lunes, 30 de septiembre de 2013

Robo seguido de incendio



SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN


Se hicieron dos audiencias, una seguida de la otra, debido a que uno de los dos imputados llegó tarde a la convocatoria. Se los investiga por el robo e incendio producido el 19 de septiembre de una perfumería ubicada en el centro de Esquel. El juez les indicó a ambos que no se vinculen con el damnificado ni con el domicilio de este.

Eran aproximadamente las 5:30 hs. del jueves 19 de septiembre, cuando dos sujetos rompieron el vidrio de la puerta de ingreso de un local comercial ubicado en Rivadavia al 900, se apoderaron de mercadería y luego provocaron un incendio con al combustible que habían llevado en un bidón de lavandina. Las llamas consumieron todo lo que había en el local y pusieron en riesgo los locales adyacentes.
El hecho fue calificado por la Fiscalía como robo con efracción en concurso real con incendio intencional.

Carlos Richeri fue el funcionario que comunicó la apertura de la investigación, expuso al juez los elementos que ligan a ambos imputados al hecho y luego de plantear que si bien existe arraigo y los imputados no evidenciaron hasta el momento ninguna actitud de entorpecimiento de la investigación o de intención de no someterse al proceso, por las características del hecho y el daño resarcible pidió que se les imponga la obligación de permanecer en el domicilio en horario nocturno.

El defensor Omar López se opuso al planteo, indicó que no fueron debidamente fundados los peligros procesales, que sus defendidos tienen arraigo firme en la zona, fueron hallados cada vez que se los requirió y asistieron por su propios medios a la audiencia, por lo tanto no puede imponerse en su contra una medida de restricción a la liberta.

El damnificado participó y también se dirigió al juez para exponer su pensamiento. Pidió que se de una señal a las personas que cometen este tipo de delitos. “Continúo shockeado, esto fue totalmente inesperado”, dijo “no comprendo la necesidad de haber actuado con tanta saña si se trataba de un robo”.

Luego de escuchar a las partes el juez José Colabelli expuso su resolución. Recordó que la única posibilidad de encarcelar a una persona es con una sentencia firme en su contra, y en casos excepcionales puede disponerse una prisión preventiva. En el caso concreto no encontró fundamentos suficientes para disponer una medida de privación de la libertad aunque fuera temporaria. No hizo lugar al pedido y les indicó a los imputados que no se “vinculen con la víctima ni con su domicilio” durante todo el tiempo que dure el proceso.