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martes, 29 de abril de 2008
Doble crimen de Trevelin
CONDENARON A RUBEN DARÍO CÁRDENAS POR DOBLE HOMICIDIO SIMPLE
El Tribunal del juicio condenó a Cárdenas con voto dividido en torno a la calificación. Si bien los magistrados no dudaron sobre su autoría en las muertes de Marcelo Gallardo y Juan José Jaques, las opiniones se separaron en relación al agravante propuesto por la Fiscalía. Solo uno de los magistrados entendió que se configuró el homicidio criminis causa al ultimar a Jaque únicamente porque este se interpuso en el camino que llevaba Cárdenas para asesinar a Gallardo. El menor fue sobreseído a pedido de la Fiscalía por entender que no pudo probarse que conociera la intención homicida de su compañero. Los dos pedidos de nulidades presentados por la Defensa en su alegato fueron rechazados por el Tribunal. En fecha a determinar se realizará una nueva audiencia para fijar la pena a aplicar.
La lectura de sentencia comenzó a las 19 y finalizó pasadas las 22 hs. Al concluir se produjo un llamativo silencio que duró varios minutos en una sala colmada de gente en la que se encontraban mezclados familiares de víctimas y familiares de victimarios. Unos y otros permanecieron en sus lugares, inamovibles. La custodia policial sacó rápidamente de la sala a Cárdenas, en tanto que otros uniformados permanecieron en el lugar para garantizar la tranquilidad. En ese escenario se retiraron los jueces. Instantes después la mujer de una de las víctimas perdió el conocimiento y debió solicitarse una ambulancia. Mientras ella era asistida por los presentes en la sala, los familiares de Cárdenas se retiraron lentamente.
Los Fiscales explicaron a la familia de las víctimas el significado del fallo y estos, agradecidos, se retiraron hacia Trevelin. El clima de tensión vivido en el lugar llevó a que la salida de los acusadores fuera custodiada por la policía.
Los votos: Cristina Jones
La primera en leer su voto fue la presidenta del Tribunal, Dra. Cristina Jones, quien luego de explicar los motivos por los cuales votó el rechazo de las nulidades planteadas por la Defensa, hecho que se repitió en los otros dos magistrados, y adherir al sobreseimiento del menor solicitado por la Fiscalía, fundamentó su decisión de condenar a Cárdenas como autor de dos homicidios simples en concurso real.
El análisis de la prueba fue amplio, exhaustivo y muy extenso en cada uno de los votos. A partir de él, la Dra. Jones planteó entre otros aspectos que se logró reconstruir lo sucedido durante la madrugada del 8 de julio de 2007 en Trevelin, tal como lo propuso la Fiscalía en su alegato. “Así entiendo que uno de los indicios mas fuertes en tal sentido lo conforman los dichos de la víctima, Marcelo David Gallardo, ante los policías Lagos y Almonacid, sindicando a Darío Cárdenas como el autor de la lesión recibida y que exhibiera al primero de los nombrados. Del relato del Suboficial Ppal. de policía, Angel Lagos en el debate, se desprende sintéticamente que concurrió al restobar junto con el resto del personal policial porque la dueña quería cerrar, permaneciendo el declarante en el exterior junto con Almonacid custodiando los móviles en los que se habían trasladado al lugar, dado que ambos cumplían la función de chofer. Que empezaron a salir los muchachos y en un momento miraron hacia la Av. San Martín observando un tumulto en la esquina. Por lo que se dirigió hacia el lugar en el móvil... Que allí se le acercó Gallardo, le mostró la herida y le dijo que había sido Cárdenas por lo que lo llevó al hospital en el móvil”, relató la magistrada. En relación a este mismo testigo, la Juez sostuvo que cuando se le pidió que diera mas precisiones, este indicó que el herido le dijo “Darío Cárdenas me cortó. Este no se banca una pelea limpia, ya me voy a componer y lo voy a agarrar”. Estos dichos fueron confirmados por el otro policía que lo acompañó al lugar donde se encontraron los heridos.
La magistrada se refirió a una pelea que Gallardo y uno de los amigos de Cárdenas habían mantenido anteriormente. Uno de los testigos, sostuvo que aquella noche en el resto bar, Cárdenas le había preguntado si él se iba a meter si Marcelo (Gallardo) y el otro joven se peleaban. “... Que luego salieron de la confitería y aparecieron de atrás Darío (Cárdenas) y el menor, y Darío dijo si querían quilombo a lo que ellos contestaron que no, y ahí Jaques se puso por delante, perdiéndose el testigo en ese momento, recordando que Marcelo siguió y el menor lo persiguió, mientras él (Cárdenas) quedó con el “conejo” Jaques...”.
En este contacto de Cárdenas con Jaques, cayeron ambos al piso. El segundo permaneció tirado en el lugar, en tanto que Darío fue en busca de Gallardo hasta darle alcance y ultimarlo.
Voto de Víctor Sarquís
Por su parte el Dr. Sarquís también coincidió en que la Fiscalía logró probar el marco de los hechos que propuso al presentar su caso y esto permite atribuir la autoría de los homicidios de las víctimas a Rubén Darío Cárdenas.
Luego de referirse el magistrado a los problemas previos entre los grupos de víctimas y victimario, dijo: “Deteniéndonos un momento en el instante del enfrentamiento Cárdenas – Jaque, y sin perder de vista el escenario en que se produjo, teniendo presente también la presencia cercana de sus amigos y la herida de muerte detectada inmediatamente después del enfrentamiento, debemos inexorablemente establecer que fue Cárdenas el único y excluyente autor de tal estocada mortal, por mas que nadie haya podido observar en ese instante el arma blanca o que llegase Cárdenas al lugar con el arma en la mano o la extrajera en ese momento para aplicarla sobre el pecho de la víctima. No hay aquí margen alguno para la duda. Segundos previos al contacto físico con Cárdenas, Jaques estaba erguido, vivo, consciente, a tal punto que intentó interponerse en el avance de Cárdenas para evitar la pelea en la forma que lo hizo. Inmediatamente después cayó al piso abatido, con una herida mortal en el tórax, de una importancia tal que según los dictámenes médicos analizados su sobrevida fue de pocos minutos.”
El arma homicida
El arma blanca empleada para ultimar a las dos víctimas fue encontrada en un cantero, ubicado en el camino que tomaron los imputados al retirarse de la escena del crimen. Del lugar fue levantada con la presencia de un testigo civil. La hoja del cuchillo estaba cubierta de sangre. Las pericias permitieron determinar que esa sangre pertenecía a Gallardo, el segundo de los jóvenes ultimados por la misma arma, y el que había sufrido la herida mas profunda. Los peritos indicaron que pudo haber sido la misma persona la que provocó una herida y la otra, por las características que estas presentaban. Se trataba de un autor diestro, tanto por el uso de la mano derecha como por su destreza en el manejo del cuchillo. Cárdenas, además de ser diestro, trabajaba en el campo y esto hizo inferir que conoce como usar el cuchillo, habilidad propia de los hombres de campo. Además, entre las ropas del imputado, al ser trasladado este a la Comisaría, se le encontró una vaina casera, coincidente con el tamaño y forma del arma empleada en los crímenes.
Sarquís se refirió también a “otro elemento indiciario vinculado a la autoría de Cárdenas respecto de las dos acciones homicidas, resulta de la gesticulación que el Subcomisario Ulpiano Grenier, advirtiera le hizo a su amigo en dependencias de la Comisaría de Trevelin. Gesto que el mencionado policía interpretó como que le quería comunicar a su amigo que había pasado a dos a degüello.”
La calificación. El voto en disidencia de Jorge Criado
Los dos primeros votantes entendieron que si bien en los aspectos objetivos parece probado que Cárdenas mató a Jaque solo porque se interpuso en el camino que llevaba para matar a Gallardo, quedan dudas respecto de cual fue su verdadera intención al momento de darle muerte. Es decir que el homicidio de Jaque pudo estar fundado para Cárdenas en motivos tan nimios como los que lo llevaron a matar a Gallardo, en este caso podría ser solo por el hecho de que este perteneciera al grupo rival y porque se interpuso en su camino. Pero no necesariamente porque lo viera como un escollo para el logro del delito que buscaba cometer.
El agravante de homicidio criminis causa propuesto por la Fiscalía, tuvo acogida en el voto de Criado. En este sentido el Juez dijo que este agravante “... ha sido definido en el grueso de la doctrina como la determinación de un delito de ‘para o por’ en su vinculación”. En relación a el caso que se está juzgando, Criado lo definió como “la comisión de un homicidio para la consumación de otro homicidio... Entonces quien mata a otro para consumar como delito principal la producción de la muerte de otro distinto, evidencia en su designio final que esa motivación lo ha llevado a matar en el primer caso, de modo tal que esa motivación integra el dolo del tipo en cuestión...” La agravante funciona como una conexión subjetiva o ideológica que une al homicidio con el otro delito. “De modo tal que los dos hechos, que en el caso son dos homicidios, están conectados psicológicamente entre sí”.
El último votante entendió que plantear el concurso entre los dos homicidios implica no contemplar las pruebas presentadas en el juicio. Es decir, ignorar que Jaque se interpuso para evitar que Cárdenas ataque a Gallardo y que Cárdenas debió matar para poder matar, “matar a Jaques para poder matar a Gallardo”.
El fallo
Luego de la lectura de los votos se dio a conocer el fallo rechazando las nulidades propuestas por la Defensa, sobreseyendo al menor imputado y condenando a Rubén Darío Cárdenas por los delitos de homicidio simple reiterado, dos hechos, en perjuicio de Marcelo Gallardo y Juan José Jaque.
El monto de la pena será discutido en una nueva audiencia, cuya fecha se deberá fijar en los próximos días. En este caso ya no habría restricciones al acceso de la prensa al haberse desvinculado de la causa al menor de edad.
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