lunes, 25 de octubre de 2010

Tiroteo en el Barrio Ceferino


PRISIÓN PREVENTIVA POR DOS MESES PARA EL IMPUTADO

Lo dispuso la Juez de la causa a pedido del Ministerio Público Fiscal, luego de que se formalizara la imputación en la misma audiencia. En esta causa también fue sindicado un menor de 14 años, inimputable. Respecto de este último tomaron intervención el Juzgado de Familia y el Servicio de Protección de Derechos. El Fiscal fundamentó el pedido de prisión preventiva por peligro de entorpecimiento procesal, considerando la gravedad y complejidad de los hechos investigados. El Defensor había solicitado que la medida se reemplace por un arresto domiciliario, pero esto fue considerado insuficiente por la Juez. Debido a que se analiza la necesidad de realizar ruedas de reconocimiento, a pedido de las partes, no se puede exhibir la cara del imputado.

AUDIO Fiscal Martín Zacchino Formaliza la investigación
AUDIO Fiscal solicita prisión preventiva
AUDIO Defensor Daniel Sandoval pide arresto domiciliario
AUDIO Réplica Fiscal
AUDIO Contra réplica de la Defensa
AUDIO Resolución Juez Anabel Rodríguez


El domingo aproximadamente a las 5:00 hs., se produjo un altercado entre dos mujeres en el interior de un local bailable ubicado en calle Roca casi esquina O’Higgins, de Esquel. La disputa se extendió a sus grupos de pertenencia, el personal de seguridad los sacó del local, y en el exterior se produjo la pelea de ambas, a la que se agregaron sus familiares y amigos. Mientras esto sucedía, Andrés Lepín se retiró raudamente del lugar y fue perseguido por el imputado y el menor. Estos últimos luego de cruzar una pasarela, portando armas de fuego de puño, le efectuaron al menos un disparo que ingresó por la espalda de la víctima, atravesando su tórax y causándole la muerte pocos minutos después. Luego de esto, los dos agresores regresaron, traspusieron la pasarela y al encontrarse con otros tres jóvenes que también habían estado en el local bailable, el imputado disparó contra ellos impactando en el cuello de uno. Ante esta situación el segundo se abalanzó contra él intentando quitarle el arma, pese a lo cual el imputado desde el suelo logró impactar a uno en el abdomen (dos tiros) y al tercero en una pierna, hasta que lograron desarmarlo. Finalmente se dio a la fuga, y con él el menor.
Se secuestró un revolver calibre 38.
El hecho fue calificado como Portación de arma de fuego de uso civil en concurso real con homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con homicidio en grado de tentativa, también calificado por el uso de arma de fuego, tres hechos.

La investigación

La causa fue considerada compleja, por el Fiscal y en el mismo sentido por la Juez Anabel Rodríguez, por la cantidad de personas intervinientes. Existiría un arma, sobre la que no se dieron mayores precisiones que aun no fue encontrada. Por otra parte, momentos después del episodio en el que se produjo un muerto y tres heridos, la casa de uno de los testigos fue apedreada. Los resultados de las primeras averiguaciones indican que el imputado y el menor podrían ser los autores del ataque, haciéndolo luego de abandonar la escena de los hechos. Este accionar fue interpretado por el acusador, y receptado por la Juez en el mismo sentido, tendiente a amedrentar, intimidar o vengarse por la situación originada en el interior del local bailable.
Zacchino resaltó las características del accionar de los imputados, con desprecio por la vida y a las normas de la convivencia social.

Por la investigación y por el imputado


Daniel Sandoval, en ejercicio de la Defensa, aceptó la necesidad de que se disponga una medida de coerción pero considerando que la prisión preventiva es demasiado gravosa y, no existiendo riesgo de fuga, propuso que sea suplantada por una mas benigna. En este sentido solicitó la prisión domiciliaria, señalando que su defendido no solo lo acepta, sino que lo prefiere como una medida de protección ya que teme a recibir represalias.
Al dar su resolución la Juez de la causa le contestó a Sandoval sosteniendo que ninguna medida de coerción tiene una finalidad de protección al imputado y que en caso de requerirse de alguna medida de protección para este en el proceso, no es este el ámbito para su discusión.

Dos meses

Sin contradicción entre las partes sobre la necesidad de la medida, la magistrada encontró necesario, proporcional y razonable el pedido Fiscal y dispuso la medida que se cumplirá en la Comisaría Primera, a menos que el Juez de Ejecución decida lo contrario. También le solicitó al Fiscal que si el avance de la investigación permite morigerar la medida antes de ese plazo, se informe la nueva situación.

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