martes, 24 de junio de 2008

Violación de los deberes de funcionario público y Falsedad ideológica


SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN DE LA PRESUNTA ENTREGA IRREGULAR DE UN BEBÉ

Asesorada por un Defensor particular, la imputada fue anoticiada de los hechos que se investigan en su contra. Se trata de la Juez de Paz de Río Pico, a la que se investiga por, presuntamente, haber omitido lo que establece la Ley de adopciones y la de protección integral de la familia al entregar un bebé recién nacido a un matrimonio, además de, posteriormente, brindar información falsa a la Asesoría de Familia de Esquel, ocultando el nacimiento del niño entregado. El Defensor planteó la nulidad del allanamiento realizado en el Juzgado de Paz y de toda la prueba documental que de el pudiera surgir. El Juez rechazó el pedido y declaró la apertura de la investigación, con el plazo de seis meses que brinda el Código para finalizar la etapa preparatoria.

El Dr. Martín Zacchino calificó provisoriamente como Violación de los Deberes de Funcionario Público y Falsedad Ideológica, a las conductas que le imputa a la mujer. El hecho, tal como se lo dio a conocer, ocurrió en Río Pico, en fecha aun a determinarse, pero ubicable días antes del 21 de abril de 2008. La funcionaria habría omitido la aplicación de la ley nacional de adopción (nº 4.779) y la ley provincial de protección integral de la niñez y la familia (nº 4347), cuando admitió la entrega de un niño recién nacido a un matrimonio. La entrega se habría producido a escaso tiempo del nacimiento del bebé y habría contado con el consentimiento de la madre, pero sin cumplir con lo que establece la normativa vigente en materia de guardas preadoptivas.
La Asesoría de Familia e Incapaces de Esquel, días antes, le había dado claras directivas a la Juez de Paz, respecto de cómo debía proceder en caso de nacimientos sin filiación paterna. La Funcionaria también sabía que los guardadores no estaban inscriptos en las listas de pretensos adoptantes, porque están domiciliados en la Ciudad Autónoma de Bs. As. y no en esta jurisdicción.
Por otra parte se le endilga a la Juez de Paz, la confección de una nota (54/08) del 28 de abril, informando a la Asesoría de Familia de Esquel que durante ese mes no se habían registrado nacimientos sin filiación paterna, sabiendo que al menos se había producido el del bebé que fuera entregado irregularmente a sus guardadores.

Los cuestionamientos de la Defensa

El Dr. Marcos Ponce, en representación de la imputada, planteó la nulidad del allanamiento realizado en el Juzgado de Paz, por entender que ese fue el primer acto de persecución pública contra su defendida, y esta no contó con asesoramiento legal. También se opuso a la calificación legal escogida por la Fiscalía en relación a los hechos investigados.

Ambos cuestionamientos fueron respondidos por la Fiscalía, considerándolos inapropiados, y, con posterioridad, rechazados por el Juez, Dr. Ricardo Rolón.

La resolución

El magistrado declaró la apertura de la investigación, luego de rechazar los dos planteos de la Defensa. Para el Juez, la Fiscalía tomó mas recaudos – a favor de los derechos de la imputada – de los que le exige la ley y por lo tanto no se dan las causales de nulidad planteadas por la Defensa.
Tampoco consideró oportuno discutir es esta instancia, inicial de la investigación preparatoria, la conveniencia o no de la calificación legal, ya que esta es provisoria y podrá ser modificada según los resultados de la investigación.

Imputado en nueve causas

CONTINUARÁ EN PRISIÓN PREVENTIVA HASTA EL JUICIO

Se trata del joven, oriundo de la localidad de El Hoyo, que fuera detenido hace un mes luego de herir gravemente a otro sujeto a la salida en un bar e intentar sustraer un caballo. En la audiencia en la que se dispuso la prisión preventiva se había fijado el plazo de un mes para revisar la medida, cuando se contara con pormenorizadas pericias psiquiátricas y psicológicas que determinen si comprende la criminalidad de sus actos o no. Con los resultados a la vista, el Fiscal solicitó la continuidad de la prisión preventiva y, pese a la oposición del Defensor, la Juez lo consintió estimando el plazo para la realización del juicio en sesenta días hábiles.

El joven cumple prisión preventiva desde el momento de su detención durante la madrugada del viernes 23 de mayo en la localidad de El Hoyo. Había protagonizado dos episodios con características delictivas. Aproximadamente a la 1 hs., estaba en un bar, cuando golpeó a otro sujeto, en la cabeza, usando una botella llena de cerveza. Luego salió del local y con el pico de la botella, que para ese entonces ya estaba rota, le provocó varios cortes en la cara, cuello y la mano izquierda. Las heridas fueron consideradas de carácter grave por deformación permanente de rostro para la víctima.Esa misma madrugada, alrededor de las 2 hs., el mismo sujeto se apoderó ilegítimamente de un caballo pelaje Zaino, que se hallaba con bozal y soga atado en un terreno. A 150 metros de allí, fue interceptado por personal policial que concurrió alertado por vecinos.

El Fiscal pidió prisión preventiva hasta el juicio

La audiencia realizada el lunes, fue la establecida por la juez de la causa treinta días atrás cuando se formalizó la apertura de la investigación y se dispuso la prisión preventiva. El Funcionario Fiscal de la Comarca, Dr. Fidel Gonzalez, presentó los resultados del informe de los peritos psiquiatra y psicólogo respecto de la personalidad, capacidad de comprensión y problemas de adicciones del imputado.
El informe indica que el sujeto tiene un “trastorno antisocial de personalidad” y que “está en pleno uso de sus facultades mentales, estando en condiciones de comprender… y habla de libertad mental, que posee inteligencia, que discierne sus actos, dirige sus actos, voluntariedad, goza de libertad en su voluntad y en su libre albedrío…”, reprodujo el Fiscal, agregando que de comprender la criminalidad de las conductas que se le imputan “para que el mismo sea peligroso en el futuro deberán darse las mismas circunstancias, no solo de enfermedad, sino también disposicionales y ambientales. Situación harto probable en él debido a la presencia de predictores de conducta delictiva. Esto es: hurtar, mentir, hiperactividad, relación negativa intrafamiliar, pobre supervisión, problemas afectivos, asociación con pares antisociales, baja motivación escolar; y en lo referido a la escala o carrera delictiva, que tiene un inicio precoz con numerosos conflictos en la escuela, gran agresión física y conductas perturbadas crecientes – esto va desde un robo a la desfiguración permanente de rostro que fue el último hecho que se le endilgó al imputado -”, especificó el Fiscal. Los profesionales de la salud mental informaron que el trastorno antisocial de la personalidad, que padece el imputado, no tiene cura.

En sus conclusiones el acusador sostuvo que se mantienen vigentes todos los elementos considerados en la audiencia de apertura de la investigación y que por lo tanto corresponde que continúe vigente la prisión preventiva del imputado, en Comisaría, hasta la realización del Juicio, ya que no existen motivos para que deba recibir un trato diferencial, según surge de los informes médicos.
En su fundamentación, entre otros aspectos recordó que tanto la familia del imputado, como sus víctimas, solicitaron que él no regrese. Gonzalez se comprometió a presentar acusación pública por los cinco hechos en los que se formalizó la investigación, en un plazo de diez días.
El sujeto cuenta con una condena, a un año de prisión en suspenso, confirmada por el Superior Tribunal de Justicia, por los delitos de Resistencia a la Autoridad, en concurso ideal con agresión, en concurso real con tenencia ilegítima de arma de uso civil, en relación a un hecho ocurrido el 6 de mayo de 2006, en Lago Puelo.

Oposición de la Defensa

El Defensor interpretó que no hay elementos para mantener esta detención y solicitó la inmediata libertad, entre otros motivos por considerar que las Comisarías no cumplen ni mínimamente las condiciones indispensables para contenerlo. En este sentido el letrado indicó que su defendido, en todo caso precisa algún tipo de tratamiento, psiquiátrico o psicológico, y en la Comisaría no se le brindará.

Resolución

Luego de un cuarto intermedio, la Dra. Nelly García decidió mantener la prisión preventiva del imputado hasta la realización del juicio, precisando el plazo en sesenta días hábiles. Entendió que esta audiencia solo se fijó para decidir si el imputado tiene capacidad de comprender la criminalidad de sus acciones y en base a esto determinar cual sería el lugar mas apropiado para su detención. Con lo manifestado por el informe de los peritos, la magistrada entendió que el sujeto puede continuar en la Comisaría Segunda como hasta ahora.
Respecto de la necesidad de contar con algún tipo de tratamiento psicológico de contención, dispuso que sea el Servicio Social de la Defensa quien tramite que reciba esa atención en el Hospital o donde se considere más adecuado.


Información sobre las causas que se abrieron en su contra y respecto de lo ocurrido en la audiencia del 23 de mayo