jueves, 13 de agosto de 2009

Robo agravado


EL IMPUTADO FUE SOBRESEÍDO POR FALTA DE PRUEBA EN SU CONTRA

José Ocampo estuvo vinculado a la investigación por el robo a una concesionaria de autos. Este jueves la Fiscalía solicitó el dictado de su sobreseimiento por no haber encontrado elementos que lo vinculen como autor o partícipe en esos hechos. El Juez dictó el sobreseimiento y el imputado sostuvo que fue víctima del proceso.


La audiencia fue solicitada por el Ministerio Público Fiscal, una vez agotada la investigación y descartadas las sospechas que inicialmente condujeron a la vinculación de José Ocampo con la causa. Martín Zacchino señaló que la vinculación al proceso de quien resultó imputado y ahora, descartada su participación en el robo de la concesionaria, se solicita su sobreseimiento, fue un mal necesario frente al grave delito que se estuvo investigando. En palabras del Fiscal, la causa se tramitó siguiendo estrictamente las pautas establecidas por la Constitución Nacional y por la norma procesal vigente, es decir, respetando todas las garantías del debido proceso.

El pedido

Zacchino relató cómo, si bien en el comienzo de la investigación se había investigado al imputado como posible autor del robo, posteriormente, y luego de escuchar y analizar la coartada ofrecida por él, y teniendo en cuenta algunos indicios, la imputación había mutado a la figura de partícipe secundario. En ese entonces se consideraba que habría participado en la preparación del hecho, realizando un estudio de terreno para actuar sobre seguro.
El Fiscal indicó que se agotaron todos los elementos con que contaba la causa, entre ellos con la realización de entrevistas a todos los testigos, además de la realización de numerosas pesquisas policiales. “A criterio del Fiscal, no existen, no hemos podido arribar a elementos de convicción suficientes que ameriten y que autoricen legalmente a llegar a la instancia de debate sosteniendo una investigación de tales características contra el señor José Francisco Ocampo”, planteó Zacchino.
Por este motivo, una vez agotado el plazo legal de la investigación, el Fiscal formalizó el pedido de sobreseimiento.

Planteos del imputado

Con el acuerdo de la Defensa a cargo de la Dra. Paola Bagnato, el Juez Jorge Criado dictó el sobreseimiento. Ocampo pidió hacer uso de la palabra, para manifestar su sensación luego de haber pasado casi un año vinculado al proceso.
Quién fuera hasta este momento imputado sostuvo que él fue una víctima del proceso y que lo que a él le sucedió le suena a “daños colaterales”. Cuestionó los informes policiales sobre sus antecedentes enviados por un policía de Comodoro Rivadavia indicando que fueron falsos. También criticó las variadas entrevistas a sus conocidos por parte de la Brigada de Investigaciones local, la difusión policial del momento hablando de hechos esclarecidos, y el daño que le provocó en lo personal haber sido vinculado a hechos delictivos de tal gravedad.
Ocampo recordó que cuando se lo imputó, el mismo dijo que el proceso finalizaría sin que se encuentren elementos que lo vinculen a aquellos hechos y efectivamente es lo que ocurrió. Así planteó también que a su criterio sus garantías no fueron totalmente respetadas. “Las garantías tienen una sustancia también, esa sustancia no estuvo acá, yo entiendo que las cosas no se leyeron (en un sentido figurado) como debieran haberse leído, me refiero a los hechos”. Ocampo recordó que él estuvo detenido un par de días y “nada de eso era para mi”, señaló.
“Hace mucho tiempo que yo he cortado toda relación con cualquier persona que delinque, que yo sé que delinque, porque uno más o menos sabe quién… porque lamentablemente en algún momento yo he cometido delitos, fui culpado por ellos, fui acusado, cumplí mi pena, la última vez fue hace 15 años ya… No tengo relación con nadie, en lo posible, que no me busque nadie… Que me miren todo lo que me quieran mirar. Yo vivo, mi vida es pública como la de todos los ciudadanos, pero por favor que esto no vuelva a suceder”, finalizó.

Los hechos originalmente imputados y por los que fue sobreseído

El primero ocurrió el sábado 6 de septiembre de 2008, aproximadamente a las 21 hs. en un domicilio de Rivadavia al 1400. Tres hombres irrumpieron violentando la puerta trasera. Llevaban al menos un arma de fuego de puño y sus rostros y manos cubiertas. Agredieron e intimidaron a la dueña de casa, una mujer mayor. Con este accionar lesionaron a la víctima, las lesiones resultantes aun no fueron calificadas por los profesionales médicos, sin embargo por tratarse de una mujer de avanzada edad, podrían revestir un carácter grave.Los malhechores amenazaron y golpearon a la mujer en su rostro exigiéndole dinero. Lograron hacerse de una suma cercana a los $5 mil, además de joyas de oro. Antes de retirarse del lugar llevaron a la dueña de casa a una habitación, le ataron sus manos en la espalda y la dejaron allí. Más tarde ella lograría liberarse por sus propios medios y buscar ayuda de una vecina.El Fiscal estimaba que la huída se los asaltantes se produjo en un vehículo que estaba en el lugar sirviendo de apoyo con un conductor. El hecho se calificó en forma provisoria como Robo doblemente calificado, por el empleo de arma de fuego y por su comisión en lugar poblado y en banda. También se anticipó que, según la evolución de la investigación, podría imputarse en concurso real o ideal, con Privación ilegal de la libertad agravada por ser la víctima de una persona mayor y por el uso de violencia.El segundo hecho ocurrió al día siguiente, el domingo a las 21 hs. en la agencia de automotores ubicada en Av. Fontana al 600, Esquel. Dos hombres accedieron al local, ya cerrado al público, utilizando al menos un arma de fuego de puño y un cuchillo de grandes dimensiones. Llevaban los rostros cubiertos con capuchas y cuellos, y sus manos con guantes. Sorprendieron al sereno golpeándolo en su rostro, lo tiraron al piso boca abajo y lo ataron con alambres en ambos pies y ambas manos, tapándole la cabeza con una campera.Amenazaron de muerte a su víctima, empleando las armas, y le exigieron la llave del portón, subiendo paralelamente el volumen del televisor. Llegó un amigo de la víctima, lo hicieron ingresar y lo redujeron. Después de esto, con elementos apropiados que llevaban a este fin, y manteniendo comunicación con otras personas mediante equipos de comunicación, revisaron el lugar buscando elementos de valor. Finalmente violentaron una caja fuerte con una amoladora con disco de corte o similar y se llevaron un estereo con MP3 y CD y una caja metálica recaudadora color verde con duplicados de llaves de vehículos y documentación a cobrar de la empresa.Los sujetos salieron del lugar y se dieron a la fuga en la Chevrolet Luv blanca que los esperaba a metros de la puerta con un conductor al volante.

Una investigación que no termina

Si bien las líneas investigativas originales no llevaron a buen puerto, la causa no se cierra y está abierta a cualquier nuevo dato que pudiera surgir, aportado por quienes tengan algún elemento de los hechos que no hubiera llegado aún al conocimiento de los investigadores.

1 comentario:

Anónimo dijo...

He de hacer una aclaración, en mi opinión, no poco importante. El sobreseimiento por "falta de pruebas" es un causal previsto en el art. 285 inc. 6 del CPP del Chubut, sin embargo, el sobreseimiento, tanto en esta causa como en la del caso Lloyd de Sambanca, fue solicitado por la Fiscalía, en concordancia con el inc. 2 del art. 285, es decir: "por no ser -el imputado- el autor del hecho". De esta forma ha quedado demostrado que efectivamente y tal como lo expresé hace ya casi un año "la fiscalía jamás tuvo absolutamente ninguna prueba para inculparme" -obviamente escribe esto quien fue el imputado en esta causa. Lo otro que tampoco debe pasar de notarse, es que en ninguna de todas las causas en las que fui imputado se llegó a la condena de ABSOLUTAMENTE NADIE, debieran los investigadores "devolver las felicitaciones que recibieron del gobernadorpor haber resuelto el caso", pues lo cierto es que no consiguieron hacer justicia por ninguna de las víctimas y sumaron -a mí- como una víctima más de su inoperancia como investigadores. Tengo un profundo respeto por las víctimas de ambos asaltos (Lloyd, Ayilef y Azocar)pero yo fui un "daño colateral" y víctima de la ineficiencia policial, además de numerosos delitos que la policía (algunos de sus oficiales) cometieron, para inculparme.

Gracias.

José Francisco Ocampo
0945 1569 1672
joseocampo1@yahoo.com