Dos estafas le imputaba el Fiscal, Fernando Rivarola a Hugo Fernando Miliam, el Tribunal lo encontró responsable de una de ellas y lo absolvió por la otra ya que el damnificado recuperó su automóvil.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha para realizar la audiencia para la discusión sobre la pena.
Varios puntos de la investigación fueron controvertidos en las posiciones que adoptaron las partes en sus alegatos. El Tribunal unipersonal, en cabeza del Dr. Jorge Eyo, se refirió a estas diferencias y ofreció sus conclusiones en la sentencia.
El imputado miente
En relación a una de las estafas por las que fue acusado Miliam, el boleto de compraventa del vehículo solo refiere el pago de una suma única en efectivo. Sin embargo la víctima sostiene que una mínima parte fue abonada con esa modalidad de pago, en tanto que la mayor parte fue contenida por un cheque, que finalmente nunca pudo ser cobrado por pertenecer a una cuenta cerrada varios años antes. El Juez interpretó que la versión del imputado resulta improbable, ya que habría que pensar que la víctima “actúa con la intención de perjudicar penalmente a alguien con el que trató en esa única oportunidad y con el que no tuvo ningún inconveniente, o de obtener un beneficio ilegítimo del acusado procurando constituirlo en deudor de una obligación de otra persona”. Eyo entendió así que “el acusado miente cuando ateniéndose a la literalidad del contrato niega implícitamente haber entregado el cheque y que tal como lo sostiene la víctima, es verdadero que cometió un error – la propia víctima – al no consignar el pago con cheque.”.
La credibilidad de las víctimas
Las declaraciones de los dos damnificados resultaron creíbles a los oídos del Juez, no solo por la impresión personal que estos le dejaron, sino también por la existencia de documentación que avala sus dichos y la evidencia de que se produjo un mismo modus operandi. “El acusado da sus nombres y apellido verdadero, exhibe su DNI verdadero, da un número de teléfono celular verdadero, de hecho a ese número se comunica en 3 o 4 oportunidades uno de los damnificados, pero miente cuando les consigna que tiene domicilio en Gobernador Costa”.
Miliam nunca reconoció haber dado un domicilio falso, solo indicó que en ambos casos comentó a los vendedores que había estado alguna vez en esa localidad. “Aquí nuevamente resulta absurdo considerar que los vendedores hubieran puesto cualquier domicilio que se les ocurriera y que el acusado firmara el contrato sin decir nada al respecto”, señaló el juez, concluyendo una vez mas en que el imputado miente, también en este punto.
Más mentiras
Miliam les había dicho a ambos vendedores que trabajaba para la empresa Torraca, que estaba realizando trabajos de pavimentación en el tramo Gobernador Costa/ Río Pico. Esto tampoco era cierto.
“Las circunstancias falsas aportadas por el acusado en sus negociaciones con ambos vendedores al presentarse como alguien con domicilio en la zona y trabajo con un camión en una empresa vial que también operaba en la zona, aparecen como, conforme surge de los términos de la denuncia” – formulada por uno de los damnificados que concurrió a Gobernador Costa para ubicarlo,- “y generar confianza en cuanto a una cierta solvencia, de manera de facilitar la aceptación de un cheque como parte del pago”.
Demasiadas coincidencias
El Dr. Jorge Eyo indicó que estas “mentiras”, antes mencionadas, no serían suficientes para demostrar que el imputado sabía que los cheques que estaba entregando eran incobrables. “Pero la repetición de los hechos me llevan a concluir que no es casual que en ambos casos pagó con cheques incobrables y que esta circunstancia era de su conocimiento”.
También lleva a descartar la casualidad, el hecho que “ni siquiera se trata de cheques correspondientes a cuentas operativas sin fondos suficientes sino que en el primer hecho se trata de un cheque correspondiente a una chequera sustraída y en el segundo hecho a un cheque correspondiente a una cuenta cerrada, en ambos casos varios años antes de su utilización.”
Día de trampa
El Dr. Rivarola en su alegato había señalado que este tipo de estafas se realizan habitualmente los viernes y sábados con el objeto de impedir que el damnificado constate la viabilidad del cheque antes de aceptarlo. El Juez también se refirió a este punto. “También tengo en cuenta que en ambos casos la entrega de los cheque se efectuaron un día viernes en horas de la tarde en el primer hecho y un sábado en el segundo hecho, en significativa coincidencia con lo informado por los oficiales de Policía Grenier y Echeverría, en cuanto a los días en que generalmente ocurren las estafas mediante la utilización de cheques incobrables.”
Uno que sí, uno que no
El magistrado consideró que en el primero de los hechos se constituyó el delito de estafa con todo lo que exige el tipo penal. Pero a su criterio no habría sucedido lo mismo con el segundo.
Básicamente la diferencia, para este criterio, es que en un caso no se pudo recuperar el automotor y en el otro sí, con lo cual en uno sí habría perjuicio y no en el otro.
Sigue a nombre del vendedor
En relación al segundo de los hechos, el Peugeot está aun a nombre del vendedor damnificado, ya que nunca se efectivizó la transferencia de dominio. Ese vehículo fue secuestrado por la Justicia, no a Miliam sino a una persona que se lo había comprado, y volverá a manos de su dueño original. Por este motivo el Dr. Eyo entendió que “no se ha configurado entonces el perjuicio patrimonial” y “corresponde disponer su entrega a su titular dominial”.
La resolución
Por estos análisis el Juez resolvió declarar a Hugo Fernando Miliam como autor penalmente responsable del delito de Estafa por el hecho ocurrido el 13/04/2007, en Esquel, y Absolverlo con costas, como autor del delito de Estafa por el hecho ocurrido el 04/05/2007, también en Esquel.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha para la audiencia en la que se discutirá la determinación de la pena.
Los hechos por los que acusó la Fiscalía
El primero de los hechos ocurrió el 13 de abril del año 2007, alrededor de las 19 hs. Hugo Fernando Miliam se había mostrado interesando en comprar un VW Senda modelo ’92. Acordó con el propietario de vehículo un precio, 11 mil pesos, dio un domicilio falso de Gobernador Costa y pagó $3 mil en efectivo y el resto, 8 mil pesos, con un cheque de pago diferido, correspondiente al Banco Río con fecha de pago 25 de abril de 2007. El estafador dijo en aquella oportunidad que había recibido ese cheque porque trabajaba para una empresa en Río Pico. Estos datos también eran falsos, según el Fiscal, él sabía que el cheque no podía ser cobrado. Cuando el vendedor se presentó a cobrar el cheque el 25 de abril, se lo rechazaron por código postal erróneo, pero luego se estableció que ese cheque había sido robado durante los años 2001 y 2002 a una persona en Trenque Lauquen (Bs. As.).El segundo hecho también ocurrió en Esquel, el 4 de mayo de 2007. El imputado dijo entonces que era oriundo de Comodoro Rivadavia pero vivía en Gobernador Costa - datos falsos- y se mostró interesado en comprar un Peugeot 504 que tenía cartel de venta en una de sus ventanillas. Al otro día concretó la compra. El precio se pactó en $7.800, de los cuales pagó 7 mil con un cheque de pago diferido del Citybank, que también – según la Fiscalía- sabía que nunca iba a poder ser cobrado. La fecha de pago del cheque estaba fijada para el 20 de mayo de ese año. El resto del importe de la compra lo abonó en efectivo ($800). Cuando el vendedor presentó el cheque para cobrarlo, se lo rechazaron por falta de fondos, comprobándose que la cuenta corriente estaba cerrada desde 2004.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha para realizar la audiencia para la discusión sobre la pena.
Varios puntos de la investigación fueron controvertidos en las posiciones que adoptaron las partes en sus alegatos. El Tribunal unipersonal, en cabeza del Dr. Jorge Eyo, se refirió a estas diferencias y ofreció sus conclusiones en la sentencia.
El imputado miente
En relación a una de las estafas por las que fue acusado Miliam, el boleto de compraventa del vehículo solo refiere el pago de una suma única en efectivo. Sin embargo la víctima sostiene que una mínima parte fue abonada con esa modalidad de pago, en tanto que la mayor parte fue contenida por un cheque, que finalmente nunca pudo ser cobrado por pertenecer a una cuenta cerrada varios años antes. El Juez interpretó que la versión del imputado resulta improbable, ya que habría que pensar que la víctima “actúa con la intención de perjudicar penalmente a alguien con el que trató en esa única oportunidad y con el que no tuvo ningún inconveniente, o de obtener un beneficio ilegítimo del acusado procurando constituirlo en deudor de una obligación de otra persona”. Eyo entendió así que “el acusado miente cuando ateniéndose a la literalidad del contrato niega implícitamente haber entregado el cheque y que tal como lo sostiene la víctima, es verdadero que cometió un error – la propia víctima – al no consignar el pago con cheque.”.
La credibilidad de las víctimas
Las declaraciones de los dos damnificados resultaron creíbles a los oídos del Juez, no solo por la impresión personal que estos le dejaron, sino también por la existencia de documentación que avala sus dichos y la evidencia de que se produjo un mismo modus operandi. “El acusado da sus nombres y apellido verdadero, exhibe su DNI verdadero, da un número de teléfono celular verdadero, de hecho a ese número se comunica en 3 o 4 oportunidades uno de los damnificados, pero miente cuando les consigna que tiene domicilio en Gobernador Costa”.
Miliam nunca reconoció haber dado un domicilio falso, solo indicó que en ambos casos comentó a los vendedores que había estado alguna vez en esa localidad. “Aquí nuevamente resulta absurdo considerar que los vendedores hubieran puesto cualquier domicilio que se les ocurriera y que el acusado firmara el contrato sin decir nada al respecto”, señaló el juez, concluyendo una vez mas en que el imputado miente, también en este punto.
Más mentiras
Miliam les había dicho a ambos vendedores que trabajaba para la empresa Torraca, que estaba realizando trabajos de pavimentación en el tramo Gobernador Costa/ Río Pico. Esto tampoco era cierto.
“Las circunstancias falsas aportadas por el acusado en sus negociaciones con ambos vendedores al presentarse como alguien con domicilio en la zona y trabajo con un camión en una empresa vial que también operaba en la zona, aparecen como, conforme surge de los términos de la denuncia” – formulada por uno de los damnificados que concurrió a Gobernador Costa para ubicarlo,- “y generar confianza en cuanto a una cierta solvencia, de manera de facilitar la aceptación de un cheque como parte del pago”.
Demasiadas coincidencias
El Dr. Jorge Eyo indicó que estas “mentiras”, antes mencionadas, no serían suficientes para demostrar que el imputado sabía que los cheques que estaba entregando eran incobrables. “Pero la repetición de los hechos me llevan a concluir que no es casual que en ambos casos pagó con cheques incobrables y que esta circunstancia era de su conocimiento”.
También lleva a descartar la casualidad, el hecho que “ni siquiera se trata de cheques correspondientes a cuentas operativas sin fondos suficientes sino que en el primer hecho se trata de un cheque correspondiente a una chequera sustraída y en el segundo hecho a un cheque correspondiente a una cuenta cerrada, en ambos casos varios años antes de su utilización.”
Día de trampa
El Dr. Rivarola en su alegato había señalado que este tipo de estafas se realizan habitualmente los viernes y sábados con el objeto de impedir que el damnificado constate la viabilidad del cheque antes de aceptarlo. El Juez también se refirió a este punto. “También tengo en cuenta que en ambos casos la entrega de los cheque se efectuaron un día viernes en horas de la tarde en el primer hecho y un sábado en el segundo hecho, en significativa coincidencia con lo informado por los oficiales de Policía Grenier y Echeverría, en cuanto a los días en que generalmente ocurren las estafas mediante la utilización de cheques incobrables.”
Uno que sí, uno que no
El magistrado consideró que en el primero de los hechos se constituyó el delito de estafa con todo lo que exige el tipo penal. Pero a su criterio no habría sucedido lo mismo con el segundo.
Básicamente la diferencia, para este criterio, es que en un caso no se pudo recuperar el automotor y en el otro sí, con lo cual en uno sí habría perjuicio y no en el otro.
Sigue a nombre del vendedor
En relación al segundo de los hechos, el Peugeot está aun a nombre del vendedor damnificado, ya que nunca se efectivizó la transferencia de dominio. Ese vehículo fue secuestrado por la Justicia, no a Miliam sino a una persona que se lo había comprado, y volverá a manos de su dueño original. Por este motivo el Dr. Eyo entendió que “no se ha configurado entonces el perjuicio patrimonial” y “corresponde disponer su entrega a su titular dominial”.
La resolución
Por estos análisis el Juez resolvió declarar a Hugo Fernando Miliam como autor penalmente responsable del delito de Estafa por el hecho ocurrido el 13/04/2007, en Esquel, y Absolverlo con costas, como autor del delito de Estafa por el hecho ocurrido el 04/05/2007, también en Esquel.
La Oficina Judicial deberá fijar fecha para la audiencia en la que se discutirá la determinación de la pena.
Los hechos por los que acusó la Fiscalía
El primero de los hechos ocurrió el 13 de abril del año 2007, alrededor de las 19 hs. Hugo Fernando Miliam se había mostrado interesando en comprar un VW Senda modelo ’92. Acordó con el propietario de vehículo un precio, 11 mil pesos, dio un domicilio falso de Gobernador Costa y pagó $3 mil en efectivo y el resto, 8 mil pesos, con un cheque de pago diferido, correspondiente al Banco Río con fecha de pago 25 de abril de 2007. El estafador dijo en aquella oportunidad que había recibido ese cheque porque trabajaba para una empresa en Río Pico. Estos datos también eran falsos, según el Fiscal, él sabía que el cheque no podía ser cobrado. Cuando el vendedor se presentó a cobrar el cheque el 25 de abril, se lo rechazaron por código postal erróneo, pero luego se estableció que ese cheque había sido robado durante los años 2001 y 2002 a una persona en Trenque Lauquen (Bs. As.).El segundo hecho también ocurrió en Esquel, el 4 de mayo de 2007. El imputado dijo entonces que era oriundo de Comodoro Rivadavia pero vivía en Gobernador Costa - datos falsos- y se mostró interesado en comprar un Peugeot 504 que tenía cartel de venta en una de sus ventanillas. Al otro día concretó la compra. El precio se pactó en $7.800, de los cuales pagó 7 mil con un cheque de pago diferido del Citybank, que también – según la Fiscalía- sabía que nunca iba a poder ser cobrado. La fecha de pago del cheque estaba fijada para el 20 de mayo de ese año. El resto del importe de la compra lo abonó en efectivo ($800). Cuando el vendedor presentó el cheque para cobrarlo, se lo rechazaron por falta de fondos, comprobándose que la cuenta corriente estaba cerrada desde 2004.
No hay comentarios:
Publicar un comentario