RUBILAR DIO SU VERSIÓN DE LOS HECHOS
Luego de escuchar los cargos en su contra, el ex intendente de Epuyén se mostró sorprendido por los hechos que se le imputan y explicó su versión respecto del manejo de los cuatro fondos especiales destinados a la construcción de un centro comunitario, un puesto de control de Gendarmería, el Proyecto Hábitat Rural y el Mejoramiento habitacional. La declaración es un elemento mas en el marco de la investigación seguida por
La audiencia de formalización de la investigación preliminar se realizó en
La imputación
Hecho I. Centro comunitario El Pedregoso
a) El día 2 de marzo de 2004, el señor Pedro Luis RUBILAR, por entonces Intendente de
b) El 13 de octubre de 2005, y a raíz de aquélla solicitud, se suscribió en la localidad de Epuyén un contrato entre
c) El 23 de noviembre de 2005, el Honorable Concejo Deliberante de Epuyén, mediante
d) El 20 de septiembre de 2006 se comunicó desde
e) El 20 de octubre de 2006 se rectifica el monto total del proyecto, haciéndose saber que el monto de financiamiento por
f) El 3 de abril de 2007, tal como se había convenido con la provincia, mediante ACTA DE INICIO DE OBRA, se dio por iniciada la obra denominada Centro comunitario Paraje El Pedregoso (Expte. Nº 002394/06 EC) de acuerdo a la documental aprobada por
g) El 4 de abril de 2007, mediante
h) El 20 de abril de 2007 el estado provincial depositó en la cuenta municipal especial del Banco del Chubut, sucursal 16 –El Hoyo- nº 00005000295 la suma de PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS UNO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 13.801,57).
i) En estas circunstancias, de las evidencias descriptas precedentemente, obrantes en el Expte. Nº 002394/2006 EC, y de las demás que constan en el presente legajo, se ha podido establecer que PEDRO LUIS RUBILAR, en su condición de Intendente municipal de Epuyén procedió dolosamente a sustraer, total o parcialmente, el monto dinerario depositado por el ente provincial para la construcción del “Centro Comunitario Paraje El Pedregoso”, a sabiendas de que la percepción y administración de dichos valores le habían sido confiados en razón de su cargo.
j) Subsidiariamente –y conforme surja del avance de la presente investigación- le habría dado a dichas cantidades depositadas por el ente provincial para la construcción del “Centro Comunitario Paraje El Pedregoso”, que sabía bajo su administración en virtud de su cargo (Intendente), una aplicación diferente de aquellas a la que habían sido destinadas.
Hecho II. Puesto de control de Gendarmería Nacional. El Cruce
k) En fecha aún no determinada, pero inmediatamente anterior al 31 de agosto de 2005, el señor Pedro Luis RUBILAR, por entonces Intendente Municipal de Epuyén, solicitó a
l) El 15 de diciembre de 2005, y a raíz de aquélla solicitud, se suscribió en la localidad de Cholila un contrato entre
m) El 8 de febrero de 2006, el Honorable Concejo Deliberante de Epuyén, mediante
n) El 27 de febrero de 2006, mediante
o) El 21 de marzo de 2006 el estado provincial depositó en la cuenta municipal especial del Banco del Chubut, sucursal 16 –El Hoyo- nº 00005000295 la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 56/00 ($ 29.255,56).
p) En estas circunstancias, de las constancias descriptas precedentemente, obrantes en el Expte. Nº 002009/2005 EC, y de las demás que constan en el presente legajo, se ha podido establecer que PEDRO LUIS RUBILAR, en su condición de Intendente municipal de Epuyén procedió dolosamente a sustraer, total o parcialmente, el monto dinerario depositado por el ente provincial para la construcción del “Puesto de Control Gendarmería Nacional – El Cruce”, a sabiendas de que la percepción y administración de dichos valores le habían sido confiados en razón de su cargo.
q) Subsidiariamente –y conforme surja del avance de la presente investigación- le habría dado a dichas cantidades depositadas por el ente provincial para la construcción del “Puesto de Control de Gendarmería Nacional – El Cruce”, que sabía bajo su administración en virtud de su cargo (Intendente), una aplicación diferente de aquellas a la que habían sido destinadas.
Hecho III. Hábitat Rural
1) El día 10 de agosto de 2007, el señor Pedro Luis RUBILAR, por entonces Intendente Municipal de Epuyén, solicitó, mediante nota nº
2) El mismo 10 de agosto de 2007,
3) El día 10 de septiembre de 2007, mediante resolución nº 1079/07 SCOMC – UEP, se autorizó el desembolso requerido por un total de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y DOS CON SESENTA y TRES CENTAVOS ($ 64.052,63), suma dineraria que fuera depositada en la cuenta bancaria municipal (Banco del Chubut).
4) De las entrevistas mantenidas con los beneficiarios del programa y de los informes socioambientales practicados por el MPF, dimana que los mismos no han recibido los beneficios habitacionales prometidos y menos aún, materiales de construcción para cumplir dichos fines.
4) En estas circunstancias, de las constancias descriptas precedentemente que constan en el presente legajo, se ha podido establecer que PEDRO LUIS RUBILAR, en su condición de Intendente municipal de Epuyén procedió dolosamente a sustraer, total o parcialmente, el monto dinerario depositado por el ente provincial para la aplicación al proyecto “Mejoramiento del Hábitat y condiciones productivas – segunda etapa - Epuyén”, a sabiendas de que la percepción y administración de dichos valores le habían sido confiados en razón de su cargo.
5) Subsidiariamente –y conforme surja del avance de la presente investigación- le habría dado a dichas cantidades depositadas por el ente provincial para la aplicación al proyecto “Mejoramiento del Hábitat y condiciones productivas –Segunda etapa- Epuyén”, que sabía bajo su administración en virtud de su cargo (Intendente), una aplicación diferente de aquellas a la que habían sido destinadas.
Hecho IV. Mejoramiento Habitacional. Dirección de Asistencia social
i) En atención a la tramitación de un subsidio, mediante la modalidad aún a determinarse, ha podido establecerse que en fecha aún no precisada, pero posterior al 29 de agosto de 2005,
ii) De acuerdo a entrevistas realizadas, ha podido determinarse que los beneficiarios de la ayuda no han percibido aquéllos valores.
iii) En estas circunstancias, de las constancias descriptas precedentemente que constan en el presente legajo, se ha podido establecer que PEDRO LUIS RUBILAR, en su condición de Intendente municipal de Epuyén procedió dolosamente a sustraer, total o parcialmente, aquel monto depositado por el ente provincial a sabiendas de que la percepción, administración y rendición de dichos valores le habían sido confiados en razón de su cargo.
iv) Subsidiariamente –y conforme surja del avance de la presente investigación- le habría dado a dichas cantidades depositadas por el ente provincial que sabía bajo su administración en virtud de su cargo (Intendente), una aplicación diferente de aquellas a la que habían sido destinadas.
La calificación legal provisoria planteada por el Ministerio Fiscal es la de Peculado de Bienes, cuatro hechos en concurso real. Subsidiariamente, Malversación de caudales públicos, cuatro hechos en concurso real.
La versión del imputado
Rubilar quiso brindar su declaración en la primera oportunidad que se presenta en el marco de una causa tramitada en la justicia penal: la audiencia de formalización de la investigación. Así reconoció como correcta la información brindada por
El centro comunitario
“… Cuando yo entregué la gestión municipal le expliqué a los entrantes que esa obra estaba a realizarse, y que de esa obra habían quedado materiales comprados en el municipio, para eso le entregamos un inventario de la parte del corralón, que si bien el municipio no contaba o no cuenta con un corralón de acopio de materiales amplio, porque dentro del mismo se guardan vehículos, se guardan otras cosas, cuando nosotros compramos los materiales, parte de esos materiales estaban en obras en construcción como en viviendas, y que había quedado también madera comprada en un aserradero a retirar y que, tenemos entendido se han retirado esas maderas, que para nuestro entender estaban destinadas al comienzo de ejecución de la obra del Centro Comunitario El Pedregoso”, expuso Rubilar.
Puesto de control
En relación al puesto de control de Gendarmería Nacional, indicó que decidieron comprar los materiales para congelar los precios y se los acopió de la misma manera que los destinados al centro comunitario. “Una obra que no se le había dado comienzo por no poder solucionar el problema de donde iba a estar ubicada… no habíamos podido solucionar hasta el momento el problema de la ubicación de esta obra… se fueron sucediendo problemas en la gestión, como emergencias que hubo que atender y por eso se produjeron demoras en los comienzos de estas construcciones”, sostuvo. Rubilar se mostró seguro de que todos los materiales quedaron a disposición del municipio.
Hábitat Rural
Sobre el programa Hábitat Rural, el ex intendente repitió los mismos términos que en los anteriores, puntualizando que con esos fondos se adquirieron ladrillos y estos quedaron en un terreno municipal, cuestión que fue informada al encargado de Obras Públicas de la actual gestión de gobierno.
Mejoramiento habitacional
Sobre el mejoramiento habitacional, Rubilar sostuvo que se avanzó en varias de las mejoras de viviendas. Indicó que la gestión a su cargo, allá por el año 2005, se demoró con algunas acciones previstas por la cantidad de demandas que se debían resolver. “… Se compraron materiales que, en algunos casos, se les entregaron a las personas (beneficiadas) para que ellos hagan con ellos (las obras) que tenían que hacer en la casa como reparación. En otras oportunidades, algunas de las reparaciones, recuerdo la de Herminda Cosio, se reparó el techo en su totalidad, se le hizo un cordón perimetral porque tenía mucho ingreso de humedad en su vivienda, y esto lo hicimos nosotros con personal municipal que fue encargado del control de esto…”, expuso Rubilar, quien habló de otras situaciones particulares en relación a estos subsidios.
El plazo legal
La agencia de investigación de
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