EL MENOR RECONOCIÓ SU RESPONSABILIDAD Y FUE CONDENADO
En una audiencia que se extendió por dos horas, el imputado menor de edad reconoció haber apuñalado Silva la madrugada del 23 de octubre pasado. Tratándose de un menor de edad y luego de este reconocimiento, pudo realizarse un juicio abreviado. El joven de 17 años se comprometió a continuar con un tratamiento psicológico, seguir con sus estudios, con la formación profesional en albañilería y con su trabajo de albañil. Estará a cargo de su tío y se le prohibió concurrir a locales nocturnos durante los próximos ocho meses. Cualquier incumplimiento a lo dispuesto llevará a revisar la resolución y probablemente endurecer las medidas.
En relación al imputado mayor de edad se realizó la audiencia preliminar y deberá pasar por el juicio, en donde se analizará su responsabilidad.
Los imputados fueron acusados de asesinar a Eugenio Silva el 23 de octubre de 2007 aproximadamente a las 2:30 hs. Según la acusación la víctima estaba jugando al pool, de espaldas a la mesa en la que se encontraban los imputados. Uno de ellos, el menor, sin mediar discusión le asestó un golpe de puño en el rostro. Inmediatamente intervino su tío (el otro imputado) y entre ambos tomaron a Silva y lo llevaron hacia la mesa ubicada sobre una tarima existente en el local. En ese sitio prosiguió la golpiza. El imputado mayor hizo el ademán de extraer un arma blanca de su cintura, Silva logró zafarse, el imputado lo persiguió, le dio alcance y tomándolo del pelo lo obligó a agacharse, lo redujo y el menor le asestó la puñalada mortal. En ese momento intervino el dueño del local, junto a otras personas y los imputados se retiraron en un vehículo (Chevrolet 400 rojo).
Responsable
Asistido por
El acuerdo entre las partes implicó una amonestación formal, la obligatoriedad de continuar con el tratamiento psicológico que ya viene llevando a cabo, la continuidad de los estudios secundarios, así como de la capacitación que realiza en un centro de formación profesional y sus trabajos de albañil. Seguirá a cargo del tío con el que vive, el que se responsabilizará por el cumplimiento de todo lo dispuesto. El menor deberá mantener su domicilio, notificar periódicamente que efectivamente está haciendo todo lo que se le impuso, mediante la presentación de certificados, y abstenerse de concurrir a locales nocturnos en los que se expendan bebidas alcohólicas durante los próximos ocho meses. En esos horarios nocturnos deberá permanecer en la casa de su tío.
Juicio para el mayor
Luego de resultar condenado el imputado menor, se realizó la audiencia preliminar en relación al mayor imputado. Toda la prueba de
El Defensor particular solicitó la realización de una reconstrucción del hecho en el lugar, con todos los testigos para despejar posibles contradicciones que pudieran surgir de las declaraciones testimoniales.
El letrado, frente a la condena al menor, solicitó que este sea aceptado como testigo de su defendido. El Ministerio Fiscal también mostró su oposición por considerar que no puede agregarse prueba en esta instancia procesal y además porque el chico ya fue juzgado por ese mismo hecho y su declaración estaría condicionada a lo que ya declaró, poniéndolo en situación de entrar en contradicciones y violando las garantías constitucionales. La magistrada coincidió con
Justicia
Promediando la audiencia se hizo presente la mujer de la víctima del homicidio. Conmocionada, y con evidentes signos del dolor que le causa el recuerdo de lo ocurrido aquella madrugada de octubre, solo atinó a pedir “justicia” cuando
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