viernes, 19 de agosto de 2016

II Jornada Provincial de Equidad de Género


El encuentro se desarrolló en Esquel este viernes a partir de las 14 hs. y contó con la participación de los Ministros de Gobierno, Rafael Williams y de Familia, Leticia Huichaqueo. La Fiscal Jefe de Esquel, María Bottini, abrió las disertaciones hablando de la política criminal del Ministerio Público Fiscal de Chubut en materia de violencia de género.

Luego de la apertura formal de las jornadas, realizada por las autoridades provinciales presentes, la fiscal María Bottini habló sobre el ámbito de competencia de la Fiscalía en situaciones de violencia de género, señalando que tal intervención se produce cuando media la comisión de un delito. Los delitos que frecuentemente se cometen en el contexto de la violencia de género son lesiones, amenazas, daño, violaciones de domicilio y desobediencia a las medidas de protección.
 
La magistradas destacó el rol trascendental de las Comisarías de la Mujer y añadió que en las localidades más pequeñas no existe este recurso por lo que es fundamental la capacitación de todo el personal policial. En esta línea la Fiscalía mantuvo reuniones con policías de toda la circunscripción para evacuar dudas sobre el modo de aplicación del formulario estandarizado de denuncia para situaciones de violencia de género, aprobado por Instrucción especial de la Procuración General. Sin embargo reconoció que queda trabajo por hacer y que desde las áreas respectivas del Ministerio de Gobierno de la Provincia, le informaron que es de interés la capacitación del cuerpo policial en perspectiva de género.

Luego de explicar el modo en que trabaja el Ministerio Público Fiscal, de acuerdo al protocolo, incluyendo la intervención del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD), hizo un llamamiento a los profesionales de otras instituciones, señalando que es fundamental que en estos casos, todos actuemos conociendo la problemática y tomando recaudos para evitar la victimización secundaria.
Otra de las materias pendientes es la disponibilidad de tratamientos psicológicos específicos para los violentos.

Finalmente, valoró la próxima implementación de las pulseras electrónicas para el monitoreo del cumplimiento de las restricciones impuestas a los imputados.

Homicidio de Matías Albornoz: Confirman la prisión preventiva

El crimen de Matías conmocionó a la localidad de El Bolsón. Muchos son los familiares, amigos y vecinos que acompañan a su padre en cada una de las audiencias que se realizaron desde el comienzo de la investigación. Esta semana se hicieron dos. Uno de los imputados permanece en prisión preventiva desde hace seis meses. Este viernes los jueces Anabel Rodríguez y Martín Zacchino revisaron la medida de coerción y la confirmaron hasta la audiencia preliminar. El fiscal Oscar Oro presentó la acusación pública el 12 de este mes.

La acusación describe lo sucedido indicando que el 13 de febrero de este año, aproximadamente a las 8:10 hs., los imputados se subieron al vehículo conducido por Matías Ezequiel Albornoz, en la parada de “Remises Piltri” de El Bolsón, Provincia del Río Negro. Salieron con destino al Barrio Esperanza. En ese trayecto y por circunstancias que se tratan de establecer mediante la utilización de un arma de fuego calibre 22 tipo tumbera, le efectuaron un disparo a Matías Ezequiel Albornoz, que le impactó en el pecho por encima de la tetilla derecha a unos 7 centímetros, lesión esta que conforme lo determinara la Médica titular del Cuerpo Médico Forense, le produjo el deceso en pocos  minutos. En estas circunstancias le sustrajeron dos teléfonos celulares, una billetera de abrojo y otra billetera de cuero.

El vehículo y el cuerpo de la víctima fueron abandonados en un callejón conocido como Balti o Teuli, que corre paralelo a la Ruta Nacional 40, en la zona donde se ubica el paralelo 42 que divide la jurisdicción entre las Provincias de Rio Negro y Chubut y pegado al Barrio Esperanza.

Uno de los imputados habría viajado en el asiento del acompañante y el otro atrás. Según la hipótesis de la acusación, el que viajaba atrás sujetó a la víctima cuando esta conducía el rodado. Forcejearon y el sujeto que viajaba como acompañante le habría disparado.


Próximamente la Oficina Judicial fijará fecha para la audiencia preliminar.

jueves, 18 de agosto de 2016

Alegatos

Finalizó el juicio que se llevó a cabo esta semana con el último de los testimonios, la declaración del imputado y los alegatos de las partes. Varias cuestiones están en discusión. La Fiscalía llevó a debate dos hechos, uno por lesiones leves y amenazas, el otro por desobediencia a una orden judicial. El juez Martín O' Connor deberá decidir si ambos hechos fueron probados, en tal caso, si el imputado es el autor y si es responsable penalmente por ellos. También se debatió respecto si estos hechos se produjeron o no en un contexto de violencia de género. El próximo jueves se conocerá la sentencia.


La fiscal María Bottini cerró el juicio con una lectura de los elementos probatorios que a su criterio convalidan la declaración de la víctima y la responsabilidad penal del acusado. La acusación sostiene que estos episodios ocurrieron en el marco de una relación de pareja, con asimetrías que dan cuenta de violencia de género. Estas conclusiones las basó, en el relato de la víctima, el aporte de testigos y el resultado de la intervención de profesionales de la salud mental que constataron secuelas compatibles con esa problemática.



Por su parte el abogado defensor, José María Venancio, basado también en la declaración del imputado, negó la existencia de uno de los hechos (en el que hubo testigos presenciales) y responsabilizó de actos violentos a la denunciante. Su argumentación se basó en informes elaborados por el Equipo Interdisciplinario de otro fuero, que darían cuenta de una situación conflictiva mutua, lo que para el letrado explicaría a las claras por qué no puede hablarse de violencia de género. Respecto de la desobediencia alegó supuestas irregularidades formales.



El jueves 25 a las 8 hs. se conocerá la sentencia.

martes, 16 de agosto de 2016

Violencia de género

Tres de las audiencias realizadas este martes en los tribunales de Esquel, tuvieron en común hechos que a criterio de la Fiscalía, implican violencia de género. Un juicio por hechos de amenazas y desobediencia, y dos aperturas de la investigación, una de ellas por amenazas y lesiones leves y otra por abuso sexual.

Probablemente la difusión pública sobre la violencia de género decide a más mujeres a presentar la denuncia cuando pasan por este tipo de situaciones, y también es muy probable que la existencia de normativa específica, la creación de comisarías de la mujer y la especialización de magistrados y funcionarios, faciliten que esas denuncias prosperen.

El juicio

Se realizó la jornada de apertura en un juicio por los presuntos delitos de amenazas, lesiones leves y desobediencia, seguidos a un hombre por situaciones de violencia con su ex pareja. Declaró la víctima, relató las características de la relación, las presiones que sentía, el modo en que se sentía asediada y como esto la afectó psicológicamente.

En la otra sala se realizaron en paralelo varias audiencias. Dos de ellas también sobre casos presuntamente en un contexto de violencia de género.  El maltrato frente a otras personas, las discusiones en privado, la presencia de los hijos, las amenazas, el asedio en la vía pública, hasta la fuerza física, son las características relatadas por la Fiscalía en los hechos de una violencia de pareja, respecto de la que se dispuso la prohibición de acercamiento del imputado a la víctima por un plazo de seis meses. En el otro, se investiga un abuso sexual intrafamiliar, las medidas de protección se fijaron por seis meses o hasta la realización de la audiencia preliminar. 

domingo, 14 de agosto de 2016

Lo aprehendieron en trelew y le dictaron preventiva en Rawson y Esquel

El hecho ocurrió en un local ubicado en Sarmiento al 400 de Esquel, el jueves 28 de julio. Después de la audiencia de control de detención el imputado recuperó la libertad. Sin embargo, se pudo constatar que falseó datos personales, no mantuvo el domicilio e incumplió con otra causa penal seguida en su contra en Rawson, por la cual se dictó una orden de captura. Ayer pudo ser aprehendido en Trelew y este domingo por la mañana, en una audiencia a la que asistió por videoconferencia, se le dictó la prisión preventiva por 30 días.



El Ministerio Público Fiscal de Rawson presentó una acusación pública contra Alfonso Mera Gómez por los delitos de daño y amenazas. En ese legajo se de dispuso una orden de captura por no haberse presentado a audiencia. El sábado pudo ser aprehendido en Trelew. La detención fue puesta en conocimiento de la Fiscalía de Esquel y el funcionario a cargo de la investigación local pidió que se fije inmediatamente una audiencia.

El imputado fue llevado a los tribunales en Rawson el domingo a las 9 hs., allí se dispuso su prisión preventiva hasta la audiencia preliminar que se realizaría en el transcurso de la semana entrante. Con posterioridad, antes de las 10 de la mañana, se desarrolló una audiencia por videoconferencia con Esquel.



Pedido de prisión preventiva



El funcionario de Fiscalía Guillermo Moré fue acompañado por la víctima. La defensa estuvo a cargo de Marcos Ponce, en tanto que intervino el juez de turno Martín O' Connor. Moré explicó los detalles del caso y las evidencias que dan cuenta de la autoría del imputado. Le explicó al juez que esta audiencia se realiza para solicitar que se dicte prisión preventiva por 30 días por peligro de fuga. En ese plazo finalizaría la investigación y se presentaría la acusación pública.



En sus fundamentos, el funcionario destacó que el imputado falseó datos personales, se ausentó de la ciudad y no cumplió con obligaciones procesales en la investigación que se sigue en su contra en la capital provincial. También habló de las características particulares del hecho que se investiga en Esquel, que implicó violencia en las personas, lo cual lleva a considerarlo un hecho de mayor gravedad que otro tipo de robos en los que el autor únicamente fuerza las cosas.  Moré hizo mención a otros hechos penales en los que también se vio involucrado el imputado y concluyó que solo con prisión preventiva se puede asegurar su presencia durante el proceso.



El defensor público, Marcos Ponce, fundó su rechazo a la medida solicitada por la Fiscalía fundamentalmente en la pena en expectativa por el delito que se le sigue en Esquel. El letrado indicó que por la escala penal prevista es muy probable que recayera una sentencia de pena en suspenso, lo que inhabilitaría al juez para el dictado de una medida que implique privación de la libertad.

El imputado se limitó a decir en su defensa que la Brigada de Investigaciones no encontró a su pariente por eso pensaron que falseó al domicilio, pero insistió en que el dato que brindó en la audiencia anterior es cierto.



Un hecho grave

Martín O' Connor, luego de analizar los elementos reunidos en la investigación, los que a su criterio dan una alta probabilidad de autoría del imputado, se refirió a las características del hecho. El juez tuvo muy en cuenta la violencia desplegada y resaltó como un agravante mayor, que tal violencia fuera dirigida a una mujer. Le explico al imputado que en un juicio estas circunstancias serían tomadas como un agravante que apartaría la pena del mínimo legal y que por tener otras investigaciones penales en curso, de llegar a sentencias de responsabilidad, es muy probable que se le aplique una pena de cumplimiento efectivo.

Luego se refirió al comportamiento procesal del imputado y concluyó en que la única medida posible para cautelar el proceso es el dictado de la prisión preventiva, tal como la solicitó la Fiscalía.



El hecho



El 28 de julio aproximadamente a las 10 de la mañana, ingresó a un local comercial, intercambió preguntas con la empleada y al cerciorarse de que estaba sola, pasó al otro lado del escritorio, la tomó de los brazos y le propinó golpes de puño. La víctima gritó pidiendo auxilio. La situación fue percibida por un comerciante vecino que acudió inmediatamente en su ayuda. El imputado se dio a la fuga, fue perseguido por el vecino y finalmente alcanzado por la policía.

viernes, 12 de agosto de 2016

Fue morigerada la medida de coerción de Facundo Jones Huala


El imputado es investigado en relación a distintos tipos penales, entre ellos usurpación y abigeato agravado, por los que se había dispuesto su prisión preventiva. La defensa solicitó que esta sea reemplazada por un arresto domiciliario. Fundamentó su pedido en razones de salud certificadas por un médico. El fiscal Oscar Oro estuvo de acuerdo con el planteo y el juez dispuso el cambio de medida. Sin embargo la Justicia Penal no es el único ámbito en el que el imputado tiene procesos pendientes. En el fuero federal está próximo a afrontar un juicio de extradición, trámite en el cual se mantiene vigente la prisión preventiva que cumple actualmente en la U14.

La audiencia de revisión se llevó a cabo el viernes después de las 13 hs. La defensora Sonia Ivanoff expuso el pedido ante el juez Martín Zacchino, alegando fundamentalmente razones de salud debidamente certificadas. La letrada ofreció que la medida pase a cumplirse en la casa de la abuela del imputado en la ciudad de Esquel.
A su turno el fiscal Oscar Oro, adelantó que está de acuerdo con los fundamentos dados por la defensa, consideró que a esta altura del proceso, es posible tutelarlo con el arresto domiciliario. El fiscal dijo que recientemente tuvo una comunicación con el juez federal Otranto y que este le manifestó que había dado intervención a la Dirección Nacional de Mediación, fundamentalmente en relación al conflicto vigente por la obstrucción de las vías del Viejo Expreso Patagónico en la zona de la ocupación.  Antes de fin de mes se abriría un canal de diálogo, lo que fue valorado como muy positivo por Oro.

El Juez Martín Zacchino explicó su ámbito de competencia y dispuso la morigeración de la medida de coerción solicitada por la defensa y convalidada por el fiscal. Al no haber contradictorio, la labor del juez se limita a realizar un control de legalidad de lo solicitado.
Zacchino aclaró que su resolución no operará ningún cambio concreto en la situación actual del imputado ya que su encarcelamiento sigue vigente por disposición del juez federal. Sin embargo, aclaró que en caso de cesar aquella medida, el arresto domiciliario implica que no puede salir del domicilio fijado a este efecto, si lo hiciera perdería el beneficio y volvería a la situación de encierro preventivo en un centro de detención.
La resolución del magistrado fue puesta en conocimiento de su par de la justicia federal.

Responsable

El tribunal compuesto por los Dres. José Colabelli, Anabel Rodríguez y Ricardo Rolón, declaró penalmente responsable por el delito de Abuso Sexual con acceso carnal al imputado cuyo juicio se llevó a cabo la semana pasada. El 6 de septiembre se realizaría la audiencia en la que se discutirá la pena ajustada al caso. La información suministrada por el Ministerio Público Fiscal se ajusta a las restricciones legales previstas en relación a hechos y procesos judiciales de estas características.


Los magistrados encontraron probados los hechos de acuerdo a la teoría del caso esgrimida por el fiscal Fernando Rivarola. Los hechos transcurrieron durante la noche del día del amigo, en el interior de una vivienda en la que se había reunido un grupo de jóvenes, entre ellos la víctima y una amiga suya que también resultó abusada, hecho sobre el que ya se dictó sentencia condenatoria anteriormente. En el lugar hubo abundante ingesta de alcohol, producto del cual la joven (menor de edad) perdió la conciencia.



La Dra. Anabel Rodríguez tuvo a su cargo el primer voto, la magistrada explicó por qué considera que no hubo animadversión en el testimonio de la niña, que debido al estado en que se encontraba la noche del abuso no pudo precisar quien la había atacado, ni tampoco de qué manera. La reconstrucción de los hechos a partir de la investigación, permitió establecer lo sucedido. Rodríguez sostuvo que las circunstancias de oportunidad, tiempo y espacio acreditadas, " en conjunto, no existiendo pruebas que los contradigan, y no habiéndose aportado otros datos que induzcan a conclusiones diferentes, conforman el plexo probatorio necesario para concluir que el acusado es el autor del abuso sexual con acceso carnal que he tenido por probado."



Colabelli atribuyó las lagunas en la memoria de la adolescente a las condiciones extremas personales en que su estado de conciencia se encontraba, es decir falto de orientación, de memoria y de hipotermia. En su análisis de la prueba, el magistrado valoró el estado psicofísico de la niña que quedara asentado por los médicos que la atendieron y aplicaron el protocolo de asistencia a las víctimas de Abuso Sexual. Colabelli, indicó que "se suma al estado de indefensión y vulnerabilidad la inexperiencia de la víctima, no solo por su edad, sino por sus costumbres previas, que eran de no salir, esta era una de sus primeras veces que salía."



Rolón habló en su voto de la necesidad de la niña de olvidar, mediante "mecanismos de evitación, si bien ella no recordaba por sí misma, también existía una intencionalidad una manera deliberada de evitar hacerlo…"



Dejó la localidad en la que vivía para no volver



Después de estos de resultar víctima, la niña dejó la localidad en la que vivía, "ella decía yo no puedo volver… ", indicó el juez. La víctima no quiso volver a ver fotos de los momentos previos al hecho, "lo que nos está diciendo algo con respecto a no querer volver a revivir lo que le tocó padecer esa noche", interpretó Rolón.



El abuso sexual



Los tres jueces se refirieron puntualmente al tipo penal del abuso sexual. La Dra. Rodríguez citó un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba "El sometimiento sexual al que alude la norma recepta aquellos casos en los cuales, mediando en términos generales un quebrantamiento de la voluntad, se expone a la víctima bajo el dominio de otra, reduciendo de esta manera al sujeto pasivo a un estado de cosa sobre la que se ejerce dicho dominio o disponibilidad, anulando la libertad o la autodeterminación sexual con la consiguiente minoración de su dignidad personal”

La voluntad de cometer el abuso por parte del autor se da cuando este realiza un acto de carácter sexual sabiendo que no cuenta con el consentimiento de la víctima.



Colabelli citó a  Enrique Alberto Gavier, en el libro "Delitos contra la integridad sexual", apuntando que la ley busca preservar “el derecho que tienen las personas a un conciente y voluntario trato sexual, lo que comprende el derecho de mantenerlo con quien les plazca, en la forma que quieran y en las circunstancias en que lo deseen, como así también el derecho a la abstinencia sexual...”



El magistrado añadió que el abuso sexual infantil es un delito donde el/la victimario/a adulto satisface sus impulsos o deseos sexuales, con un niño de cualquier sexo aprovechándose de las debilidades, ignorancia o inexperiencia del menor, mediando engaño, violencia, amenaza, abuso coactivo, intimidatorio o una relación de dependencias, con falta de consentimiento de la víctima por su sola condición de niño, afectándose su reserva y/o integridad sexual, implicando ­o no­ para éste una experiencia traumática, que puede perjudicar su desarrollo evolutivo normal. No resulta un elemento del tipo objetivo acreditar la presencia de los impulsos o deseos sexuales, sino la exteriorización de aquellos actos que contengan objetivamente componentes sexuales. Se trata de una irrupción indebida en el ámbito de intimidad corporal de las personas, mediante actos de aproximación, tocamientos, caricias palpaciones, etc, que pueden ser objetivamente impúdicos, cuando afecta partes pudendas de la víctima o cuando el autor obliga a la víctima a efectuar tocamientos en sus propias partes pudendas”

jueves, 11 de agosto de 2016

El Director de un hospital se ofreció para dar tratamiento a un imputado


El delito cometido es una desobediencia a la prohibición de acercamiento a su ex pareja, dispuesta por el Juez de Paz de Gualjaina. La Fiscalía presentó la acusación pública y la Defensa solicitó que se le otorgue la Suspensión de Juicio a Prueba. Lo que diferencia este caso respecto de otros es que el Director del Hospital de la localidad se ofreció para hacerse cargo de un tratamiento al imputado, dirigido a que este supere su problema con el alcohol. La actitud del facultativo fue reconocida por los funcionarios judiciales.

El imputado tiene un régimen de visita al hijo en común, nunca se generaron problemas uando se presenta semanalmente en ese marco. Sin embargo, cuando consume alcohol y se cruza con su ex pareja le grita y la insulta. Por estas situaciones el Juzgado de Paz le impuso una prohibición de acercamiento por sesenta días, que él desobedeció y por eso se inició una investigación penal en su contra.

La Dra. Paola Bagnato solicitó que se otorgue la Suspensión de Juicio a Prueba a su defendido, ya que no tiene antecedentes penales y el delito por el que se lo investiga lo habilita. La funcionaria relató que tomó contacto con el Director del Hospital de Gualjaina y este le dijo que conoce al imputado, ya lo trató en una oportunidad y sabe que su situación no es compleja. “Es una buena persona que tiene problemas con el alcohol”, le habría dicho. El Dr. Cañumir se comprometió a realizar el tratamiento y en caso de ser necesario, trasladar al imputado al Centro de Día de Esquel, los días viernes cuando viene a esta ciudad la ambulancia. También ofreció hacerle visitas sorpresivas al imputado cuando este se encuentre realizando tareas rurales en algún campo. Bagnato destacó que el profesional se mostró muy comprometido y dispuesto a colaborar para resolver el problema de fondo.

La Fiscal María Bottini celebró la actitud del Dr. Cañumir ya que “suele hacerse difícil contar con colaboración para este tipo de tratamientos”. La magistrada indicó que la ex pareja del imputado sostuvo que lo único que le interesa es que no se repitan los episodios de gritos e insultos y que no quiere que él se le acerque, más que cuando va a buscar a su hijo.

El imputado es un hombre de bajos recursos que cumple con el régimen alimentario y de visita. Durante el plazo de la probation no podrá acercarse a menos de 100 mts. de donde se encuentre su ex pareja, con excepción del día en que va a buscar a su hijo. El juez Martín O' Connor le recalcó que en esas oportunidades deberá asistir sin haber consumido alcohol y deberá comportarse adecuadamente, sin escándalos, insultos ni gritos.
También deberá someterse a un tratamiento en relación al consumo de alcohol. Si incumpliera cualquiera de estas imposiciones, cambiara de domicilio sin requerir autorización previa o cometiera un nuevo delito, perderá el beneficio y seguirá adelante el trámite de juicio.

La Fiscalía solicitó audiencia para investigar una tentativa de homicidio

El 31 de julio a la mañana, dos sujetos emprendieron un brutal ataque con un palo o fierro y un cuchillo, contra otros dos. Una de las víctimas recibió una estocada en la zona abdominal y aún se encuentra internada luchado por su vida. El otro joven atacado resultó con lesiones superficiales en el cuello y la cabeza. La Fiscalía comenzó a investigar y reunió elementos suficientes para imputar los hechos a dos personas. Este miércoles al mediodía, solicitó a la Oficina Judicial que fije audiencia para realizar la formalización de la investigación.

La solicitud de audiencia anticipa el hecho que se va a comunicar a los imputados. Según los elementos reunidos hasta este momento, el 31 de julio a las 8:15 hs., los imputados se movilizaban en un Corsa cuando advirtieron en la intersección de Roca y Ameghino a un grupo de jóvenes en torno de un VW Fox. Dejaron su vehículo estacionado sobre la calle Roca, cruzando la Av. Ameghino y descendieron armados con un palo o fierro, uno de ellos y con un arma blanca el otro.
La hipótesis de la Fiscalía es que caminaron hacia donde estaba el grupo con intenciones de agredirlos. Al verlos, el Fox encendió sus luces y avanzó lentamente. Los agresores lo interceptaron y comenzaron a atacar al rodado provocándole daños con el palo. Así lograron que el conductor detenga la marcha. Los imputados aprovecharon esa circunstancia para atacar a sus ocupantes, los que procuraron defenderse con golpes de puño y corriendo. Uno de los agresores alcanzó una de las víctimas para, “con intenciones de darle muerte o al menos representándose dicha posibilidad”, asestarle una estocada en zona abdominal. Otro joven resultó lesionado, el informe médico da cuenta de lesiones superficiales en región del cuello y la cabeza.

La calificación provisoria de estos hechos es por los delitos de daño, agresión, tentativa de homicidio y lesiones. 

martes, 9 de agosto de 2016

Apertura de investigación por dos hechos


Mediante video conferencia se realizó una audiencia cuyo imputado que se encuentra detenido en Sarmiento. El joven estaría involucrado en dos hechos. Uno de ellos por lesiones gravísimas, ocurrido en un local nocturno de Trevelin. El otro, un hecho cometido cuando era menor de edad y por el cual nunca pudo formalizarse la investigación en su contra. A pedido de la Fiscalía el juez dictó la prisión preventiva por 15 días.

El imputado fue aprehendido en Sarmiento el pasado domingo, cuando aparentemente se encontraba cazando con un arma de fuego sin la autorización del Registro Nacional de Armas. La Fiscalía solicitó que se mantuviera la detención hasta celebrar la audiencia que se llevó a cabo este martes por la mañana mediante el sistema de videoconferencia.

Se le imputaron dos hechos. Uno de ellos ocurrió hace ocho años cuando todavía era menor de edad. El otro sucedió el 30 de enero de este año en el local nocturno “Bandidos” de la localidad de Trevelin. Por el mismo hecho se realizó otra audiencia de formalización de la investigación en relación al coimputado.
La Fiscalía espera concluir rápidamente la investigación y presentar la acusación pública. Según los elementos reunidos, aquel día aproximadamente a las 5:25 hs. el damnificado se retiraba del local. Una mujer comenzó a proferir insultos hacia él y quienes la acompañaban se dirigieron hacia el joven en actitud amenazante, este se echó a correr y a escasos metros cayó al suelo. Los agresores aprovecharon la situación para patearlo y darle puntazos con armas blancas en las piernas. Las lesiones resultantes serían de carácter gravísimo.
Llamado a la comunidad

Por estos días la Fiscalía busca reunir los elementos que le permitan llevar la causa a juicio. Con esta finalidad se solicita a todas las personas que pudieran tener conocimiento directo o indirecto de lo que ocurrió la madrugada del 30 de enero de este año en el exterior del local nocturno Bandidos de Trevelin, que se comuniquen con la comisaría más cercana o con el Ministerio Público Fiscal.

lunes, 8 de agosto de 2016

Golpeó a su pareja y fue excluido del hogar

Sucedió el domingo a la madrugada en una celebración familiar que terminó de modo violento. Intervino la policía, el agresor fue aprehendido y llevado a los Tribunales. A pedido del fiscal, se formalizó al investigación en su contra, se dispuso prohibición de acercamiento a menos de 100 mts. de la víctima y exclusión del hogar. El juez se refirió a los compromisos asumidos por la Argentina para prevenir y sancionar la violencia de género.

Según pudo reconstruir la incipiente investigación, el encuentro habría comenzado como una fiesta de cumpleaños, hasta que una discusión entre la madre y la hermana del imputado sirvió como detonante para que este comenzara a arrojar objetos con violencia. Intervino para calmarlo uno de los presentes, pero el imputado le dio un golpe en el rostro. Luego su pareja trató de tranquilizarlo, lejos de lograrlo, el imputado comenzó a insultarla, le dio un cabezazo, le tiró del pelo y la agarró del cuello.
La mujer alcanzó a refugiarse en una habitación y cuando llegó la policía encontró al imputado intentando ingresar y forcejeando con otro sujeto que procuraba impedírselo. Adentro estaba la víctima, sujetándose el cuello, asustada y llorando.

El hecho fue relatado en la audiencia por el fiscal, Marcelo Crettón y no hubo objeción de la defensa ejercida por Tamara Crea del Blanco. El fiscal solicitó como medida de protección, la prohibición de acercamiento a la víctima y la exclusión del hogar. La defensa estuvo de acuerdo aunque indicó que el imputado dejaría la casa voluntariamente.


El juez Martín O’Connor decidió disponer la exclusión del hogar, “su voluntad debe ser reforzada por una orden judicial. Si no cumple será pasible del delito de desobediencia”, indicó. El magistrado explicó su decisión respecto de la medida de protección a la víctima del delito, “este caso es de violencia de género, el Estado argentino se comprometió a luchar contra estas situaciones. Cuando un hombre agrede a una mujer es una situación tan grave para el Estado argentino que ha dictado diferentes normas y se ha comprometido internacionalmente a tratar de luchar, combatir y erradicar este tipo de situaciones como las que presuntamente se habría dado en el caso.” O’ Connor se refirió a la disparidad física entre el hombre y la mujer, lo que llevó a que el Estado faculte a los jueces a tomar medidas de protección”. 

viernes, 5 de agosto de 2016

Juicio por abuso sexual con acceso carnal. El 12 se conocerá la sentencia

No hubo veredicto. Los jueces penales José Colabelli, Anabel Rodríguez y Ricardo Rolón no lograron terminar la deliberación para las 13 hs. y decidieron suspender el veredicto. La decisión del tribunal colegiado se conocerá junto con la sentencia de responsabilidad, el viernes 12 en horas de la tarde. 

Hoy fueron los alegatos click aquí

Juicio por abuso sexual con acceso carnal. Esta tarde se conocería el veredicto

Los jueces penales José Colabelli, Anabel Rodríguez y Ricardo Rolón están en plena deliberación. En caso de alcanzar un acuerdo se conocerá hoy mismo el veredicto. La Fiscalía, acompañada por la Asesoría de Menores, solicitó que se declare al imputado autor penalmente responsable del delito de Abuso Sexual con acceso carnal. La Defensa pidió su absolución por aplicación del principio de la duda.

Fernando Rivarola sostuvo en su alegato que el análisis de toda la prueba da cuenta de la coherencia del relato de la víctima. El estado en el que deambuló por el pueblo de madrugada luego del abuso, la inconciencia, las lesiones que presentaba su cuerpo… nada de esto pudo ser simulado. El fiscal repasó los elementos obtenidos por los testimonios y pruebas periciales, reconstruyó lo ocurrido en horas previas al hecho, se refirió al estado de la víctima a partir del abusivo consumo de alcohol, a la pérdida del conocimiento, el registro fragmentado de su memoria, la angustia, la desesperación, la huida, el deambular perdida hasta llegar a su casa. Analizó las lesiones de la joven y su compatibilidad con el delito que se le achaca al imputado, el modo en que estas lesiones debieron producirse. Se refirió también a las lesiones del imputado y su compatibilidad con la impronta dejada por lesiones de defensa, en la misma zona y con características afines al accionar que la víctima dijo haber realizado cuando “descubrió” a alguien sobre ella.
Rivarola se refirió a las muestras de ADN de la joven obtenidas en la funda de un almohadón y en el colchón de la cama del imputado. También se refirió a conductas violentas en relación a una ex pareja que si bien nunca fueron denunciadas, fueron llevadas al debate por el testimonio de su ex mujer. El fiscal sostuvo que el abuso sexual es uno de los modos de ejercer la Violencia de Género y nuestro país asumió un compromiso internacional de erradicar y sancionar este tipo de conductas.

La representante de la Asesoría de Familia, Verónica De Barbieri adhirió a los planteos de la fiscalía, resaltó la participación de la familia de la víctima durante todo el proceso, valoró la coherencia del relato de la menor e hizo mención a los efectos del abuso en la vida de la joven.

El defensor Julián Ripa indicó que la prueba del Ministerio Público no fue completa, contundente y certera. Señaló que quedaron dudas del abuso, que la prueba contundente es de los momentos previos pero no del hecho central. Habló de contradicciones y atribuyó las lesiones a los momentos en que corría entre árboles y ramas. Apuntó que las otras personas que estuvieron en la casa cuando, según la Fiscalía, ocurrió el abuso, no escucharon nada.

Finalmente pidió la absolución de su defendido por aplicación del principio de la duda. 

jueves, 4 de agosto de 2016

Por romper una cámara de seguridad, deberán trabajar 150 horas gratis

Se resolvió en una audiencia realizada este jueves en los Tribunales de Esquel. Los imputados, un hombre y una mujer, habrían roto el domo ubicado en 25 de Mayo y O’ Higgins, arrojándole piedras. No tienen antecedentes penales y pudieron acceder a una suspensión de juicio a prueba. Durante un año y medio deberán cumplir con varias reglas de conducta, una de ellas es la realización de 150 horas de trabajos comunitarios para la Municipalidad.

Los imputados estuvieron representados por Carolina García de la Defensa Pública. La abogada pidió la aplicación del beneficio, ofreció el trabajo comunitario y el pago de $400 cada uno en concepto de reparación para el Centro Comunitario del Barrio Ceferino.
El Fiscal Fidel González estuvo de acuerdo con otorgarles el instituto conocido comúnmente como Probation, ya que no tienen antecedentes penales y el delito que se les atribuye lo permite. Sin embargo el acusador entendió que además de lo ofrecido por la defensa y de las reglas obligatorias, se les exija la realización de un curso de formación en algún oficio. González indicó que los imputados están sin trabajo en la actualidad y que recibir capacitación les permitirá una mejor inserción social.

La resolución judicial

El juez penal Martín O’ Connor otorgó la Suspensión de Juicio a Prueba por un año y medio, explicando a los imputados que si incumplen alguna de las reglas que se les imponen, pierden el beneficio y deberán afrontar el juicio. No podrán cambiar de domicilio sin informarlo previamente, no cometer nuevos delitos y realizar 150 horas de trabajo comunitario no remunerado en la Municipalidad de Esquel.

La defensa se opuso a que se les imponga realizar una formación laboral. García sostuvo que esta medida nada tiene que ver con el delito que se les imputa. El juez compartió el criterio del fiscal. “Si  ambos están sin trabajo el pedido de la Fiscalía es procedente para reinsertarse en la sociedad de forma más productiva y es en beneficio de ustedes”, indicó O’ Connor. Deberán finalizar un curso de formación laboral, si no lo hicieran se les revocará el beneficio.

El ofrecimiento de $400 cada uno en concepto de reparación, serán puestos a consideración de la Fiscalía de Estado.