jueves, 1 de octubre de 2015

Presunta usurpación en Leleque



SE PRESENTARON VOLUNTARIAMENTE LAS TRES PERSONAS CON PEDIDO DE CAPTURA


Luciana Jaramillo Miranda, Mirta Curruhinca y Vanesa Millañanco se presentaron a los Tribunales locales acompañadas por Nicolás Huenelaf, en el marco de la investigación abierta por la presunta usurpación de un predio en zona de Leleque, entre otros delitos. Participaron las fiscales Andrea Vázquez de Sarmiento y Camila Banfi de Comodoro Rivadavia. Los fiscales de Esquel pidieron apartarse de la investigación y el Procurador General dispuso de un equipo para dar continuidad al caso.

Vázquez y Banfi llegaron a Esquel veinticuatro horas antes de la audiencia. Tomaron contacto con el legajo de investigación, fueron a conocer el lugar de la toma y la zona, hablaron con autoridades policiales y con los defensores públicos. Si bien la detención de las imputadas se había solicitado a los efectos de formalizar la investigación para que comiencen a ejercer sus derechos, las fiscales entendieron que debían en primer término interiorizarse mejor del estado de la investigación para poder actuar en el caso. Por ese motivo, en la audiencia solo se registraron los datos personales de las imputadas, fijaron domicilio para las comunicaciones procesales en Esquel y reconocieron como domicilio real el predio de "la ocupación", según las palabras de la Defensa.
 
Recordemos que ya en varias oportunidades la Fiscalía sostuvo públicamente que en caso de presentarse voluntariamente en la investigación las personas que componen el grupo, y de identificarse correctamente, ninguna medida de coerción iba a solicitar el Ministerio Público. Esto mismo fue expresado en la conferencia de prensa que brindaron los fiscales María Bottini, Fernanda Révori y Fernando Rivarola el 19 de agosto pasado, donde sostuvieron que "si hubiese habido una presentación voluntaria de estas personas nunca se hubiera pedido una medida de detención." En otro tramo de la misma conferencia, y en relación a Miranda, Curruhinca y Millañanco, Rivarola sostuvo que "podrán evitar el pedido de detención en la medida en que se presenten libremente a ejercer su derecho". Esto fue lo que sucedió este jueves en los tribunales.
El caso de Nicolás Huenelaf es diferente. El no había sido notificado porque los investigadores no conocían su domicilio. También se presentó voluntariamente este jueves.

Robo agravado

EL VIERNES SE CONOCERÁ EL VEREDICTO


Este jueves se llevó a cabo el alegato de las partes.
La Fiscalía sostiene que Facundo David Lara tiene capacidad para comprender la criminalidad de sus actos y debe ser declarado penalmente responsable de robo agravado por uso de arma en concurso real con violación de domicilio. La Defensa planteó que en relación al caso concreto debe declararse su inimputabilidad por la
incapacidad de Lara de comprender la norma jurídica incumplida así como las consecuencias de sus actos.

 
El Tribunal compuesto por los jueces Martín O’ Connor, Jorge Criado y José Colabelli se retiraró a deliberar y darán a conocer el veredicto este viernes a las 8 hs.

Tal como adelantaron las partes al comienzo del debate, no discutieron sobre la autoría, ni tampoco sobre la modalidad del hecho y las circunstancias en las que se produjo la detención de Lara. El único punto que se debatió, fuertemente, fue la capacidad del imputado para comprender y dirigir sus actos en el marco de el hecho que se le imputa.

La norma en cuestión es el Artículo 34 inc 1 del Código Penal que “prevé las causas psicopatológicas y las consecuencias psicológicas que deben haber provocado, pero valoradas por el Juez en cuanto pudieran haber privado al sujeto de la comprensión del acto o de la posibilidad de dirigir sus acciones según esa comprensión”.
El fiscal Fernando Rivarola sostuvo que "no se acreditaron causas psiquiátricas, o alteraciones morbosas, insuficiencia de facultades, ni estados de inconsciencia", por eso "mal puede sostenerse que no hubiera podido comprender el injusto o de actuar en consecuencia de esa comprensión".
En su alegato resaltó que la pericia psicológica fue clara y contundente. Que el imputado tiene capacidad de comprensión, está dentro de la normalidad, ubicado en tiempo y espacio, su memoria no está afectada, tiene buena fijación, entre otros aspectos. El fiscal solicitó a los jueces que tomen en cuenta las características del hecho, la preparación que demandó, el haber elegido medios idóneos, cometer el hecho y luego de obtenido lo que buscaba, darse a la fuga. También señaló que Lara llevaba una mochila con ropa, presumiblemente para cambiarse para no ser encontrado fácilmente por la policía.
 
Por su parte el defensor, Marcos Ponce, interpretó la pericia psicológica en sentido contrario. Aclaró que no pretendía que el Tribunal ponga una etiqueta de incapaz a su defendido para que salga a la calle a hacer cualquier cosa con impunidad, pero que en el hecho concreto, no tuvo capacidad para inspirarse en la norma y actuar en consecuencia, menos aun para autolimitarse una vez iniciado el mismo.
También sostuvo que Lara tiene capacidad de distinguir lo que está bien de lo que está mal, pero fundamentalmente cuando lo experimenta. Señaló que está adaptado en muchos aspectos de su vida, pero solo eso, adaptado. Tiene baja tolerancia a la frustración, no tiene capacidad de autocrítica, le es imposible visualizar el daño ocasionado a terceros, ni puede hacer abstracciones lógicas. Ponce resaltó que Lara no puede entender el Derecho ni dirigir sus actos conforme a lo que dice la norma, ni prever las consecuencias. Además presenta inmadurez.
El defensor, entendiendo que nuestro Código Penal no contempla la posibilidad de una imputabilidad disminuida, reservó el análisis de este aspecto para el debate por la pena, si es que el Tribunal lo declarara responsable.