martes, 27 de abril de 2010

Malversación y Peculado

RUBILAR FUE CONDENADO A DOS AÑOS DE PRISIÓN, INHABILITACIÓN Y MULTA

El Tribunal de juicio leyó la sentencia en relación a la pena impuesta al ex intendente de Epuyén. Dos años de prisión en suspenso, inhabilitación absoluta perpetua y una multa de $ 9.901, mas las costas del juicio, es la pena que se le aplicó por los delitos de Peculado de bienes y Malversación de caudales públicos. Rubilar podría presentar un recurso para que la sentencia sea revisada por la Cámara en lo Penal, antes de que esta se convierta en sentencia firme.


AUDIO Sentencia por la pena

Los Jueces tomaron como atenuantes al buen concepto que Luis Pedro Rubilar tiene en la comunidad de Epuyén, su falta de antecedentes penales y el respeto a la Justicia que evidenció durante todo el juicio. Como agravantes, a la hora de graduar la pena consideraron que las conductas que se le recriminan fueron reiteradas y que estas se produjeron mientras él se desempeñó como funcionario público.

Inhabilitación

Ambos tipos penales contemplan la pena de inhabilitación, si bien la malversación prevé un tipo de inhabilitación especial, la condena por peculado implica una inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos. Esta última es la que aplicó el Tribunal, tal como lo solicitó la Fiscalía.

Multado

En este punto, los Jueces Carina Estefeanía, Ricardo Rolón y Javier Allende se apartaron de “la cuenta” realizada por la Fiscalía en torno al monto del perjuicio ocasionado por el imputado. Para los magistrados, lo probado ($49 mil pesos aproximadamente) permite establecer una multa de $9.901,7.

Los hechos

Recordemos que a Rubilar se lo juzgó por una serie de irregularidades cometidas entre 19 de octubre de 2005 y el 10 de diciembre de 2007, en Epuyén. Estos hechos fueron denominados en la causa como “Centro comunitario El Pedregoso”, “Puesto de control de Gendarmería El Cruce”, “Hábitat Rural”, y “Mejoramiento habitacional”, todos ellos en perjuicio de la Administración Pública.

No hay comentarios: