El martes próximo se conocerá la sentencia del Tribunal, en el marco de un juicio que tiene por imputados a cinco policías. El Fiscal solicitó la absolución de uno de ellos y la condena de los otros cuatro. La querella adhirió al pedido y el Defensor solicitó la absolución, señalando que solo se hizo uso de la fuerza legal. Las víctimas son tres hombres detenidos en El Maitén en febrero de 2008, vinculados a otro delito por el que fueron condenados en juicio abreviado. La particular situación es que en el proceso anterior ellos fueron acusados por la Fiscalía, en tanto que, por entender que el proceder policial que rodeó la detención fue irregular, ahora la misma Fiscalía los representa en tanto presuntas víctimas del accionar policial.
El juicio dio comienzo el lunes 31 de agosto, y luego de escucharse cantidad de testimonios y llevarse a cabo algunas pericias, este martes se expusieron los alegatos de las partes.
Los derechos son humanos
El Fiscal, Martín Zacchino, en la introducción a sus alegatos se refirió al tipo de conductas que se están juzgando, en tanto afectación de la libertad de las personas en sentido amplio, incluida la de no padecer situaciones agraviantes innecesarias. También sostuvo que además de la sanción personal al autor del delito, la norma penal persigue una sanción institucional ya que las conductas que reprocha son excesos en el ejercicio del rol funcional.
En relación a la afectación de Derechos humanos, Zacchino señaló que en la actualidad se confunde el significado profundo de la denominación Derechos humanos, “todo el Derecho es humano ya que regula la vida de los seres humanos”, sin embargo esta especial denominación se refiere a resguardos ante el ejercicio indebido, abusivo, del poder estatal.
Cuándo y cómo
Todo comenzó una madrugada como tantas otras en El Maitén. Varios parroquianos estaban consumiendo en un bar, entre ellos había una mujer mayor que tenía un tetrabrik de vino. Un sujeto se lo quitó y frente a esta actitud otros tres (foráneos que estaban en el mismo bar) hicieron “justicia por mano propia”. Tomaron al primero y valiéndose de un embudo le hicieron consumir cantidad de bebidas alcohólicas hasta que este perdió la conciencia, lo desnudaron y lo dejaron tirado en la vía pública. La policía fue alertada, llegó al lugar, llamó a la ambulancia para que reciba inmediata atención la víctima y, luego de los datos brindados por una testigo, un grupo de policías ingresaron al local para aprehender a los presuntos agresores. Lo que ocurrió a partir de ese momento se conoce a partir de diferentes versiones: las de los testigos, las de los policías y las de aquellos que en ese momento fueron detenidos como imputados y finalmente condenados luego de haber confesado su responsabilidad en el hecho de lesiones graves en el marco de un juicio abreviado.
La materia del juicio
Cuando los uniformados ingresaron al local, de pronto, generando un “efecto sorpresa”, ordenaron a todos los presentes que se coloquen contra la pared, todos obedecieron. Según los imputados ellos fueron abordados inmediatamente, sin dejarlos llegar a la pared los tiraron al piso y los esposaron. Al decir de la policía se actuó con celeridad ya que los sindicados superaban claramente a cualquiera de los presentes en contextura física. Tres fueron detenidos y trasladados al móvil policial. Según la policía uno de ellos perdió el equilibrio y cayó de bruces en el ripio cuando bajaba los escalones del local intentando zafarse, luego al tratar de ingresarlo a la parte trasera del móvil, una camioneta, impidió que lo introdujeran trabándose en el techo y la banquina del vehículo. Entonces los uniformados decidieron llevarlos en la caja con cúpula, para acelerar el trámite de traslado.
Los imputados dan una versión distinta, según su relato existieron golpes dentro del bar y para su traslado se los arrojó dentro de la caja del móvil, cayendo uno sobre otro, y tirando una rueda de auxilio sobre la cabeza de uno de ellos.
Ya en la Comisaría, según los policías, dos fueron llevados a un calabozo y otro, menor de edad e hijo de un policía de otra ciudad, fue dejado, con las esposas puestas, en el pasillo.
La versión de las ahora víctimas, es muy distinta. El menor habría ido a parar al calabozo y otro fue el que quedó en el pasillo. En esas circunstancias dicen haber recibido golpes varios y amenazas con la intención clara de amedrentarlos. Entre los dichos que los uniformados habrían pronunciado habría frases tales como “así que vos sos de Trelew mariconsito” “no vas a volver mas a El Maitén”, “Mas vale que cuando los suelten se vayan, sino no los van a encontrar mas”; “el documento no te lo vamos a devolver, y ni bien terminen con el trámite váyanse porque los vamos a hacer desaparecer”, “acá no los conoce nadie y si desaparecen no se va a enterar nadie”.
Las lesiones
El Fiscal consideró que luego de escuchar los diferentes dictámenes médicos, la compatibilidad de las lesiones que en su momento presentaban los denunciantes, con su testimonio de cómo se produjeron indica que no están mintiendo. Además señaló que la data de esas lesiones, su evolución lógica, también se corresponde con lo que los distintos profesionales certificaron cuando les tocó intervenir.
Las fotos
Estas tres personas, luego de haber estado detenidas, fueron trasladadas a Esquel para la realización de la audiencia de control de la detención y en ese ámbito relataron que habían sido víctimas de vejaciones. Ya en Trelew, su ciudad de origen, se hicieron fotografiar por un periodista y con esas fotos radicaron formalmente la denuncia.
Ni legal ni racional
Zacchino indicó que el límite entre el uso racional de la fuerza y su empleo excesivo en el marco de un procedimiento policial en el que suele haber resistencia por parte de quienes van a ser aprehendidos, es muy delgado. Sin embargo en esta causa, a su criterio, puede determinarse que existió un exceso. Para el Fiscal la prueba testimonial indica que no fue necesario el uso de la fuerza, pero además, porque cuando se hace uso de la fuerza legal, ese uso se plasma en el acta y en este caso, el acta policial “oculta algo”. En relación a eso que el acta oculta, el Fiscal acusó al policía que la redactó de incurrir en el delito de Falsedad ideológica de instrumento público, agravada por tratarse de un funcionario público.
Zacchino indicó que de los testimonios se evidencia que hay cierta sensación popular de que el algún punto “hasta se lo merecían”, en relación a la golpiza recibida por los imputados. Sensación que, al entender de acusador, también está presente en el personal policial, sin que se evidencia ningún arrepentimiento.
La calificación
Finalmente, luego de un extenso alegato, Zacchino pidió que se declare, a Juan Sandro Montecino, José Luis Morales, Gustavo Daniel Llancamán y Franco Cárcamo, autores penalmente responsables de los delitos de Vejaciones calificadas, tres hechos y en relación a Montesino también el delito de Falsedad ideológica agravada.
Por su parte la Querella adhirió a la calificación suministrada por la Fiscalía, luego de resaltar el daño físico y psicológico con secuelas de estrés postraumático sufrido por sus representados.
Sin culpas
Tres de los imputados fueron representados por el Dr. José Colabelli, en tanto que el restante, aquél respecto del cual la Fiscalía solicitara su absolución, fue asistido por otra letrada.
El Dr. Collabeli desarrollo su alegato procurando demostrar con la prueba producida que el accionar de sus defendidos estuvo enmarcado dentro de lo que la ley habilita al funcionario policial para procedimientos de ese estilo. Además resaltó, de las declaraciones de los profesionales médicos intervinientes, aquellas que a su entender habilitan la explicación de algunas lesiones, de modo acorde a la versión de los imputados. Por otra parte procuró poner en crisis los testimonios de las víctimas, señalando aspectos que no se condicen con lo probado en el juicio e indicando que si mintieron en algunos aspectos bien pueden haberlo hecho en la totalidad de sus planteos.
El letrado solicitó la absolución de los tres por los delitos que se les imputan, y por otra parte requirió que si los jueces entendieran probados los hechos que se les imputan a los tres se absuelva a Montesino del delito de falsedad ideológica, ya que si hubiera actuado de modo ilegal es esperable que no lo vuelque en un acta porque nadie está obligado a declarar en su contra.
El turno de los Jueces
El Tribunal colegiado, integrado por los Dres. Jorge Criado, Anabel Rodriguez y Ricardo Rolón se tomará una semana para resolver los planteos de las partes. El martes próximo a las 13:05 hs. se podrá escuchar la lectura de la sentencia, prevista de antemano en una duración aproximada de tres horas.
Si resultaran condenados los imputados deberá realizarse la segunda parte del juicio destinada al debate sobre la pena a aplicar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario