jueves, 29 de mayo de 2014

Homicidio de Angel Urrutia

EN JUICIO



Comenzó el lunes, durante tres jornadas se presentaron los testigos, el jueves alegaron las partes y el viernes de la semana próxima se conocerá la sentencia. Llegaron al debate los dos imputados mayores de edad. La Fiscalía pidió que se los declare penalmente responsables del homicidio de Ángel Mabrit Urrutia cometido con alevosía. Los dos defensores pidieron la absolución por considerar que no hay suficiente prueba en contra de los imputados.

El tribunal está compuesto por los jueces Anabel Rodríguez, Jorge Criado y Martín O' Connor.



Martín Zacchino fue el fiscal que llevó adelante la investigación y sostuvo la acusación en el juicio. El defensor público Marcos Ponce representó a Félix Alberto Cainechú, en tanto que Fernando Ezequiel Muñoz, alias "Judas", fue representado por Juan Zapata, letrado particular.



"El Flaco" Urrutia perdió la vida el 1ro de diciembre de 2012 a la madrugada, a causa de golpes recibidos en la cabeza. La agresión tuvo lugar a la salida de un bar de la localidad de José de San Martín, ubicado sobre la Av. Rawson. En el interior del local se habría producido una discusión de la que tomó parte. Urrutia había consumido abundante alcohol y según los testigos estaba ebrio. Su motricidad no solo se veía afectada por este fenómeno, sino porque además tenía inmovilizado el brazo derecho debido a una lesión sufrida anteriormente.

 

Según se pudo reconstruir en el debate "el Flaco" fue atacado por tres sujetos que lo siguieron en su retirada del bar. La agresión fue vista por al menos tres testigos, un joven y dos mujeres. El primero intentó ayudarle levantándolo del suelo las dos o tres veces que cayó a causa de golpes propinados por los agresores. Según sus dichos, intentó hacerlos desistir pero estos iban decididos. Un tercero habría retirado al joven del lugar, insistiéndole en que si se quedaba también lo golpearían a él. Con Urrutia desvalido, en el piso, totalmente indefenso, los tres sujetos lo patearon insistentemente, sobre todo en la zona de la cabeza hasta provocarle un severo trauma craneano que lo llevó al deceso.

Centralmente es esto lo que sostiene el fiscal, basado en el relato de los testigos y en la prueba pericial. Para Zacchino, luego de que se retirar la única persona que intentó ayudar a la víctima, esta quedó en estado de indefensión total y los imputados se aprovecharon de esa circunstancia para cumplir su deseo de darle muerte.



Los defensores tienen una teoría diferente. Para empezar Ponce sostiene que Cainechú no participó de la agresión. Estuvo en el lugar sin participar de la golpiza y que esto se evidencia no solo por uno de los testimonios, sino también porque en las prendas de vestir que le fueron secuestradas no había ADN de la víctima. Cainechú no fue hallado en el domicilio en el que se realizó el allanamiento para detenerlo, se presentó después espontáneamente en la comisaría entregando él mismo la ropa.

Por otra parte el letrado sostiene que si los agresores hubieran querido aprovecharse de la minusvalía de Urrutia, solo deberían haber esperado a que camine algunas pocas cuadras, alejándose del bar en el que podía haber testigos y gente que lo asista, y cuando estuviera en una zona más descampada ultimarlo, sin ningún riesgo para ellos.

También se ocupó de hacer un pormenorizado análisis de la declaración de los testigos, procurando resaltar aspectos contradictorios y destacando que la autoría de su representado solo surge de la declaración de estos testigos. Por ese motivo solicitó la absolución de Cainechú, y para el caso que los jueces den valor a esta prueba, hagan pesar a su favor el principio de la duda.



Juan Zapata adhirió a toda la doctrina aportada por Ponce y se ocupó de argumentar que en ese lugar y circunstancias no se dan los requisitos para considerar el agravante de alevosía propuesto por la fiscalía. Además se refirió a la falta de intensión de matar de su defendido. Dice que participó de la agresión pero no quiso, ni se figuró la posibilidad de matar. También resaltó que no hay prueba científica del grado de alcohol en sangre de la víctima ni de los testigos. Sostuvo que la prueba existente no permite determinar fehacientemente la mecánica de los hechos y no puede determinarse que la causa de la muerte fuera provocada por su defendido, siendo que el menor que intervino reconoció su responsabilidad.

También requirió la absolución del imputado y la aplicación de la duda a su favor si fuera el caso.



El viernes 6 de junio, alrededor del mediodía, se dará lectura a la sentencia.