En su recurso Révori alegó que la decisión
del juez de la audiencia preliminar fue infundada, contradictoria, ilógica y
arbitraria. Alejandro Javier Panizzi emitió el primero de los votos en la
revisión. El ministro sostuvo que "si el juez halló motivos para sospechar
que Comerci y Torres aportaron el dinero (para ese fin determinado), debió
considerar que sin esa contribución Larrea no habría concretado la operación y,
por lo tanto, el hecho investigado no hubiera sucedido". Luego agrega que
"si el juez Colabelli tuvo por cierto que los incusos eran inversores, en
ese caso, el objeto de la inversión se reputaba ilícito." Finalmente fundamenta
por qué la decisión debe revisarse al indicar que "la circunstancia de no
ahondar en un indicio conducente, esto es el aporte económico de Comerci y
Torres, torna arbitrario el razonamiento del magistrado y habilita la revisión
de su decisión".
Jorge Pfleger analiza en críticos términos
la resolución judicial y sostiene que "el discurso de justificación dado
por el juez mediante la palabra no es fundamento, ni es serio". Posteriormente
concluye propiciando que "se declare la nulidad de la decisión recaída en
la audiencia preliminar, materia de examen y se reenvíen los autos a la
instancia para que un nuevo Magistrado proceda al dictado de un pronunciamiento
ajustado a las formas que han quedado establecidas".
Daniel Rebagliati Russell emitió el tercer
voto, en línea con los precedentes. Planteó que al analizar la decisión de
sobreseer a los imputados, observó que esta no contó con los fundamentos que la
avalen. Sintetizó algunas conclusiones del juez Colabelli indicando que: argumentó
que la conducta endilgada no se enmarcaba en una figura penal; que su aporte
(el de Comerci y Torres) no tuvo ninguna significación en la determinación de
las conductas endilgadas a los funcionarios empapelados. Concluyendo en que
"solo ese fue su argumento, sin ahondar en las circunstancias
concomitantes, sin ponderar mediante el examen minucioso de todos los elementos
relacionándolos entre sí, para establecer cuál fue el modus operandi, y si
existió o no, por parte de Comerci y Torres, una determinación de los
funcionarios complicados en la adquisición investigada."
Rebagliati aclaró "en otras palabras,
el Juez no incluyó, en su consideración, la incidencia que pudo tener la
participación de Comerci y Torres en un negocio ilícito".
El tercer voto también rechazó el
cuestionamiento de los defensores al sostener que "no se percibe en el
reproche a los incusos Torres y Comerci, las inconsistencias e incertidumbres
en la formulación de los hechos y en la adecuación típica…"
Finalmente los altos magistrados declararon
procedente la impugnación extraordinaria interpuesta por Révori, revocaron el
sobreseimiento de ambos imputados y dispusieron reenviar la la Oficina Judicial
de Esquel.
Un recurso similar, por el sobreseimiento
de otra de las personas imputadas en este caso, aguarda su tratamiento por el Superior
Tribunal de Justicia. El caso tiene los plazos procesales suspendidos, hasta
contar con la resolución de ambos recursos.