En circunstancias que aun se deberán establecer, un chico de
14 años habría apuñalado a su abuelo en el interior de la vivienda que
compartían. El chico habría sido criado por sus abuelos y vivía con ellos en un
barrio de Trevelin. Tomaron intervención en el hecho además de la policía y la
funcionaria fiscal de turno, el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito,
el Servicio de Protección de Derechos y Salud Mental del Hospital. El hecho se
habría producido aproximadamente a las 6:00 hs.
Este es un espacio informal, no oficial, creado con la finalidad de dinamizar los canales de comunicación entre la Oficina de Comunicación Institucional de la Fiscalía Esquel y todas las personas interesadas en las temáticas de la incumbencia de esta, particularmente los periodistas. Todo el material publicado aquí puede ser utilizado, citando la fuente.
lunes, 31 de diciembre de 2012
domingo, 30 de diciembre de 2012
Nuevos hechos
LESIONES
GRAVES:
Este domingo
a la madrugada se produjo una discusión entre dos jóvenes que finalizó cuando
uno de ellos extrajo un arma de fuego y a cierta distancia disparó varias veces
contra su adversario, lesionándolo en una mano y una pierna. Luego se dio a la
fuga y aun no pudo ser hallado. Sucedió en
Gobernador Costa. Tomó intervención en SAVD.
LESIONES
CULPOSAS:
El domingo
aproximadamente a las 9:30 hs. un vehículo volcó cuando circulaba por la Ruta
63 entre Gobernador Costa y José de San Martín, resultando sus ocupantes con
lesiones.
viernes, 28 de diciembre de 2012
Abuso sexual simple y desaparición de personas
LA PROCURACIÓN FIJÓ CRITERIOS COMUNES DE ACTUACIÓN
La instrucción 006/12 PG incorpora la perspectiva de género a la persecución penal en los casos de abuso sexual simple, en tanto que la 007/12 PG pretende velar por la integridad física ante denuncias de desaparición o extravío de personas. Ambos instrumentos legales ofrecen un pormenorizado instructivo a seguir por los acusadores públicos y en el caso de la desaparición de personas, también por la policía.
La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer define este tipo de violencia como "cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer…". La instrucción que lleva rúbrica del Procurador General, Jorge Luis Miquelarena, crea las bases para la prevención, investigación y sanción de estos casos, procurando "modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer". En tal sentido sostiene que dicho deber de investigar y sancionar, no se compatibiliza en general con las soluciones anticipadas que precisamente truncan la investigación en algunos casos y la posibilidad de sancionar en todos ellos.
La norma interna pone la mira en los casos calificados como abuso sexual simple, para los que el Código Penal prevé una pena que puede llegar hasta un máximo de cuatro años de prisión.
La decisión institucional se encuentra respaldada por jurisprudencia de nuestro país rechazando la suspensión de juicio a prueba (probation), justamente por resultar contraria a las obligaciones de la Convención.
Finalmente los fundamentos de la instrucción indican que es necesario disminuir sensiblemente la aceptación de respuestas no sancionatorias para estas conductas, explicitando la facultad de los fiscales de realizar fundadas excepciones "cuando las particulares circunstancias del caso, a su exhaustivo juicio así lo ameriten".
Personas desaparecidas o extraviadas
Otra de las preocupaciones del Ministerio Público Fiscal ha sido la de lograr mayor eficiencia en la búsqueda, investigación y localización de personas desaparecidas o extraviadas, a fin de proteger su vida, integridad y libertad ambulatoria personales. Con esta finalidad, Miquelarena emitió la Instrucción N° 007/12, buscando resolver en nuestra provincia la situación que se genera a nivel nacional por la falta de protocolos adecuados de actuación.
El Procurador constató que en numerosas oportunidades la respuesta que la policía suele dar a quienes denuncian estas situaciones, es que deben esperar 48 horas para comenzar con las investigaciones o instar la denuncia. Sin embargo las primeras horas son esenciales para ordenar las medidas de investigación necesarias para hallar a la persona desaparecida o víctima de un delito. Dilatar el comienzo de la búsqueda conspira contra el éxito de la investigación y conlleva el riesgo de que se produzca un daño irreparable.
La instrucción establece lineamientos directrices a ser observados por los integrantes del Ministerio Público Fiscal, de la Policía del Chubut y el respectivo personal administrativo y de apoyo auxiliar.
Cualquier interesado puede denunciar la desaparición o extravío de una persona. Si la denuncia se realiza en una comisaría, esta debe ponerla de inmediato en conocimiento del Ministerio Fiscal. Quien tome la denuncia deberá recabar todos los datos necesarios para actuar de inmediato: circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjeron los hechos, datos de identificación de la persona y datos complementarios, todos ellos detallados exhaustivamente en la instrucción.
Por su parte la Fiscalía realizará inmediatamente el alta del caso en su sistema informático; evaluará la intervención del SAVD; ordenará a las brigadas de investigaciones o a los equipos especializados en búsqueda de personas la producción de las medidas y requerirá la colaboración adicional de otras instituciones en la búsqueda, entre otras medidas.
El punto 5.9. de la Instrucción establece que "será responsabilidad de la Policía, iniciar y proseguir hasta su hallazgo, la investigación y búsqueda de la persona extraviada o desaparecida bajo la dirección del fiscal o funcionario de Fiscalía actuante".
Sin embargo existe la posibilidad de que la policía sea relevada de esta responsabilidad acudiéndose a otra institución, cuando de la denuncia o información recibida, o de la que surja como resultado de la investigación, apareciera la probable participación en los hechos de algunos de sus integrantes.
La Instrucción contempla un amplio abanico de posibilidades y especifica cómo se deberá actuar también al momento de la aparición de la persona buscada, según las circunstancias que surjan de esta aparición.
Un apartado especial detalla cuál debe ser el accionar cuando se trate de menores de edad.
Finalmente establece que en forma periódica se efectuará un relevamiento del caso, de las diligencias practicadas y de aquéllas pendientes de producción. Si de la investigación surgiera que existe la posibilidad razonable de que tal desaparición esté vinculada a la trata de personas, se pondrá en conocimiento de todo lo actuado a la Justica Federal.
La instrucción 006/12 PG incorpora la perspectiva de género a la persecución penal en los casos de abuso sexual simple, en tanto que la 007/12 PG pretende velar por la integridad física ante denuncias de desaparición o extravío de personas. Ambos instrumentos legales ofrecen un pormenorizado instructivo a seguir por los acusadores públicos y en el caso de la desaparición de personas, también por la policía.
La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer define este tipo de violencia como "cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer…". La instrucción que lleva rúbrica del Procurador General, Jorge Luis Miquelarena, crea las bases para la prevención, investigación y sanción de estos casos, procurando "modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer". En tal sentido sostiene que dicho deber de investigar y sancionar, no se compatibiliza en general con las soluciones anticipadas que precisamente truncan la investigación en algunos casos y la posibilidad de sancionar en todos ellos.
La norma interna pone la mira en los casos calificados como abuso sexual simple, para los que el Código Penal prevé una pena que puede llegar hasta un máximo de cuatro años de prisión.
La decisión institucional se encuentra respaldada por jurisprudencia de nuestro país rechazando la suspensión de juicio a prueba (probation), justamente por resultar contraria a las obligaciones de la Convención.
Finalmente los fundamentos de la instrucción indican que es necesario disminuir sensiblemente la aceptación de respuestas no sancionatorias para estas conductas, explicitando la facultad de los fiscales de realizar fundadas excepciones "cuando las particulares circunstancias del caso, a su exhaustivo juicio así lo ameriten".
Personas desaparecidas o extraviadas
Otra de las preocupaciones del Ministerio Público Fiscal ha sido la de lograr mayor eficiencia en la búsqueda, investigación y localización de personas desaparecidas o extraviadas, a fin de proteger su vida, integridad y libertad ambulatoria personales. Con esta finalidad, Miquelarena emitió la Instrucción N° 007/12, buscando resolver en nuestra provincia la situación que se genera a nivel nacional por la falta de protocolos adecuados de actuación.
El Procurador constató que en numerosas oportunidades la respuesta que la policía suele dar a quienes denuncian estas situaciones, es que deben esperar 48 horas para comenzar con las investigaciones o instar la denuncia. Sin embargo las primeras horas son esenciales para ordenar las medidas de investigación necesarias para hallar a la persona desaparecida o víctima de un delito. Dilatar el comienzo de la búsqueda conspira contra el éxito de la investigación y conlleva el riesgo de que se produzca un daño irreparable.
La instrucción establece lineamientos directrices a ser observados por los integrantes del Ministerio Público Fiscal, de la Policía del Chubut y el respectivo personal administrativo y de apoyo auxiliar.
Cualquier interesado puede denunciar la desaparición o extravío de una persona. Si la denuncia se realiza en una comisaría, esta debe ponerla de inmediato en conocimiento del Ministerio Fiscal. Quien tome la denuncia deberá recabar todos los datos necesarios para actuar de inmediato: circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjeron los hechos, datos de identificación de la persona y datos complementarios, todos ellos detallados exhaustivamente en la instrucción.
Por su parte la Fiscalía realizará inmediatamente el alta del caso en su sistema informático; evaluará la intervención del SAVD; ordenará a las brigadas de investigaciones o a los equipos especializados en búsqueda de personas la producción de las medidas y requerirá la colaboración adicional de otras instituciones en la búsqueda, entre otras medidas.
El punto 5.9. de la Instrucción establece que "será responsabilidad de la Policía, iniciar y proseguir hasta su hallazgo, la investigación y búsqueda de la persona extraviada o desaparecida bajo la dirección del fiscal o funcionario de Fiscalía actuante".
Sin embargo existe la posibilidad de que la policía sea relevada de esta responsabilidad acudiéndose a otra institución, cuando de la denuncia o información recibida, o de la que surja como resultado de la investigación, apareciera la probable participación en los hechos de algunos de sus integrantes.
La Instrucción contempla un amplio abanico de posibilidades y especifica cómo se deberá actuar también al momento de la aparición de la persona buscada, según las circunstancias que surjan de esta aparición.
Un apartado especial detalla cuál debe ser el accionar cuando se trate de menores de edad.
Finalmente establece que en forma periódica se efectuará un relevamiento del caso, de las diligencias practicadas y de aquéllas pendientes de producción. Si de la investigación surgiera que existe la posibilidad razonable de que tal desaparición esté vinculada a la trata de personas, se pondrá en conocimiento de todo lo actuado a la Justica Federal.
miércoles, 26 de diciembre de 2012
Fuga de la Comisaría Segunda
Diego
Urrutia se fugó este miércoles de las instalaciones de la Comisaría Segunda
donde se encontraba cumpliendo prisión preventiva como uno de los imputados por
el violento robo cometido contra el comercio El Delfín, de la ciudad de Esquel.
El modo
en que se produjo la fuga aun no fue determinado, al tiempo que la policía
inició un operativo con la intención de lograr la recaptura.
Por varios robos agravados
MARIANO ACHA RECONOCIÓ SU
RESPONSABILIDAD
Seis hechos delictivos le fueron
imputados, y fueron reconocidos por él, como lo habían sido previamente por su
consorte de causas. Entre los robos que confesó se encuentran el que afectara a
un matrimonio en una chacra de la Ruta 71 y el que tuvo por víctimas a tres
mujeres mayores en un establecimiento de Trevelin. Si el tribunal homologa el
acuerdo, Mariano Carlos Acha será condenado a siete años de prisión.
Los hechos
que se investigan fueron varios cometidos en Trevelin y en Esquel, más
precisamente en Villa Ayelén. Uno de ellos ocurrió el 23 de julio de 2011 entre
las 3:00 y las 10:00 hs. Acha y Lazo habrían roto un vidrio de la puerta del
quincho y luego con una llave falsa entraron al living de la cabaña mientras
sus ocupantes dormían. Sustrajeron una notebook, dos cámaras fotográficas
digitales, ropa de abrigo, un DVD portátil, un MP4 y zapatillas.
El mismo
día, también a la madrugada, entraron a una cabaña de un complejo ubicado sobre
calle Los Notros, usando una llave falsa. Los ocupantes dormían sin enterarse
de lo que estaba sucediendo. Aquí sustrajeron una notebook, un porta CDs con
varias películas, una cámara fotográfica y algo de dinero en efectivo.
En Trevelin
Tres fueron
los hechos que habrían cometido ambos imputados en Trevelin, dos de ellos sin
lugar a dudas los más violentos. El primero tuvo lugar el 1 de agosto de 2011,
aproximadamente a las 3:00 hs. en una chacra ubicada en el km 5 de la Ruta 71.
Los imputados entraron a la cabaña con llave falsa, despertaron al matrimonio
alumbrándolos en el rostro con linternas y apuntándoles con un arma de fuego,
los redujeron atándoles los pies y manos y les exigieron la entrega del dinero
que poseían. Luego revisaron todo el lugar, tomaron el dinero que encontraron,
un televisor, una pistola, una mochila, un celular, una cámara fotográfica
digital, un binocular y prendas de vestir, para luego darse a la fuga dejando a
las víctimas atadas en el lugar.
El 17 del
mismo mes, a las 21:30 hs., traspusieron el cerco perimetral y con la llave
falsa ingresaron al departamento ubicado en la parte posterior del predio del
Hogar de Ancianos de Trevelin. Allí sustrajeron dinero en efectivo, una
notebook, una cámara digital, una máquina de depilar, relojes y prendas de
vestir.
Finalmente,
el 23 de agosto siguiente, aproximadamente a las 3:00 hs., Acha y Lazo habrían
ingresado encapuchados a la vivienda emplazada en un establecimiento ubicado en
Pasaje Malacara y Gualco. Sorprendieron a las tres moradoras, una de ellas una
mujer de 99 años, las intimidaron con un arma de fuego de puño, al tiempo que
las alumbraban con linternas, les exigieron la entrega de dinero y las ataron
de manos y pies.
Lazo reducía
a una de las víctimas cuando esta lo golpeó con sus piernas, Lazo le respondió
golpeándola con un hierro en la cabeza provocándole lesiones. Luego los
asaltantes revisaron todo el domicilio y se apoderaron de dinero en efectivo,
un teléfono celular, una linterna, un sombrero negro, una notebook y prendas de
vestir, para darse a la fuga dejando a las víctimas en el lugar.
Oriundos de Junin
Varios
allanamientos se realizaron y pudieron recuperarse muchos de los elementos
robados, algunos en viviendas de la familia local y otros en los domicilios de
los imputados en la provincia de Buenos Aires.
Una de
las víctimas logró reconocerlos a ambos en una rueda realizada como anticipo
jurisdiccional de prueba, y en otro de los hechos se levantó ADN de Acha. Este
imputado habría cometido delitos similares en Bariloche y recientemente fue
condenado en un juicio abreviado en Córdoba a 8 años de prisión por delitos de
este tipo.
Finalmente
se les imputó cuatro robos calificados y dos hurtos agravados, alcanzando un
acuerdo de juicio abreviado por siete años de prisión.
El Tribunal
compuesto por los Dres. Martín O' Connor, Anabel Rodríguez y José Colabelli
darán a conocer su decisión en enero, aunque no fijaron fecha por el momento.
Sigue la búsqueda de Césal B. Torres
A SEIS MESES DE SU DESAPARICIÓN
César Torres fue visto por última vez el 28 de junio de
2012, vistiendo un buzo azul, remera blanca y campera azul con franjas rojas. Mide
1,78 mts, es robusto, tez trigueña y con pecas. Es un paciente psiquiátrico que
se encuentra medicado.
Inmediatamente después de comunicada su desaparición se
informó a la red policial y tomó intervención el área de búsqueda de personas.
Entre otras zonas, se realizó un relevamiento en Paso de
Indios (localidad de la que es oriundo). También participaron de la búsqueda Bomberos
Voluntarios y Defensa Civil realizando rastrillajes en Esquel
y Trevelin.
Ninguna de las medidas realizadas arrojó datos ciertos sobre
su paradero, sin embargo la búsqueda sigue abierta bajo la dirección de la fiscal Fernanda Revori. Quien pueda aportar algún
dato no dude en contactarse con la comisaría más cercana.
Nuevos hechos
COLISIÓN FATAL EN LA
RUTA 259:
El martes a las 6:00 hs. se produjo el choque frontal de dos
vehículos en la ruta que comunica Esquel con Trevelin, a la altura de Villa
Ayelén. El fatal incidente cobró la vida de tres personas, además de ocasionar
graves lesiones en otras dos. Entre los fallecidos se encontraban ambos
conductores. Este desenlace quita interés penal a la investigación, pese a lo
cual se dispuso la intervención del médico forense, previo a la entrega de los
cuerpos a los familiares. Tomó intervención el Servicio de Asistencia a la Víctima
del Delito.
TENTATIVA DE EVASIÓN:
Personal policial de la Comisaría Segunda
constató que la reja de la ventana de un calabozo había sido dañada. El hallazgo
tuvo lugar el domingo a las 13 hs.
LESIONES GRAVES
CULPOSAS:
El martes a las 7:50 hs. colisionaron un Peugeot 408 y un
Peugeot 504 en la intersección de Alsina y Pte. Perón, Esquel. El conductor del
segundo rodado resultó con lesiones graves. En el vehículo se encontró un arma
de fuego descargada.
sábado, 22 de diciembre de 2012
Saqueo a supermercado
SE FORMALIZÓ LA
INVESTIGACIÓN
Aproximadamente a
las 0:07 hs., un grupo de personas forzó la cerradura de un portón del cerco
perimetral de alambre del supermercado más nuevo de la cadena en la ciudad de
Esquel, cruzaron el playón y rompieron los vidrios de la puerta principal y del
ventanal situado al lado de dicha puerta. Ya dentro del local sustrajeron
cantidad de mercadería, entre otras un equipo de música RCA con lectora de DVD
y entrada USB, tres televisores LCD de 32' y uno de 42', una notebook, una
cámara fotográfica digital, un MP4, un GPS, varios elementos e indumentarias,
según la descripción del funcionario fiscal Fidel González.
Los otros cuatro
pasaron la noche en la dependencia policial y estuvieron detenidos hasta la
audiencia que se llevó a cabo a las 13 hs.
El juez Jorge
Criado declaró legal la detención y formalizada la detención.
La situación de
los detenidos
Martín Zacchino
ilustró que lo sucedido guarda relación con circunstancias similares en
distintos puntos del territorio nacional, con grandes grupos de personas que
saquean supermercados.
En este caso se
sustrajeron electrodomésticos importantes y productos alimenticios. En el
playón del comercio se encontraron tirados diferentes alimentos, el fiscal
considera que esto da cuenta de lo que los asaltantes prefirieron abandonar en
su huída, preservando los productos tecnológicos. En base a ello señaló que la
motivación de quienes participaron del hecho no está dada en el estado de
necesidad y no tiene relevancia que tengan muchos hijos.
Frente a este
cuadro, el acusador consideró que habría riesgo de entorpecimiento para la
investigación y solicitó que se imponga una prisión preventiva por un plazo de
sesenta días.
Omar López,
defensor público, cuestionó el planteo fiscal, dijo que no existe riesgo de
entorpecimiento en este caso y aclaró que aquí no se puede achacar a los
imputados el accionar de un grupo organizado. Para el letrado solo se pueden
imputar conductas individuales y no el robo de elementos que no se llevaron sus
defendidos. En este sentido puntualizó cuales fueron los elementos que se les
encontraron, en su mayoría comida, además de un DVD portátil.
El juez Jorge
Criado les dijo a los imputados que a su criterio hay elementos importantes
para considerar en esta etapa que participaron del hecho que se investiga,
aunque no para disponer su prisión preventiva en este momento. También sostuvo
que esta situación podría modificarse más adelante ya que han transcurrido muy
pocas horas desde el momento del hecho. El magistrado aclaró que necesita
elementos objetivos para pensar que existe riesgo de entorpecimiento y al
momento no los ve, por eso dispuso la libertad de los imputados y la obligación
de no salir de la ciudad, ni modificar su domicilio sin autorización de la
justicia.
La investigación
continuará, por el momento bajo la calificación de robo agravado por su
comisión en poblado y en banda y con la participación de menores de edad.
miércoles, 19 de diciembre de 2012
Violento robo en Epuyén
EL SEGUNDO SOSPECHOSO NO APARECE
La investigación por
el robo violento que afectó a un comerciante de Epuyén a principios de este
mes, avanza, aunque con algunas contramarchas. No apareció aun un joven
sospechado de ser uno de los autores del hecho y no se logró la declaración de
una jovencita menor de edad que podría tener información valiosa para la
investigación.
Con este cuadro el fiscal Oscar Oro llegó a la audiencia en
que se revisaba la prisión preventiva dictada días atrás para el imputado. Explicó
que no se lograron los avances sustanciales que se esperaba tener para esta
fecha, fundamentalmente en dos sentidos: la búsqueda del segundo sospechoso
resultó hasta el momento infructuosa, y la joven, menor de edad, que podría
contar con información trascendente no estaría dispuesta a declarar libremente.
Se trata de una adolescente que mantendría una relación sentimental con el
imputado y que habría estado con él por aquellos días en la comarca. Sin embargo,
según sostuvo Oro, la madre de la niña manifestó que no quiere que su hija sea
puesta en situación de declarar contra su novio.
Horacio Hernández, abogado defensor, no solo estuvo de
acuerdo con la medida sino que ofreció que se impida a su representado regresar
a la localidad de Epuyén durante la duración del proceso. Además sostuvo que en
el tiempo transcurrido pudo avanzar la labor de la defensa y probará en su
momento que los hechos fueron muy distintos a como se los presentó en la
audiencia anterior. También sostuvo que su defendido está dispuesto a colaborar
en todo con la investigación, facilitando lo que de él dependa, y afirmó que la
joven antes mencionada está dispuesta a hablar con la justicia.
martes, 18 de diciembre de 2012
Homicidio de Ángel Urrutia
TRES IMPUTADOS POR
HOMICIDIO COMETIDO CON ALEVOSÍA
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| Vista satelital del lugar del hecho |
Martín Zacchino expuso
el hecho en una audiencia realizada este martes a la mañana en los tribunales
de Esquel. Anticipó que están reunidos la mayoría de los elementos de prueba y
que la Fiscalía presentaría muy pronto la acusación pública.
El homicidio se produjo el sábado 1 de diciembre de este
año, alrededor de las 4.30 horas. Ángel Urrutia protagonizó una discusión con
otras tres personas, una de ellas menor de edad, en el interior del bar “El
puma”. Los motivos de la discusión aun son desconocidos para los
investigadores. Lo que se sabe es que al retirarse del local Urrutia, solo,
ebrio e incapacitado en uno de sus brazos por un accidente previo, fue
alcanzado por el grupo. Uno de los imputados le habría proferido un golpe de
puño desde atrás que le hizo perder el conocimiento y derribarlo. Indefenso y
en el suelo, recibió numerosos golpes de sus tres atacantes en la cabeza. La agresión fue
letal.
La investigación
Durante la semana del 3 de diciembre una comisión de la
Fiscalía trabajó en José de San Martín relevando toda la información disponible
para asegurar la
investigación. Entre otras medidas fueron entrevistados
numerosos testigos en procura de reconstruir los momentos previos al fatal
desenlace, y establecer fehacientemente en modo en que se produjeron las
lesiones que terminaron con la vida de la víctima. Con estas
acciones la investigación está por concluir en sus aspectos más relevantes. Zacchino
anticipó que es intención de la Fiscalía presentar lo antes posible la acusación.
lunes, 17 de diciembre de 2012
Homicidio de Sfeir
EL SUPERIOR TRIBUNAL
CONVALIDÓ LA CALIFICACIÓN PROPUESTA POR LA FISCALÍA
La decisión fue
tomada al analizar los recursos presentados por el fiscal Fernando Rivarola y
el defensor particular Hugo Cancino. La Sala Penal del Superior Tribunal de
Justicia entendió que aun con los hechos que dio por probados el tribunal de
juicio no cabía otra calificación que la de homicidio criminis causae y decidió
remitir su decisión para que se reedite el juicio sobre la pena… aunque con
esta agravante solo cabría una pena perpetua.
El 10 de diciembre de 2010, un tribunal conformado por
Carina Estefanía, Anabel Rodríguez y Víctor Sarquís condenó a Flavio Orlando Fonseca
como autor de homicidio en ocasión de robo. En una audiencia posterior le
impondría la pena de 17 años de prisión. La Fiscalía no estuvo de acuerdo con
la sentencia y presentó un recurso extraordinario atacando no solo la
conclusión a la que arribó el tribunal e insistiendo con la calificación de
homicidio criminis causae en concurso real con robo con arma, sino también el
monto de pena decidido. El defensor presentó un recurso ante la Cámara Penal
para que esta revise la pena impuesta en el sentido inverso al planteo fiscal y
al confirmar la Cámara el monto de pena presentó un nuevo recurso ante el Superior
Tribunal. Sin embargo sus fundamentos no serían analizados por este, ya que se
convirtió en abstracto frente a la decisión tomada en relación al recurso
fiscal.
Los hechos tal como
fue considerado en el juicio
El jueves 27 de agosto de 2009, entre las 20:40 horas y 23:00
horas, Flavio Fonseca, "actuando con previa planificación requirió los
servicios de remis del señor Rodolfo Sfeir, manifestando tener que viajar a la
localidad de Esquel, quien lo trasladó en su automotor Chevrolet Corsa, afectado
a la agencia de remises denominada FRAN S, de la localidad de El Bolsón... Así,
luego, y siendo aproximadamente las 21:25 horas lo hizo detener a la vera de la
ruta 40 o 259, aproximadamente a 3 kms. del ingreso a la localidad de Epuyen,
cercano al mojón del DM. Nro. 1876, lugar adonde utilizando un arma blanca tipo
cuchillo lo ultimó produciéndole múltiples heridas sobre la superficie corporal
que le ocasionaron casi de inmediato la muerte para luego concretar lo que era
su finalidad, el apoderamiento del vehículo de la víctima y de otros elementos
personales como zapatillas, teléfono celular, documentación y otros existentes
en el interior del rodado, dándose a la fuga por ruta 40 en dirección a la
localidad de Comodoro Rivadavia, lugar adonde ya había negociado la venta del
automotor…”
Los votos
El juez Jorge Pfleger sostuvo que "ninguno de los
objetivos que se trazó Fonseca admitían, como bien lo ha señalado el
impugnante, la permanencia con vida del conductor. Cerca de una estación de
servicios, a tres kilómetros de una zona poblada, y, aún más, con un largo
camino por recorrer para llegar al puerto querido y completar el itinerario criminal
primario, no cabe otra cosa que afirmar que al matar dolosamente (cuestión que
insisto no está controvertida) el condenado tuvo en su interior el “para” que
conecta ideológicamente los dos delitos, tal se ha podido examinar. Es así como
creo que el Tribunal de la sentencia incurrió en una incorrecta aplicación del
derecho y, como referí, entró en contradicción con la doctrina legal de la Sala
en el proceso de adecuación legal de los hechos probados... "
Rebagliati Russell por su parte dijo que "el tribunal
“a quo” no ha realizado una correcta valoración de la prueba y en definitiva se
ha apartado de la doctrina legal de este Tribunal.
En efecto, si se tiene por acreditado que el plan o el fin de Fonseca era el desapoderamiento del vehículo y que para su cumplimiento indicó un determinado recorrido a la víctima, a la sazón su propietario, claro está que sólo le era dable al autor de dicho plan, por ser quien poseía el dominio del hecho, establecer o determinar cuándo comenzaría la acción de desapoderar.
Él es quien escoge el momento de hacerlo. El momento en que Sfeir debe cesar en la conducción y él debe hacerse cargo, para de este modo ejercer la plena disponibilidad del bien".
En efecto, si se tiene por acreditado que el plan o el fin de Fonseca era el desapoderamiento del vehículo y que para su cumplimiento indicó un determinado recorrido a la víctima, a la sazón su propietario, claro está que sólo le era dable al autor de dicho plan, por ser quien poseía el dominio del hecho, establecer o determinar cuándo comenzaría la acción de desapoderar.
Él es quien escoge el momento de hacerlo. El momento en que Sfeir debe cesar en la conducción y él debe hacerse cargo, para de este modo ejercer la plena disponibilidad del bien".
Ambos ministros consideraron que habiéndose llegado a esta
conclusión a partir de los mismos hechos, y tratándose de la calificación que
durante todo el juicio esgrimió la Fiscalía, el imputado pudo defenderse de
ella y no se lo sorprende. Por este motivo, descartaron la posibilidad de
ordenar la realización de un nuevo juicio, lo que podría dar lugar a un sinfín de
recursos sin llegar a una sentencia definitiva probablemente en años.
Distinto fue el voto del Dr. Javier Panizzi quien consideró
que en este caso solo es posible devolver las actuaciones para que un nuevo
tribunal juzgue los hechos, de otro modo se vedaría la garantía del doble
conforme. Su propuesta fue anular el fallo para que otro tribunal haga una
nueva sentencia.
La decisión de la mayoría anuló la sentencia solo en lo relativo
al encuadramiento legal, declaró procedente el recurso fiscal, declaró a Flavio
O. Fonseca autor material de homicidio criminis causae, y dispuso la
realización de un nuevo juicio por la pena. La fecha será establecida por la
Oficina Judicial.
domingo, 16 de diciembre de 2012
Nuevos hechos
TENTATIVA DE HOMICIDIO:
El sábado la policía recibió un llamado dando cuenta de un
hombre herido en la vía pública, en la intersección de Humphrey y Urquiza,
Esquel. El herido fue trasladado de urgencia al hospital. Se le había
secuestrado un cuchillo con sangre que tenía en una de sus manos. En el
nosocomio se constataron cuatro puñaladas repartidas entre el estómago y la
espalda. Las pesquisas determinaron un sospechoso, se realizó un allanamiento
en su vivienda y se secuestró un cuchillo y prendas con manchas hemáticas. El detenido
será llevado a una audiencia el lunes para informarle el hecho que se investiga
y determinar su situación en el proceso.
El hecho se habría producido aproximadamente a las 21:45 hs.
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