miércoles, 28 de mayo de 2008

Estafa

SE RECHAZÓ EL PEDIDO DE CESE DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

En una audiencia realizada esta mañana, el Defensor particular del imputado de
dos estafas cometidas en Esquel, solicitó el cese de la prisión preventiva. Para fundar su pedido presentó documentación en relación al arraigo. La Fiscalía consideró que la prueba es insuficiente y rechazó la petición. El Juez acordó con el Ministerio Público Fiscal, y dispuso la continuidad de la medida, recordándole al imputado que puede solicitar una nueva revisión en cualquier momento, en tanto que cuente con elementos para acreditar su arraigo.

Esta vez representado por un Defensor particular, el presunto estafador presentó una constancia de inscripción al monotributo en la que figura una dirección en San Antonio Oeste, su documento de identidad con la misma dirección y una manifestación de domicilio realizada por la mujer del imputado ante la policía de esa ciudad rionegrina, indicando que vive en otra dirección de la misma localidad. Según explicó el imputado, al ser consultado por la Fiscalía, reside allí desde hace ocho meses.

Para la Fiscalía nada ha cambiado

En su alegato el Fiscal señaló algunas contradicciones entre lo declarado por el imputado en la audiencia anterior y lo que pretende aclarar en esta, además de insistir en que lo presentado es endeble para acreditar cualquier tipo de arraigo. “Con lo aportado por la Defensa considero que es insuficiente para satisfacer las condiciones de arraigo exigidas por el Código Procesal Penal”, dijo el Fiscal y fundamentó diciendo: “Si la memoria no me falla, en la audiencia de apertura de la investigación, fue el propio imputado quien sindicó que vivía en el sector chanchería, que hacía mucho tiempo vivía en el lugar, que allí fue ubicado y esto motivó incluso que Fiscalía y Defensa peticionáramos las actuaciones de detención para comprobar si esto era posible de verificar y si esto podía ser tomado como un punto de arraigo conocido y firme. Circunstancia que hoy se ve, en principio, contradicha por la propia versión del imputado – no es algo que esta misma Fiscalía haya hecho ninguna actividad para acreditar –“. Luego de señalar esto, el Dr. Fernando Rivarola (Fiscal), resaltó que ahora se acompaña una inscripción al monotributo, con otra dirección diferente de aquella.
El acusador destacó que no se llevó ningún documento que acredite que está cumpliendo con cargas impositivas, mas allá de la inscripción que data de 2007, para demostrar alguna actividad lícita, ni se presentaron facturas de servicios que certifiquen el lugar donde ahora reside – una dirección diferente de la que figura en la documentación -, ni tampoco presentó ningún contrato de alquiler en relación a este nuevo inmueble.

Para el Fiscal no logró demostrarse el arraigo, de modo de garantizar que el imputado se presentará cuando se lo llame en el marco del proceso.

La postura de la Defensa

La Defensa luego de dar una interpretación distinta a lo dicho por la Fiscalía, propuso para el caso en que quiera asegurarse la presencia de su defendido, que se le sustituya la prisión preventiva por la obligación de presentarse periódicamente ante alguna institución de San Antonio Oeste.

La resolución

El Dr. Jorge Criado, Juez de la causa, compartió el argumento Fiscal, señalando que no se acreditó suficientemente el arraigo. El magistrado marcó diferencias con la interpretación ofrecida por el Defensor, Dr. José Colabelli, respecto de lo que certifica la manifestación de domicilio hecha por la concubina del imputado en su ciudad de origen. “El documento que yo tengo a la vista no está certificando el domicilio, es mas, claramente dice ‘manifestación de domicilio’, se presenta la señora, dice quién es, muestra un documento, dice que usted es el marido, dice que viven... y eso le da la policía con un sellito diciendo ‘vino acá y me dijo’. Esto no es una certificación de domicilio”, remarcó.

Otro de los puntos cuestionados por el Juez fue que el imputado al ser consultado por el contrato de alquiler dijo que no sabía si su señora lo había traído a Esquel, sin embargo la Defensa planteó que podía no existir tal contrato, ya que este podría haberse hecho en forma oral. “Entonces si usted quiere acreditarme que vive en la calle Tierra del Fuego... y lo quiere hacer hoy a la tarde o mañana, a penas lo acredite yo voy a coincidir, pero en esta audiencia coincido con el Fiscal en que no me ha acreditado absolutamente nada.”, planteó el magistrado.

Criado recordó todos los elementos considerados en la audiencia anterior donde se sopesó la dificultad para dar con el hoy detenido ya que, pese a las notificaciones, nunca se presentó voluntariamente en la causa y su detención se demoró también porque no existía un domicilio conocido.

Mas allá de las presentaciones que el imputado pueda volver a intentar, ya se dispuso que en quince días, a contar desde la fecha de la realización de la primera audiencia, se realizará una revisión de la prisión preventiva.


Quienes lo deseen pueden solicitar audios a svaamonde@juschubut.gov.ar

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