viernes, 2 de octubre de 2015

Robo agravado

La Fiscalía pidió 7 años de prisión, la Defensa 3


Se realizó el debate por la pena. Para la Fiscalía, representada por Fernando Rivarola, la pena justa es la de siete años de prisión, teniendo en cuenta el juego de agravantes y atenuantes que propuso. El defensor Marcos Ponce planteó la inconstitucionalidad de la pena para el caso concreto. A su criterio, el mínimo legal está previsto para personas que no tienen las mismas limitaciones que Facundo Lara. El viernes próximo se conocerá la decisión del Tribunal.

La escala penal habilitada por el concurso real entre los tipos penales por los que fue encontrado responsable Lara, va de los 5 a los 17 años. El fiscal valoró agravantes y atenuantes para ubicar el monto de pena propuesto en siete años. Consideró las características del hecho, los medios empleados para cometer el delito. Destacó entre los medios y formas utilizadas, la efracción de una ventana. La utilización de un arma de utilería, como medio idóneo para la intimidación de cuatro personas, no solo el matrimonio adulto sino también dos niños, “lo que da cuenta de una mayor peligrosidad”.
También fueron valorados por Rivarola como agravantes, el horario nocturno ya que es previsible que las víctimas estuvieran durmiendo y la sorpresa fuera mayor, generando indefensión. También la extensión del daño causado, la edad del imputado, su falta de antecedentes penales, su educación formal, la que “pese a sus dificultades cursó según el término medio de la sociedad”. El acusador consideró también que Lara vive solo desde los 18 o 19 años y desde esa época trabaja y pudo manejar su vida con normalidad. Otro agravante propuesto por la Fiscalía fue el hecho de que el imputado tuvo formación religiosa, es decir en valores. En relación a estos datos, Rivarola analizó los motivos que lo llevaron a delinquir “obtener dinero de la peor manera posible, a partir de un asalto”.
A criterio del fiscal, las dificultades de Facundo Lara no permiten morigerar el reproche en este hecho. Pidió la imposición de siete años de prisión accesorias legales y costas del proceso.

A su turno el defensor Marcos Ponce planteó que a pesar de la clara postura planteada por el Tribunal en el veredicto, debía encontrar un pedido de pena coherente con la postura que ya planteó en el debate. “Nuestro Código no prevé la imputabilidad disminuida por lo cual de lo que podemos hablar es de casos de culpabilidad con menor reprochabilidad en la conducta”, sostuvo.
A su criterio, el mínimo del robo agravado por el uso de arma, es considerablemente alto. “Estos cinco años son exigibles a aquellas personas que plenamente cuentan con este nivel equiparable de esfuerzo para ajustarse a la norma. Si decimos que a Lara se le va a poder reprochar en la medida contraria al esfuerzo que el tuvo que realizar para llegar a lo que llegó, esto nos va a correr del mínimo legal”, indicó Ponce. “Lo estaríamos poniendo en el mismo nivel de una persona que no tuvo las mismas limitaciones”.

El letrado planteó para el caso concreto la inconstitucionalidad de la norma que establece la pena. Fundamentó este pedido en que ese alto mínimo no puede imponérsele a una persona que está por debajo de la media general. Para el defensor, esté límite a los jueces es inconstitucinal  porque va a convertir a la pena en inhumana. En ella se va a diluir la finalidad que prevé la constitución, “la resocialización del condenado”, aseguró.
Luego la defensa realizó un recorrido rápido por la vida de Facundo David Lara, refiriendo que fue traumática desde el comienzo, desde el momento del nacimiento, según la madre, aunque esto no quedó registrado en la historia clínica. También fue traumática su niñez por las burlas constantes. Habló de escasas amistades, dificultades en los vínculos. Todo esto lo llevó no solo a ir en contra de las normas jurídicas, sino incluso a pensar en interrumpir su propia vida. “Una persona con estas características no puede de ningún modo o en ninguna forma encuadrarse dentro de los mínimos legales, en este caso altos, que el Código Penal trae aparejados”.
El defensor solicitó que se le imponga una pena razonable y proporcional no solo al hecho sino también a las posibilidades que el mismo tuvo de ajustarse a la norma legal. El defensor propuso que se tomen en cuenta los mínimos de algunos de los delitos cometidos. La violación de domicilio que parte de seis meses y el robo agravado por el uso de arma de utilería que tiene por mínimo tres años.
Planteó como pena posible el mínimo del delito de robo agravado por el uso de arma de utilería. La única agravante a criterio de la defensa es la pluralidad de víctimas y la nocturnidad, pero no el resto de las enunciadas por el Ministerio Público Fiscal. Ponce realizó un análisis de cada uno de los elementos y pidió que se consideren como atenuantes sus circunstancias personales, falta de antecedentes, entre otros.

El viernes próximo se conocerá la sentencia. 

Trabajo en red

Como cada año el Ministerio Público Fiscal realiza una recorrida por localidades de la circunscripción para tomar contacto con las instituciones y revisar la aplicación de los protocolos vigentes. Este miércoles la responsable local del SAVD, Luisa Pasquini y el Funcionario Ezequiel Forti, visitaron instituciones de José de San Martín.

En la Comisaría participaron de la reunión, además del Comisario, todo el personal que se encontraba en la repartición. Forti realizó un repaso sistemático por todas las Instrucciones de la Procuración General, haciéndose hincapié en la relativa a casos de Violencia familiar.
Los representantes de la Fiscalía estuvieron en el Juzgado de Paz de la localidad, donde acordaron la implementación de medidas de protección y prohibiciones de acercamiento en los casos de violencia de género.
Con el Servicio de Protección de Derechos el diálogo tendió al afianzamiento del trabajo en red y de la comunicación entre ambas instituciones.

Pasquini y Forti visitaron el Hospital para ofrecer una charla informativa en relación a la aplicación del protocolo para casos de abuso sexual. Recordemos que el Hospital de José de San Martín recibió tiempo atrás un reconocimiento de la Procuración General por su compromiso con la aplicación del protocolo y el significativo aporte que esta predisposición tuvo en la resolución favorable de casos en el ámbito de la justicia penal. Pasquini resaltó que el Director del nosocomio se mostró muy comprometido con el abordaje adecuado de estos casos.

Robo agravado

LARA ES PENALMENTE RESPONSABLE


Los jueces Martín O’ Connor, Jorge Criado y José Colabelli leyeron el veredicto en el juicio por el robo con arma a una familia ocurrido el 13 de febrero de este año. Facundo David Lara fue declarado penalmente responsable de robo calificado por el uso de arma en concurso real con violación de domicilio. La audiencia de cesura de pena será esta tarde a las 15 hs.

La autoría y materialidad del hecho formó parte del acuerdo probatorio realizado por las partes al inicio del debate. Solo debía determinar el tribunal si Lara es imputable o no en relación al hecho por el que lo acusó la Fiscalía.
El tribunal entendió que a partir de la prueba producida se pudo establecer que el imputado comprendió el hecho y pudo dirigir su accionar en ese sentido. Los informes médicos y psicológicos concluyeron que el acusado comprende la criminalidad del hecho y no tiene ninguna patología. El veredicto señaló que “no hay ninguna prueba pericial ni antecedente médico o psicológico que se haya acreditado para tener por probado un obstáculo mental que le haya impedido comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones”.

En el análisis puntual de los indicios que permitieron a los jueces concluir que Lara sabía lo que estaba haciendo, los magistrados señalaron algunos que consideraron contundentes, claros y unívocos. Entre los indicios más relevantes tuvieron en cuenta que Lara se proveyó de un cuchillo y la réplica de un arma de fuego previendo encontrar ocupantes en la vivienda a atracar; también llevó una muda de ropa en una mochila oscura, presumiblemente para cambiarse y no ser reconocido; tomó un taxi intentando ocultar su rostro y lo detuvo a ciento cincuenta metros de la vivienda que asaltaría y no en la puerta. Los jueces también valoraron que Lara usó las armas para apuntar al matrimonio e incluso a sus hijos con una intimidación que resultó efectiva para consumar la finalidad delictiva. Pidió dinero y al no conseguirlo quiso el automóvil. Cuando consiguió la plata huyó procurando su impunidad. Se escondió y al ser encontrado por la policía les dijo que se la había mandado y que allí estaba la plata, ya detenido en la Comisaría Primera, mudó su ropa.
También resaltaron los jueces que el imputado supo comprender las preguntas que le hizo el Tribunal y respetar las pautas. O’ Connor  resaltó que el tipo penal de robo es uno de los más simples para comprender.

Esta tarde discutirán la pena que deberá imponérsele a Lara.