miércoles, 21 de diciembre de 2011

Enfrentamiento en el Barrio Cañadón de Bórquez


DOS PELÍCULAS Y UN TRIBUNAL

Este miércoles se escucharon los alegatos del fiscal y el defensor en el juicio que versa sobre un tramo de los sucesos del 1 de enero de este año en el Barrio Cañadón de Bórquez. La Fiscalía pidió que se declare coautores de homicidio en grado de tentativa, violación de domicilio y daño a Juan Carlos Colemil y César Luis Regolledo. En tanto que en relación a Carlos Alberto Regolledo pidió que se lo declare partícipe necesario de homicidio en grado de tentativa, y autor de violación de domicilio, daño, portación ilegal de arma de fuego de uso civil, abuso de armas y lesiones leves. Por su parte el defensor pidió la absolución de los tres inculpados por tratarse de conductas que no se ajuntan a ningún molde típico, además de insistir en que la prueba producida no es claramente incriminante. Supletoriamente el letrado planteó la legítima defensa y en caso de que esta figura no fuera acogida por los jueces, solicitó que se modifique la calificación de homicidio en grado de tentativa por la de lesiones graves. El martes 3 de enero se conocerá la sentencia.

La acusación formulada por el fiscal Martín Zacchino se mantuvo con algunas modificaciones. Cambió la calificación, de graves a leves, de las lesiones sufridas por uno de los damnificados herido de bala en su espalda, a partir de la declaración del médico que lo atendió. También el fiscal decidió retirar la acusación por amenazas, entendiendo que estas no fueron debidamente acreditadas en el juicio. Fuera de estos aspectos Zacchino consideró que se probó plenamente en el debate la existencia de los hechos y las conductas desarrolladas por cada uno de los imputados. También, anticipándose a posibles estrategias de la defensa, planteó que los hechos en los que resultó apuñalado un menor de edad, no se produjeron inmediatamente después de un episodio anterior en el que resultó apedreada la casa en la que habían estado reunidos algunos de los imputados junto a otros familiares, sino que dos horas después. Agregó que el chico que fue herido de muerte no era al que iban a buscar, y tampoco podía esperarse que este estuviera armado. De hecho, indicó, que no existe ninguna prueba de que los denunciantes o sus familiares anduvieran armados esa madrugada. El fiscal apuntó que no existe ninguna justificación para el accionar de los imputados, también señaló que el ataque al menor respondió a una intencionalidad homicida y que esto puede decirse a partir de los datos objetivos como la zona del cuerpo de la víctima a la que fue dirigida la puñalada. La gravedad del corte hubiera producido la muerte si no fuera por la premura con la que se logró trasladarlo al hospital.

El arma

Carlos Regolledo se había acostado a dormir, al ver que sus hijos habían ido a armarse a la casa y luego salieron para lo de sus primos. Entonces, según sus dichos, se levantó a buscarlos. Su presencia en el lugar fue considerada por Zacchino como una participación necesaria para asegurar el ataque homicida al menor. El fiscal acusó a Carlos de otras dos secuencias de los hechos. Una de ellas cuando no había nadie en la casa de las víctimas, él y sus dos hijos habrían ingresado a la vivienda, en la que habrían disparado contra los perros, además de arrojar piedras y realizar más destrozos de los ocasionados previamente por la policía, cuando horas antes había concurrido a ese lugar con la intención de capturar a un grupo jóvenes que habían estado arrojando piedras a otras viviendas.
Con posterioridad, el dueño de casa que estaba en el hospital, al ver al chico ingresar gravemente herido, salió hacia el barrio enfurecido. Al llegar, según su relato, encontró a un grupo de personas muy alteradas y procuró calmarlas. En esas circunstancias habría recibido un impacto de bala en su espalda, proveniente del arma larga que portaba Carlos Regolledo, su cuñado. El ingreso del proyectil por la espalda, fue tomado por Zacchino como un indicio de credibilidad del relato.

La otra película

Alejandro Castillo inició su alegato afirmando que el fiscal y él estuvieron viendo dos películas distintas. Su alegato consistió en un repaso por las declaraciones de los diferentes testigos intentando resaltar contradicciones, huecos, aspectos confusos. Procuró reconstruir los sucesos de aquella madrugada desde los primeros hechos que habrían damnificado a otra hermana de Carlos (y tía de los otros imputados), señalando que en ese caso no actuaron porque había tomado intervención la policía. Sin embargo cuando César Luís regresó de la casa de la novia y se enteró de lo que había pasado decidió ir junto a Juan Carlos a pedir explicaciones. Según esta versión, al verlos sus primos interpretaron que iban a atacarlos y reaccionaron. El relato no describió cómo se produjo la lesión que casi le cuesta la vida a un menor de 13 años, sin embargo sí sostuvo el letrado que no existió intención homicida, sino simplemente los imputados debieron resistir una agresión que no esperaban.
También sostuvo que no fue suficientemente acreditado que los disparos a los perros hayan sido efectuados por el arma que llevaba Carlos, ni que otros daños hubieran sido producidos por los imputados. Castillo, basado en una declaración dada previamente en el proceso por el imputado, reconoció que Carlos Regolledo portaba un arma de fuego y que con ella realizó disparos disuasivos al aire, sin embargo negó que el proyectil alojado en la espalda de la víctima proviniera de ese hecho. En este sentido indicó que cuando este declaró en el juicio dijo que en su adolescencia había recibido otro disparo y no puede descartarse porque no se aclaró en el debate que este sea aquel proyectil y que la herida constatada no fuera de reciente data como sostuvo el médico.
Finalmente sostuvo que la solución del conflicto en este caso no es la aplicación de una pena, menos aun si se considera que tanto víctimas como imputados son familiares.

Hubo réplicas

Zacchino replicó algunos de los dichos del defensor, entre otros la consideración del modo en que debe darse la solución de este conflicto. El fiscal adelantó que él considera que en este estado de cosas esta solo podría alcanzarse con un efectivo tratamiento penitenciario.
También explicó por qué no puede considerarse que se hayan dado los supuestos para la legítima defensa, y por qué solo puede pensarse que el objeto alojado en la espalda de la víctima es un proyectil resultante de los disparos proferidos por el arma que llevaba consigo Carlos.
Por su parte la madre del menor herido y concubina del lesionado por arma de fuego, les dijo a los jueces que espera justicia, que a su hijo le arruinaron la adolescencia, que vive con temor y que si bien no le resolverá la situación que los imputados vayan a la cárcel, les ayudará a sobrellevar las secuelas de aquellos hechos violentos.

El martes 3 de enero se conocerá la resolución del Tribunal compuesto por los jueces Javier Allende, José O. Colabelli y Martín O' Connor.

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