EL IMPUTADO RESULTÓ CONDENADO
El Juez, Javier Allende, encontró culpable a Félix Matamala del delito de Homicidio culposo y le impuso una pena algo menor que la solicitada por el Fiscal y la Querella. En caso de resultar firme la sentencia, el imputado tendrá que cumplir dos años y seis meses de prisión en suspenso, quedará inhabilitado para conducir vehículos por seis años y tendrá a su cargo las costas del proceso. Participó de la audiencia una gran cantidad de público, fundamentalmente familiares y amigos de Lucas Kleber, colmando en su capacidad la sala. En diálogo con la prensa, el padre de la víctima pidió que haya una toma de conciencia de parte de los conductores de vehículos.
AUDIO Sentencia del Juez Javier Allende
El Dr. Allende analizó los diferentes aspectos que se debatieron en el juicio. En este sentido la prioridad de la derecha o de la Avenida por ser una vía de mayor y más rápida circulación, fue ponderada por el Juez y este determinó que a la luz de las normas, Matamala no tenía la obligación de ceder el paso en esa arteria, “más allá de caberle el reproche en las reglas generales del tránsito vehicular”.
La velocidad de los vehículos
Las partes se habían enfrentado en este punto. La Fiscalía, y en la misma línea la Querella, habían sostenido que los dos vehículos llegaron a la encrucijada circulando a velocidades permitidas. Los acusadores aportaron pericias que así lo demostraron, sin embargo la Defensa planteó su teoría diciendo que Lucas Kleber circulaba en exceso de velocidad. Allende señaló que ninguna pericia aportó la Defensa para sostener su teoría, y ninguno de los expertos que intervino esbozó siquiera esa posibilidad, sino todo lo contrario.
La percepción del imputado
Matamala había declarado que antes de cruzar la Avenida vio venir la moto a “una distancia prudente”, a la altura del estudio jurídico que se encuentra en ese sector. Rivarola en su alegato sostuvo que Matamala no habría visto a Kleber, no miró o miró sin ver. También indicó que el polarizado del vehículo pudo ser un obstáculo a la percepción. En cambio los acusadores resaltaron que la víctima vio al vehículo de Matamala, algo más de 8 metros antes del impacto. Frenó e intentó evitar el choque.
Según los peritos en esa esquina, sobre 9 de Julio, existe una percepción de 100 metros libre de obstáculos de la Avda. Fontana.
En cuanto al polarizado la Lic. Giménez (criminalista) remarcó que este no impide la visión puntual, sino la periférica. Con este aspecto probado y teniendo en cuenta la declaración del imputado que dijo haber visto a Kleber por la Avenida, el Juez consideró que esto debió haber ocurrido así.
Impericia
Para el Javier Allende, siendo que Matamala vio a Kleber antes de cruzar y considerando este que estaba a una distancia prudente por lo que se largó a cruzar la arteria, produciéndose el impacto de la moto en el vehículo cuando este estaba prácticamente sin movimiento. “Tuvo un mal cálculo en relación a la distancia a recorrer para cruzar la intersección sin riesgos para sí ni para terceros”, siendo este aspecto determinante para que se produjera la colisión.
“La maniobra, tal como la ha realizado demostró una impericia, que aun cuando fuera ocasional, fue causa eficiente del accidente que se juzga. En el caso Matamala al calcular erróneamente, obró de manera inidónea en relación a la mínima destriza que, como conductor, le exigía el tránsito en la especie y le es exigible en relación a las leyes de tránsito que además de serle conocidas por su capacitación como chofer, son comunes a cualquier persona con habilitación para conducir”, precisó Allende.
Con este análisis tampoco prosperó la teoría de la Defensa señalando que el lugar donde se produjo el impacto da cuenta que Matamala ya casi había cruzado la arteria. A criterio del Juez, este análisis no es válido ya que el imputado no debía siquiera haber emprendido el cruce.
La extensión del daño
El magistrado ponderó puntualmente la extensión del daño producido a partir de aquella acción imperita que analizó. “Ha perdido la vida una persona joven en un accidente que pudo y debió ser evitado. Estos hechos nos ponen frente a situaciones donde la mensura de los perjuicios es harto difícil de limitar, considerando no solo la pérdida de una vida joven, sino también el dolor que han sufrido los allegados”, resaltó.
Atenuantes
La falta de antecedentes penales, la conducta del imputado durante el proceso, la falta de ingesta alcohólica al momento del accidente, la carencia de infracciones o multas anteriores, que circulaba a una velocidad permitida, y el adecuado estado del vehículo para circular, fueron aspectos tenidos por el Juez como atenuantes a la hora de decidir la pena a aplicar.
Agravantes
El Juez no tuvo en cuenta el accidente protagonizado con una mujer dos años antes, ya que ese hecho no se investigó y por lo tanto no se establecieron responsabilidades para conocer cuál fue su rol en la producción del mismo. Recordemos que la joven que circulaba en aquella oportunidad en una motocicleta resultó con lesiones leves y no quiso instar la acción.
En este caso, por tratarse de un delito culposo, no doloso, es decir en el que no hubo voluntad de causar el daño sino solo impericia. Por esto es que no se puede hablar de motivos que llevaron al imputado a obrar de esa manera como sí se analiza en otros casos.
La condena
Con estas ponderaciones el Juez dispuso la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución en suspenso, mas una inhabilitación especial para conducir vehículos por un plazo de seis años. También se dispuso que el condenado fije residencia y no la modifique sin informarlo a la justicia, también deberá cumplir con 30 horas de trabajo comunitario no remunerado a favor del Estado o en Instituciones de bien público durante los primeros seis meses de quedar firme la sentencia. Si incumpliera alguna de estas disposiciones podría revocársele el beneficio de la prisión condicional.
El hecho
La mañana del 20 de junio de 2009 a las 9 hs. Lucas Kleber iba hacia su casa por la Avda Fontana hacia la Avda Alvear. Al momento de traspasar la intersección con la calle 9 de Julio se le cruzó un vehículo y no pudo evitar el impacto pese a que frenó e intentó esquivarlo. El golpe le produjo la muerte.
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