martes, 24 de noviembre de 2009

Robos y violación

FERNANDO RIVAROLA EN DIÁLOGO CON LA PRENSA

Robos y Violación


PRISIÓN PREVENTIVA HASTA EL JUICIO PARA LOS DOS IMPUTADOS

Lo dispuso el Juez a pedido de la Fiscalía. La medida se resolvió en base al peligro de fuga, el riesgo procesal de entorpecimiento fue considerado en segundo término. La Defensa había solicitado la aplicación del arresto domiciliario, pero fue considerado insuficiente por el Juez. En la misma audiencia se declaró legal la detención y se formalizó la investigación.


El domingo a las 19 hs. dos sujetos sorprendieron a una pareja de 17 y 18 años respectivamente, en el sector de La Cascada. Los intimidaron con un cuchillo y les sustrajeron un celular. Una hora después, aproximadamente a las 20 hs., los dos mismos malhechores atacaron a otra pareja, en este caso de 18 y 19 años respectivamente, también en el sector de la Cascada. Los intimidaron con un cuchillo y les sustrajeron un celular, una campera y una mochila. Pero la situación no cesó, sino que continuó con un hecho mucho mas grave. Amenazas y violencia física (golpes en el rostro, ahorcamiento, anuncios de muerte) fueron las estrategias de las que se valieron los sujetos para trasladar a la menor a un sector de arboleda y abusar de ella, primero uno, luego el otro, mientras también se alternaban en la intimidación del joven.
Los hechos fueron calificados como Robo calificado por el empleo de arma y por su comisión en lugar despoblado, dos hechos, Abuso Sexual con acceso carnal agravado por su comisión por dos personas y por el empleo de arma y Abuso Sexual gravemente ultrajante agravado por su comisión por dos personas y con arma, todo en concurso real entre sí.

La detención

Con los datos previos obtenidos por el personal policial, las sospechas se dirigieron hacia dos sujetos. La Brigada de investigaciones pudo divisar a uno de los sospechosos con la campera sustraída a una de las víctimas. Entonces se diligenciaron órdenes de allanamiento, los sujetos al advertir la presencia policial se reunieron e intentaron darse a la fuga por el sector del pinar del barrio en el que se los estaba buscando. En esa situación la Fiscalía dispuso la aprehensión ya que la urgencia impedía tramitar una orden judicial de captura.

Pedido de prisión preventiva

Las características gravísimas del hecho, la alta expectativa de pena y los indicios recabados hasta el momento que llevan a presumir la autoría de los hechos por los imputados, y la dimensión del daño causado, “no resarcible”, fueron factores que trasuntaron todo el argumento ofrecido por el Fiscal Fernando Rivarola al fundamentar los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Según la apreciación del acusador ninguno de los imputados cuenta con arraigo suficiente que lo aten al lugar para garantizar que permanecerán sometidos a proceso. En el caso de uno de ellos la situación es más grave ya que cuenta con tres procesos penales radicados ante la Cámara del Crimen, en los que no se pudo realizar el juicio porque no se pudo dar con el imputado. Se trata de una acusación por homicidio, otra por homicidio calificado (por ser la víctima su padre) en grado de tentativa, y la tercera por robo simple.
Sumado a esto, el modo en que se produjo la detención, en situación de fuga, fueron elementos contundentes en el planteo del Ministerio Público fiscal.
En relación al entorpecimiento, Rivarola ponderó las características del hecho y del daño psicológico causado a las víctimas, como indicios de que los imputados harán lo que tengan a su alcance para ocultar, modificar, y en definitiva obstaculizar la reunión de la prueba necesaria para llegar al juicio.

Oposición


El Defensor, Dr. Javier Allende argumentó que sus representados tienen arraigo, cuentan con su familia en la ciudad y por lo tanto son ubicables. Por otra parte su alocución se centró en que gran cantidad de elementos prueba fueron recabados ya por la Fiscalía y por lo tanto no se vislumbra tal peligro de entorpecimiento procesal.
Allende solicitó que se reemplace la aplicación de la prisión preventiva por otras que cautelen los riesgos planteados por la Fiscalía, como el arresto domiciliario.

Hasta el juicio

El Dr. Ricardo Rolón coincidió con el análisis Fiscal. Indicó que se trata de un hecho grave “del que se puede inferir que los imputados menosprecian los bienes jurídicos protegidos como la vida, la integridad física, la integridad sexual y la propiedad, resulta entonces inferir que no respetarán otros bienes jurídicos protegidos de menor cuantía, tales como el sometimiento al proceso penal”.
El Juez compartió la postulación de Rivarola respecto de lo irreparable del daño causado a las víctimas, con secuelas muchas veces más graves que las sufridas por víctimas de otros delitos. También consideró la falta de arraigo firme de ambos imputados y el comportamiento de uno de ellos en otros procesos seguidos en su contra.
El peligro procesal de entorpecimiento también fue considerado en la resolución, aunque en segundo término y por ese motivo el dictado de la prisión preventiva lo fue hasta el juicio, ya que el riesgo de fuga no cesa con el avance de la investigación.