Izq G. Müler - N. García - F. Trincheri |
La defensa de
Cristian Rosales presentó un recurso cuestionando varios aspectos del fallo que
condenó al imputado a cumplir 8 años de prisión por encontrárselo responsable
de dos tentativas de homicidio, lesiones graves y lesiones leves. Los magistrados
desestimaron todos los planteos y confirmaron plenamente el fallo. Por su parte
el fiscal, también presentó en su momento un recurso ante el Superior Tribunal
de Justicia, cuestionando la sentencia en sentido contrario al cuestionamiento
defensista.
Los camaristas Nelly N. García, Flavia F. Trincheri y Guillermo
Alberto Muller coincidieron al valorar los planteos de la defensa y confirmar
el fallo del tribunal de primera instancia.
Daniel Sandoval había sostenido que los jueces solo
atendieron la versión de la Fiscalía y no trataron la legítima defensa
esgrimida por Rosales, o al menos el exceso en la legítima defensa. También
planteó que su defendido nunca quiso matar, que no quedó probada esa intención
para que se lo condene por tentativa de homicidio y finalmente que la pena
impuesta no sigue los parámetros legales para su fijación.
Fernando
Rivarola había resistido estos planteos sosteniendo que el
defensor solo cuestionaba la sentencia sin explicar de qué modo ésta incurría
en las faltas señaladas y cuál hubiese sido la respuesta lógica a partir del análisis
de la prueba.
No es cierto
Fiscal Fernando Rivarola |
La presidente de la Cámara, Nelly García, sostuvo en su voto
que no es cierto que el tribunal de juicio desconoció la versión del imputado,
sino más bien lo contrario, “conforme a los hechos probados y no cuestionados,
estuvo bien descartada la legítima defensa”.
El Juez Müller
planteó que se equivoca con su planteo el defensor ya que “los jueces han
receptado ampliamente las versiones de los imputados sin dejar de atender que
se trata de un caso complejo en lo que hace a su necesaria reconstrucción, pues
como se advierte se trata del
enfrentamiento de un grupo de personas, entre ellos todas las víctimas
con los dos sometidos a proceso, resultando sus versiones sumadas a prueba
técnica y científica el plexo probatorio”.
El dolo
Respecto de si se
probó o no la intención de matar, la Dra. Trincheri advirtió que “acertadamente
sostuvieron (los jueces de primera instancia) que, si bien el disparo que
efectúa Fabián Leiva incita la reacción de Rosales quien le dispara
lesionándolo en su pierna derecha al punto de tullir en ese instante a Fabián;
no encuentra justificación alguna en el marco jurídico, todo su accionar
posterior. El segundo disparo efectuado
hacia éste último cuando se hallaba desarmado y acostado en el suelo, realizado
a corta distancia y en una zona vital como ser el rostro, demuestra
inequívocamente su intención de darle muerte”.
Sobre este punto la Dra. García señaló que “disparar con un arma de
fuego larga a corta distancia en dirección a la cabeza en el caso de Fabián,
y desde el costado al centro del cuerpo
en el caso de Matías, son acciones idóneas para quitar la vida y esto no lo
puede negar Rosales, porque en el caso es muy fácil diferenciar una lesión
grave o gravísima de una tentativa de homicidio, porque en el caso de la
fractura de la pierna y el tiro en la
cabeza, por el resultado las dos lesiones graves, pero en la primera por el
lugar del impacto la intención de no matar es muy clara.”
Sin quita
Izq C. Rosales - der. D. Sandoval |
También coincidieron los tres camaristas al analizar los fundamentos
de la pena impuesta, y confirmarla. La Dra. Trincheri
señaló que “cada uno de los miembros del
tribunal, ha ponderado la cantidad de víctimas, el uso de arma de fuego, la
destreza y preparación del imputado para el manejo de armas, la magnitud del
daño causado y en relación a Rosales, sus condiciones personales y su falta de
antecedentes penales, lo que nos lleva a encontrar apropiada la pena impuesta”.
Segunda instancia
El recurso que fue
presentado ante la cámara es un recurso que solo tiene el imputado. La Fiscalía,
disconforme con el fallo por el monto de la pena y la valoración de parte de la
prueba, realizó oportunamente una presentación extraordinaria ante el Superior
Tribunal de Justicia, la que aun no fue tratada. Rosales también podrá presentar
su versión ante el máximo tribunal provincial.