lunes, 11 de mayo de 2009

En relación a dos robos



LA FISCALÍA PIDIÓ UNA CONDENA DE CINCO AÑOS POR ENCUBRIMIENTO

El imputado es Juan Manuel Larzabal, se lo acusa de haber recibido elementos de dos robos para beneficiarse con su venta. El Fiscal entendió que la prueba en su contra es contundente y pidió que se le imponga una pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. También solicitó la prisión preventiva. El Defensor particular, en una lectura contraria de la prueba, defendió la absolución. El viernes se conocerá la decisión del Tribunal. El Juez rechazó el tratamiento en esta audiencia de la prisión preventiva, difiriendo esta cuestión para su tratamiento condicionado a la sentencia.

Los encubrimientos por los que se acusa a Larzabal, se relacionan a objetos robados de una oficina y una perfumería de la ciudad de Esquel. Ambos hechos fueron cometidos por Pablo Bimboni, según determinó la sentencia en relación a aquella causa.

Adquirió y ocultó

El Fiscal Fernando Rivarola acusó al imputado de haber adquirido y ocultado elementos provenientes de dos ilícitos asegurando el éxito del robo para el autor y en su propio provecho.
Parte de los elementos robados fueron ocultados por el imputado. Particularmente se estima que Larzabal arrojó a la cloaca algunas joyas sustraídas a la perfumería al saber que la policía tenía una orden de allanamiento al departamento que él alquilaba. Justamente allí, los uniformados encontraron pegado a una de las paredes del desagüe, una etiqueta en la que figuraba un precio. Etiqueta de las mismas características de las que llevaban colocadas las joyas robadas.

Primero estaban… después no

En el allanamiento los efectivos vieron y fotografiaron una cámara fotográfica digital y un equipo de comunicaciones. Ambos elementos eran idénticos a los sustraídos poco tiempo antes a una oficina. Una nueva orden judicial autorizó la realización de un segundo allanamiento para que esos objetos fueran secuestrados. Solo la cámara se pudo encontrar, no ya los equipos de comunicaciones. Larzabal procuró acreditar que la cámara era suya y la tenía desde antes del robo. Una testigo sostuvo en la audiencia algo en el mismo sentido. Por esta causa la duda fue interpretada a favor del imputado y la Fiscalía retiró la acusación en relación a ese objeto.
El equipo de comunicaciones nunca pudo encontrarse. Sin embargo una persona que le había comprado un equipo de similares características al imputado, lo entregó a la Fiscalía entendiendo que podría tratarse de un elemento robado. Era el segundo de los equipos sustraídos en aquella oficina privada, el que no estaba en el departamento cuando se practicara la primera diligencia.

Agresión a testigos

Ya en el trámite de la causa uno de los testigos denunció que dos sujetos encapuchados lo golpearon, en un claro mensaje intimidatorio para que no declarara en contra del imputado. Los sujetos se movilizaban en el vehículo del padre del imputado, automóvil que por esos días usaba este último.
En el marco del juicio, cuando ya habían comenzado las declaraciones testimoniales, Larzabal amenazó a una de las testigos y ella lo denunció. Luego de esto él habló con ella y la convenció de que retire la denuncia en su contra. Todos estos detalles fueron relatados por Rivarola en sus alegatos, y solicitó que el Juez los tenga en cuenta a la hora de decidir su sentencia.

La pena a aplicar

Rivarola consideró que la pena mas adecuada es la de cinco años de prisión. El delito por el que se lo acusa tiene una escala prevista de seis meses a seis años. Para el Fiscal la conducta del imputado no tiene atenuantes, sino varios agravantes a tener en cuenta.
En este sentido Rivarola se refirió a cuestiones tales como un antecedente penal también por delitos contra la propiedad; a que era conocido de Bimboni y se aprovechó de una persona inimputable para favorecerse personalmente; su edad, su educación; la falta de condicionamientos sociales o laborales y por consiguiente el contar con todo lo necesario para no infringir la ley. De la misma manera valoró que su conducta estuviera motivada en la obtención de ganancia rápida y que se lo acuse por más de un hecho, además de su comportamiento en relación a los testigos.

Pedido absolutorio

El Dr. Daniel Sandoval repasó la prueba producida y señaló que a lo largo del debate se confirmó la postura de la Defensa. A su criterio la Fiscalía no logró probar todos los elementos típicos que prevé la ley para que la conducta de su defendido encuadre en el delito por el que se lo llevó a juicio.
Por estos motivos y en base al principio de duda a favor del reo, solicitó la libre absolución de Larzabal.
El viernes se conocerá la sentencia dictada por el Juez Jorge Eyo.

Nuevas causas

MUERTE ACCIDENTAL:
Un hombre de 68 años falleció al caer de una cornisa (10 a 13 mts. de altura) en inmediaciones del puente rojo sobre la Ruta Nº 72. En el lugar se encontraba acompañado de su hijo y nietos.
Se trata de Enrique Brosch, vecino de Lago Rosario. Esta mañana se practicará la autopsia para determinar con mayor precisión la producción de la muerte.

INCENDIO:
Una vivienda se incendió por motivos que aun no se pudieron establecer. Sucedió en Rincón Currumahuida, El Hoyo. El domingo a la tarde.

MUERTE EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO:
Carlos Alberto Barrasa conducía una Jeep Cherokee cuando volcó sobre la Ruta 40, a 2 km. de la Comisaría camino a El Bolsón. En el accidente perdió la vida. Sucedió el domingo en horas de la tarde.