miércoles, 20 de junio de 2012

Nuevos hechos


HOMICIDIO:
El martes, pasadas las 21 hs. un hombre mayor, de aproximadamente 72 años, fue hallado junto a su vehículo con una herida de arma blanca en el tórax. Inmediatamente fue trasladado al Hospital y allí perdió la vida a la 1:10 hs. del miércoles.
La víctima fue encontrada en Alvear y Pellegrini, próxima a un sector de bares. Se trata de Francisco Salazar, un vecino del Barrio Cañadón de Bórquez.

INCUMPLIMIENTO:
Un sujeto que tenía prohibición de ingresar a Corcovado, en el marco de una investigación penal, fue visto en esa localidad y aprehendido por la policía. Este miércoles se realizará la audiencia de control de la detención, en la que el fiscal solicitará un agravamiento de las medidas dispuestas.

LESIONES CULPOSAS:
Se produjo un vuelco en la localidad de Gualjaina. En el vehículo viajaban tres personas, todas resultaron con lesiones graves y fueron derivadas al Hospital de El Maitén.

ABIGEATO:
La policía sorprendió a unos sujetos cuando intentaban sustraer dos borregos y otros elementos de campo. Estos se dieron a la fuga y fueron perseguidos por el personal policial. Los animales y elementos robados fueron recuperados y entregados a su propietario. Sucedió en Cushamen.

Muerte de Tiziano B. Vivanco


¿CULPABLE O INOCENTE?

Fiscal Fernando Rivarola
Las partes lo reconocieron en las réplicas luego de exponer cada uno su alegato, no hay cuestionamientos a la prueba. Fiscal y defensa hicieron incluso una convención probatoria respecto, no solo de la ocurrencia del hecho, sino también de la paternidad de Caninqueo y del carácter traumático de la lesión que le produjo la muerte. La diferencia estuvo dada por el modo en que cada parte propuso al Tribunal cómo debe valorar e interpretar la prueba. El fiscal pidió la declaración de responsabilidad del delito de homicidio calificado por el vínculo, y si el Tribunal considerara que la intención de matar no fue debidamente acreditada, requirió que se aplique la figura de “dolo eventual”, o bien homicidio preterintencional. Por su parte el defensor planteó la inocencia de su pupilo, aduciendo que nada tuvo que ver con la producción de la lesión y que no hay prueba suficiente para condenarlo como autor de ninguna lesión a Tiziano. El miércoles 27 se conocerá la sentencia.

La jornada de alegatos se inició algunos minutos después de las 16 hs. y se prolongó casi hasta las 20 hs., con la declaración de Gustavo Caninqueo. El imputado se declaró inocente, sostuvo que el no le hizo daño al bebé, ni intentó hacerlo nunca, y que no vio el momento en que el niño se golpeó porque había ido a la cocina cuando escuchó que el nene comenzó a llorar.

Lo trascendente

Der. O' Connor - Colabelli - Rolón
Luego de mencionar los puntos en los que defensa y fiscalía acordaron, Fernando Rivarola destacó como trascendente el origen traumático de la lesión sufrida por Tiziano. “En contraposición a cualquier otro origen en que uno pudiera pensar… producido por un trauma, descripta como aceleración y desaceleración brusca o, dentro de las hipótesis, golpe contra un elemento fijo o duro, lo que remite al decir de los propios profesionales al síndrome del ‘bebé sacudido’”, expuso. El fiscal propuso como primera conclusión de la lectura de la prueba, que debe descartarse cualquier otro modo de producción de la lesión por fuera del accionar del imputado. Así planteó que debe descartarse algún episodio accidental, como una caída previa desde el sillón. Si hubiese caído desde el sillón indefectiblemente habría golpeado con el piso o con otro mueble y habría resultado con una lesión externa, lo que en este caso no estaba presente.
Después de analizar las características del síndrome del “bebé sacudido”, y de las posibilidades de que se produjera la secuencia violenta que planteó en su informe la médica forense, el fiscal se refirió a situaciones previas de violencia de género a las que era sometida la mamá de Tiziano, y de maltrato infantil que sufrió el niño.
Otro aspecto en el que hizo hincapié el fiscal fue en la calificación legal escogida. En primer lugar fundamentó su acusación por homicidio calificado, luego expuso que si los jueces consideran que no se probó la intención de matar de Caninqueo cuando arrojó el bebé a la cama, por lo menos debe considerarse que debió representarse la posibilidad de que el bebé pierda la vida ante una acción de ese tipo. Finalmente, si no se considerara ninguna de estas opciones, sino que el tribunal entendiera probado que lo que Caninqueo quiso fue causar un daño físico a Tiziano, pero no su muerte, debería ser condenado entonces por homicidio preterintencional.
Izq. Gustavo Caninqueo - Marcos Ponce

La otra cara de la prueba

Marcos Ponce aceptó como probado todo lo que sucedió previo a que Tiziano se lesione, aceptó el tipo de lesión y las consecuencias que esto trajo, sin embargo sostuvo que existe una laguna insalvable y está dada por la falta de prueba respecto del hecho, de la forma exacta en que se produjo la lesión. Para sostener esto argumentó que la declaración de la mamá de Tiziano no es creíble porque sufrió mutaciones en distintos momentos del proceso, y apuntó que luego de la caída del sillón, el bebé tuvo indicadores que dan cuenta de la existencia de la lesión traumática, y con esto nada tuvo que ver Caninqueo.
Por otra parte Ponce dijo que “no existe violencia de género ni maltrato infantil acreditado en la causa y a las pruebas me remito”. También reprodujo la filmación de la reconstrucción del hecho, donde la mamá  muestra como Caninqueo habría arrojado el bebé a la cama, y esa demostración no evidencia ni brutalidad, ni un grado de violencia que pudiera causar las lesiones constatadas.
“No hay prueba de que la lesión fue producida por Caninqueo”, sostuvo y pidió la absolución por considerar que su defendido nada tuvo que ver con la muerte del bebé. También pidió a los jueces que si no les queda clara la inocencia del imputado, absuelvan por aplicación del principio de la duda, ya que no hay prueba contundente que lo incrimine.