lunes, 30 de marzo de 2009

Información de la Procuración General

Mantendrá diversas reuniones y firmará convenios con diferentes Organismos

EL PROCURADOR GENERAL, DR. MIQUELARENA CUMPLE INTENSA ACTIVIDAD EN BUENOS AIRES

El Procurador General de la Provincia, Dr. Jorge Luis Miquelarena firmará un convenio enmarcado en la cooperación entre el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su similar de nuestra provincia, con el objetivo de establecer un marco general de intercambio entre ambos Ministerios, para el desarrollo y cumplimiento de sus respectivas misiones y funciones.


En ese contexto, ambas partes definirán, de mutuo acuerdo, las formas concretas de colaboración que redunden en un beneficio recíproco, teniendo en cuenta modalidades y formas de acción, que pasan por el patrocinio conjunto de conferencias, seminarios, talleres y otros encuentros académicos, como así también eventos sobre temáticas de la Justicia, que observen un espacio para la discusión, intercambio de experiencias y capacitación permanente.

Por otra parte se buscará lograr un intercambio permanente de información, incluyendo material bibliográfico, estudios, información estadística y otros que resulten de mutuo interés. Del mismo modo, se tenderá a un intercambio de experiencias, mediante el cuál, los miembros de ambas instituciones puedan visitar dependencias de los respectivos Ministerios Públicos, persiguiendo también estos acuerdos la ejecución conjunta de proyectos de cooperación de mutuo interés.

Además, entre las gestiones a llevar adelante en Buenos Aires, el Dr. Miquelarena tiene prevista una reunión con el Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Righi, con quien se ha programado la firma de otro convenio marco, siempre con la finalidad de buscar mayores posibilidades de capacitación y experiencias para quienes integran el Ministerio Público Fiscal, dependiente de la Procuración General de la Provincia.


lunes, 23 de marzo de 2009

Homicidio de Eduardo Vidal

LA FISCALÍA SOSTIENE QUE EL SOBRESEIMIENTO SE BASÓ EN UNA ERRONEA E INCONSTITUCIONAL APLICACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL

El Ministerio Público Fiscal, conjuntamente con el padre de la víctima, Tráncito del Carmen Vidal, presentó este lunes un recurso extraordinario atacando la resolución judicial que dispuso el sobreseimiento de los imputados en la causa que investiga el crimen de Eduardo Vidal. Para los Fiscales el artículo que dispone el sobreseimiento ante un vencimiento de los plazos, debe interpretarse de modo conjunto con las disposiciones generales del mismo Código Procesal, con la ley penal de fondo y con las Constituciones Nacional y Provincial. Según este criterio, la decisión tomada por el Juez Penal sería errada, sino inconstitucional. El escrito también plantea un dilema: el exceso en diez días para la presentación de la acusación fue considerado violatorio del plazo razonable, pero por otra parte nada se cuestionó sobre los cinco meses transcurridos posteriormente para la fijación de la audiencia preliminar.

El viernes 13 de marzo, en el marco de la audiencia preliminar de esta causa, el Juez Penal consintió el pedido de los tres Defensores de los imputados y dictó su sobreseimiento. Básicamente la resolución se basó en que el Fiscal presentó la acusación diez días después de la fecha que se había fijado en una audiencia anterior.

La Fiscalía, si bien asumió su responsabilidad a través del Funcionario a cargo de la causa, en ningún momento consintió que un error del Estado pueda operar en contra del derecho de las víctimas. Desde esta convicción, y sobre la base de algunos antecedentes que ya se habían cuestionado, se profundizó el estudio la normativa aplicable con vistas a la presentación de un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. De este estudio surgió un aspecto crucial que hasta ese momento no había sido tomado en cuenta. Ese artículo del Código Procesal Penal que prevé el sobreseimiento para el caso en que la acusación fuera presentada fuera de plazo – interpretado como lo vienen haciendo los jueces del Noroeste de la Pcia. del Chubut – para los Fiscales, es inconstitucional. De ser compartida esta tesis por el Superior Tribunal de Justicia, la Fiscalía entiende que el sobreseimiento no puede quedar firme, sino que debe ser revocado y habilitarse que continúe el trámite normal de la causa penal. En caso contrario, la Fiscalía ya planteó el caso Federal para provocar la intervención del la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El escrito deja planteado el caso Federal por considerar que en este caso se está ante una norma provincial que contradice la normativa nacional. “ El texto legal emergente de las normas extractadas del Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut resultan inconstitucionales por ser francamente violatorias del derecho a la tutela judicial efectiva establecida y garantizada por el bloque constitucional antes aludido – en el recurso – y expresamente consagrado en la Constitución de la Provincia del Chubut en su art. 18 (9) y 35”, además de crear una causal extintiva de la acción penal por fuera del código de fondo, y en franca colisión con las normas que regulan la prescripción ( C.P.).

Aprendiendo a contar

La implementación de un Código de Procedimientos nuevo implica debates y acuerdos interpretativos. Uno de los puntos que mantiene aun controversia, es el referido a la fecha a partir de la cual comienza a correr el plazo de la investigación penal preparatoria. El Colegio de Jueces de Esquel (con excepción del Dr. Jorge Eyo) interpreta que ese plazo corre desde el momento en que la Fiscalía presenta el pedido de formalización de la investigación. Es decir, desde el momento que presenta el escrito solicitando que se realice la audiencia en la que se informa al imputado el hecho por el que se lo está investigando.
Los Fiscales opinan distinto. Para ellos el plazo solo puede correr desde el momento en que se realiza efectivamente la audiencia, ya que si esta se demora, por los motivos que fuera, no pude computarse como parte de la investigación penal ya que el avance de la investigación está condicionado a que la misma se realice. Puesto en otras palabras, no podría nunca presentarse una acusación penal si antes no se formalizó en audiencia la imputación del hecho por el que se quiere llevar al o los imputados al juicio.
Si en la causa que investiga el crimen de Eduardo Vidal los plazos se contaran desde la primera audiencia, la acusación habría sido presentada dentro de los plazos previstos por el Código.


Suspensiones que no suspendieron


Otro punto cuestionado por el Ministerio Público Fiscal, fue que los jueces que intervinieron en la causa no consideraron ninguna de las suspensiones de plazos dispuestas por el Superior Tribunal de Justicia, tanto la feria de enero como la de invierno. Una vez más. Si se hubieran tomado en cuenta esas suspensiones de plazos – tal como la Fiscalía lo solicitara en la audiencia del viernes 13 -, el plazo de la presentación tampoco estaría vencido.
En una audiencia previa, la Fiscalía había solicitado que se habiliten para esta investigación los plazos especiales que prevé el Código para las causas complejas. El número de imputados, las particularidades de los hechos que se investigan y el entorpecimiento probatorio de los primeros momentos (ocultamiento de armas, prendas de vestir y personas), fueron los argumentos esgrimidos para sostener el pedido. Sin embargo esas razones fueron rechazadas y el plazo acotado.


¿Qué se sancionó?

El recurso interpreta que el sobreseimiento que impone el Código Procesal, es una sanción al Fiscal que pudiendo y debiendo actuar, no lo hace. También advierte que “la mayoría de los códigos del país, ante el vencimiento del plazo de la etapa preparatoria, conmina con la sustitución del fiscal”, pero no a la mutilación de la causa. “Si sostenemos el carácter sancionatorio del sobreseimiento, entendemos que para su procedencia, debe mediar una conducta fiscal susceptible de ser sancionada”, se resalta en el recurso.

Arbitrario

El escrito alega “arbitrariedad, o falta de razonabilidad, en la Solución final adoptada por el Sr. Juez, en cuanto conforme la interpretación sostenida se aplica una sanción por inactividad Fiscal, no solo con la instancia precluida sino sin indicar la conducta o inactividad sancionable”.

Un error

“En este caso no hubo desidia, no hubo negligencia, no hubo inacción. Hubo error, error humano, error involuntario, falla de los mecanismos de control internos, ya sean estos humanos y/o informáticos. Quizás todo se reduzca a una incorrecta anotación del plazo judicial fijado o al error en un cómputo. De modo que una vez mas, sinceramente planteamos si el sobreseimiento de los imputados, en este caso concreto es el resultado legalmente establecido y en todo caso si este resultado es razonable a la luz de los principios constitucionales en juego, fundamentalmente desde la óptica del derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia.
Por esta simple razón y para compatibilizar principios constitucionales que pudieran parecer que se hallan en pugna; es que la mayoría de los códigos procesales establecen un sistema de intimación o de cambio del funcionario, pero nunca un sobreseimiento del imputado”, sostienen los Fiscales. Para el Ministerio Público, sobreseer por esta causa a los imputados, implica la violación directa de un principio constitucional que fundamenta el derecho penal, y crea “un modo de extinción de las acciones penales por fuera del código de fondo – Código Penal Nacional - y en consecuencia en exceso de las facultades legislativas del órgano provincial”. En definitiva lo que se plantea en este punto es que la legislatura provincial se habría excedido en sus facultades sancionando una norma que se contrapone con los principios de otras normas de mayor jerarquía.


Previo aviso

Concordantemente con estos principios constitucionales – se sostiene en el escrito recursivo – la propia Constitución de la provincia del Chubut en su art. 168 claramente dice " Es obligación de todos los magistrados y funcionarios judiciales sustanciar y fallar los juicios dentro de los términos legales y conforme a derecho. Vencidos los plazos a que se refiere el párrafo precedente, PREVIA PETICION, pierden su aptitud jurisdiccional en el caso......." y en consonancia con esta norma constitucinal. El propio Código Procesal, en su parte general, art. 19 párrafo 2do. con el titulo " JUSTICIA EN TIEMPO RAZONABLE......El retardo o las dilaciones indebidas en la actividad del Ministerio Público o en la de los jueces, LUEGO DE INTIMADAS, se considerará mal desempeño a los fines pertinentes ( art. 168, II y III, 165 y 209 C-Ch)"... Claramente el Código, en relación a los Fiscales, sostiene que primero debe haber una intimación antes de considerar que existió mal desempeño, y en este caso no existió ningún tipo de intimación, porque no hubo ninguna previa petición, antes de la presentación de la acusación pública, la que debió ser considerada válida por el Juez Interviniente.

5 meses demoró la fijación de la audiencia

Una de las preguntas que presenta el escrito coloca en el absurdo la sanción al Ministerio Fiscal. “¿O acaso los retrasos en días de las resoluciones de los jueces, no afecta del mismo modo que los retrasos en días de las resoluciones o dictámenes del Fiscal?, aquel derecho tutelado del imputado de obtener una resolución judicial en plazo razonable, o dentro de los plazos legales, ¿no se afecta del mismo modo, cuando es superado un plazo perentorio por el Juez, por la Oficina Judicial o por el Superior Tribunal?- recordemos que este caso se dilató la fijación de la audiencia preliminar, consumiendo un plazo total de 5 meses.- Es razonable en este contexto la resolución atacada?.- Es razonable sostener que si el órgano jurisdiccional necesita 5 meses para fijar una audiencia preliminar, el exceso del MPF en diez días para sustanciar una causa compleja, ha afectado la garantía constitucional del imputado?.”

Irracional

Finalmente la Fiscalía considera que resulta injusto, “para sancionar al Fiscal remiso en sus obligaciones, contrariamente a todos los principios rectores del derecho, se sanciona a la víctima privándola nada mas ni nada menos del derecho constitucional que es la razón de ser del derecho penal.” Por esto pide que la víctima sea escuchada por el Superior, ya que no se escuchó su opinión antes de dictar la resolución del sobreseimiento de los imputados. Como el recurso disponible es técnicamente complejo, ese pedido de ser escuchada se realiza a través de su representante legal, el Fiscal.

El pedido

En concreto la Fiscalía lo que le pide al Superior Tribunal de Justicia es que revoque el sobreseimiento, habilitando la continuidad de la causa penal que investiga el crimen de Eduardo Vidal, declarando la errónea aplicación del derecho, la inconstitucionalidad de la interpretación dada por el juez penal interviniente, y en su caso de las normas del C.P.P.

viernes, 20 de marzo de 2009

15 días sin actualización

Estimados seguidores:

Durante las próximas dos semanas este blog no tendrá actualizaciones. Recién retomaremos normalmente la actividad a partir del domingo 5 de abril.
Nos reencontramos en esa fecha.

S. P. V.

Nuevas causas

HURTO:
Un vecino de la calle Costanera (Esquel), denunció que mientras que estaba en su casa mirando televisión, alguien ingresó al patio trasero donde tiene una obra en construcción y le sustrajo herramientas y otros elementos. Entre ellos: una amoladora Black & Decaer, una radio gris, unos zapatos, una mochila y una pala ancha.
Sucedió el miércoles entre las 14 y las 15 hs.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron de un vehículo dos pares de anteojos, el frente de un stereo Pioneer y su control remoto.
Sucedió entre la noche del lunes y la mañana del martes en Darwin al 500, Esquel.

ROBO:
Personas no identificadas forzaron la ventana del baño, ubicada en la parte posterior de una vivienda e ingresaron. Sustrajeron un equipo de música, zapatillas Salomón, botas, un acolchado y ropa interior, entre otros elementos. Sucedió entre la noche del miércoles y la mañana del jueves en Sáenz Peña al 900, Esquel.

jueves, 19 de marzo de 2009

Nuevas causas

DAÑO:
Tres personas arrojaron piedras y rompieron dos cristales de la ventana de la cocina-comedor de una vivienda.
Sucedió en Gobernador Costa a las 5 hs. de hoy, jueves.

ABIGEATO:
Un vecino de Gualjaina denunció que autores ignorados le sustrajeron cinco animales ovinos. Habrían sido carneados en los límites del campo.


HURTO:
Un comerciante de Corcovado denunció que alguien ingresó a su negocio y le sustrajo una cámara digital roja.
Sucedió el domingo a la tarde en Corcovado.

DAÑO Y VIOLACIÓN DE DOMICILIO:
Dos sujetos ingresaron a un domicilio por la ventana, ya en el interior tiraron un aparador rompiendo todo su contenido.
Sucedió el miércoles alrededor de las 12:30 hs. en Gobernador Costa.

TENTATIVA DE HURTO:
Una mujer entró a un probador con dos pantalones, al salir llevaba uno puesto y la propietaria del comercio lo notó pidiéndole que se lo saque y lo entregue. La mujer lo hizo y luego se retiró.
Ocurrió en 25 de Mayo al 500, Esquel, el miércoles a las 18:40 hs.

miércoles, 18 de marzo de 2009

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados rompieron una cadena y sustrajeron una bomba de agua centrífuga. Sucedió en Lago Puelo entre el viernes a la noche y el lunes a la mañana.


ROBO:
Personas no identificadas rompieron una ventana de un comercio, ingresaron y sustrajeron gran cantidad de mercadería, sobre todo comestibles, bebidas alcohólicas y gaseosas.
Sucedió en Cerro Centinela el lunes a la madrugada.

HURTO:
Autores ignorados ingresaron al patio de una vivienda y sustrajeron una mochila de montaña, Cacique. Sucedió entre la noche del lunes y la mañana del martes en Corcovado.

ROBO:
Autores ignorados previo formar el marco de madera de la puerta principal de una vivienda, sustrajeron un DVD.
Sucedió el lunes entre las 13:45 y las 17:50 hs. en Alberdi al 1200, Esquel.

HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron dos bicicletas, una marca Fiorenza, azul, rodado 26 de 18 velocidades y suspensión; la otra marca Biaggio tipo playera, rodado 26, dorada y gris.
Sucedió hace dos semanas (la denuncia fue presentada el martes) en el Barrio 50 Viviendas.

Estafa en la compra de automotores

MILIAM FUE DECLARADO CULPABLE

Dos estafas le imputaba el Fiscal, Fernando Rivarola a Hugo Fernando Miliam, el Tribunal lo encontró responsable de una de ellas y lo absolvió por la otra ya que el damnificado recuperó su automóvil.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha para realizar la audiencia para la discusión sobre la pena.

Varios puntos de la investigación fueron controvertidos en las posiciones que adoptaron las
partes en sus alegatos. El Tribunal unipersonal, en cabeza del Dr. Jorge Eyo, se refirió a estas diferencias y ofreció sus conclusiones en la sentencia.

El imputado miente

En relación a una de las estafas por las que fue acusado Miliam, el boleto de compraventa del vehículo solo refiere el pago de una suma única en efectivo. Sin embargo la víctima sostiene que una mínima parte fue abonada con esa modalidad de pago, en tanto que la mayor parte fue contenida por un cheque, que finalmente nunca pudo ser cobrado por pertenecer a una cuenta cerrada varios años antes. El Juez interpretó que la versión del imputado resulta improbable, ya que habría que pensar que la víctima “actúa con la intención de perjudicar penalmente a alguien con el que trató en esa única oportunidad y con el que no tuvo ningún inconveniente, o de obtener un beneficio ilegítimo del acusado procurando constituirlo en deudor de una obligación de otra persona”. Eyo entendió así que “el acusado miente cuando ateniéndose a la literalidad del contrato niega implícitamente haber entregado el cheque y que tal como lo sostiene la víctima, es verdadero que cometió un error – la propia víctima – al no consignar el pago con cheque.”.

La credibilidad de las víctimas

Las declaraciones de los dos damnificados resultaron creíbles a los oídos del Juez, no solo por la impresión personal que estos le dejaron, sino también por la existencia de documentación que avala sus dichos y la evidencia de que se produjo un mismo modus operandi. “El acusado da sus nombres y apellido verdadero, exhibe su DNI verdadero, da un número de teléfono celular verdadero, de hecho a ese número se comunica en 3 o 4 oportunidades uno de los damnificados, pero miente cuando les consigna que tiene domicilio en Gobernador Costa”.
Miliam nunca reconoció haber dado un domicilio falso, solo indicó que en ambos casos comentó a los vendedores que había estado alguna vez en esa localidad. “Aquí nuevamente resulta absurdo considerar que los vendedores hubieran puesto cualquier domicilio que se les ocurriera y que el acusado firmara el contrato sin decir nada al respecto”, señaló el juez, concluyendo una vez mas en que el imputado miente, también en este punto.

Más mentiras

Miliam les había dicho a ambos vendedores que trabajaba para la empresa Torraca, que estaba realizando trabajos de pavimentación en el tramo Gobernador Costa/ Río Pico. Esto tampoco era cierto.
“Las circunstancias falsas aportadas por el acusado en sus negociaciones con ambos vendedores al presentarse como alguien con domicilio en la zona y trabajo con un camión en una empresa vial que también operaba en la zona, aparecen como, conforme surge de los términos de la denuncia” – formulada por uno de los damnificados que concurrió a Gobernador Costa para ubicarlo,- “y generar confianza en cuanto a una cierta solvencia, de manera de facilitar la aceptación de un cheque como parte del pago”.

Demasiadas coincidencias

El Dr. Jorge Eyo indicó que estas “mentiras”, antes mencionadas, no serían suficientes para demostrar que el imputado sabía que los cheques que estaba entregando eran incobrables. “Pero la repetición de los hechos me llevan a concluir que no es casual que en ambos casos pagó con cheques incobrables y que esta circunstancia era de su conocimiento”.
También lleva a descartar la casualidad, el hecho que “ni siquiera se trata de cheques correspondientes a cuentas operativas sin fondos suficientes sino que en el primer hecho se trata de un cheque correspondiente a una chequera sustraída y en el segundo hecho a un cheque correspondiente a una cuenta cerrada, en ambos casos varios años antes de su utilización.”

Día de trampa

El Dr. Rivarola en su alegato había señalado que este tipo de estafas se realizan habitualmente los viernes y sábados con el objeto de impedir que el damnificado constate la viabilidad del cheque antes de aceptarlo. El Juez también se refirió a este punto. “También tengo en cuenta que en ambos casos la entrega de los cheque se efectuaron un día viernes en horas de la tarde en el primer hecho y un sábado en el segundo hecho, en significativa coincidencia con lo informado por los oficiales de Policía Grenier y Echeverría, en cuanto a los días en que generalmente ocurren las estafas mediante la utilización de cheques incobrables.”

Uno que sí, uno que no

El magistrado consideró que en el primero de los hechos se constituyó el delito de estafa con todo lo que exige el tipo penal. Pero a su criterio no habría sucedido lo mismo con el segundo.
Básicamente la diferencia, para este criterio, es que en un caso no se pudo recuperar el automotor y en el otro sí, con lo cual en uno sí habría perjuicio y no en el otro.

Sigue a nombre del vendedor

En relación al segundo de los hechos, el Peugeot está aun a nombre del vendedor damnificado, ya que nunca se efectivizó la transferencia de dominio. Ese vehículo fue secuestrado por la Justicia, no a Miliam sino a una persona que se lo había comprado, y volverá a manos de su dueño original. Por este motivo el Dr. Eyo entendió que “no se ha configurado entonces el perjuicio patrimonial” y “corresponde disponer su entrega a su titular dominial”.

La resolución

Por estos análisis el Juez resolvió declarar a Hugo Fernando Miliam como autor penalmente responsable del delito de Estafa por el hecho ocurrido el 13/04/2007, en Esquel, y Absolverlo con costas, como autor del delito de Estafa por el hecho ocurrido el 04/05/2007, también en Esquel.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha para la audiencia en la que se discutirá la determinación de la pena.

Los hechos por los que acusó la Fiscalía

El primero de los hechos ocurrió el 13 de abril del año 2007, alrededor de las 19 hs. Hugo Fernando Miliam se había mostrado interesando en comprar un VW Senda modelo ’92. Acordó con el propietario de vehículo un precio, 11 mil pesos, dio un domicilio falso de Gobernador Costa y pagó $3 mil en efectivo y el resto, 8 mil pesos, con un cheque de pago diferido, correspondiente al Banco Río con fecha de pago 25 de abril de 2007. El estafador dijo en aquella oportunidad que había recibido ese cheque porque trabajaba para una empresa en Río Pico. Estos datos también eran falsos, según el Fiscal, él sabía que el cheque no podía ser cobrado. Cuando el vendedor se presentó a cobrar el cheque el 25 de abril, se lo rechazaron por código postal erróneo, pero luego se estableció que ese cheque había sido robado durante los años 2001 y 2002 a una persona en Trenque Lauquen (Bs. As.).El segundo hecho también ocurrió en Esquel, el 4 de mayo de 2007. El imputado dijo entonces que era oriundo de Comodoro Rivadavia pero vivía en Gobernador Costa - datos falsos- y se mostró interesado en comprar un Peugeot 504 que tenía cartel de venta en una de sus ventanillas. Al otro día concretó la compra. El precio se pactó en $7.800, de los cuales pagó 7 mil con un cheque de pago diferido del Citybank, que también – según la Fiscalía- sabía que nunca iba a poder ser cobrado. La fecha de pago del cheque estaba fijada para el 20 de mayo de ese año. El resto del importe de la compra lo abonó en efectivo ($800). Cuando el vendedor presentó el cheque para cobrarlo, se lo rechazaron por falta de fondos, comprobándose que la cuenta corriente estaba cerrada desde 2004.

martes, 17 de marzo de 2009

Homicidio de Eduardo Vidal

¿UN PLAZO IRRAZONABLE?

El Fiscal Fernando Rivarola, pese a estar de licencia, brindó una conferencia de prensa para explicar a la comunidad lo sucedido en la causa que investiga el homicidio de Eduardo Vidal, en la que recientemente fueron sobreseídos los imputados por el vencimiento de un plazo. Además de asumir su responsabilidad personal y profesional por el error en la fecha de presentación de la acusación pública, el Fiscal dio algunos detalles sobre el recurso que se está elaborando para que el Superior Tribunal de Justicia revise lo resuelto por el Juez Penal. El funcionario judicial indicó que, entre otras cosas, se debe analizar si el plazo establecido para una causa de este tipo era razonable, o irrazonable por lo breve.

Frente a varias consultas que acercó la prensa a la Fiscalía, luego de conocer lo sucedido recientemente en la audiencia preliminar de la causa que investiga el crimen de Vidal, el Dr. Rivarola, quien retomó su licencia, se hizo presente en la institución para recibir a la prensa y, a través de esta, explicar a la comunidad los pormenores del caso.

Vencimiento no prescripción

Así el letrado explicó que no se trató de la prescripción de la causa sino del vencimiento del plazo previsto por el Código para la etapa preparatoria del juicio. También señaló que en su respuesta al planteo que hizo la Defensa, esgrimió en su favor la existencia de una prórroga en los plazos legales y judiciales dispuesta por acordada del Superior Tribunal de Justicia, durante la feria de invierno del año 2008, e incluso la prórroga similar operada durante la feria de enero. Todo esto no fue contemplado por el Juez, y este resolvió según el planteo de los Defensores.

Los principios constitucionales

Los principios establecidos por la Constitución Nacional, buscan ser garantizados, operativizados, por las normas de procedimiento. “Obviamente que los Defensores se ajustaron a estos principios constitucionales que están en defensa o en protección de las garantías de los imputados y por eso hicieron el pedido y es atendible, fue muy serio el pedido de la Defensa, yo lo dije incluso en la audiencia”, explicó Rivarola. “Ahora… a mi me toca ver también los principios que garantizan el derecho al acceso a la tutela judicial efectiva que está en cabeza de la víctima. Y allí me parece que hay un error judicial en la interpretación de las normas y en esta resolución”, concluyó.

Una causa compleja

En esta causa nunca hubo detenidos, no se trataba de una causa de fácil resolución. Este fue el motivo por el cual la Fiscalía pidió las prórrogas y agotó los plazos previstos por el Código para esta etapa. “Era una investigación compleja, estábamos con un cuadro probatorio muy endeble que hacía que no solo esta excepción pudiera ser expuesta por los Defensores, sino otras. Tal es así que yo estaba gozando de licencia – graficó Rivarola – pedí que se me cortara la licencia para venir a esta audiencia personalmente, porque sabía de los inconvenientes que iba a tener que afrontar la Fiscalía para poder llegar a un juicio”.
La Fiscalía contaba con varios inconvenientes para llegar a juicio “esto que apareció en la audiencia, no era algo que yo hubiera previsto”, reveló el Fiscal.
Si bien las causas complejas tienen previstos plazos mayores, en relación a esta causa, si bien se pidió en otra audiencia que se la considerara una causa compleja, el Juez rechazó ese pedido, y ante este rechazo la Fiscalía no tiene recursos. “Estábamos atados a este plazo ordinario que no era suficiente para la investigación”.

Las complejidades

Varios ingredientes hicieron de esta causa una investigación compleja: la cantidad de intervinientes fue uno de ellos. “A pesar de haber agotado los plazos no pudimos establecer el número total, ni tampoco habíamos podido establecer, con la justeza que pretendemos hacerlo en todos los casos, qué actividad o qué participación habían tenido cada una de estas personas… Ni siquiera teníamos un arma homicida, ni siquiera teníamos una evidencia directa de ninguna de las personas que pretendimos llevar a juicio”, declaró el Fiscal.

El sobreseimiento

Lo resuelto por el Juez aun no está firme, de quedar firme, la investigación ya no podrá seguir en relación a ellos, aunque no se descarta que sí pueda avanzar respecto de otros autores o partícipes.
La situación de los imputados se resolverá con el recurso que prepara por estos días el Ministerio Público. El Fiscal lo compartirá con el padre de la víctima antes de presentarlo, y si este lo convalida, le ofrecerá que lo acompañe con su firma.
Rivarola sostuvo que no descarta de plano que el Superior pueda resolver de modo favorable a sus pretensiones. Recordó a modo de ejemplo, que en situaciones distintas a esta, al comienzo de la puesta en vigencia del Código Procesal, se dictaron una serie de sobreseimientos por vencimiento de los plazos razonables, el Superior los revocó y hoy se está en vías de la realización de los juicios.

¿Razonable?

La Fiscalía, previo a este revés judicial, venía analizando si el plazo establecido para una causa de este tipo era razonable por lo exiguo. “Uno puede ser irrazonable por lo extenso, pero también puede ser irrazonable por lo corto, esto es lo que marca la Convención Interamericana de Derechos Humanos”. Por este camino transita el análisis que se ofrecerá al Superior Tribunal para que resuelva en este caso.

Lo personal

Fernando Rivarola aclaró que con este recurso no pretende salvar ningún tipo de responsabilidad que le pudiera caber por el error. Indicó también que asumió desde el primer momento su responsabilidad, poniendo en conocimiento de sus superiores la situación. Lo que destacó es que quiere evitar un perjuicio que vaya mas allá de lo que la letra de la ley quiere, en relación a la víctima.
“Acá no ha habido ni negligencia ni inactividad de la Fiscalía, sino un error humano”, precisó. “Ahora lo que vamos a discutir es si las normas legales aplicables indican el dictado de un sobreseimiento y por qué la víctima, en este caso, tendría que pagar por este error humano involuntario, y eso es lo que pretendemos del Superior Tribunal”.

El cúmulo de trabajo

Consultado por los periodistas sobre el incremento de las causas y la posibilidad de que los Fiscales estén sobrepasados, Rivarola confirmó que sí están sobrepasados. “Estamos con un par de cargos que no han podido ser cubiertos, es una circunstancia extraordinaria. Yo de hecho este año recién pude tomarme la licencia en marzo y la tuve que interrumpir por esta audiencia. De modo que hay indudablemente una sobrecarga de tareas. Quizá esta sea una explicación de por qué se me vence un plazo – finalizó - lo que sí me parece irrazonable es que la víctima tenga que pagar por este vencimiento del plazo”.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados ingresaron por una ventana a un almacén y sustrajeron dos cajones de cerveza, una bicicleta montanbike, un DVD y un parlante.
Sucedió entre el domingo por la noche y el lunes al mediodía en la Villa del Parque Nacional Los Alerces.

HURTO:
Un chico dejó estacionada su bicicleta en la puerta de la Escuela nº 758 y autores ignorados se la sustrajeron. Se trata de una Zenith roja y gris.
Sucedió el lunes entre las 18:30 y las 19:20 hs., en Esquel.


DAÑO:
Entre el viernes y el sábado últimos un vecino de El Maitén dejó estacionado su vehículo y autores ignorados dañaron la luneta.

ROBO:
Un camionero subió a su camión después de realizar un cobro en cercanías de la plaza y, se le apareció un encapuchado armado con un cuchillo pidiéndole el dinero que recién había cobrado. De este modo le sustrajo $4000, dos celulares y un cheque por 15 mil pesos.
Sucedió el viernes a las 20:45hs.

ROBO:
Autores ignorados ingresaron al sector viejo de un colegio de la ciudad de Esquel y luego de romper el vidrio de la puerta de un aula sustrajeron dos equipos de música Phillips, uno viejo y otro nuevo.
Ocurrió el domingo entre las 14:20 y las 14:50 hs. en el Salesiano.

HURTO:
Entre el 8 y el 15 de marzo, un hombre se ausentó de la ciudad dejando su vehículo estacionado con un ventiluz abierto. Por allí le sustrajeron un pequeño maletín que contenía documentación personal y del automóvil.
Sucedió en el Barrio Don Bosco, Esquel

ROBO:
Personas no identificadas rompieron un vidrio de una construcción ubicada detrás del Hospital de Esquel y sustrajeron una importante cantidad de herramientas eléctricas, otras de precisión.
Ocurrió entre el domingo a la tarde y el lunes a la mañana.

HURTO:
Una mujer dejó su bicicleta, todo terreno, verde, estacionada fuera de un ciber y autores ignorados se la sustrajeron. Sucedió el sábado por la tarde en Av. Alvear, Esquel.

HURTO:
El domingo entre las 21 y las 21:10 hs. una mujer dejó su bicicleta playera verde, marca Bergamasco, en la puerta de una vivienda. Al salir se encontró con que se la habían sustraído.
Ocurrió en Trevelin.

lunes, 16 de marzo de 2009

Homicidio de Vidal

EL SUPERIOR TRIBUNAL DEBERÁ DECIDIR SOBRE LA CONTINUIDAD DE LA CAUSA

En el marco de la audiencia preliminar, a pedido de la Defensa Pública, el Juez dictó el sobreseimiento de los cuatro imputados por interpretar vencido un plazo legal. El Fiscal anticipó que recurrirá la decisión ante el Superior Tribunal de Justicia ya que no comparte sus fundamentos. Se trata del crimen ocurrido el 24 de junio de 2007 en la localidad de Tecka, en el que Eduardo Vidal resultó herido de 13 puñaladas.


Expuesta la acusación Fiscal en la audiencia, y antes de dar tratamiento a la prueba, los Defensores de los cuatro imputados (uno de ellos menor de edad) pidieron el sobreseimiento de sus representados por considerar que la acusación pública se presentó fuera de plazo.

Una causa compleja

Esta investigación fue considerada por la Fiscalía una investigación compleja por las dificultades que surgieron para conseguir prueba que permita evidenciar los sucesos que terminaron en la muerte de Vidal. Esta dificultad llevó a mas de una prórroga. La causa obtuvo dos prórrogas en los plazos, cada una de ellas por cuatro meses. La última de estas prórrogas venció el 10 de octubre de 2008. Esa era la fecha tope para la presentación de la acusación pública, sin embargo la acusación fue presentada el 21 de octubre en las dos primeras horas, diez días después.

Rechazo del Fiscal

El Dr. Fernando Rivarola planteó una interpretación diferente y pidió que se rechace el planteo. El representante del Ministerio Público indicó que si bien el Código Procesal parece ser claro cuando dice que vencido el plazo de la acusación pública corresponde el sobreseimiento de los imputados, es necesario analizar de modo mas profundo el sentido de la norma y las garantías constitucionales que ampara esa norma, para resolver acorde a ese sentido. Rivarola sostuvo que a su criterio los plazos no están vencidos ya que una acordada del Superior Tribunal de Justicia establecía una prórroga para las causas en las que no hubiera personas privadas de su libertad, durante la feria judicial de invierno del 2008. Esa prórroga otorgaba doce días mas, quedando así realizada la presentación dentro del plazo habilitado.
El Fiscal también señaló que la Defensa permitió, sin poner ningún obstáculo, que la Fiscalía presente la acusación pasada la fecha establecida previamente por un Juez y por lo tanto la acusación fue presentada y debe continuar la acción penal.
Rivarola también señaló que dictar el sobreseimiento de los imputados afectaría principios constitucionales tales como el derecho de las víctimas al acceso a la justicia, a obtener una resolución judicial que declare su derecho, y a tener un proceso justo para la víctima y sus representantes.

Sobreseídos

Luego de réplicas y contrarréplicas, el Juez Penal dispuso el sobreseimiento de los imputados, entendiendo que al haberse fijado una fecha cierta en la última prórroga otorgada, el plazo indefectiblemente se ha vencido y debe procederse según lo establece el Código Procesal, sobreseyendo a los imputados.

Recurso

El Fiscal sostuvo que presentará un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia para que revea la decisión, ya que no comparte la interpretación legal dada por el Juez en su resolución. Según lo anticipado, en el recurso se atacará la interpretación dada a los plazos legales para la investigación penal y, lo que definió como, la violación de principios constitucionales que implican la actuación del Ministerio Público Fiscal como titular de la acción penal.

El hecho investigado

El día 24 de junio de 2007, en horas e la madrugada (aproximadamente a las 3 hs.), en la portada del Gimnasio Municipal de Tecka, “los imputados obrando en conjunto atacaron a Eduardo Vidal, portando dos de ellos armas blancas de grandes dimensiones, con las cuales le provocaron un total de 13 heridas que afectaron distintos órganos vitales y en conjunto le produjeron la muerte.-
No obstante las dificultades que surgen de las características del hecho y el número de intervinientes, como hipótesis este Ministerio Sostiene, que: dos imputados, fueron los que provocaron con sendos cuchillos (uno probablemente el de la propia víctima) las heridas descriptas en el protocolo de autopsia y habiendo efectuado la mayoría de las estocadas luego de la agresión grupal llevada a cabo por todos los intervinientes (sin perjuicio de la intervención de otras personas no identificadas) cuando el cuerpo de la víctima se encontraba ya en posición horizontal en plano de suelo.
Uno de los imputados, habiendo convocado a la víctima y habiéndolo acompañado durante toda la noche y madrugada hasta el preciso momento del ataque, fue quien, sabiendo el estado de ebriedad y beligerante en que se hallaba Eduardo Vidal y la enemistad manifiesta con casi la mayoría de los integrantes de aquel grupo, convocó también al lugar donde se hallaban bebiendo a otro de los que terminaron imputados en la causa, mediante mensajes de texto dirigidos al celular de aquel, colaborando luego con la acción de golpear, sujetar, desarmar, para darle muerte en la forma descripta.”, reza el escrito Fiscal, que continúa describiendo otras conductas. Así plantea que otro de los imputados colaboró “en la acción agresiva emprendida por el grupo, golpeando, sujetando, desarmando entre todos a la víctima, hasta lograr ya con algunas estocadas en su cuerpo que cayera al piso, lugar donde fue ultimado con al menos las dos armas blancas indicadas”.

domingo, 15 de marzo de 2009

Nuevas causas

HOMICIDIO CULPOSO:
El sábado informábamos sobre un insólito accidente en el que un automovilista, aparentemente distraído mirando un choque que acababa de suceder, envistió a un peatón. El peatón, un vecino de 73 años presentaba una fractura en la cadera. Durante su internación en el Hospital se le practicaron estudios en los que se detectó un problema interno por el que debió se intervenido quirúrgicamente. Pese a esta intervención no logró salvarse su vida.
Aparentemente, también el peatón habría cruzado velozmente la calle para acercarse al lugar en que colisionaron los vehículos.

DAÑO:
Un hombre, con una retropala que tenía en custodia, demolió una pared de la vivienda de otro sujeto con el que había discutido.
Ocurrió en El Maitén el domingo a las 7 hs.

ROBO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta atada con candado, al frente de una clínica.
Sucedió el viernes entre las 16 y las 18 hs. En Ameghino entre 25 de Mayo y Roca, Esquel.

LESIONES LEVES Y ROBO:
Un joven habría protagonizado una pelea al frente de un pub, en la que habría recibido fuertes golpes en la cabeza. Luego de esto le sustrajeron un celular, documentación y $1500.
La víctima estuvo en el Hospital hasta el domingo y según sostuvo no recuerda nada de lo ocurrido, ni sabe quienes lo golpearon.
Sucedió el sábado a las 0:30 hs. en Ameghino entre 25 de Mayo y Sarmiento, Esquel.

HURTO y DAÑO:
Autores ignorados ingresaron a una iglesia cuya puerta había quedado abierta y, ya en el interior, rompieron varios vidrios de las ventanas y sustrajeron dos guitarras eléctricas, una marca Nativa y otra Ibañez, un micrófono inalámbrico y cuatro micrófonos comunes.
Ocurrió en Alberdi al 400, Esquel.

HURTO:
Un vecino de El Hoyo dejó estacionado su vehículo en la vía pública abierto y personas no identificadas aprovecharon la ocasión para sustraer el estereo.
Ocurrió el viernes.

HURTO:
Un sujeto fue a un quiosco y le dijo a su dueño que “estaba jugado” y que le dé el dinero. El hombre le dio $100.
Sucedió el sábado entre las 22 y las 23 hs. en 9 de Julio entre 25 de Mayo y Roca, Esquel.

sábado, 14 de marzo de 2009

Nuevas causas

LESIONES CULPOSAS:
El viernes a las 13:45 hs. se produjo un choque entre dos vehículos. El conductor de un tercero se habría distraído mirando la colisión y envistió a un peatón que cruzaba la calzada por la senda peatonal. Ocurrió en la intersección de Av. Ameghino y Roca, Esquel.

LESIONES GRAVES CULPOSAS:
Una persona circulaba en bicicleta cuando, por motivos que se deberán determinar, envistió a una nena de 5 años. La menor debió ser intervenida en el Hospital Zonal de Esquel, ya que presentaba una fractura de fémur.
Sucedió el jueves a las 14:45 hs. en El Maitén

HURTO:
Un vecino denunció que el viernes a las 4 hs. escuchó ruidos en su patio. Por la mañana pudo constatar que le habían sustraído diversos elementos del quincho y el garaje. Entre otras cosas le sustrajeron cuchillos, un radiograbador, un lazo trenzado y otro torcido, una soga y dos ponchos.
Ocurrió en el Barrio Malvinas de la localidad de Trevelin.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta del patio de la vivienda de un guardaparque, en el Parque Nacional Lago Puelo. Sucedió el miércoles entre las 15 y las 17 hs.

viernes, 13 de marzo de 2009

Nuevas causas

ROBO:
Personas no identificadas rompieron un vidrio de un departamento, ingresaron y sustrajeron una cámara digital y un DVD.
Sucedió en Almafuerte al 1200, Esquel, el jueves.

ROBO:
Dos mujeres dejaron estacionada su Kangoo mientras caminaban por La Zeta. Al regresar al vehículo encontraron un vidrio roto por el que les habían sustraído el manual de instrucciones.
Ocurrió el jueves entre las 19 y las 19:30 hs. en Esquel.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron un vidrio frontal de una institución médica ubicada en 9 de Julio al 400.
Sucedió el jueves a la madrugada.


ROBO:
Autores ignorados rompieron dos vidrios de una vivienda y sustrajeron la llave de una de las puertas, pero no alcanzaron a sustraer nada más.
Ocurrió el miércoles entre las 14 y las 21 hs. en Lago Puelo.

LESIONES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO:
Un VW Gol y una moto de 125 cc., colisionaron en la intersección de Av. Ameghino y calle Roca, Esquel. El conductor del automóvil habría increpado amenazando al personal policial.
Sucedió el jueves al mediodía.

DAÑO:
Una persona que circulaba en un cuatriciclo realizando maniobras peligrosas, levantó piedras y dañó un Renault Clio, un celular y un vidrio de una remisería. Sucedió el miércoles a las 19 hs. en Lago Puelo.

ROBO AGRAVADO:
Un sujeto armado con un cuchillo interceptó a un hombre cuando este salía de la estación de servicio en Gobernador Costa, y le exigió el dinero. Así se apoderó de $700 y un celular y le dio a la fuga en una moto.
Ocurrió el jueves a las 15 hs.

jueves, 12 de marzo de 2009

Enfrentamiento trágico de Corcovado

EL GEOP REALIZÓ VARIOS ALLANAMIENTOS

Durante la jornada del jueves, la policía provincial llevó a cabo varios allanamientos en el marco de la investigación por los sucesos del domingo último en la localidad de Corcovado. Alrededor de diez procedimientos estuvieron a cargo de la unidad especializada GEOP. Se secuestraron diversos elementos que probablemente guarden alguna relación con la causa. El Fiscal Jefe, Eduardo Falco, estuvo presente en el lugar para colaborar en aquellos casos en los que se solicitara asistencia en lo relativo a cuestiones legales. El representante judicial dialogó con las hermanas del prófugo Cristian Bustos ofreciéndose, junto con el Jefe de la policía y el Intendente, como garantes para la integridad física de éste, en caso que decidiera entregarse, en tanto también esté garantizada la integridad de quienes lo detengan.


Tanto el miércoles como el jueves, la máxima autoridad del Ministerio Público local estuvo presente en Corcovado. Allí tomó contacto con autoridades locales, con pobladores y con los investigadores policiales.
En relación a la causa judicial que investiga la muerte violenta de un policía y las heridas de gravedad a otro que aun permanece internado, es la policía provincial quien operativiza la investigación, mas allá que la dirección de la misma está en cabeza de la Fiscalía, como en todos los casos.

Intervención del GEOP

El GEOP fue convocado por la propia Jefatura de policía y se constituyó el mismo domingo en Corcovado. Su función en los allanamientos del jueves fue ingresar y asegurar los lugares que iban a ser allanados, evitando que hubiera riesgos para la integridad física de quienes realizaban los procedimientos.
Esta decisión evidentemente guarda relación con la peligrosidad evidenciada por el prófugo, no solo por el hecho por el que fue condenado – el homicidio de su hijo en el que el Tribunal le dictó prisión perpetua – sino también por los trágicos episodios del domingo que finalizaron con dos personas muertas y tres heridas. Indudablemente policía procuró evitar episodios similares.

No se descarta la entrega voluntaria

Los investigadores no descartan que Cristian Omar Bustos esté por estas horas analizando la posibilidad de entregarse, e incluso que uno de los factores que podría jugar en contra sea su temor de que en el operativo pudiera ponerse en riesgo su propia vida. Ante esta posibilidad el Dr. Falco dialogó con dos hermanas del prófugo, indicándoles que el Jefe de Policía, el Intendente y él mismo se ofrecen como garantes de la integridad física de Bustos si se entregase, obviamente si este marco de garantías es asegurado también para todos los que participen de la aprehensión.

Enfrentamiento trágico de Corcovado

POR LAS GRAVES SECUELAS PARA SU SALUD, QUEDÓ EN LIBERTAD EL MENOR DETENIDO

El chico de 16 años que resultara gravemente herido en el marco del enfrentamiento entre miembros de la familia del prófugo Cristian “Mai” Bustos y la policía, continua internado en el Hospital Zonal de Esquel en un estado que le impide movilizarse o prestar declaración, aun en ese lugar. Por esa causa, esta mañana (jueves) se realizó una audiencia en los Tribunales de Esquel, sin su presencia, para realizar el control de su detención. Se declaró legal la aprehensión y se aguardará la recuperación del adolescente para imputarle el hecho por el que se lo investiga. Respecto de las medidas de coerción se entendió que en su estado y por la gravedad de las secuelas físicas que le dejó el hecho, es impensable el riesgo de fuga.



La Fiscalía presentó el miércoles un pedido para que la audiencia de control de la detención del menor se realizara en el Hospital Zonal de Esquel, donde este se encontraba detenido e internado. La Juez de la causa le pidió un informe al médico forense, en el que debería figurar estado de salud del chico, su posibilidad de declarar, el tiempo estimado en que podría estar en condiciones de trasladarse al Tribunal y si se encontraba o no en una sala común.

Paraplejía

El miércoles mismo el forense presentó su informe. En él sostiene que esa mañana se presentó en el Hospital y pudo dialogar con el médico tratante, aunque no con el menor que estaba dormido. También estudió la historia clínica y vio las placas radiográficas que se le tomaron. El médico del nosocomio sostuvo que el estado de salud del chico es reservado, que no está en condiciones de declarar y que no puede deambular “ya que ha sufrido una lesión a nivel de la médula espinal, síndrome de sección medular, encontrándose parapléjico. También presenta un tubo de drenaje en hemitorax izquierdo ya que el ingreso del proyectil le ocasionó un hemoneumotorax”.
A raíz de ese informe se decidió fijar la audiencia para que la Fiscalía exponga su pretensión y el Defensor y la Asesoría puedan también expresarse.

Una formalidad

El Dr. Hernán Dal Verme expuso que el pedido fue solo con el objetivo de cumplir con la obligación legal de controlar el modo en que se hizo la detención y decidir sobre la necesidad o no de mantener medidas de coerción.
Por su parte la Defensa, a cargo del Dr. Omar López, no presentó objeciones a la detención realizada en flagrancia y la misma fue declarada legal por la Juez.

Medida cautelar mínima

Frente a esta situación, en la que el peligro de fuga se encuentra neutralizado, la Fiscalía pidió medidas cautelares mínimas. Básicamente se solicitó que se informe cualquier modificación en el lugar de residencia del chico y de los distintos traslados que pudieran darse en el marco de su tratamiento médico.

Virtual incomunicación

El Defensor expuso su desconcierto por una situación que se dio en estos días en el Hospital. Pasadas las 48 hs. que habilita la ley para la detención realizada en el marco de una flagrancia, es decir sin mediar control y decisión judicial, la medida debe cesar inmediatamente. Sin embargo permaneció el control policial en el centro de salud y la familia habría señalado que no se le permitió visitar a su hijo. Lo particular de esta situación, en la que justamente por el delicado estado de salud del detenido no pudo realizarse una audiencia, y la falta de comunicación a la policía de algún tipo de directivas, prolongaron la custodia más allá de lo necesario. Para resolver esto, se dispuso la notificación a la Comisaría de lo resuelto en la audiencia.

La resolución

La Dra. Rodríguez, luego de declarar legal la detención, resolvió que la Oficina Judicial notifique al Hospital Zonal de Esquel que si se dispusiera el traslado hacia algún otro centro o si se dispusiera un traslado dentro de la ciudad esto se comunique inmediatamente al Ministerio Fiscal y a la Oficina Judicial. También se notificará a los padres del menor que en caso de establecer algún domicilio lo informen a la Asesoría de Familia y a la Oficina Judicial.


Recordemos que el otro detenido, hermano del menor y del prófugo, se encuentra cumpliendo prisión preventiva dispuesta por un plazo de tres meses.

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados forzaron la ventana trasera de una vivienda, ingresaron y sustrajeron un monitor de 17 pulgadas, una cámara Kodak digital, una mochila Montagne, un reloj Cítizen de oro y plata, una alianza de oro grabada, un MP5 y un MP3, y un bolso con la inscripción UOCRA.
Sucedió el miércoles entre las 14 y las 19 hs. en el Bario Covitre, Esquel

martes, 10 de marzo de 2009

Enfrentamiento trágico en Corcovado


PRISIÓN PREVENTIVA POR TRES MESES PARA UNO DE LOS DETENIDOS

Lo resolvió la Juez Penal poniendo un límite para controlar la medida, al pedido realizado por la Fiscalía de prisión preventiva hasta el juicio. Se trata de una de las personas que con su accionar evitó que la policía concrete el operativo tendiente a recapturar
al prófugo Cristian Omar Bustos. En esos hechos un policía perdió la vida y otro se encuentra grave en el hospital local. También perdió la vida un hermano del prófugo y dos resultaron heridos, uno de ellos en la pierna – el imputado – y otro menor de edad, con heridas de mayor consideración está internado aun. En relación a este hecho se llevan adelante dos causas judiciales. La segunda es aquella que investiga el accionar policial.

El imputado que participó de la audiencia es uno de los dos detenidos en flagrancia el domingo al mediodía. El otro, su hermano menor, aun no está en condiciones de salud que le permitan asistir a los Tribunales. Sin embargo, por tratarse del mismo hecho imputado a ambos se dispuso la presencia de una representante de la Asesoría de menores para que tome conocimiento de la causa.

Los hechos

La Fiscalía, representada por los funcionarios Fernanda Révori y Raúl Camerlo, expuso el hecho, según los elementos con los que se cuenta en esta etapa de la investigación. Así se refirió lo sucedido “el día de la mujer” a las 13 hs. en la localidad de Corcovado. Personal policial de la Brigada de Investigaciones de Esquel, se constituyó en una vivienda ubicada en la zona céntrica de esa localidad. Iban a realizar un allanamiento en el que pretendían detener a Cristian Omar Bustos evadido en julio de 2007 de una dependencia policial, y prófugo desde ese entonces.
La Dra. Révori indicó que “cuando el personal policial se disponía a iniciar la diligencia; del interior del inmueble sale el padre de la persona cuya detención se pretendía, y comienza a dialogar con el Comisario Grenier, quién se encontraba desarmado, refiriéndole que en el interior de su casa estaban sus hijos armados y que no se iban a entregar, ante lo cual le pedía que se retiren. De tal modo, se inicia una conversación que fue interpretada por Grenier como el inicio de una negociación para entregarse, ya que solicitaban la presencia del Dr. Marsal (Defensor Oficial), circunstancia que es abruptamente interrumpida por un grupo de cuatro personas que, contraviniendo las indicaciones expresadas a viva voz por la policía, salió del interior de la residencia de la familia Bustos”.
La Funcionaria reveló que el grupo salió “de la casa formando un circulo entre tres de ellos rodeando al cuarto que se ubicó en el centro llevando en sus manos un arma larga calibre 22 con mira telescópica. Dos de las personas que formaban el escudo en torno al indicado, llevaban armas de fuego puño y el tercero dos cuchillos de grandes dimensiones. Todos llevaban capuchas y su boca cubierta con un pañuelo o elemento similar. Al iniciar esta acción, gritan “… NOS VAMOS, SI TIRAN TIRAMOS…” como así también que no se entregarían al tiempo que apuntaban con sus respectivas armas a todos los efectivos policiales uniformados que se encontraban llevando a cabo un acto propio de sus funciones. Ante ello, el Comisario Grenier da la orden de que nadie dispare. Así el grupo descrito, asintiendo en todo momento la posibilidad de utilizar las armas que llevaban contra el personal policial, actuando en todo momento de modo conjunto y preordenado, manteniendo la mecánica aludida, comenzó a desplazarse por la calle sobre la que se domicilia la familia en dirección a este- oeste. Al llegar a la esquina giran del mismo modo hacia el sur. Al doblar en la mentada esquina los integrantes del grupo comienzan a correr aprovechando que el personal policial los pierde de vista unos instantes, por lo que logran separarse unos cincuenta metros de los efectivos que en todo momento los seguían. Al visualizar nuevamente al personal policial, quién llevaba el arma larga, comienza a efectuar disparos uno de los cuales alcanza al Agente Tito ROBERTS en la cabeza y otro al Agente Luis CAÑUMIR en el abdomen.”
Frente a esta conducta los policías repelieron la agresión con sus armas reglamentarias. Entre el grupo de agresores, uno resultó lesionado en su pierna derecha (el ahora imputado) y Wilson Bustos en el maxilar, perdiendo la vida de forma casi instantánea. “
Los dos hermanos restantes prosiguen su huída, uno con un arma de puño calibre 38 special marca “Rossi” con numeración limada y el otro con el arma larga antes mencionada. En su huída hacia un bosque ubicado en las cercanías, uno de ellos efectuaba disparos contra el personal policial que lo perseguía, los que también fueran repelidos, impactando uno en la zona escapular izquierda, lo que motivó que cayera en el lugar. “Por su parte, Cristian Omar BUSTOS logró acceder al pinar evitando nuevamente su detención.
A raíz de los disparos recibidos el Agente Tito ROBERTS falleció antes de llegar al Hospital de Corcovado y el Cabo 1ª Luis CAÑUMIR resultó con lesiones que lo han incapacitado laboralmente por más de un mes, además de colocarlo en riesgo cierto de vida”.
El Ministerio Público indicó que la conducta de los imputados guardó en todo momento el claro propósito de procurar la impunidad de Cristian Omar Bustos respecto del
homicidio calificado por el vínculo, por el que fuera condenado en junio de 2007.

La calificación

La calificación dada por la Fiscalía, al menos provisoriamente, es la de Homicidio doblemente calificado en concurso ideal con Lesiones graves doblemente calificadas, en carácter de coautor.
Por su parte la Defensa representada por el Dr. Omar López, cuestionó la descripción del hecho indicando que es impreciso y que no señala cuál o cuáles son las conductas que realizó su defendido.

El pedido Fiscal

La Dra. Révori pidió la prisión preventiva del imputado hasta el juicio por considerar que existe evidente peligro de fuga y de entorpecimiento para la investigación. La letrada hizo un pormenorizado análisis del hecho y de las conductas evidenciadas, destacando la gravedad del daño causado y el total desprecio por la vida ajena e incluso por la propia, así como por las instituciones. Concluyó Révori que de esas conductas puede presuponerse que no se someterá al proceso e intentará entorpecer la investigación.
El Defensor refutó los dichos, basándose en que si con el hecho así descrito no podría lograrse una condena en un juicio, tampoco puede usarse para fundamentar una prisión preventiva. Destacó el arraigo de su pupilo y, entre otros argumentos, señaló que no puede achacársele el accionar de su familia a él. Finalmente el Dr. López solicitó la libertad del detenido o la aplicación de un arresto domiciliario.

Para empezar… tres meses

La Juez Anabel Rodríguez examinó cada uno de los elementos planteados por las partes y, si bien consideró que la descripción del hecho no es totalmente clara sobre la conducta individual del imputado, sí es suficiente en esta etapa investigativa para habilitar la aplicación de una medida de coerción. La magistrada señaló que la Defensa no acreditó el arraigo del imputado, ni tampoco su falta de participación - o una participación diferente de la relatada por la Fiscalía - del imputado en los hechos. También indicó que en relación al entorpecimiento, la Fiscalía no precisó cuales son las medidas pendientes ni el modo en que estas podrían ser entorpecidas por el imputado. Sin embargo entendió que con el accionar que se acredita con lo recabado en el legajo Fiscal, se evidencia su intención de entorpecer un procedimiento de la prevención policial y, del mismo modo, la presencia de un claro riesgo de fuga.
El arresto domiciliario propuesto subsidiariamente por el Defensor fue descartado de plano, porque es una medida que se basa en la confianza en que el imputado se someterá al proceso y en este caso se evidencia lo contrario.
Finalmente la Juez resolvió imponer la prisión preventiva del detenido, por un plazo de tres meses, luego del cual se realizará una nueva audiencia para analizar si hubo modificaciones en la situación procesal. La detención se concretará en la Comisaría de Gualjaina ya que el imputado realizó algunos cuestionamientos sobre su situación en Esquel. La Juez consideró que esa dependencia policial del interior cuenta con condiciones de seguridad suficientes, además de disponibilidad de plazas.

Nuevas causas

HURTO:
Un menor de 14 años sustrajo un celular de un almacén en El Hoyo. La dueña se dio cuenta y avisó a la policía, indicándoles de quién se trataba. El personal policial dio con el chico y este le entregó voluntariamente el celular.
Por ser menor de edad fue entregado a sus padres en presencia del Servicio de Protección de Derechos.

TENTATIVA DE ROBO:
Un vecino de la zona tiene una casa desocupada y cerrada en el sector del puente Salamín, El Hoyo. Entre el domingo y el martes, autores ignorados forzaron la puerta a la altura de la cerradura, ingresaron y no pudieron llevarse nada porque la propiedad estaba vacía.


HURTO:
Un chico dejó su bicicleta en el patio de la Escuela Nº 109 del Paraje Entre Ríos, Lago Puelo, el viernes entre las 20 y las 22 hs. Al ir a buscarla esta ya no estaba en el lugar.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron el estereo de un vehículo que había quedado estacionado, con una de sus puertas sin traba.
Sucedió el lunes durante la madrugada en Lago Puelo.

lunes, 9 de marzo de 2009

Nuevas causas

ROBO AGRAVADO:
La propietaria de un restaurante en Trevelin, fue a abrir la puerta a los perros cuando aprovecharon para ingresar dos personas encapuchadas que le exigieron dinero, tomando un cuchillo del lugar para amenazarla. Ella les indicó el sitio donde tenía guardado el efectivo y luego de hacerse de una suma cercana a los $5 mil, la ataron con precintos. Después de esto tomaron el celular de la mujer y le preguntaron a quien quería que le avisen. Ella les dijo que a una empleada. Los sujetos se fueron dejándola sola en el lugar.
Tiempo después llamaron al teléfono de la empleada y no hablaron. Luego enviaron un mensaje de texto haciéndose pasar por la dueña del local e indicando que esta estaba descompuesta. La mujer mandó a la ambulancia y al llegar encontraron a la propietaria atada.
El hecho sucedió a las 3 hs. de esta madrugada aun se desconoce quienes fueron los autores.

LESIONES LEVES:
El empleado de una pizzería estaba juntando las mesas cuando un hombre, sin motivo aparente, le pega un codazo en la nariz y lo lesiona.
Sucedió en Lago Puelo el sábado a las 3:30 hs.

ROBO:
Autores ignorados violentaron una ventana posterior de una vivienda y sustrajeron un equipo de música, $100 en monedas y $800 en billetes, cuchillos y productos de limpieza entre otros elementos.
Sucedió entre las 21 del sábado y las 20 del domingo en Trevelin.

Enfrentamiento trágico


UN POLICÍA Y UN CIVIL MUERTOS EN CORCOVADO

El Fiscal Jefe, Dr. Eduardo Falco, brindó una conferencia de prensa para referirse a la actuación de Fiscalía en la causa abierta a partir de los trágicos episodios ocurridos el domingo al mediodía en proximidades de una vivienda de la localidad de Corcovado, cuando una comisión policial intentaba recapturar al evadido Cristian Omar Bustos.


El domingo, aproximadamente a las 13:30 hs., personal policial habilitado por una orden de allanamiento convalidada por un Juez penal, se dirigió a una vivienda de la localidad de Corcovado. Según la información que manejaban los uniformados, estaba allí Cristian Omar Bustos, alias Mai, el sujeto que se fugó de la comisaría de esa localidad hace casi dos años.
Según relató a la prensa el Fiscal Jefe de Esquel, Dr. Eduardo Falco, durante el procedimiento se produjo un enfrentamiento en el que hubo disparos de arma de fuego, producto de los cuales fallecieron dos personas. Uno de los fallecidos es un policía, Tito Roberts, el otro, un civil, Wilson Bustos. Otras tres personas resultaron heridas, un policía – internado en el Hospital Zonal de Esquel con heridas graves – y dos civiles (uno menor de edad) cuyas heridas no habrían puesto en peligro sus vidas.

Datos a verificar

Los detalles de cómo sucedieron los hechos deberán ser verificados por la investigación judicial ya en marcha. “Es cierto que nosotros tenemos una versión de los hechos, pero la investigación tiene que confirmar, verificar, estas circunstancias”, indicó Falco.
Una persona se encuentra detenida en Comisaría Primera – también miembro de la familia Bustos - y mañana se realizaría el control de la detención.

Secuestros varios

Luego de que cesaran los violentos hechos varias armas fueron secuestradas, las del personal policial y algún arma que habría sido empleada por los miembros de la familia Bustos. También se secuestraron cápsulas y proyectiles que no habían sido disparados.
Sin embargo, Cristian Bustos logró darse nuevamente a la fuga.

Antecedentes de Cristian Omar Bustos
EL HOMBRE QUE PRETENDÍA RECAPTURAR LA POLICÍA

El 21 de junio de 2007, la Cámara del Crimen de Esquel condenó a prisión perpetua a Cristian Omar Bustos por encontrarlo responsable de la muerte de su hijo, Eric Benjamín Bustos, un bebé de apenas 9 meses. Ese día el Tribunal, a pedido de la Fiscalía, dictó la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. La Defensa se había opuesto al señalar que su defendido siempre colaboró con la justicia. Poco mas de un mes después, Bustos se fugaba de la Comisaría de Corcovado, lugar en el que cumplía la medida.


Con los Dres. Cristina Jones y Víctor Sarquís, CRISTIAN OMAR BUSTOS, de sobrenombre "Mai", de veinticinco años de edad, nacido en Trelew, Chubut, el 9 de julio de 1981, domiciliado en Barrio Lahora de la localidad de Corcovado, fue condenado a cumplir la pena de PRISION PERPETUA e inhabilitación absoluta y a pagar las costas del juicio, como autor material y penalmente responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR EL VINCULO (Arts. 45 y 80 inc. 1º del C. Penal), cometido en la Localidad de Corcovado, Chubut, el día 3 de julio de 2005, en perjuicio de su hijo Eric Benjamín Bustos (arts. 12, 19 y 29 inc. 3º del Código Penal).

Los Magistrados compartieron entonces, la explicación del caso propuesta por la Fiscalía, tanto en el tipo de lesión que ocasionó la muerte de Eric, una lesión que solo puede ser dolosa, es decir con la intención de cometer el daño; que quedó suficientemente probado en el Juicio que el autor de la lesión fue el padre; y que a causa de ese vínculo, se trata de un Homicidio Calificado. Sin embargo ambos magistrados, no tuvieron por acreditada la presencia de Alevosía en el acto, como propuso la Fiscalía en la acusación.

La Dra. Cristina Jones, señaló en su voto una coincidencia con la Fiscalía a la hora de analizar quién fue el autor del homicidio. "Esta circunstancia de tiempo, unida a las conclusiones médicas sobre el mecanismo productor de la lesión y la escasa sobrevida atribuible a la misma, nos colocan frente a lo que el Sr. Fiscal atinadamente calificó como el enigma de la autoría, pues de inicio, nos enfrentamos a una hipótesis que no se alcanza a comprender, pues como también lo afirmara el Dr. Zacchino, resulta difícil entender, desde un punto de vista humano, que dicha muerte la haya producido dolosamente el mismo padre, reflexión que también realizó el Dr. Marsal, al dejar planteado el interrogante de porqué su pupilo iba a querer matar a su bebé. No obstante esta inicial dificultad para comprender y/o interpretar los hechos sometidos a juzgamiento, debo coincidir también con el Ministerio Fiscal, en que la cadena indiciaria que construyera sobre hechos debidamente probados en el juicio, despeja la perplejidad inicial y nos conduce con certeza hacia la atribución de autoría en cabeza del imputado."

En el momento en que ocurrió el crimen, es decir, en el momento en que Eric fue lesionado brutalmente, no había testigos. Este punto fue ponderado por ambos jueces. En su voto el Dr. Sarquís citó palabras de un prestigioso doctrinario el que sostiene que "no está demás enfatizar que para la mayoría de los autores clásicos y modernos, los indicios, cuando son varios y concordante, adquieren un peso probatorio de valor objetivo que merece mayor crédito aún que la prueba testimonial, pues ésta está sujeta a múltiples defectos: distorsión en el recuerdo del testigo, su subjetiva intelección de lo percibido y su posterior relato, la falsedad, el soborno al que es factible, que fuerzan a tomar con extrema precaución la valoración de este medio de prueba.- En cambio, reitero, como lo enuncia un antiguo axioma inglés 'los hechos no mienten' "

Conocido el fallo del Tribunal, la Fiscalía solicitó el dictado de la prisión preventiva del condenado, por entender que conociendo este la pena que le espera, la mas grave de la escala penal nacional, su juventud y su situación socio cultural, hacen difícil pensar que se someterá a la justicia. Dicho en otras palabras, ya entonces podía presumirse el riesgo de fuga.

El Defensor manifestó su oposición, entendiendo que se mantiene vigente el principio de inocencia hasta que la sentencia quede firme y que su representado nunca evadió el accionar judicial.

Finalmente el Tribunal resolvió la Prisión Preventiva de Bustos por considerar razonablemente fundado el pedido fiscal.

La fuga

Pasado algo mas de un mes, un domingo en horas de la tarde, se fugó de la Comisaría de la localidad de Corcovado CRISTIAN OMAR BUSTOS.
Su falta de la Comisaría donde estaba alojado fue detectada aproximadamente a las 20 hs., pero se calcula que la fuga se concretó en horas más tempranas.
Bustos había aserrado un barrote y fue este el espacio usado para darse a la fuga.

Cristian Omar Bustos tiene el sobrenombre Mai y tiene 27 años, nació en Trelew el 9 de Julio de 1981.

domingo, 8 de marzo de 2009

Nuevas causas

HOMICIDIO:
Un conmocionante episodio ocurrió este mediodía en Corcovado. Policía tuvo un dato sobre la presencia en la localidad de Bustos, el joven que se fugara de la comisaría de Corcovado luego de ser condenado a prisión perpetua al encontrárselo autor de homicidio calificado por el vínculo.
El prófugo habría ido a su casa para asistir al cumpleaños de su madre. La vivienda fue cercada por la policía y los ocupantes lo detectaron iniciando un intenso tiroteo. Producto de la balacera un policía perdió la vida, y otros dos resultaron heridos. También habría habido algún herido entre los agresores.
El fulminante ataque encarado por familiares habría permitido a Bustos escabullirse y evitar así su recaptura.
En este momento un equipo de la Fiscalía, encabezado por el Fiscal de turno, y personal de Criminalística se dirigen al lugar.
Cuando contemos con más precisiones las estaremos suministrando por este medio.


PRESUNTA TENTATIVA DE ROBO:
Una mujer mayor llamó a la policía informando que unos sujetos se habían metido en su propiedad. Al llegar los uniformados encontraron a dos jóvenes con el torso descubierto y en estado de ebriedad, en el techo de la vivienda.
Sucedió el sábado a las 10 hs. Los sujetos permanecieron detenidos hasta la realización de la audiencia de control de la detención por la tarde. El episodio fue algo confuso y aun no se cuenta con elementos que permitan evidenciar la intención de los dos intrusos.

HURTO:
Un matrimonio de turistas realizó algunas compras en un mercado de la localidad de Lago Puelo. El marido le dejó la billetera a su mujer sobre el mostrador para que esta pague. La mujer no la agarró en ese momento y un oportunista la sustrajo.
Sucedió el viernes a las 15 hs.

LESIONES LEVES:
Un joven denunció que otro lo golpeó, aparentemente porque se habría molestado por una mirada “indiscreta” –del golpeado– a la novia –del que golpeó-. Ocurrió el sábado a las 4:30 hs. en el Casino del Servicio Penitenciario Federal, Esquel.

HOMICIDIO CULPOSO:
Hoy, domingo, a las 6 hs. un vehículo que circularía a alta velocidad, pasó de largo en una curva en El Hoyo. Viajaban el conductor y dos acompañantes, oriundos de El Maitén. Uno de los acompañantes falleció. Se encuentra asistiendo a las víctimas el SAVD (Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito)

LESIONES:
Una feroz golpiza fue propinada esta madrugada a un joven, por un grupo de unas quince personas. El lesionado se encontraría en grave estado de salud y por esta causa debió ser trasladado desde el HZE hacia Comodoro Rivadavia.
Ocurrió esta madrugada a la salida de un local nocturno en la calle Chacabuco entre Roca y Belgrano, Esquel.

sábado, 7 de marzo de 2009

Nuevas causas

TENTATIVA DE ROBO:
Un joven con su rostro encapuchado, interceptó el propietario de una vivienda cuando sacaba su vehículo, apuntándolo con un arma de fuego.
El damnificado se dio cuenta de que se trataba de un arma de juguete y forcejeó con el asaltante. Finalmente este último se dio a la fuga, perdiendo el arma en su escape.
Sucedió el viernes a las 8 hs. en la puerta de una vivienda ubicada en 9 de Julio al 300.

HURTO:
Autores ignorados ingresaron a un vehículo que había quedado abierto, documentación del auto, documentación personal, tarjetas de crédito y una suma aproximada a los $400.
Ocurrió el jueves en el Barrio Ceferino.

ROBO:
Entre el miércoles y el viernes, autores ignorados rompieron un vidrio e ingresaron a una vivienda en la que estaban ausentes sus moradores. Sustrajeron un DVD, una amoladora y un taladro Black & Decker, una licuadora y una procesadora.
Ocurrió en Chacabuco al 1200, Esquel.

CUATRO DETENIDOS PARA CONTROL DE DETENCIÓN EN TRES HECHOS
El primero de ellos sucedió en El Maitén cuando la policía, en sus rondas de patrullaje, vio a cinco chicos arrojando piedras contra las luminarias de la plaza. Tres lograron fugarse, mientras que los uniformados aprehendieron a los otros dos. Uno de ellos, menor de edad fue entregado a sus padres, el otro quedó detenido y esta tarde se realizará la audiencia de control de la detención en Esquel.

El segundo de los hechos también sucedió en El Maitén. Un vecino llamó a la policía para avisar que escuchó el ruido de la rotura de un vidrio. Inmediatamente llegó la policía y encontró a un joven dentro de la vivienda, que había roto un vidrio para ingresar. Según este sostuvo lo estaban persiguiendo e ingresó para refugiarse.

En la ciudad de Esquel otras dos personas resultaron detenidas esta madrugada, cuando a las 6:30 hs. la policía patrullaba por calle Roca al 600. Allí observó a dos jóvenes que tiraban piedras contra la vidriera de un comercio y sustraían prendas de vestir. Al verse sorprendidos por los uniformados se dieron a la fuga dejando lo robado sobre la acera.
En relación a todos estos hechos se realizarán esta tarde (sábado) tres audiencias de Control de la detención y formalización de la investigación.

viernes, 6 de marzo de 2009

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados ingresaron, aparentemente por una ventana, a la boletería de la estación del Ferrocarril en El Maitén y sustrajeron dos Mouse ópticos y un teclado.
Sucedió entre la tarde del martes y la mañana del jueves.

DAÑO:
El jueves a las 13:50 hs., un vecino del Barrio Agua Potable, El Maitén, denunció que personas no identificadas estaban arrojando piedras contra el techo de su vivienda, produciendo algunos daños.


ROBO:
Autores ignorados subieron una escalera, rompieron el nylon de la ventana, ingresaron a una vivienda y sustrajeron US$ 1.500.
Sucedió entre el miércoles entre las 18:30 y las 19:30 hs. en El Hoyo.

jueves, 5 de marzo de 2009

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados rompieron una ventana, ingresaron y sustrajeron una caja de telgopor con herramientas varias, una caja chica con cebos de pesca, un tensiómetro Cítizen y un TV 29 pulgadas Sanyo.
Sucedió entre el miércoles entre las 17:30 y las 21:30 hs. en una vivienda de Cerro Radal.


DAÑO:
Autores ignorados rompieron la vidriera de un comercio ubicado en San Martín al 1.000, Esquel.


VIOLACIÓN DE DOMICILIO Y DAÑO:
Autores ignorados forzaron la puerta de ingreso a una casa deshabitada en una chacra, desordenaron, rompieron el pilar de luz y los cables, pero no se llevaron nada.
Sucedió en una chacra de Buenos Aires Chico.

TENTATIVA DE HURTO:
Dos mujeres intentaron sustraer diversas mercaderías de un local comercial ubicado en Roca y 9 de Julio, Esquel. Fueron detectadas por el personal policial y entregadas a la policía. Sucedió el miércoles a las 12:15 hs., ambas fueron aprehendidas y a las 17 hs. se realizó el control de la detención.
En la audiencia, una de las mujeres denunció haber sido golpeada en la Comisaría. Según lo manifestado en la audiencia se habría resistido a la requisa personal, arremetiendo contra el personal policial, producto de lo cual la policía la habría golpeado.
Estas versiones que en principio podrían encuadrarse en los delitos de Resistencia a la autoridad y Vejaciones, serán tratadas en una audiencia fijada para este mediodía (12 hs. Sala I)
En relación a la tentativa de Robo, se impuso a ambas imputadas la obligación de fijar domicilio y presentarse semanalmente en la Oficina Judicial durante el trámite de la causa.


miércoles, 4 de marzo de 2009

Estafas en la compra de automóviles


LA FISCALÍA PIDIÓ QUE SE DECLARE RESPONSABLE A MILIAM

Se trata de la persona acusada de estafar con la entrega de cheques sin fondos a dos particulares a los que compró sus vehículos en abril y mayo de 2007. El Fiscal sostuvo que se trató de un ardid claramente dirigido a estafar a las víctimas. Para Rivarola se trata de una modalidad habitual de estafa que ya no funciona en las ciudades mas populosas y por esa causa se busca nuevas víctimas en lugares mas chicos, donde la modalidad no es tan conocida. El Defensor solicitó la absolución de su representado, negó que hubiera entregado uno de los dos cheques, sostuvo que el otro se lo entregaron a él y señaló que las víctimas debieron ser más prudentes. El Juez, Jorge Eyo leerá la sentencia el martes próximo a las 13:05 hs.


El primero de los hechos ocurrió el 13 de abril del año 2007, alrededor de las 19 hs. Hugo Fernando Miliam se había mostrado interesando en comprar un VW Senda modelo ’92. Acordó con el propietario de vehículo un precio, 11 mil pesos, dio un domicilio falso de Gobernador Costa y pagó $3 mil en efectivo y el resto, 8 mil pesos, con un cheque de pago diferido, correspondiente al Banco Río con fecha de pago 25 de abril de 2007. El estafador dijo en aquella oportunidad que había recibido ese cheque porque trabajaba para una empresa en Río Pico. Estos datos también eran falsos, según el Fiscal, él sabía que el cheque no podía ser cobrado. Cuando el vendedor se presentó a cobrar el cheque el 25 de abril, se lo rechazaron por código postal erróneo, pero luego se estableció que ese cheque había sido robado durante los años 2001 y 2002 a una persona en Trenque Lauquen (Bs. As.).El segundo hecho también ocurrió en Esquel, el 4 de mayo de 2007. El imputado dijo entonces que era oriundo de Comodoro Rivadavia pero vivía en Gobernador Costa - datos falsos- y se mostró interesado en comprar un Peugeot 504 que tenía cartel de venta en una de sus ventanillas. Al otro día concretó la compra. El precio se pactó en $7.800, de los cuales pagó 7 mil con un cheque de pago diferido del Citybank, que también – según la Fiscalía- sabía que nunca iba a poder ser cobrado. La fecha de pago del cheque estaba fijada para el 20 de mayo de ese año. El resto del importe de la compra lo abonó en efectivo ($800). Cuando el vendedor presentó el cheque para cobrarlo, se lo rechazaron por falta de fondos, comprobándose que la cuenta corriente estaba cerrada desde 2004.

Una modalidad de estafa conocida

Si bien no se conocen otras estafas de este tipo en la ciudad de Esquel, en el juicio se conoció que existe un corredor que va desde Bahía Blanca hasta Puerto Madryn donde se compran y venden vehículos usados mediante el uso de cheques incobrables. Los estafadores buscan vendedores que reúnan ciertas características que los conviertan en víctimas potenciales. Como la modalidad se está haciendo conocida en esos lugares, los estafadores comienzan a buscar vendedores “ingenuos” en ciudades más chicas.
El Fiscal, Fernando Rivarola, comparó este tipo de estafa con otras modalidades que luego de agotarse en las grandes ciudades, hicieron su llegada a Esquel. Se refirió a las estafas telefónicas, conocidas como secuestros virtuales, en las que detenidos en Unidades Penitenciarias engañan con sus llamados telefónicos a personas que pagan con las claves de tarjetas de recarga. También en estos casos es difícil imaginar como las víctimas creen lo que se les dice y están dispuestas a prestarse al engaño y pagar. El otro caso citado por Rivarola, es el de las estafas en el cobro de cheques judiciales robados, tal como se dio hace pocos años en Esquel con un cheque del Banco del Chubut por mas de $200 mil.

Características de las estafas

En su análisis de estos casos el Fiscal destacó algunos elementos que son típicos de esta modalidad y que habrían sido empleados por Miliam. Para empezar Rivarola indicó que estas operaciones se pudieron concretar en base a la confianza inspirada por el comprador y la seguridad jurídica que otorga un cheque. En este caso los cheques pertenecían a cuentas corrientes cerradas en el año 2004, tres años antes de la operación en la que se los usó. Los compradores denunciaron luego de intentar cobrar los cheques, de que se los rebotaran y de resultarles imposible comunicarse con el imputado a través del número telefónico que les había suministrado.
Si bien les mostró su documento de identidad, el domicilio que les dio era falso y también era falso que Miliam estaba empleado por la empresa que estaba realizando trabajos viales en Gobernador Costa. A uno de sus compradores le había dicho que la empresa le pagó con el cheque que le entregaba en ese momento.
Los días en los que se realizaron las operaciones son típicos de estas estafas ya que no hay bancos para poder corroborar la cobrabilidad del instrumento de pago. Fiscalías de ciudades mas grandes hay dado a conocer alertas, indicando a la población que no realice operaciones de compraventa de vehículos entre particulares los viernes o sábados. Estas dos operaciones que se investigan en el juicio, se hicieron viernes y sábado y lo mismo ocurrió con otra operación por la que también se investiga a Miliam en jurisdicción de Río Negro.

Cheques fuera de circulación

El formato de los cheques usados por el imputado ya habían salido de circulación, reemplazados por otro formato, para la fecha en la que se los usó. Uno de los testigos, una persona que trabaja con varios bancos, sostuvo que si le presentaban ese instrumento habría sabido inmediatamente que se trata de una estafa, justamente porque su formato no estaba vigente. Rivarola indicó que esto evidencia la falta de experiencia de las víctimas, desconocedoras de esto y también de las previsiones que deben tomarse ante operaciones de este tipo.

Para el defensor no hubo ardid

El Dr. José Colabelli, Defensor de Miliam, sostuvo la inocencia de su representado. Desconoció que haya pagado con un cheque a la primera de las víctimas, ya que en el contrato de compraventa no se especifica que parte del pago no se hubiera realizado en efectivo; y explicó que el otro cheque Miliam lo recibió como pago por un vehículo que había vendido.
Respecto del engaño, el letrado indicó que debe ser suficiente y proporcional para los fines propuestos y en estos casos no lo fue. Para él, esa idoneidad del engaño no estuvo debidamente acreditada. “No hubo en ninguno de estos dos supuestos al acción de engañar por parte del señor Miliam, tampoco se le puede atribuir que la entrega del cheque haya sido el elemento para acreditar crédito o confianza suficiente para producir en los denunciantes el error que alegan”, indicó. El letrado sostuvo que la disposición patrimonial fue realizada por las dos víctimas, en virtud de los pagos que estaban realizando, por el precio de los rodado “y porque era un pingüe negocio”.
Para el Defensor no hubo daño patrimonial ya que, en el primero de los hechos desconoce que parte del importe se haya pagado con un cheque y en el segundo el vehículo está secuestrado y aun se halla registrado a nombre del damnificado con lo cual solo debe reclamarlo, y en tal caso tiene en su provecho el dinero que le había entregado Miliam en efectivo.
“Acá hubo negligencia de las víctimas en controlar la operación jurídica que estaban realizando”, sostuvo Colabelli al pedir la libre absolución de su cliente.