viernes, 28 de agosto de 2015

La Fiscalía no investiga movimientos sociales

El Ministerio Público Fiscal, emitió un comunicado dando respuesta a los trascendidos en redes sociales a partir de la mención realizada en audiencia pública por el defensor Fernando Radziwilowski, en relación a la existencia de fichas de vecinos identificados con movimiento sociales. La Fiscalía aclaró que tal documento no forma parte del Legajo de Investigación Fiscal. 

Ante esta información que circuló en redes sociales, El MPF informa:
  1.    Que la Fiscalía no elaboró fichas de vecinos ni periodistas en el marco de ningún trabajo de inteligencia para ser incorporados a la causa donde se investiga la presunta usurpación a un predio en la zona de Leleque, ni en ninguna otra investigación penal.
  2. Que el documento referido no forma parte del legajo fiscal.
  3.    Que tal documento nunca fue procesado, ni valorado a los fines de ninguna investigación.
  4. Que la Fiscalía respeta la diversidad cultural, de ideas y de expresiones propias de un Estado democrático.
  5. Que en el marco de sus funciones recibe diariamente mucha información proveniente de distintos organismos estatales, no gubernamentales y privados y de toda persona que considera contar con información de utilidad para alguna investigación.
  6.  Que toda la información es recibida, guardada, y con posterioridad procesada para analizar su pertinencia o utilidad.
  7.   Que en este caso concreto llegó al MPF gran cantidad de material proveniente de distintos organismos
  8.  Que toda esa información, sin procesar, fue guardada en una computadora y se dio copia completa, inmediatamente, al Ministerio de la Defensa Pública.  
  9. Que entre ese cúmulo de material se constató la presencia del archivo que circula en las redes sociales, el que, reiteramos, no tiene ningún valor a los fines de las funciones propias de este Ministerio Público.
  10. La Fiscalía inició averiguaciones para establecer la procedencia del mismo y con qué finalidad fue arrimado al presente legajo.

jueves, 27 de agosto de 2015

Leleque: El juez Martín Zacchino planteó la contienda de competencia ante la Corte

El 2 de julio el Colegio de Jueces del Noroeste del Chubut, decretó su incompetencia para actuar en el legajo Fiscal que investiga una serie de hecho vinculados a la presunta usurpación de tierras en Leleque por un grupo autodenominado lof en resistencia del departamento Cushamen. El juez Federal de Esquel rechazó parcialmente la incompetencia y esta semana el juez Martín Zacchino planteó la contienda de competencia en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El escrito inicia su análisis mencionando los fundamentos dados por la Fiscalía para plantear la competencia federal en el asunto: la afectación de un interés nacional por sobre el local o provincia y la aplicación de “la agravante prevista por el último párrafo del ar. 41 del Código Penal”, a los hechos en estudio. El planteo sostiene que ambas cuestiones fueron interpretadas tanto por el Ministerio Público como por el juez de la carpeta, de modo inescindible. “Las conductas con significación penal que acontecen en el paraje Leleque si son interpretadas globalmente, concatenada una acción con otra y relacionadas todas con las proclamas (orales, mediáticas y virtuales) realizadas por el grupo que se ha adjudicado su autoría, exceden holgadamente la jurisdicción local”. Martín Zacchino sostiene que el juez federal de Esquel realizó una interpretación de los hechos considerados individualmente y en forma aislada, lo que se evidencia en la incompetencia parcial decretada. Este desacuerdo es uno de los ejes del análisis que propuso a la Corte.
Texto completo LINK

Trámite de habeas corpus
Por otra parte la Cámara Penal Confirmó Parcialmente la resulución de Jorge Criado de fecha 20/08/15, rechazando el Habeas Corpus interpuesto a favor de todas las personas mapuche de las pu lof en resistencia en Vuelta del Rio, Cushamen, en tanto que no hizo lugar al envío de copias de la resolución al Superior Tribunal de Justicia y al Ministerio Público Fiscal.

Resolución de la Cámara Texto Completo LINK
Resolución de juez Penal que fue revisada por la Cámara LINK

lunes, 24 de agosto de 2015

Presunta Defraudación a la Administración Pública: Se realizó la audiencia con un ausente

Se trata de la obra tramitada en el expediente n° 6733/14 de la Dirección de Obras Públicas  de la Provincia, consistente en la construcción de un galpón y la pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maitén. La Fiscalía sostiene que se canceló la totalidad del monto previsto para la obra, según la certificación de inicio, avance y finalización de la misma, sin que se la hubiera ejecutado. Provisoriamente se calificaron las conductas como defraudación a la administración pública, agravada por la condición de funcionarios públicos, respecto de tres de los cuatro imputados.
LINK AUDIO Fiscal Fernanda Révori
El escrito de apertura relata que el 16 de mayo de 2014, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, como Director Regional de Obras Públicas Esquel, gestionó la construcción de un galpón y pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maiten. La obra fue tramitada por “Expediente Nro. 6733/14 Compra Directa Nro. 79/14, elevando a la Dirección General de Obras Públicas de Rawson, la memoria descriptiva, planos y presupuesto oficial”.
La solicitud de gasto fue aprobada por el área respectiva. Portillo Delebecq solicitó cotización a una sola empresa proveedora que gira bajo la denominación comercial de Constructora Frede S.R.L. Con el del presupuesto firmado por su socio gerente José Antonio Lazarte, el 26 de mayo de 2014 efectuó la apertura de ofertas y emitió dictamen aconsejando adjudicar la obra a dicha empresa por considerar se trataba del mejor precio y resultaba ser técnica y económicamente  conveniente al fisco.
El 10 de junio, la Secretaría de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos, adjudicó mediante Resolución N° 00222, la compra directa N° 79/14 Obra: “Construcción de galpón y pintura exterior Escuela N° 726 de El Maitén”, a la empresa Constructora Frede S.R.L. por la suma de pesos quinientos dieciocho mil setecientos cincuenta y seis con 80/100 pesos ($ 518.756,80).
El 26 de Junio, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, en su condición de Director Regional de Obras Públicas Esquel, Néstor Hugo Cilio  Maestro Mayor de Obras de esta misma repartición y José Antonio Lazarte en su carácter de socio gerente de la empresa Constructora Frede S.R.L., suscribieron el acta de inicio de obra. El 02 de Octubre, Lazarte, Cilio y el Director de la Escuela N° 726 de Maiten: Sr. Aldo Daniel Jios, certificaron el 50% de la misma, lo cual habilitó el primer pago efectivizado el 26/11/2014.
El 16 de Octubre los cuatro suscribieron el acta que certificó el 50 % restante de la obra, habilitándose el segundo de los pagos, efectivizado el día 30/12/2014.
Así, la cancelación de la totalidad del monto de la obra contratada y adjudicada a la Empresa Constructora Frede S.R.L. se efectivizó a sabiendas de los imputados de que las obras no habían sido ejecutadas conforme memoria descriptiva, planos y presupuesto presentados oportunamente por la empresa. Esto fue verificado en el lugar mediante inspección ocular llevada a cabo casi 9 meses después, concretamente el día 07 de julio de 2015.
La Fiscalía sostiene que de este modo, Luis Fabián Portillo Delebecq de manera conjunta con José Antonio Lazarte, defraudaron a la Provincia del Chubut, contando para ello con la colaboración necesaria de Néstor Hugo Cilio y Aldo Daniel Jios, en tanto la empresa prestataria percibió el total del precio presupuestado sin haber usufructuado la provincia, el total de la obra contratada.

jueves, 20 de agosto de 2015

Investigación por usurpación en Leleque

El juez de turno, Jorge Criado, rechazó el habeas corpus preventivo presentado con integrantes de la Defensa Pública el martes en Comisaría Primera. La presentación estaba vinculada al allanamiento autorizado con orden judicial para proceder a la identificación de las personas que ocupan un predio en una zona próxima a Vuelta del Río. El operativo no se realizó por una decisión tomada por la Fiscalía y detallada en conferencia de prensa ofrecida el miércoles a la mañana. 

Texto completo de la resolución judicial

“Vestir de legalidad una presentación no la convierte en legítima y receptable”

Luego de exponer detalladamente el trámite que tuvo en su despacho, el juez Jorge Criado concluye que no se respetó la vía pertinente según lo previsto por la ley, no se identificaron en forma legal los presentantes ni tampoco sus domicilios reales, ni se identificaron debidamente las personas a cuyo favor se ha denunciado. En este punto el magistrado resalta que la “orden judicial cuyo cumplimiento se frustró tenía justamente la finalidad de identificar a esas personas indeterminadas para que estén a derecho. Una cuestión no menor.”
Continúa indicando que “tampoco se identificó en la denuncia a la autoridad de quien emanaba el acto señalado como lesivo, y más aun tampoco se identificó acto concreto alguno… No se expresó en qué consistía la legalidad del acto, ni la causa del mismo” (cita legal).
Criado señala que algunas de estas cuestiones podrían haberse corregido evitando el rechazo del habeas corpus por defectos formales, “sin embargo de las constancias verificadas en el trámite puede colegirse que el acto supuestamente atacado sería la orden de allanamiento, con habilitación de medidas y colección de evidencias, que un Juez Penal hubo autorizado por resolución fundada.”
A continuación refiere que: El Art. 3 de la Ley W 23.098 (Ley Pcial. XV W 3) dispone que corresponderá el procedimiento de hábeas corpus cuando se denuncie un acto u omisión de autoridad pública que implique una limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente (inc. 1°).
He aquí la causa basal por la que he de rechazar Iiminarmente la denuncia, imponiendo a los denunciante las costas del proceso atento la improcedencia manifiesta del remedio intentado.


En su resolución el magistrado dispuso que se remita esta información al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, al Defensor General y a la Fiscalía.

miércoles, 19 de agosto de 2015

Usurpación en Leleque: Sin identificar a los involucrados no puede avanzar la investigación

El 5 de junio se formalizó la investigación por varios hechos que provisoriamente fueron calificados como coacción, atentado contra la autoridad agravado, y hurto. Solo una persona se sometió al proceso penal. Otras cuatro fueron identificadas, tres de ellas estuvieron presentes en esa audiencia pero negaron su identidad. Los demás involucrados nunca permitieron que se los identifique, mostrándose encapuchados y resistiendo violentamente cualquier aproximación de la autoridad policial. Con estos antecedentes la Fiscalía solicitó la realización de un procedimiento sorpresa para proceder a la identificación de quienes permanecen en el predio. Todo debería quedar registrado mediante varias cámaras. La orden menciona el pedido del MPF a las máximas autoridades policiales, para “que adopten todas las medidas necesarias y se afecte el personal más capacitado, a los fines de resguardar siempre y en todo momento la integridad de las personas, su dignidad y derechos, evitando cualquier tipo de menoscabo físico que tornen la diligencia en abusiva o exagerada, haciendo uso de la fuerza en la medida estrictamente necesaria”.
El MPF decidió abortar la medida el martes a la noche, luego de verificar que tomó estado público. “Era esperado que hoy, al horario en que estaba programado el procedimiento, tuviéramos un número muy importante de personas, podíamos inferir que con mucha presencia de menores y mujeres, lo cual iba a dificultar seriamente el procedimiento y además elevaría el riesgo que procuramos evitar, en términos exponenciales”, dijo el fiscal.


El fiscal Fernando Rivarola ofició de vocero en la conferencia de prensa en la que estuvo acompañado por las otras dos fiscales también están afectadas a esta investigación: la Fiscal Jefe, María Bottini y la Fernanda Révori. Transcribimos textualmente lo expresado a la prensa:

Con base en todo lo documentado en el caso y fundamentalmente a partir de la negativa de las personas que llevaron a cabo una usurpación (en la voz de las personas que llevan a cabo esta ocupación: una recuperación territorial), de identificarse, ya que permanecen encapuchados y negando su identidad. La fiscalía ha llevado a cabo todas las medidas a su alcance para identificarlos por medios pacíficos. Hemos pedido la intervención de los organismos nacionales como provinciales, básicamente el INAI y también la Secretaría de Asuntos Indígenas de la Provincia, hemos hablado con las máximas autoridades. Las autoridades provinciales, se han constituido en el lugar e incluso ante las propias autoridades encargadas de la atención de los asuntos indígenas estas personas han negado su identidad y han manifestado abiertamente que resistirían cualquier acción de la justicia, lo que han demostrado incluso con atentados graves, con hechos que han sido calificados de daño, incendio intencional, incluso algunos de ellos con armas de fuego, atentados graves contra la autoridad policial... Todo está documentado en el legajo fiscal.
Todo el esfuerzo que hemos hecho, incluso peticionando en algún momento del proceso, la intervención de la defensa pública, para que estas personas acepten identificarse y básicamente ejercer los derechos constitucionales que tienen como cualquier ciudadano, esto ha sido imposible.

Por lo cual, habíamos peticionado para complementar en el día de hoy, un allanamiento en el lugar de los hechos, para identificar a las personas, para lo cual el juez nos había autorizado la detención a este solo efecto. Siempre hemos sostenido, que si hubiese existido una voluntad expresa de las personas que llevan a cabo estas acciones, de identificarse, jamás hubiésemos necesitado ninguna medida de fuerza ni de coerción.
Teníamos la autorización judicial para efectuarla hoy, en primeras horas de la mañana con luz solar, con personal capacitado. Habíamos requerido incluso la intervención de las máximas autoridades policiales, esto fue programado directamente con la Jefatura de Policía. El personal especializado lo dispuso la Jefatura de Policía dentro de sus facultades. El objetivo era proceder en la forma más segura posible para evitar precisamente daños personales, entonces se requirió el personal más calificado. Estimábamos que podía ser un operativo relativamente simple y fundamentalmente con el menor menoscabo jurídico a las personas, aun cuando era inferible que pudiera haber algún tipo de resistencia al accionar policial y la necesidad del uso de la fuerza.

En la tarde de ayer, de algún modo que los fiscales desconocemos, trascendió la información, tomó estado público, y esto determinó que los propios fiscales hayamos decidido dejar sin efecto la medida, es decir, no cumplir con la autorización judicial, dentro de las facultades que disponemos los fiscales.

Consultado por la prensa descartó que la intención fuera un desalojo. No estamos en condiciones de pedir un desalojo. La necesidad de la investigación es proceder a la identificación de las personas. No podemos seguir con este proceso si no sabemos quiénes son las personas que están en el lugar, quiénes son las personas que componen este grupo, que se autodenomina RAM, lof en resistencia, comunidades de Cushamen, etc., pero que en definitiva no hay personas que hayan asumido la representación, más allá de las personas que están identificadas.

Respecto de las personas que están identificadas, una sola concurrió a una audiencia, que es el señor Martiniano Jones Huala, respecto de quién el proceso está transitando sin inconvenientes. De las otras personas identificadas, tres se hicieron presentes en esa audiencia, no obstante el pedido de la Fiscalía, y el manifestado oralmente por el juez, negaron su propia identidad y hoy rige una orden de captura y detención, que podrán evitar en la medida en que se presenten voluntariamente y se ajusten a derecho, como cualquier otro ciudadano sin distinción.

El hecho de que tomara estado público, y conociendo la forma de organizarse del grupo que está llevando a cabo estas acciones, y además ya con información que empezó a trascender en las redes sociales, era esperado que hoy, al horario en que estaba programado el procedimiento, tuviéramos un número muy importante de personas, podíamos inferir que con mucha presencia de menores y mujeres, lo cual iba a dificultar seriamente el procedimiento y además elevaría el riesgo que procuramos evitar, en términos exponenciales. Riesgo que los fiscales de Esquel no estamos dispuestos a asumir. Lo que menos queremos es que haya consecuencias disvaliosas para la seguridad y la integridad de las personas. El uso de la fuerza solo se justifica en la medida de lo estrictamente necesario. De haberse realizado el procedimiento en el modo en que estaba planificado, en un modo sorpresivo, a primera hora de la mañana, sin mucha presencia en el lugar, quizás el uso de la fuerza hubiera sido mínimo, que era lo que esperábamos todos.

Rivarola recordó que los fiscales de Esquel fueron cuestionados en otras oportunidades, por no actuar en casos de usurpación, cuando han sido invasiones realizadas pacíficamente por integrantes de comunidades mapuche, y hemos sido cuestionados incluso públicamente y hasta en el Consejo de la Magistratura. Lo que pasa es que este caso es totalmente distinto, acá está acreditado el uso de la violencia, hay clandestinidad por parte de las personas desde el momento en que actúan encapuchados. Esto es algo que el orden jurídico no tolera para ningún ciudadano. Nosotros no podemos discriminar.
En el predio Santa Rosa Leleque hay una ocupación en la que intervine yo personalmente, donde yo mismo desestimé las actuaciones como usurpación y he sido cuestionado en aquel momento por esto. Por eso digo que este caso es totalmente distinto. A nosotros nos ha preocupado y de hecho somos tres fiscales los que estamos a cargo del caso y hemos tratado de agotar todos los recursos para evitar el uso de la fuerza. Llegamos a un punto en el que si no identificamos a las personas no podemos avanzar.

En el habeas corpus presentado, del que tomamos conocimiento en la mañana de hoy, los firmantes dicen que se trata de un grupo de personas no individualizadas pero identificables. Esto es precisamente lo que queremos, que las personas se identifiquen como cualquier ciudadano y ejerzan sus derechos, en el lugar donde hay que ejercerlo, que es ante el juez. El juez es el que va a decir si los fiscales estamos o no equivocados con nuestras imputaciones.

martes, 18 de agosto de 2015

Homicidio de Porri: El arma secuestrada no es compatible con el proyectil

El fin de semana se realizaron allanamientos en el marco de la investigación por el crimen de Elva Mirtha Porri. En la requisa de un vehículo se encontró un arma de fuego por la que se iniciarán actuaciones aparte. Este lunes se realizó un peritaje sobre el proyectil encontrado en la escena del hecho. La pericia no pudo hacerse antes porque este elemento presentaba rastros biológicos y para su análisis fue remitido al CENPAT. 
El arma secuestrada no es del calibre que se está buscando.

Hasta el momento se realizaron al menos diez allanamientos en el marco de esta investigación. Próximamente se peritarán dos armas secuestradas, de un total de quince secuestradas que esperaban el resultado de la pericia que se practicó hoy.

AUDIO CONFERENCIA 

domingo, 16 de agosto de 2015

El SAVD Chubut capacitará a profesionales de La Pampa




La Procuración General de La Pampa declaró de interés la capacitación "Intervención en situaciones victimológicas de abuso sexual" que dictará la Lic. Luisa Pasquini, psicóloga del SAVD Esquel, del 24 al 26 de agosto en esa provincia. La actividad está dirigida a los equipos profesionales de la OAVyT sede Santa Rosa, General Pico y General Acha.

La organización está a cargo del Ministerio Público de la provincia de La Pampa, el Ministerio Público Fiscal de la provincia del Chubut y el Centro de Capacitación Judicial. La declaración de interés valora que la capacitación contempla conceptos teóricos de la problemática del Abuso Sexual, como así también el desarrollo de aspectos prácticos y de organización entre los equipos de trabajo interdisciplinarios, haciendo hincapié en la necesidad de interrelación entre profesionales, fiscales y asesores de menores organizando espacios de trabajo para los funcionarios mencionados.
El curso se desarrollará en tres jornadas y versará sobre escucha activa, dispositivos y protocolos, entrevista, consentimiento informado cuando la víctima es menor, dispositivo para la atención de personas en situación de Abuso Sexual y violación, protocolo de evaluación de riesgo a víctimas de violencia familiar, protocolo de atención en guardia, entrevista de admisión, cámara gessel y coordinación entre equipos victimológicos, fiscales y asesores de menores, entre otros puntos. 
 

Los policías fueron absueltos

El juez Martín O’ Connor entendió que los policías no actuaron con dolo, sino probablemente por error al no iniciar acciones de oficio al tener noticia de una presunta contravención cometida el 4 de mayo de 2013 en Colán Conuhé. La intencionalidad es uno de los requisitos que debe cumplir la conducta para encuadrarse en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por el que fueron acusados. El magistrado absolvió a Daniel Alberto Manriquez y a Mauricio Javier Núñez, aunque consideró que está absolución penal no los exime de la responsabilidad administrativa, la que deberá ser evaluada por los órganos competentes. Con esta finalidad se remitió copia de la sentencia a la Unidad Regional Esquel.

La Fiscalía presentó su caso siguiendo el relato de las víctimas y las vivencias que estas tuvieron a partir de lo que consideraron inacción policial. Por su parte la defensa pidió al juez que analizara el caso desde lo acontecido en la comisaría, es decir aquello de lo que tomaron conocimiento directo los imputados.

El 4 de mayo de 2013 a las 17:30 hs. Un grupo trabajaba en la instalación del alambrado eléctrico, cuando se sorprendieron y asustaron por los disparos propinados por dos sujetos desde la ruta en dirección a donde ellos se encontraban. Los sujetos mataron una cría de ñandú que dejaron abandonada, antes de retirarse en su vehículo.
A partir de este suceso una de las personas que estaban en el lugar se presentó en la comisaría, también se presentó espontáneamente Sepúlveda, uno de los responsables de los disparos. Lo ocurrido en la comisaría y fundamentalmente el proceder de los policías que en ella se desempeñaban, es lo que se puso en cuestión durante el juicio y lo que debió analizar la resolución judicial.

El Dr. O’ Connor razonó que “si se hubiera probado la amistad de Sepúlveda con alguno de los acusados, fácil hubiera sido probar el dolo de cualquier irregularidad que beneficiara al propio Sepúlveda.”
En su análisis de cada una de las conductas atribuidas a los imputados, el juez entendió que no hubo omisión de tomar denuncia por parte de los uniformados. De las declaraciones testimoniales surgió que en dos oportunidades le preguntaron a quien los puso al tanto de los sucesos, si quería formular denuncia y este les dijo que no.
“Con ese conocimiento de la situación, Nuñez recibió a Daniel Sepúlveda, quien se presentó espontáneamente en la Comisaría, aduciendo que se había detenido en la ruta para calibrar su mira y que al disparar había escuchado un grito. Sepúlveda tenía permiso de tenencia, el arma estaba registrada a su nombre y la misma era transportada conforme la ley, esto es, separada”, reseñó el magistrado. La lectura que realiza el juez respecto de estos sucesos es que no estaba habilitada la aprehensión de Sepúlveda con los elementos de que disponían los uniformados. Tampoco el secuestro del arma con una finalidad preventiva. “Los acusados contaban con una presentación espontánea de un sujeto que afirmaba circunstancias que, en principio, no configuraban las contravenciones”.

O’ Connor sostiene que “Estrictamente, los acusados debieron intervenir, investigar la existencia o no de la contravención, incorporar los elementos probatorios y elevar todo al Juzgado de Paz”, tal como planteara la Fiscalía. “Observado desde lejos –temporal, geográfica y funcionalmente- parece una decisión errónea a su deber de prevenir, de intervenir de oficio”.
Sin embargo para el magistrado esta inacción no fue arbitraria, como sostuvo el fiscal. “No considero esa decisión una omisión arbitraria de su deber legal, ni un apartamiento –a sabiendas- de la manda normativa. La juzgo una decisión (errónea por cierto) de criterio, tomada en el momento, ante un sujeto ambiguo, poco preciso y en el océano de un sinfín de intervenciones en materia contravencional.”
El juez tuvo en cuenta “la actuación cotidiana de un Oficial de Policía es sumamente exigente. Implica una constante toma de decisiones rápidas, alguna de las cuales son de difícil interpretación. Se encuentra un Policía –muchas veces- en la disyuntiva de que se censure su accionar tanto por acción, como por omisión.”
Tampoco consideró “enfrentado a la manda legal”, que Nuñez realizara un informe a partir de los dichos de Sepúlveda, quién se había presentado espontáneamente en la comisaría.


El juez entendió que la no actuación de oficio en el secuestro de elementos probatorios, implicó un apartamiento de la ley, sin embargo ese apartamiento no fue doloso, por lo tanto corresponde la absolución. “Sin embargo, la exclusión del elemento subjetivo del tipo (es decir, el dolo), en este último supuesto, no descarta la responsabilidad administrativa de los acusados, que deberá ser merituada por los órganos competentes. A tales efectos, deberá ser remitida copia de la presente a conocimiento del Sr. Jefe de Unidad Regional de Esquel, a los efectos que estime corresponder.”

Homicidio de Elba Porri

NUEVOS PROCEDIMIENTOS EN LA INVESTIGACIÓN

La fiscal de la investigación, Fernanda Révori, sigue siendo cauta a la hora de valorar los resultados de los últimos procedimientos realizados en el contexto de la investigación por el crimen de Elba Mirtha Porri. El sábado se llevaron a cabo allanamientos simultáneos, en uno de ellos fue secuestrada un arma de fuego.

El crimen ocurrió la noche del 3 de junio de este año, entre las 20:30 y las 23:50 hs. Porri fue hallada sin vida, con un disparo en el cráneo. A partir de ese momento se inició una intensa investigación que se mantuvo en el tiempo explorando varias hipótesis.
A esta altura algunas hipótesis ceden frente a otras que se mantienen abiertas. La próxima semana se realizarían pericias en el arma secuestrada para determinar si guarda o no relación con el crimen.

Fueron muchas las personas entrevistadas, algunas de ellas se presentaron espontáneamente para arrimar información. La Fiscalía valora los aportes de vecinos, familiares y conocidos de la víctima, y solicita que quien tenga algún dato que a su criterio debería manejarlo el equipo investigador, lo haga llegar a la Fiscalía o a la Comisaría.

viernes, 14 de agosto de 2015

Abuso sexual

SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN Y LOS IMPUTADOS CUMPLEN PRISIÓN PREVENTIVA

Este jueves se llevó a cabo la audiencia de formalización de la investigación en relación a dos hechos de abuso sexual ocurridos el 21 de julio en Cholila. A pedido de la Fiscalía el juez dispuso la prisión preventiva en comisaría para uno de los imputados, un hombre de 29 años, y el arresto domiciliario del otro, un joven de 19 años. La decisión se fundó en los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.

La comunicación a los imputados del hecho que está investigando la Fiscalía, fue realizada en la audiencia por el funcionario Raúl Camerlo, integrante del sector de investigaciones complejas que encabeza el fiscal Fernando Rivarola.
La audiencia se realizó a puertas cerradas por el tipo de delito que se investiga y las restricciones que impone la ley.

Luego de comunicar el hecho, la Fiscalía solicitó que se imponga prisión preventiva por sesenta días. Camerlo fundamentó su pedido haciendo un balance entre el arraigo, la pena en expectativa y las posibilidades de fugarse por parte de los imputados. Por otra parte valoró en cada uno de ellos los indicios de riesgo de entorpecimiento de la investigación. En este aspecto se contempló que aun hay elementos de prueba que no fueron encontrados y que podrían intimidar a las víctimas o influir sobre testigos para que oculten información o modifiquen sus declaraciones.

Las defensas estuvieron a cargo de Bruno Deias y Julián Ripa Montuenga. Los letrados plantearon la inocencia de sus defendidos y se opusieron a las medidas de coerción solicitadas, argumentando que la Fiscalía no cuenta con indicios suficientes para fundar ninguno de los peligros procesales

El juez de la audiencia fue Martín Zacchino. El magistrado resolvió dictando prisión preventiva por un plazo de treinta días, por entender que es el tiempo suficiente para que la Fiscalía concluya las medidas de investigación que podrían ser entorpecidas por los imputados. Cumplido el plazo, los acusadores podrán realizar los planteos que consideren pertinentes.
Zacchino entendió que cada imputado presentaba particularidades diferentes por eso dispuso que el mayor cumpla prisión preventiva en comisaría, en tanto que el segundo lo haga en su domicilio, advirtiéndole a este que si incumple, la medida se revocará e irá a prisión.


A pedido de la defensa, dos jueces revisaron la decisión judicial. Los Dres. Martín O’ Connor y Hernán Dal Verme, escucharon los planteos y resolvieron mantener las medidas dispuestas por el juez de la carpeta.

miércoles, 12 de agosto de 2015

Fiscalía se reunió con víctimas y vecinos de Cholila

Un equipo de la Fiscalía, encabezado por la Fiscal Jefe, María Bottini, se reunió en Cholila con familiares de las víctimas de hechos delictivos, docentes y vecinos de la localidad para escucharlos. Bottini tomó nota de los planteos y hoy se encuentra en la delegación de la Fiscalía en El Hoyo, donde analizará el estado en que se encuentran las investigaciones, dispondrá medidas y recabará información para brindársela a las víctimas. Dos investigadores de Órganos Auxiliares del Ministerio Público Fiscal, llegan hoy a  El Hoyo para colaborar con las investigaciones en curso.
Bottini dispuso recientemente de una metodología de refuerzo para la oficina fiscal de la comarca, la que tiene un cargo de funcionario vacante. Periódicamente un equipo conformado por dos funcionarios y un empleado de Esquel, viaja a El Hoyo para colaborar en con el trámite de legajos de esa oficina.
El martes la Fiscal Jefe se reunió en la confitería del gimnasio de Cholila, con cada una de las personas que asistieron buscando información en torno al trámite de diferentes investigaciones que lleva el fiscal Oscar Oro. Junto a ella estuvo Débora Barrionuevo, quien asumió hace algunos meses como funcionaria en El Hoyo.
Bottini se comprometió a brindar información en el transcurso de la próxima semana, a cada una de las víctimas, sobre el estado de las investigaciones. La Fiscal Jefe resolvió que un caso reciente de abusos sexuales será tramitado en Esquel por el Sector de Investigaciones Complejas a cargo del Dr. Fernando Rivarola, quién tomó contacto en ese momento con los familiares de víctimas presentes en Cholila.
Por otra parte, el Área de Comuniación Institucional se puso a disposición de los docentes para organizar actividades con la escuela secundaria enmarcadas en el programa Fiscalía Abierta.

lunes, 10 de agosto de 2015

Fiscalía investiga una presunta defraudación a la administración pública

Se trata de la obra tramitada en el expediente n° 6733/14 de la Dirección de Obras Públicas  de la Provincia, consistente en la construcción de un galpón y la pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maitén. La Fiscalía sostiene que se canceló la totalidad del monto previsto para la obra, según la certificación de inicio, avance y finalización de la misma, sin que se la hubiera ejecutado. Provisoriamente se calificaron las conductas como defraudación a la administración pública, agravada por la condición de funcionarios públicos, respecto de tres de los cuatro imputados.

El escrito de apertura relata que el 16 de mayo de 2014, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, como Director Regional de Obras Públicas Esquel, gestionó la construcción de un galpón y pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maiten. La obra fue tramitada por “Expediente Nro. 6733/14 Compra Directa Nro. 79/14, elevando a la Dirección General de Obras Públicas de Rawson, la memoria descriptiva, planos y presupuesto oficial”.
La solicitud de gasto fue aprobada por el área respectiva. Portillo Delebecq solicitó cotización a una sola empresa proveedora que gira bajo la denominación comercial de Constructora Frede S.R.L. Con el del presupuesto firmado por su socio gerente José Antonio Lazarte, el 26 de mayo de 2014 efectuó la apertura de ofertas y emitió dictamen aconsejando adjudicar la obra a dicha empresa por considerar se trataba del mejor precio y resultaba ser técnica y económicamente  conveniente al fisco.
El 10 de junio, la Secretaría de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos, adjudicó mediante Resolución N° 00222, la compra directa N° 79/14 Obra: “Construcción de galpón y pintura exterior Escuela N° 726 de El Maitén”, a la empresa Constructora Frede S.R.L. por la suma de pesos quinientos dieciocho mil setecientos cincuenta y seis con 80/100 pesos ($ 518.756,80).
El 26 de Junio, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, en su condición de Director Regional de Obras Públicas Esquel, Néstor Hugo Cilio  Maestro Mayor de Obras de esta misma repartición y José Antonio Lazarte en su carácter de socio gerente de la empresa Constructora Frede S.R.L., suscribieron el acta de inicio de obra. El 02 de Octubre, Lazarte, Cilio y el Director de la Escuela N° 726 de Maiten: Sr. Aldo Daniel Jios, certificaron el 50% de la misma, lo cual habilitó el primer pago efectivizado el 26/11/2014.

El 16 de Octubre los cuatro suscribieron el acta que certificó el 50 % restante de la obra, habilitándose el segundo de los pagos, efectivizado el día 30/12/2014.

Así, la cancelación de la totalidad del monto de la obra contratada y adjudicada a la Empresa Constructora Frede S.R.L. se efectivizó a sabiendas de los imputados de que las obras no habían sido ejecutadas conforme memoria descriptiva, planos y presupuesto presentados oportunamente por la empresa. Esto fue verificado en el lugar mediante inspección ocular llevada a cabo casi 9 meses después, concretamente el día 07 de julio de 2015.

La Fiscalía sostiene que de este modo, Luis Fabián Portillo Delebecq de manera conjunta con José Antonio Lazarte, defraudaron a la Provincia del Chubut, contando para ello con la colaboración necesaria de Néstor Hugo Cilio y Aldo Daniel Jios, en tanto la empresa prestataria percibió el total del precio presupuestado sin haber usufructuado la provincia, el total de la obra contratada.


La audiencia de apertura de la investigación fue fijada para el lunes 24 de agosto a las 9:30 hs. en la Sala 1 de los Tribunales de Esquel. 

viernes, 7 de agosto de 2015

Ayer robó, hoy fue condenado y reparará a la víctima


El trámite tuvo un procedimiento exprés gracias a la conjunción de varios factores. El inmediato y preciso aviso a la policía por parte de dos testigos del hecho, la rápida intervención policial, la constatación de evidencias directas que vinculan al imputado con el hecho, la decisión de los fiscales de utilizar las herramientas que ofrece el Código Procesal para realizar procedimientos de juicio rápido y la disposición del imputado, asesorado por la Defensa Pública, para allanarse a la prueba y admitir su responsabilidad, permitieron que en poco más de 24 horas se resuelva el caso. Martín Cannavo fue condenado a cumplir seis meses de prisión efectiva, se lo declaró reincidente y reparó a las víctimas con siete mil pesos. 

El jueves a las tres de la madrugada, dos chicas que fumaban en la vereda de un local nocturno vieron a un hombre que golpeaba con un objeto contundente la puerta de vidrio del local comercial ubicado en Rivadavia y Roca. Avisaron de inmediato al 101, relatando que el sujeto entró al local y salió con cargando un bulto importante de prendas de vestir y un bolso a rayas. También describieron la ropa que tenía puesta y que había salido por la calle Roca hacia la Alvear. El comando avisó por radio a los móviles policiales. El patrullero que estaba en la zona tomó por la calle Alvear y luego se dirigió por Roca hacia Rivadavia. Al aproximarse a 9 de Julio vieron a un hombre que respondía a la descripción. El sujeto al ver el móvil soltó las prendas robadas y el bolso. Todo mientras seguía caminando sin acelerar el paso. Cuando lo aprehendieron no puso ninguna resistencia, solo dijo que no tenía nada que ver con el hecho.
En la revisación médica se constató que tenía un corte sangrante en la mano. Las ocho camperas secuestradas en la vía pública tenían manchas de sangre. También había restos de sangre en los vidrios rotos del local.

El imputado había salido ese mismo día de la U14 con libertad asistida. Debía viajar a Buenos Aires y contaba ya con el boleto de colectivo para salir a primera hora de la mañana a Bariloche. Había pasado la noche en la terminal y cuando ya no pudo permanecer allí, pasó por distintos locales hasta que sucedieron los hechos que lo devolverían a la Unidad que acababa de dejar.

Qué no, qué si

El mismo jueves se realizó la audiencia de control de la detención en los tribunales de Esquel, Cannavo declaró que no tuvo nada que ver con el robo. Que él caminaba y no llevaba nada consigo cuando lo detuvo la policía. La defensa a cargo de Paola Bagnato, cuestionó la posibilidad de transitar sin dificultades portando ocho camperas de abrigo más otras prendas de bebé.

Por la Fiscalía el fiscal Fernando Rivarola y el funcionario Guillermo Moré, realizaron la imputación y propusieron dar al caso el trámite de juicio rápido por entender suficiente el cúmulo de prueba reunido. La defensora pidió un cuarto intermedio para hablar con su defendido, al regresar anticipó que analizan la posibilidad de llegar a un juicio abreviado, por lo que se pidió que se suspenda la audiencia hasta el día siguiente para acordar los términos. La Fiscalía quería informar a la víctima antes de definir su postura.

Este viernes a las 10 hs. el juez José Colabelli reabría la audiencia. Guillermo Moré informó los términos del juicio abreviado y detalló la prueba reunida. Se hizo presente la víctima y manifestó su conformidad con la solución arribada. El imputado reconoció el hecho y aceptó que se le imponga la pena de seis meses de prisión, declaración de reincidencia y pago de siete mil pesos en concepto de reparación a la víctima.

Luego de un cuarto intermedio, el juez leyó su sentencia homologando el acuerdo. Colabelli destacó el profesionalismo con que se abordó el caso, dando una solución definitiva, con sentencia firme, a poco más de 24 horas de ocurrido el hecho.

El imputado será trasladado nuevamente a la U14.