martes, 15 de septiembre de 2009

Vejaciones calificadas y falsedad ideológica

CUATRO POLICÍAS FUERON DECLARADOS CULPABLES

Juan Sandro Montecino, José Luis Morales, Gustavo Daniel Llancaman y Franco Simón Cárcamo fueron declarados autores responsables de los delitos de Vejaciones agravadas por el uso de violencia física y amenazas. Montecino fue encontrado culpable también del delito de Falsedad ideológica, en tanto que José Omar Pailacura resultó absuelto, tal como lo había solicitado la Fiscalía. La Oficina Judicial deberá fijar fecha para el juicio sobre la pena a aplicar.


El extenso fallo fue dado a conocer al público este martes a partir de las 13 hs. en la sala del segundo piso de los Tribunales de Esquel, aunque sin la presencia de los imputados que estuvieron representados por sus abogados defensores. Los Dres. Jorge Criado, Anabel Rodríguez y Ricardo Rolón votaron unánimemente de acuerdo al pedido realizado en su alegato por el Fiscal Martín Zacchino.

La resistencia


Los magistrados entendieron que se logró probar la acusación formulada por la Fiscalía y en el mismo sentido señalaron que no se acreditaron circunstancias narradas por los policías imputados. Tanto en el acta labrada al momento de su intervención y en la comunicación telefónica con el Fiscal de turno la madrugada del hecho, como en su declaración en el juicio en su contra, los uniformados sostuvieron que las aquí víctima, pero en el momento del hecho eran sospechosos (mas tarde condenados) por otro hecho de violencia, habían opuesto resistencia y debieron ser reducidos. Según esas versiones uno de los detenidos se había caído sobre el ripio y eso es lo que le había lesionado el rostro. Sin embargo esta versión no respondía a las explicaciones que los profesionales médicos y medico forenses propusieron para esas lesiones. Tampoco se correspondió con los dichos de los numerosos testigos.

El escarmiento


Jorge Criado sostuvo en su voto que “en relación a los coimputados Montecino, Morales, Llancamán y Cárcamo, encuentro que el acuerdo o propósito común resulta haberse determinado a darle un escarmiento a los foráneos que habrían acometido contra Huincaleo, al punto de imponerle mediante acciones físicas y amenazas que se fueran del lugar y no regresaran, con el expreso fin de mortificarlos, violando lisa y llanamente sus derechos.”
El magistrado señaló que existieron tratos humillantes en relación a los detenidos “entiendo que tales actos humillantes existieron en las conductas de los imputados, en tanto que el uso de la fuerza resulto claramente excesiva, tornando ilegítimo el procedimiento posterior al aplicar violencias contra detenidos que no se resistían y, más aún, una vez esposados difícilmente pudieran resistir siquiera con maniobras defensivas. Tal accionar además de mortificante y humillante para el sujeto pasivo, se constituye en un acto cobarde que no puede ser tolerado ni representa la digna labor que a la fuerza policial se le encomienda en el estado de derecho.”

Vejaciones

El Dr. Ricardo Rolón explicó el concepto de vejaciones y sentenció que en este caso sin lugar a dudas las hubo. “El significado etimológico de la voz vejación, denota todo trato denigratorio o humillante, hecho con el propósito de mortificar o aumentar el sufrimiento de los destinatarios, acciones materiales que, como vimos al fijar la plataforma fáctica, fueron cumplidos en la especie, consistentes en trato violento innecesario, de tal magnitud que los golpes sufridos dejaron sus improntas en el cuerpo de los detenidos. Asimismo padecieron agresiones verbales, mediante insultos y amenazas, encaminadas a producir su humillación o denigración, a mortificarla moralmente, atacando su sentimiento de dignidad o de respeto que merecen como tal y con el que esperaban ser tratadas.”

Falseó

Los jueces entendieron que el contenido del acta policial cuestionada es falso y por lo tanto quien la redactó, Montecino, es responsable del delito de falsedad ideológica. La Dra. Rodríguez rechazó el argumento del defensor, José Colabelli, en el que el letrado pretendía asimilar este acto al derecho constitucional de no declarar en contra de sí mismo. “En el caso del acta confeccionada por Montecino en su calidad de funcionario público, no nos encontramos en la órbita del proceso sino que su accionar debe ser analizado a la luz de la teoría del delito por cuanto al momento de realizarla no revista la calidad de imputado aún, no se encontraba obligado a declarar por un hecho que le era imputado”, recalcó la magistrada.

Justicia participativa


FISCALES Y CONCEJALES PROYECTAN ACCIONES CONJUNTAS

En la misma línea de los encuentros mantenidos el Intendente y representantes del Ejecutivo municipal, y antes con las Asociaciones vecinales, en esta oportunidad los Fiscales convocaron a todos los miembros del Honorable Concejo Deliberante de Esquel para discutir aspectos de la participación ciudadana en el sistema de justicia. Se analizaron formas viables de incrementar la resolución de conflictos penales y se decidió la realización de un nuevo encuentro en octubre al que unos y otros se comprometieron a llevar propuestas concretas para analizar la factibilidad de su implementación.


Para la Fiscalía este encuentro se enmarca en el desarrollo de su proyecto de Justicia Participativa, mediante el cual se realizan diferentes acciones tendientes a promover la participación ciudadana en la administración de justicia penal.

Participación ciudadana

En diálogo con la prensa el Fiscal Martín Zacchino, a cargo de la jefatura del Ministerio Público local, indicó que la Institución se interesó en conocer las inquietudes que fueron expuestas a los ediles por un grupo de vecinos, en torno de la problemática de inseguridad. Zacchino indicó que en la reunión se vertieron ideas tendientes algunas a brindar respuestas concretas a las inquietudes sociales y otras relativas a trabajar en la formación y concientización de la comunidad respecto del trabajo de la Fiscalía y de las formas en que esa misma comunidad puede colaborar para que se logre resolver de modo efectivo en materia penal, los hechos delictivos que se producen.

Obligados

Tomada la decisión de concretar lo hablado en propuestas claras y plausibles, se decidió fijar una nueva fecha de reunión para la primera semana de octubre para evaluar en conjunto la viabilidad de lo proyectado y activar su implementación.
Zacchino sostuvo que si bien estos encuentros resultan una recarga de tareas para los Fiscales que tienen otro tipo de funciones, se sienten obligados a llevarlas a cabo ya que consideran que la Fiscalía tiene mucho para aportar.

Temas varios

Violencia juvenil, delitos contra la propiedad, delincuentes menores de edad, excarcelaciones, resoluciones judiciales, funciones de la Fiscalía, acompañamiento de la víctima, conciencia ciudadana y participación como testigos, fueron algunos de los temas abordados. El Presidente del Concejo Deliberante, Héctor Trotta, resaltó como valioso el encuentro, “creo que la reunión de hoy viene a poner el cimiento de un trabajo que esperemos que se prolongue en el tiempo y nos permita alcanzar algunos objetivos concretos que generalmente se trataron en la reunión de hoy”.
El concejal resaltó la importancia de dar a conocer a la comunidad cuales son los pasos que debe seguir la justicia para su accionar. “No creo que el objetivo de la reunión en el día de hoy fuera que construyéramos juicios de valor, sino darle una participación más activa a un Poder del Estado que en general (no la ha tenido) creemos que es la primera vez que se produce una reunión de estas características y me parece que es una buena señal para la comunidad que las autoridades, en este caso de dos Poderes del Estado -y como acordamos para la próxima sumar a otro de los Poderes del Estado que tiene que estar presente- poder empezar a ocuparnos de manera activa y concreta de la resolución de algunos problemas, pero con una condición básica que es la participación de la comunidad que está involucrada”, indicó Trotta.

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados rompieron dos vidrios, ingresaron a una vivienda y se apoderaron de un equipo base de comunicaciones, tres moscas para pesca, reflectores y una radio chica. Sucedió en el Parque Nacional Lago Puelo en el transcurso de las dos primeras semanas de septiembre.

Lesiones graves


POR SU ACTITUD QUEDÓ LIBRE

El domingo a la madrugada, en el marco de una discusión un joven hirió con un disparo a su primo. El mismo informó lo sucedido y se entregó a la justicia. Por su actitud, arraigo y falta de antecedentes recuperó la libertad un día después y permanecerá en esa condición durante todo el proceso a menos que intente en algún momento obstaculizar la investigación.


El domingo a la madrugada un joven discutió con su primo en el exterior de una vivienda en la que estaba reunido con un grupo de personas. El tono de los entredichos subió, hasta que este tomó un rifle calibre 22, que llevaba consigo, y lo disparó hiriendo a su primo en el estómago.
El agresor, arma en mano, fue a la Comisaría a informar lo que había sucedido y ponerse a disposición de la justicia. Quedó detenido desde ese momento, el lunes fue trasladado a Esquel y pasado el mediodía se realizó la audiencia en la que se le informó el estado de la investigación que sigue la Fiscalía en su contra.
La Dra. Fernanda Révori le imputó los delitos de portación de arma de fuego y lesiones graves.

Sin peligros a la vista

El imputado mostró todo el tiempo una actitud de colaboración, cada uno de los datos que aportó fueron constatados, esto fue tomado en cuenta por la Fiscalía para considerar que su situación se aparta notablemente de otros imputados por delitos similares.
La norma procesal establece que mientras no exista una sentencia firme, las personas investigadas por haber cometido un delito deben permanecer en libertad y esto solo puede variar si existiera peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación. En este caso en particular, nada permite inferir alguno de esos riesgos procesales.

Compromiso

Pese a esto la Funcionaria de Fiscalía sostuvo que por tratarse de familiares, no solo la víctima y el victimario, sino también los testigos del hecho, y ya que viven todos muy cerca en una comunidad muy chica, es factible que exista algún riesgo para la investigación. Con ese fundamento solicitó la prohibición de acercamiento a la víctima y los testigos.
Con la oposición de la Defensa representada por la Dar. Valeria Ponce, la Juez Anabel Rodríguez, consideró que, una vez más, la actitud del imputado no evidencia peligro de entorpecimiento y por lo tanto no puede imponerle una medida de coerción. Sin embargo solicitó su compromiso de no contactarse con ninguna de las personas indicadas por la Fiscalía, si el joven incumpliera ese compromiso podría restringirse su libertad.