sábado, 5 de abril de 2014

Condena a 7 años de prisión por abuso sexual


Los hechos que terminaron en una nueva condena por abuso sexual agravado en los tribunales de Esquel, dejaron marcas en la víctima difíciles de sobrellevar. Las conductas abusivas se prolongaron casi por un año hasta que la joven se animó a hablar pese a las amenazas del agresor. El acompañamiento de su familia y de una amiga durante todo el proceso, resultaron fundamentales, así como la asistencia victimológica brindada por el SAVD.
 

Superioridad física y madurativa del agresor, proximidad con la víctima y su familia, relación de confianza. Estos elementos aparecen repetidos caso a caso en las investigaciones por abuso sexual que tramitan en la Fiscalía. El abusador actúa siempre aprovechando una situación de vulnerabilidad. Engaña, atemoriza y somete a quien encuentra en tal situación convirtiéndolo en su víctima. El secreto se asegura haciendo sentir culpa y terror a la víctima a través del engaño y las amenazas. Detrás del velo del secreto hace y deshace a su antojo incrementando, en la medida en que se siente dueño de la situación, el despliegue de conductas perversas.

El tribunal compuesto por los Dres. Anabel Rodríguez, Ricardo Rolón y Jorge Criado, compartió con el fiscal Oscar Oro que las conductas desplegadas por Daniel Napal encuadran en la descripción que desarrollamos. Los hechos ocurrieron en una localidad cordillerana en jurisdicción de la delegación del MPF de El Hoyo. El imputado contaba al momento de los hechos con 32 años y la víctima solo con 13. Las agresiones sexuales se mantuvieron por casi un año, hasta que la joven no soportó más y le confió a una amiga algunos detalles del horror que estaba viviendo. Cuando se enteró su familia la madre la llevó al hospital y luego a la comisaría a formalizar la denuncia. La muchacha había logrado superar el miedo a que se hicieran realidad las amenazas de muerte del agresor que cada vez se presentaba más violento.
Los jueces encontraron creíble el relato de la víctima y de los testigos. Uno de ellos contó que no conoce el detalle de los abusos "pero que la nena estaba traumada, y se moría de miedo, que temblaba".

La Dra. Anabel Rodríguez expuso en su voto que "La víctima manifestó que Daniel Napal no quería que se juntara con los vecinos, ni que tuviera novio, ni que se juntara con nadie, ni que se quedara a dormir en la casa de su padrino. Expresó también, que además, debía avisarle a los lugares que concurría y si no lo hacía el imputado se enojaba, que también pretendía que lo visitara todos los días y que hiciera las cosas que él quería. Todas estas exigencias son demostrativas, a mi criterio, de la intención del imputado de controlar a la niña, como también de aislarla, e impedir cualquier interferencia en sus intenciones y en la relación a que la sometía."

El informe de la psicóloga forense establece que la joven presentaba " tendencia a la depresión, desesperanza, falta de interés, y baja energía vital para el desarrollo de las actividades cotidianas". En la escuela a la que asistía también notaron el cambio, "en 2011, era aniñada y muy infantil, incluso más que las niñas de su edad, además que era de hablar y participar en clase, y no advertía en ella inconvenientes; en tanto al año siguiente la tutora de la nombrada le manifestó que había algo que no se decía. Finalmente, en el 2013 pudo ver en la niña un cambio importante; ya no era alegre ni espontánea, sino totalmente retraída, muy nerviosa, con mucha distancia y poca participación, agregó que el rendimiento escolar fue muy bajo, que era otra persona, y que había cambiado muchísimo".
Desarrollo de estados fóbicos, pánico o miedos repentinos; manifestaciones ansiosas y depresivas; sentimientos de inseguridad y falta de confianza; terror ante la presencia de adultos; tristeza, culpabilidad y vergüenza; trastornos del sueño, terrores nocturnos y pesadillas; trastornos de la alimentación; …modificación del rendimiento escolar y aparición de dificultades de aprendizaje; aislamiento social… son síntomas de la presencia de abuso sexual que se diagnosticaron en este caso.

Ricardo Rolón precisaba en su voto que se pudo "observar las características propias de este fenómeno delictivo en la personalidad del autor, y la vulnerabilidad de la víctima, la crisis que el abuso generó ante su develamiento, el secreto que tuvo que soportar la niña durante casi un año, la confusión de sus sentimientos."
El magistrado también analizó, siguiendo a varios autores, la naturaleza de los delitos contra la integridad sexual. "El interés comprometido en estos delitos es la libertad, integridad y dignidad físico-sexual; la reserva sexual, el  normal ejercicio  de la sexualidad asentado sobre la libertad del individuo cuya vigencia se prepara mediante la normalidad del desarrollo de la sexualidad, la libertad sexual como el derecho de toda persona a su autorrealización o autodeterminación en el ámbito de la sexualidad; la libertad sexual y el libre desarrollo sexual de los menores de 18 años; la libertad sexual de quienes tienen capacidad para expresar válidamente su voluntad y la intangibilidad o indemnidad de quienes carecen de ella y el derecho al desarrollo progresivo en el ámbito sexual y la autonomía sexual".

Los tres jueces coincidieron en que la pena más ajustada es la de 7 años de prisión y la imposición de las costas del proceso al imputado.

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