martes, 30 de agosto de 2016

Accedió a la Suspensión de Juicio a Prueba con dictamen negativo de la Fiscalía

Se había fijado fecha para el juicio, sin embargo la defensa solicitó que se aplique a su defendido la Suspensión de Juicio a Prueba. El hecho tuvo origen en un contrato firmado entre una mujer y un constructor para la edificación de dos locales y dos departamentos. La mujer pagó por adelantado para la compra de materiales, sin embargo los constructores abandonaron la obra habiendo realizado menos de un 30%. La Fiscalía calificó el hecho como constitutivo del delito de Defraudación por Desbaratamiento de Derechos Acordados. La querella presentó una calificación subsidiaria por el delito de Estafa.

Dos personas estuvieron imputadas. Padre e hijo. El padre es el que firmó la contratación y fue acusado como autor, en tanto que el hijo, lo fue como partícipe necesario. El padre, sobre quien pesa una sentencia de responsabilidad civil, accedió en sede penal a una Suspensión de Juicio a Prueba. El hijo estaba por afrontar el juicio este mismo martes, pero su abogado pidió la aplicación de la probation y con dictamen negativo de la Fiscalía y la Querella, la obtuvo.

En su dictamen negativo, la fiscal Fernanda Révori, admitió que están dados todos los requisitos que exige la ley para que se le otorgue el beneficio: la pena en expectativa, la falta de antecedentes penales… Sin embargo la magistrada entendió que el ofrecimiento de reparación a la víctima que realizó el imputado, no demuestra ningún esfuerzo de su parte.

El ofrecimiento

El imputado ofreció ponerse a prueba por un año. Explicó que no tiene trabajo fijo y por lo tanto ofrece una reparación en la medida de sus posibilidades: 2 mil pesos en cuotas de $500. Como está realizando trabajos esporádicos en Neuquén, pidió reemplazar las horas de trabajo comunitario por la entrega de 20 litros de leche por mes a un jardín maternal de Trevelin.

Respecto del monto de la reparación a la víctima, el abogado Santiago González, aclaró que lo que pide el Código no es una reparación integral, sino simplemente una reparación en la medida de las posibilidades del imputado. Manifestó que hubo un juicio civil que fue ganado por la damnificada, realizado contra el padre del imputado, que es quién firmó el contrato. Por ese motivo entiende que estaría cubierta la reparación plena del perjuicio.

La fiscal Fernanda Révori indicó que el monto ofrecido por el imputado es insignificante frente al daño causado y no evidencia que se esté realizando de acuerdo a las reales posibilidades de pago. La acusadora sostuvo que no se evidencia que el imputado tuviera en la mira la voluntad de “armonizar el conflicto” y aclaró que la voluntad de la víctima es que se aclare la responsabilidad su responsabilidad en un juicio.

Graciela Conesa, abogada por la querella, adhirió al planteo de la Fiscalía y cuestionó que no se le informara antes la propuesta del defensor. La letrada dijo que no está demostrada la incapacidad económica del imputado y que esta sería fácilmente demostrable por la defensa, si existiera.

Sí ha lugar

Jorge Criado dirigió la audiencia. El magistrado resolvió inmediatamente después de finalizada la discusión entre las partes. Concedió la suspensión de juicio a prueba al imputado y entre otras consideraciones, expuso que “la reparación del daño es secundaria en el proceso penal”, agregando que la Suspensión del Juicio a Prueba “no implica la reparación integral sino en la medida de las posibilidades del imputado”, la reparación total debe lograrse en sede civil.

Comenzaron con ruidos molestos y terminaron presos

Sucedió en Río Pico el lunes a las tres de la tarde. La policía recibió el llamado de un vecino, molesto por el excesivo volumen de la música que se escuchaba en la casa lindante. Hasta ahí se trataba de una contravención. La situación se complicó con la actitud de los denunciados. Terminaron detenidos y llevados al día siguiente a una audiencia en la que se declaró legal la detención y  se formalizó una investigación penal en su contra por resistencia a la autoridad, lesiones leves y amenazas.

Dos policías acudieron a la dirección brindada por el denunciante. Al llevar comprobaron que en una vivienda había una reunión con música a muy alto volumen. El dueño de casa, lejos de mejorar la situación, increpó a los policías, les dijo que no bajaría la música porque estaba en su casa y subió aún más el sonido. Los uniformados le explicaron que se trataba de la queja de un vecino, sin embargo solo recibieron amenazas. Otro sujeto se sumó a la agresión. Finalmente una mujer policía fue golpeada en el rostro, hubo forcejeos y los agresores fueron trasladados a la comisaría. En la dependencia policial volvieron a amenazar a los uniformados.

El fiscal de turno, Fernando Rivarola relató los hechos y el modo en que se produjo la detención. La defensora Carolina García no cuestionó la detención y negó los hechos. Los imputados prefirieron no hacer declaraciones.

El juez Hernán Dal Verme declaró legal la detención en flagrancia y formalmente abierta la investigación.