MEDIDAS DE COERCIÓN Y PROTECCIÓN
Una nueva audiencia se realizó en relación a la investigación sobre varios hechos de violencia cometidos contra una familia del Barrio Matadero. En este caso participaron cuatro de los cinco imputados citados. La Fiscalía les imputó hechos recientes y solicitó diferentes medidas de coerción para los imputados y de protección para las víctimas. El objetivo principal es lograr “que cese el conflicto”, destacó el Fiscal.
La nueva investigación contempla seis hechos. El primero ocurrido el 29 de Abril de este año, aproximadamente a las 2:00 horas. Autores ignorados, evadiendo la consigna policial, cortaron la luz bajando la llave térmica y extrajeron un durlock que estaba colocado en las ventanas del frente y chapas colocadas para protección.
Hecho II
El mismo día, aproximadamente media hora después, autores por ahora ignorados alojados en la vivienda que se sitúa por encima de la casa de las víctimas,” y con la participación necesaria de la titular de dicha vivienda”, comenzaron a agredir a estas últimas utilizando piedras arrojadas con hondas y/o en forma manual. Las piedras impactaron en la estructura de la morada y una de ellas en el rostro del personal de custodia.
Hecho III
Más tarde, a las 8:55 horas, al salir de la vivienda cuatro de las víctimas, un grupo de cuatro agresores, con la necesaria colaboración de la dueña de casa, les arrojaron piedras desde allí y durante todo el trayecto hasta arribar a la sede del MPF, sin lograr lesionarlos.
Hecho IV
Al día siguiente, 30 de Abril de 2011, aproximadamente a las 0:05 horas, personal de la Brigada de Investigaciones se dirigió a la vivienda de las víctimas para intervenir ya que en ese momento se estaban produciendo nuevas agresiones con piedras. También fueron apedreados por los agresores, que tenían los rostros tapados con pañuelos, desde la vivienda ubicada en la parte alta del barrio.
Hecho V
A las 23:40 horas del mismo día, un grupo de jóvenes con sus rostros cubiertos con pañuelos y desde la misma vivienda comenzaron a arrojar piedras sobre la casa de las víctimas.
Hecho VI
El martes 3 de mayo, alrededor de las 20:30 horas, una vez más arrojaron piedras desde la misma vivienda a la casa de las víctimas, durante 15 minutos, hasta el arribo del personal policial de refuerzo.
La inimputabilidad de un menor
Uno de los citados a la audiencia es un menor de 14 años, inimputable para nuestra ley penal. La Asesoría solicitó su sobreseimiento y el fiscal, Fernando Rivarola se opuso argumentando que es prematuro ese sobreseimiento y que otorgarlo en esta etapa priva al menor de gozar de los mismos derechos que cualquier adulto sometido a un proceso penal. Jorge Criado, juez que intervino en la audiencia, acordó plenamente con la interpretación de la fiscalía y le explicó al adolescente que la inimputabilidad no es sinónimo de impunidad, sino que la ley obliga a la justicia a establecer la existencia de los hechos en los que se lo involucra y su participación en ellos. Haya tenido participación o no, terminará sobreseído de todos modos, aunque por diferentes causas. Cómo cualquier adulto tiene derecho a producir prueba tendiente a demostrar su inocencia, pero también puede analizarse la necesidad de dar intervención a otros organismos competentes, como el Servicio de Protección de Derechos y el Juzgado de Familia.
En esta instancia, a pedido de la Asesoría y de la Fiscalía, el Juez dispuso que se requiera al Servicio de Protección de Derechos, información sobre todas las acciones llevadas adelante en relación a este y a otro menor imputado en la misma causa.
Medidas pedidas… acordadas… y establecidas
Algunos de los citados llegaron tarde a la audiencia y se sumaron cuando esta ya estaba en marcha. Uno de ellos, menor de edad, no concurrió. El juez consideró que la citación no estuvo bien realizada y decidió que se fije una nueva audiencia, se lo cite a él personalmente y a su madre, indicándoles que en caso de no concurrir, ambos serían llevados por la fuerza pública.
Rivarola solicitó las medidas vigentes en relación a dos imputados por otros hechos, uno de los cuales tiene prohibición de acercamiento al Barrio Matadero y el otro, además de la prohibición de acercamiento, se encuentra viviendo ahora en Caleta Olivia.
Por otro lado solicitó, y consintió el defensor Marcos Ponce, que uno de los menores imputados dejará su vivienda actual para trasladarse a otro sector de la ciudad y no podrá aproximarse al Barrio.
Un joven de 22 años que reside en el Barrio Ceferino, no podrá acercarse a menos de 300 mts. del Matadero, y la propietaria de la vivienda desde la que se realizaron la mayoría de las agresiones, no podrá tomar contacto por ningún medio con los damnificados y tampoco realizar “juntas” en su casa.
Todas estas medidas, tendientes a proteger la información y a las víctimas, se dispusieron por treinta días, luego de lo cual serán revisadas.
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