TRES AÑOS DE PRISIÓN PARA UNO DE LOS IMPUTADOS
El hecho sucedió en agosto de 2008. Dos sujetos, Darío Figueroa y Gustavo Leufumán, entraron al local encapuchados y portando un arma de utilería, sustrajeron algunos elementos y se dieron a la fuga. Fueron capturados y cumplieron con prisión preventiva en Comisaría y domiciliaria. Hoy iba a realizarse el juicio, sin embargo Figueroa aceptó reconocer su responsabilidad y ser condenado al mínimo previsto por la ley para ese delito. Leufumán, no se presentó a horario y se resolvió su compulsa, sin embargo llegó mas tarde por sus medios y se avanzó en una PROBATION por tres años.
El hecho
Martín Zacchino, sentado junto a la víctima del robo, relató el hecho ocurrido el 18 de agosto de 2008, alrededor de las 22 hs. en un autoservicio ubicado en Avda. Holdich y Amaya. Dos sujetos, entraron al comercio, blandiendo uno de ellos un arma de fuego de juguete, tenían cubiertos sus rostros, llevaban guantes y ropas oscuras. Redujeron al dueño del local, apuntándolo, Figueroa lo golpeó en la cabeza. Apagaron las luces, ataron al propietario con un cable, se hicieron de $150, un teléfono celular y un manojo de llaves, arrancaron el cable de teléfono y se dieron a la fuga en las bicicletas que habían dejado en las proximidades.
El hecho se calificó como Robo Agravado por la utilización de arma de utilería.
El acuerdo
Figueroa tiene 25 años y una pena unificada de tres años de prisión de ejecución condicional por delitos cometidos cuando tenía entre 18 y 19 años. Este antecedente le impide acceder a una pena de ejecución condicional, por eso, pese a que se acordó imponerle el mínimo previsto para el delito, es decir tres años de prisión, estos deben ser de efectivo cumplimiento. Esta es una nueva pena única que se compone con la anterior condena.
Sin embargo el plazo que cumplió en prisión preventiva, supera el previsto por la ley para acceder a la libertad condicional para estos delitos. Por este motivo, Figueroa está en condiciones de acceder inmediatamente a la libertad condicional, con las reglas de conducta que prevé la ley para estos casos.
La Suspensión de Juicio a Prueba
El Defensor, Marcos Ponce expuso el acuerdo alcanzado por las partes para acceder a una PROBATION. Leufumán no cuenta con antecedentes penales por ese motivo es que pudo acceder a este beneficio. El plazo de la Suspensión de juicio decidido será de tres años, lapso en el cual además de pagar durante los dos primeros meses $100 en concepto de reparación a la víctima, y aceptado por esta última, deberá cumplir con 30 horas de trabajos comunitarios en la Junta Vecinal del Barrio Badén I donde él vive.
El pago de la reparación la realizará el imputado en la Oficina Judicial y desde allí se le hará llegar a la víctima.
Durante estos tres años el imputado no podrá cometer nuevos delitos, tendrá que abstenerse de consumir alcohol en la vía pública y/o consumir estupefacientes. Deberá mantener un trabajo y someterse al cuidado de la Oficina de Control, donde se deberá presentar cada dos meses para dar noticia de sus actividades, además de mantener su domicilio. También se dispuso que continúe vigente la prohibición de acercamiento a víctimas y testigos.
El incumplimiento de estas medidas llevaría a que se concrete el juicio ahora suspendido.
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