jueves, 4 de febrero de 2010

Robo y encubrimiento


PRISIÓN PREVENTIVA PARA UN IMPUTADO QUE SALIÓ DE LA CIUDAD SIN AUTORIZACIÓN

Se trata de la persona que fue acusada de cometer un robo con arma el 16 de diciembre de 2008 y de recepcionar objetos robados en septiembre del mismo año. Luego de haber cumplido prisión preventiva, transitaba el proceso en libertad aunque con restricciones, entre ellas la de ausentarse de la ciudad. La audiencia preliminar por esas causas nunca puso hacerse, ya que desde hace casi un año que se fue de su domicilio sin dar aviso. Recientemente Gendarmería lo encontró y aprehendió en la provincia de Buenos Aires y fue trasladado a la ciudad de Esquel. Ahora permanecerá en prisión preventiva hasta el juicio por peligro de fuga.


La Dra. Fernanda Révori solicitó la prisión preventiva por peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación, en relación a los testigos cuyo testimonio es necesario preservar hasta la audiencia de juicio. La Funcionaria recordó que la Fiscalía sostuvo desde el comienzo del proceso la existencia de un riesgo de fuga por considerar que el arraigo del imputado no era suficiente. Revori resaltó que la declaración de su rebeldía y la imposibilidad de dar con su paradero durante casi un año, hace evidente que el riesgo de fuga existe. Por esto solicitó el dictado de la prisión preventiva hasta el juicio.

Si pero no tanto

El Defensor Marcos Ponce indicó que no existe riesgo de entorpecimiento procesal ya que la investigación finalizó. También solicitó que no se contemplen las características de los hechos que se investigan porque estos pormenores serán discutidos en el juicio. Sin embargo en relación al riesgo de fuga expuso la postura de su defendido, indicando que este, si bien conocía las restricciones que se le impusieron, como pudo salir de Esquel normalmente por la terminal, y circular sin problemas durante un año, pensó que no existían restricciones a su libertad. Ponce, solicitó que el dictado de la prisión preventiva no exceda el plazo de una semana, hasta la realización de la audiencia preliminar y que allí se revise nuevamente la situación de su pupilo.

Sin medias tintas

La Juez Penal, Anabel Rodríguez, dictó la prisión preventiva hasta el juicio por peligro de fuga. La magistrada consideró que no hay riesgo de entorpecimiento en esta etapa del proceso, mas aun entendiendo que no hay elementos que hagan pensar que el imputado podría influir en los testigos. Sin embargo, el peligro de fuga es mas que evidente ya que no se lo pudo notificar durante casi un año, para la realización de las audiencias en los trámites que se siguen en su contra y, habiendo estado mas que informado de las restricciones que pesaban sobre su libertad.

Las causas

Entre las 23.00 horas del día 12 de septiembre de 2008 y las 13 horas del 15 de septiembre de 2008, el imputado habría recibido un teléfono celular marca “Nokia, modelo 6310, nº MEI 353247013013867, que sabía proveniente de un delito ocurrido “ el día 12 de septiembre de 2008 entre las 22.30 y las 23.00 horas en el interior del complejo de cabañas El Chaltén sito en Libertad y Almafuerte, cometido mediante el uso de armas de fuego y mediando privación ilegal de su libertad ambulatoria.”
El otro hecho por el que se lo acusa sucedió cerca de las 13.00 horas del día 16 de diciembre de 2008, en el local comercial de la Mutual Unión Federal, sito en calle Sarmiento nº 673. La Fiscalía sostiene que el imputado “portando un arma de fuego de puño, tipo pistola, marca BERSA modelo 62, nº 58811, calibre 22 largo, ingresó a dicho lugar y mediante el uso de violencia, exhibiendo el arma referida, redujo a las dos empleadas que allí trabajaban, para luego apoderarse ilegítimamente de la suma dineraria aproximada de pesos ciento cincuenta ($ 150,oo.-) y el teléfono celular propiedad de una de aquéllas dándose a la fuga por calle 9 de julio.
Cabe consignar que mientras fugaba, fue quitándose las prendas de vestir dejándolas abandonadas en las proximidades juntamente con el arma utilizada y el celular sustraído, todo lo cual fue posteriormente secuestrado por la prevención policial.”
La calificación legal es la de encubrimiento por receptación dolosa en concurso real con robo calificado por el uso de arma de fuego.

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