jueves, 5 de junio de 2008

Robo calificado

SE DICTÓ PRISIÓN PREVENTIVA AL ACUSADO DE A MANO ARMADA EN TREVELIN

En una audiencia de control de la detención realizada el miércoles por la tarde, la Juez Penal decretó la prisión preventiva del imputado, a pedido de la Fiscalía. El sujeto fue detenido luego de robar una casa de comidas, amenazando a su propietaria con un cuchillo. El Fiscal se comprometió a finalizar la investigación en un plazo record de 15 días. El imputado tiene una condena firme por homicidio calificado y se vio beneficiado con una conmutación de pena del Ejecutivo Provincial en el año 2000.

Luego de declararse legal la detención, disponerse la investigación de otra causa a partir de la denuncia del imputado contra la policía y la revisación del sujeto por el médico forense para constatar si tiene algún tipo de lesiones, la Fiscalía describió el hecho por el que se lo investigará.

Todo comenzó el martes a las 19:30 hs. en un local comercial de la localidad de Trevelin. La propietaria del lugar iba a abrir el comercio para la atención al público, cuando el imputado la empujó hacia el interior del local, luego la tomó del cabello, la llevó hacia detrás del mostrador, tomó un cuchillo de mesa, tipo sierrita, intimidándola para que le entregue el dinero y mientras tanto, según palabras del Fiscal, le hacía referencias intimidantes en relación a miembros de su familia.

La caja registradora estaba con llave y la mujer no pudo abrirla empleando el botón de apertura, por esto, el sujeto introdujo el cuchillo en la ranura y forzándola logró su cometido, apoderarse de cerca de $45 que había en el interior. Después de esto le dijo a la mujer que cierre la puerta y no dé aviso a la policía.

Los uniformados lograron aprehenderlo a poco más de una cuadra del lugar, cuando este se alejaba corriendo. Luego se pudo constatar entre sus pertenencias que llevaba un cuchillo similar al descrito por la mujer y dinero, discriminado de la manera que lo había sido el sustraído en el comercio y por una suma similar.

El Fiscal calificó el hecho como robo calificado por el uso de arma.

El pedido de prisión preventiva

El Fiscal fundamentó su pedido de prisión preventiva en los peligros de fuga y entorpecimiento, valiéndose también de los graves antecedentes penales del imputado. “La Fiscalía entiende estrictamente necesario el dictado de prisión preventiva”, sostuvo el Dr. Fernando Rivarola, al relatar los elementos que permiten sostener que hay una alta probabilidad de que el imputado sea autor del hecho.

Respecto de la probabilidad de fuga indicó que se trata de una persona que no tiene arraigo en la zona, que vive en Aldea Escolar desde hace pocos meses (tres o cuatro) y no se conoce en que calidad reside allí, poniendo en duda que pueda tratarse de una ocupación ilegal. También indicó que solo se lo ve salir por la noche, no se le conoce ninguna ocupación y, de hecho, la población del lugar está atemorizada porque trascendieron algunos antecedentes condenatorios del sujeto.
El Fiscal también valoró como indicadores del riesgo de fuga, las características del lugar en el que reside, que le permitirían alejarse fácilmente, incluso hacia Chile; las características del hecho, la violencia demostrada hacia la víctima y el hecho de haber empleado un arma en el hecho lo que da cuenta del desprecio por la vida. La actitud que tuvo el imputado luego de cometido el hecho, al amenazar a su víctima para que no haga la denuncia, habla de una actitud de entorpecimiento para con la investigación.


Los antecedentes condenatorios

El imputado tuvo una sentencia condenatoria, firme, en Trelew, la que fue confirmada por la Cámara de Apelaciones de esa jurisdicción (año 1989) y por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. Allí se lo condenó por los delitos de Atentado a la Autoridad, en concurso real con Homicidio Calificado, formalmente concursado con Robo Agravado cometido en Poblado y en Banda, a la pena de Prisión Perpetua mas la pena accesoria de Reclusión por tiempo indeterminado de cumplimiento efectivo, declarándolo reincidente. El 31 de octubre del 2000, el Poder Ejecutivo de la Provincia, bajo el decreto 1.437, conmutó a favor del interno la pena de prisión perpetua compuesta por la de 25 años de prisión, practicándose un nuevo cómputo de pena (ley 24390, arts. 1 y 7) se fijó en 8 años, un mes y 24 días el tiempo de detención. Cumplidos los 25 años de prisión “el 19 de abril de 2007, fecha a partir de la cual comenzó a cumplir la pena accesoria prevista por el artículo 52, pero que fue dejada sin efecto por una resolución del 4 de julio del año 2007”. En la sentencia se hace mención a cuatro hechos en concurso real, todos de robo calificado. La misma modalidad que la empleada en el hecho ocurrido el martes en Trevelin.

Según el Fiscal, se comprobaron serios cuestionamientos a la conducta del imputado, además de intentos de fuga, aunque aun no se cuenta con las certificaciones concretas al respecto.

El plazo de la prisión preventiva

El Fiscal se comprometió a finalizar la investigación en un plazo de dos meses. Sin embargo, por el cuestionamiento de la Defensa, Dr. Javier Allende, por considerar que el tiempo es demasiado extenso, el Fiscal se comprometió a terminar la investigación y solicitar la elevación a juicio en solo 15 días.
La Juez de la causa, Dra. Nelly García, entendió que el plazo propuesto por la Fiscalía puede considerarse record para una investigación, y entendió que con lo arrimado hasta el momento en relación a la causa puede considerarse la existencia de peligro de fuga y entorpecimiento para la investigación. La magistrada dejó a la Defensa la tarea de probar la existencia de arraigo y a partir de esto solicitar que se modifique la modalidad de la medida de coerción, en caso de encontrarse suficientemente acreditado el mismo.

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