PROBATIÓN PARA EL IMPUTADO Y JUICIO CIVIL POR LOS DAÑOS
Luis Alberto Fiyol no tiene antecedentes penales y la expectativa de pena por este delito, en caso de resultar condenado en un juicio, le permitiría obtener una pena en suspenso. Esto lo habilitó para acceder a una Probation y la Fiscalía la consintió. Sin embargo no se pudo acordar una reparación integral a la víctima y el damnificado iniciará un juicio civil por la reparación económica de los daños causados.
La Suspensión de Juicio a Prueba se dispuso por un plazo de dos años. En ese tiempo si el imputado cometiera algún nuevo delito, iría a juicio por las dos causas, y de resultar condenado la pena de prisión sería de cumplimiento efectivo sin posibilidad de acceder a una pena en suspenso. Durante estos dos años deberá cumplir 72 horas de trabajo comunitario en una escuela de Esquel, realizando tareas relacionadas con su oficio (agua y cloacas); presentarse bimestralmente en los Tribunales donde se controlará el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas; mantener el domicilio, así como su trabajo (en la medida de las posibilidades), y evitar el consumo excesivo de alcohol en lugares públicos.
Razonable pero exigua
El Defensor particular, Juan Carlos Goya, ofreció como reparación económica la suma de 3 mil pesos, pagables en seis cuotas de $500. El letrado presentó comprobantes de recibos de sueldo de su defendido y un informe de los compromisos económicos mensuales que este tiene, para fundamentar el monto de la oferta.
La Funcionaria Fiscal Maribel Delgado, anticipó que existe un rechazo por parte de la víctima a ese ofrecimiento y le cedió la palabra para que exponga los motivos. El joven damnificado relató el derrotero por el que debió atravesar desde el 4 de enero de 2009. Las secuelas del hecho aun permanecen y el esfuerzo económico para hacer frente a diferentes intervenciones médicas también, al igual que el malestar físico.
Intervenciones quirúrgicas en un centro especializado de Madryn, prótesis, implante dentario, rehabilitación, controles médicos y los gastos secundarios como viajes, estadía, comidas y otros, fueron considerados por el damnificado para estimar una suma reparatoria cercana a los cien mil pesos.
La distancia entre lo ofrecido y lo reclamado hizo imposible arribar a un acuerdo reparatorio y la víctima optó por la vía del juicio civil por daños.
El origen de todo
El primer domingo del año 2009, a las 6:20 hs., dos personas que habían estado en el interior de un local bailable ubicado en calle Roca entre San Martín y Ameghino (Esquel), protagonizaron un hecho de violencia en proximidades del mismo. Uno de ellos, señalado como personal de seguridad del local, golpeó ferozmente a un joven provocándole lesiones graves. La víctima perdió el conocimiento y debió ser intervenido inmediatamente. Las lesiones consistieron en fractura mandibular, desplazamiento de piezas dentales, por golpe con objeto contundente.
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