jueves, 23 de mayo de 2013

Banco de El Maitén

LA PARTICIPACIÓN DE AMPUERO VOLVERÁ A ANALIZARSE



Mientras el resto de la banda que perpetró el resonado robo de dinero del Banco de la provincia en El Maitén, está en el tramo final de la pena que le fue impuesta, César Gustavo Ampuero deberá insistir ante una nueva conformación de la Cámara Penal con sus argumentos para ser absuelto. El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia de la Cámara Penal que lo absolviera luego de la condena que había recibido en primera instancia.

El fiscal Fernando Rivarola informó a la prensa que el 10 de mayo la Sala Penal del STJ revocó la sentencia de Cámara haciendo lugar al recurso presentado por la fiscalía. Aquella sentencia había revocado el fallo de primera instancia y dispuesto la inmediata libertad de Ampuero. La nueva  decisión retrotrae el proceso a su etapa anterior, vuelve a cobrar valor el fallo de primera instancia y debe reanudarse el proceso desde esa etapa conformándose una nueva Cámara y fijando nueva audiencia para tratar el recurso ordinario del imputado.
Ampuero se había evadido de la justicia en dos oportunidades, al comienzo de la investigación permaneció prófugo un largo tiempo, luego fue capturado en Chile, más tarde se fugó de las autoridades chilenas y fue recapturado en un hecho violento en Argentina. A partir de allí siempre estuvo con prisión preventiva por riesgo de fuga hasta que recuperó la libertad con la decisión de la Cámara en 2010. Desde entonces estuvo en libertad, ahora se intentará localizarlo para la continuidad del proceso.
El 19 de diciembre de 2008 Ampuero fue condenado a 14 años de prisión por un robo cometido con violencia, con privación ilegal de la libertad, con personas mayores y menores, "uno de los hechos con más violencia que hemos tenido en la circunscripción", sostuvo Rivarola.
Indicó además, que la decisión del Superior Tribunal se basó en que hubo arbitrariedad de la Cámara que invadió jurisdicción del Tribunal de juicio, la Cámara no puede valorar la prueba como si fuera un primer tribunal porque no lo es.

El Estado es uno solo



Lo dijo el Fiscal Jefe de Esquel al ser consultado por la prensa sobre los
dichos del gobernador Martín Buzzi que criticara la labor de jueces y fiscales. Zacchino dijo desconocer la finalidad con la que se vuelve a arremeter contra el Poder Judicial y señaló que los dichos del gobernador fueron impropios, desafortunados y poco constructivos.
 

En su paso por la zona cordillerana el gobernador de la provincia Martín Buzzi destacó la labor policial en la persecución de hechos delictivos de relevancia. En esta línea hizo referencia a lo que consideró falencias del poder judicial indicando que jueces y fiscales trabajan en hora de oficina y por teléfono.
Zacchino sostuvo que conociendo la estructura del Ministerio Público Fiscal, el empeño y esfuerzo que pone a diario el Procurador General al frente de la Procuración General y de la institución en su conjunto, "decir alegremente que los fiscales deben respetar horarios" cuando en muchos casos trabajan hasta avanzada la noche, " o decir que somos fiscales de escritorio" cuando los vehículos oficiales suman cantidad de kilómetros a la semana por tareas que se realizan en todas las localidades y parajes de la circunscripción, "me parece lisa y llanamente desinformar al pueblo".
En esta línea el fiscal se refirió a la necesidad de un control efectivo por parte de la ciudadanía sobre los actos de los Poderes del Estado, e indicó que en nuestra provincia existen mecanismos avanzados para efectivizar dicho control, con participación popular. "Nadie debe hacerse el distraído, tampoco el Poder Ejecutivo, respecto del problema de la inseguridad, respecto del problema vinculado a la atención de los casos. Por supuesto el MPF debe hacerse cargo y hacer una introspección crítica de su labor, que seguramente en un montón de los casos puede ser mejorable, pero de ninguna manera esto es hacernos totalmente cargo de las falencias del Estado", en relación a las responsabilidades propias de los demás poderes.
"Si nuestro poder ejecutivo detectan alguna falencia grave que deba ser corregida tienen la obligación de activar los mecanismos que nuestra propia institucionalidad nos obliga, para resolverlos. No declamarlos en una forma poco feliz, solamente en los medios de comunicación", finalizó.

Robo a la Panificadora Esquel



CULPABLES


Fue unánime el voto del Tribunal al resolver que los cuatro imputados por el robo a la Panificadora Esquel son responsables de las conductas que les atribuyó la Fiscalía. La sentencia fue leída por Carina Estefanía y Nelly García. El tercer juez, Alejandro Rosales, envió su voto desde Sarmiento. El 7 de junio a las 9 hs. se realizará el debate por la pena.

La lectura comenzó pasadas las 8 hs y se prolongó hasta las 11 hs, como estaba previsto. Los magistrados reconstruyeron lo sucedido el 5 de febrero de 2012 en la Panificadora y se refirieron a la afectación psicofísica que ese suceso generó en la víctima, antes de adentrarse en el análisis relativo a cada uno de los imputados.
También analizaron cuidadosamente los planteos de las defensas y los rechazaron. En primer lugar se refirieron a los cuestionamientos de Horacio Hernández respecto de los videos de las cámaras de seguridad, su obtención, su preservación y la respectiva cadena de custodia. Los magistrados entendieron que los planteos fueron inconsistentes, infundados e incompatibles con la actividad del defensor a lo largo del juicio.
También descartaron que existiera una "causa armada por la policía". Este planteo fue propuesto por Hernández y Esther Cárdenas, seguido en menor medida por Juan Zapata y descartado por Hugo Cancino. Los jueces explicaron por qué no puede sostenerse un planteo de tal naturaleza a la luz de las evidencias presentadas en el debate.
La Dra. Carina Estefanía realizó un pormenorizado análisis relativo al peso relevante de los indicios cuando se encuentran concatenados y pueden contrastarse con la impresión directa que produce la declaración de cada testigo, de los imputados y el accionar de las partes. Explicó por qué es esperable que en hechos de esta naturaleza en los que quienes intervienen no son delincuentes primarios, sea más difícil hacerse de prueba directa que resulte incriminante.

Silvana del Carmen Rodríguez fue encontrada partícipe necesaria para la comisión del delito. Esta mujer que por aquel entonces mantenía una relación sentimental con Roberto Alegre, sería la que brindó información clave, como la fecha ideal para encontrar una fuerte suma de dinero en esa oficina, el lugar en que estaban ubicadas las cámaras de seguridad y las costumbres del propietario, entre otros datos. Su declaración fue valorada como ingenua, no solo porque no resultó efectiva como respuesta para los cargos en su contra, sino que incluso evidenció aspectos que no le resultarían favorables, como su intento de ensuciar el honor de la víctima y de otras personas intervinientes en el proceso.
Ni el lugar donde le fuera encontrado dinero, ni la denominación de los billetes, ni el modo en que estaban presentados resultaron compatibles con su versión de que se trataría de ahorros personales. Tampoco resultó creíble que el sobre gris encontrado en su casa hubiera sido descargado por la Panificadora y rescatado por ella para alguna utilidad personal. Todas sus explicaciones fueron calificadas de "pueriles e inverosímiles".
Roberto Alegre fue identificado como la persona que portaba el arma de fuego y que gatillara dentro de la boca de del damnificado, además de haberle proferido un insulto que se interpretó como una reacción motivada por su relación con la imputada.
Jonathan Llanquitrú era el único que no tenía capucha sino un gorro. El damnificado lo identificó sin dudas en el juicio. Fue al único que identificó, el único que recuerda claramente, el que lo encaró cuando salía de la panadería. Si bien el valor de este reconocimiento no es el mismo que hubiera tenido en un reconocimiento en rueda, los jueces interpretaron que no puede ser obviado, sino que aporta un indicio más que de hecho se ajusta al resto de la evidencia que luego se colectara durante el juicio.
Respecto de Raúl A. Payalef tampoco tuvieron dudas y su declaración también resultó poco creíble. La coartada no resiste un análisis de lógica común. Por otra parte aparece fuertemente vinculado a Alegre y Llanquetrú, incluso en la realización de tareas de inteligencia previas. En su caso, como en el de Llanquetrú, se encontró alta compatibilidad en el análisis comparativo de rostro con los registros de las cámaras de seguridad.
Alegre, Payalef y Llanquetrú fueron declarados autores responsables del delito de robo con arma, en tanto que Rodríguez lo fue como partícipe necesaria en el mismo delito. El 7 de junio la discusión de las partes se centrará en la pena, partiendo de un piso de 5 años de prisión, por lo que en todos los casos deberá ser de cumplimiento efectivo.
Martín Zacchino fue consultado por los periodistas sobre la falta de lugares de alojamiento para mujeres en los centros de detención locales. El fiscal indicó que ese aspecto es de resorte exclusivo del Poder Ejecutivo. La justicia cumple en dictar una sentencia en base a una responsabilidad criminal probada, contar con el lugar para que esta se efectivice corresponde al poder político.