SE FORMALIZÓ
Asesorada por un Defensor particular, la imputada fue anoticiada de los hechos que se investigan en su contra. Se trata de
El Dr. Martín Zacchino calificó provisoriamente como Violación de los Deberes de Funcionario Público y Falsedad Ideológica, a las conductas que le imputa a la mujer. El hecho, tal como se lo dio a conocer, ocurrió en Río Pico, en fecha aun a determinarse, pero ubicable días antes del 21 de abril de 2008. La funcionaria habría omitido la aplicación de la ley nacional de adopción (nº 4.779) y la ley provincial de protección integral de la niñez y la familia (nº 4347), cuando admitió la entrega de un niño recién nacido a un matrimonio. La entrega se habría producido a escaso tiempo del nacimiento del bebé y habría contado con el consentimiento de la madre, pero sin cumplir con lo que establece la normativa vigente en materia de guardas preadoptivas.
La Asesoría de Familia e Incapaces de Esquel, días antes, le había dado claras directivas a
Por otra parte se le endilga a
Los cuestionamientos de
El Dr. Marcos Ponce, en representación de la imputada, planteó la nulidad del allanamiento realizado en el Juzgado de Paz, por entender que ese fue el primer acto de persecución pública contra su defendida, y esta no contó con asesoramiento legal. También se opuso a la calificación legal escogida por
Ambos cuestionamientos fueron respondidos por
La resolución
El magistrado declaró la apertura de la investigación, luego de rechazar los dos planteos de
Tampoco consideró oportuno discutir es esta instancia, inicial de la investigación preparatoria, la conveniencia o no de la calificación legal, ya que esta es provisoria y podrá ser modificada según los resultados de la investigación.