SE REVOCÓ LA DECISIÓN JUDICIAL Y EL IMPUTADO CONTINUARÁ EN COMISARÍA
Lo decidieron los dos miembros del Tribunal revisor por considerar suficientemente probado el peligro de fuga. Para ambos jueces las características mismas del hecho evidencias ese riesgo procesal y por lo tanto no basta con un arresto domiciliario para garantizar que el imputado se someterá al proceso.
Jorge Eyo y Jorge Criado coincidieron en revocar la decisión de la Juez de la causa. Para ellos, si bien tuvieron consideraciones dispares sobre el grado de acreditación por parte de la Fiscalía de los hechos que imputa, lo que sí se encuentra probado es una situación objetiva de fuga.
Si bien el Defensor probó un fuerte arraigo del joven, ese arraigo no pesó suficientemente al momento en que este decidió poner en riesgo su propia vida y la de otros, entre ellos sus hermanos, para evitar que la policía cumpla con una orden judicial de detención.
En qué participó
Mientras que el Dr. Eyo consideró que solo está acreditada (por ahora) la autoría y participación del imputado en la resistencia al cumplimiento de una orden judicial, el Dr. Criado consideró que está probada, con los requisitos necesarios en esta instancia (sobre todo por el propio señalamiento del Defensor), al menos algún tipo de participación en los graves hechos que imputa la fiscalía, esto es el homicidio doblemente calificado y las lesiones graves, también agravadas doblemente. Para este Juez la expectativa de pena es igualmente alta y podría llevar al imputado a fugarse.
Por este motivo se revocó la decisión cuestionada por la Fiscalía y se dispuso que el imputado complete el plazo dado originalmente a la prisión preventiva en la Comisaría de Gualjaina, como lo viene haciendo desde su detención.
Lo decidieron los dos miembros del Tribunal revisor por considerar suficientemente probado el peligro de fuga. Para ambos jueces las características mismas del hecho evidencias ese riesgo procesal y por lo tanto no basta con un arresto domiciliario para garantizar que el imputado se someterá al proceso.
Jorge Eyo y Jorge Criado coincidieron en revocar la decisión de la Juez de la causa. Para ellos, si bien tuvieron consideraciones dispares sobre el grado de acreditación por parte de la Fiscalía de los hechos que imputa, lo que sí se encuentra probado es una situación objetiva de fuga.
Si bien el Defensor probó un fuerte arraigo del joven, ese arraigo no pesó suficientemente al momento en que este decidió poner en riesgo su propia vida y la de otros, entre ellos sus hermanos, para evitar que la policía cumpla con una orden judicial de detención.
En qué participó
Mientras que el Dr. Eyo consideró que solo está acreditada (por ahora) la autoría y participación del imputado en la resistencia al cumplimiento de una orden judicial, el Dr. Criado consideró que está probada, con los requisitos necesarios en esta instancia (sobre todo por el propio señalamiento del Defensor), al menos algún tipo de participación en los graves hechos que imputa la fiscalía, esto es el homicidio doblemente calificado y las lesiones graves, también agravadas doblemente. Para este Juez la expectativa de pena es igualmente alta y podría llevar al imputado a fugarse.
Por este motivo se revocó la decisión cuestionada por la Fiscalía y se dispuso que el imputado complete el plazo dado originalmente a la prisión preventiva en la Comisaría de Gualjaina, como lo viene haciendo desde su detención.
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