jueves, 21 de febrero de 2013

Robo a la Panificadora



DOS IMPUTADOS REGRESARON A LA COMISARÍA

Se decidió en una audiencia realizada el jueves a pedido de la Fiscalía. María Bottini presentó informes que dan cuenta de diversos incumplimientos de la prisión domiciliaria que se había impuesto a los imputados. Los dos defensores particulares se opusieron al pedido alegando que los informes policiales son insuficientes y que a esta altura del proceso es desmedido mantener la medida de coerción. El juez Allende consideró que el pedido fiscal estuvo bien fundamentado, que siguen los riesgos procesales y que no es posible aplicar una medida que dependa del compromiso personal de los imputados ya que se demostró que no cumplen. A pedido de las defensas el viernes tendrá lugar una audiencia de revisión.

Uno de los imputados fue aprehendido el pasado fin de semana circulando en un vehículo y llevando consigo drogas (aparentemente cannabis sativa), por lo que la justicia federal inició actuaciones. En esa oportunidad fue llevado a audiencia de control de la detención en relación al delito de desobediencia, ya que una disposición judicial anterior había decretado su arresto domiciliario. El juez interviniente planteó que él solo podría atender lo relativo al control de la detención ya que todo lo relativo a la investigación en la que se le fijó la medida debiera tratarlo el juez de esa carpeta. También José Colabelli recordó que él se excusó de intervenir en relación a ese hecho por estar ligado en íntima amistad con el damnificado. En aquella audiencia la funcionaria de Fiscalía de turno, la Dra. Maribel Delgado, llevó a cabo solo el control de la detención.
Con este antecedente y luego de obtener los informes solicitados a policía, la Fiscalía pidió una audiencia vinculada a la investigación principal, el robo a la Panificadora Esquel. Luego de detallar los informes obtenidos, la Dra. María Bottini solicitó al juez que revoque la prisión domiciliaria tal como se prevé para los casos de incumplimiento.

Los abogados defensores se opusieron a este pedido. Primero lo hizo Hugo Cancino sosteniendo que en relación a su defendido solo existe un informe policial que en definitiva da cuenta de la insuficiencia del personal que en lugar de aprehenderlo cuando incumple, tal como los obliga la ley, solo presentan un informe escrito.
Por su parte Horacio Hernández insistió en el tiempo transcurrido, en las demoras más allá de los plazos legales para la fijación del juicio y en la afectación que para su defendido tiene que esta etapa se prolongue por tanto tiempo. También interpretó que lo resuelto en la audiencia del sábado cerraba por completo la discusión sobre el episodio en que el joven fuera aprehendido en un vehículo fuera de su casa. Para el letrado esa cuestión no puede volver a valorarse ya que se cerró con un apercibimiento dado por el juez.

Javier Allende explicó que la audiencia del fin de semana fue solo un control de detención y que en ella el juez no trató la desobediencia. También valoró como ciertos y suficientes los elementos aportados por la Fiscalía en relación al incumplimiento. Analizó el sentido de las medidas de coerción y destacó que la medida antes impuesta implicaba confiar en el cumplimiento de ella por parte de los imputados, sin embargo los informes dan cuenta de que no son confiables y no sería viable ninguna combinación de medidas alternativas. Por estos motivo dispuso la prisión preventiva en Comisaría.
Ambos defensores solicitaron que se fije una audiencia de revisión con otros dos jueces.