de mano, luces y a viva voz le ordenaban detener su marcha y estacionarse a un costado. No obstante ello el conductor del rodado continuó eludiendo la orden de los agentes y continuó la marcha a alta velocidad por avenida Alvear donde logran interceptarlo y detener su marcha. En esos momentos los uniformados le ordenan al conductor por razones de seguridad y atento a las maniobras evasivas descriptas que descienda del vehículo, pero este procura nuevamente emprender la marcha para darse a la fuga, siendo en estos momentos que el cabo Ortega abre la puerta del rodado y el conductor la cierra violentamente apretándole los dedos de la mano, previo aplicarle una patada en la rodilla derecha. Es así que interviene el cabo Yañez, quien también resulta lesionado por parte del conductor recibiendo patadas en sus extremidades inferiores. Luego de un forcejeo logran reducirlo y trasladarlo a la sede policial, siendo identificado como Juan Roberto Yani.- Como consecuencia de este procedimiento resultaron lesionados los agentes policiales Carlos Ortega y Yañez con lesiones de carácter leves, al igual que el imputado.”

El caso de la Defensa

Por su parte la Defensa a cargo del Dr. Horacio Hernández, realizó una amplia introducción dando cuenta del fallecimiento reciente de la esposa del imputado y de lo difícil que resultó para este hacerse presente en Esquel para el Juicio, pese a lo cual se presentó. También pidió el letrado que se acelere en lo posible el debate, procurando que no se extienda más allá del martes, en lugar de finalizar el jueves como fue previsto.
El letrado habló también de una denuncia presentada por su defendido, denuncia que según expresó no fue investigada, para luego apuntar que solicitará el sobreseimiento de Juan, ya que hubo un “error de persona”. El Fiscal solicitó que se explicite mas claramente la teoría de la Defensa y Hernández señaló que dividirá “el hecho en dos… El primer hecho que es la detención, Roberto Juan en ese hecho estuvo involucrado o fue la persona pasiva. La Defensa va a demostrar que los hechos fueron totalmente distintos y con una actividad totalmente subjetiva, sobre todo del señor Ortega. Eso es sobre el hecho de la detención que es el segundo en el orden de las acusaciones, pero en el único en el que tuvo participación directa mi defendido… Sobre el segundo hecho, lo que esta defensa dice, sostiene que va a demostrar especialmente con la prueba de la fiscalía, es que Roberto Juan no fue el sujeto activo en esa actividad contractual, en la cual se vieron damnificados. Desde ya adelanto que como lo exige para este delito todo el sistema penal, no se va a poder demostrar ninguno de los extremos del delito de la manera en que lo expone la Fiscalía, eso en defensa de otros posibles… de los verdaderos imputados que tendrían que estar sentados acá, en lugar del señor Roberto Juan”, expresó Hernández.


Nuevas causas

ABIGEATO:
Un vecino de la zona rural de Cholila denunció que le faltaron 6 vacas en el transcurso de los últimos veinte días.

HURTO:
Una mujer denunció que el sábado al mediodía le sustrajeron de su cartera la billetera conteniendo una considerable suma de efectivo y documentación personal.
Sucedió en el gimnasio de un colegio de Esquel.

ABIGEATO:
Autores ignorados sustrajeron una vaca de un campo ubicado en proximidades de Cerro Centinela, sucedió el viernes último.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron del interior de un galpón varias herramientas, comestibles y otros elementos.
Ocurrió en Cholila entre el jueves y el sábado.