LINK AUDIO Fiscal Fernanda Révori
El escrito de apertura relata que el 16 de mayo de 2014, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, como Director Regional de Obras Públicas Esquel, gestionó la construcción de un galpón y pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maiten. La obra fue tramitada por “Expediente Nro. 6733/14 Compra Directa Nro. 79/14, elevando a la Dirección General de Obras Públicas de Rawson, la memoria descriptiva, planos y presupuesto oficial”.
El 10 de junio, la Secretaría de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos, adjudicó mediante Resolución N° 00222, la compra directa N° 79/14 Obra: “Construcción de galpón y pintura exterior Escuela N° 726 de El Maitén”, a la empresa Constructora Frede S.R.L. por la suma de pesos quinientos dieciocho mil setecientos cincuenta y seis con 80/100 pesos ($ 518.756,80).
El 26 de Junio, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, en su condición de Director Regional de Obras Públicas Esquel, Néstor Hugo Cilio Maestro Mayor de Obras de esta misma repartición y José Antonio Lazarte en su carácter de socio gerente de la empresa Constructora Frede S.R.L., suscribieron el acta de inicio de obra. El 02 de Octubre, Lazarte, Cilio y el Director de la Escuela N° 726 de Maiten: Sr. Aldo Daniel Jios, certificaron el 50% de la misma, lo cual habilitó el primer pago efectivizado el 26/11/2014.
Así, la cancelación de la totalidad del monto de la obra contratada y adjudicada a la Empresa Constructora Frede S.R.L. se efectivizó a sabiendas de los imputados de que las obras no habían sido ejecutadas conforme memoria descriptiva, planos y presupuesto presentados oportunamente por la empresa. Esto fue verificado en el lugar mediante inspección ocular llevada a cabo casi 9 meses después, concretamente el día 07 de julio de 2015.
La Fiscalía sostiene que de este modo, Luis Fabián Portillo Delebecq de manera conjunta con José Antonio Lazarte, defraudaron a la Provincia del Chubut, contando para ello con la colaboración necesaria de Néstor Hugo Cilio y Aldo Daniel Jios, en tanto la empresa prestataria percibió el total del precio presupuestado sin haber usufructuado la provincia, el total de la obra contratada.
No hay comentarios:
Publicar un comentario