LA
FISCALÍA AGRAVÓ LA IMPUTACIÓN
La decisión fiscal se basó fundamentalmente en
el informe final de autopsia, en la declaración anticipada del único testigo
presencial del dramático suceso y la posterior rueda de reconocimiento. Estos
elementos brindaron información detallada y permitieron a la Dra. Révori
cambiar la calificación provisoria de homicidio simple a homicidio calificado
por alevosía.
El 23 de octubre de este año, aproximadamente
a las 10:50 hs. Julián Abel Millanahuel llegó en su camioneta a un sector del
predio por el que su familia y la familia del imputado, mantienen un conflicto
de límites y convivencia, ubicado en el Paraje Costa de Ñorquinco Sur. No
llegaba solo, sino que estaba acompañado de un alambrador ya que en ese lugar,
días atrás, había dejado varillas, postes y herramientas preparadas para
comenzar las tareas de levantamiento del alambrado divisorio de acuerdo a la
Resolución 248/11 del IAC. Un día antes el imputado y su hermano habían tenido
una actitud agresiva con el alambrador por eso Millanahuel había decidido
suspender esa tarea y fue al lugar para cargar las varillas y retirarse. El
peón levantaba las varillas y las cargaba en la caja mientras Millanahuel iba
moviendo paulatinamente la camioneta. Al ver estos movimientos el imputado se
hizo presente en el lugar, comenzó a discutir con la víctima, insultándola y
manifestando que saque los materiales porque sino los quemaba y que lo mataría,
mientras seguía a pie los movimientos de la camioneta.
En determinado momento Millanahuel intentó
bajarse de su vehículo y tropezó cayendo
de espaldas al piso. El imputado, aprovechando el estado de indefensión,
extrajo de entre sus ropas un cuchillo y comenzó a propinarle cortes en
diversas partes de su cuerpo con la intención de darle muerte mientras le decía
“…¿esto era lo que querías ?”. Millanahuel intentó defenderse tomando el
cuchillo por la hoja, procuró incorporarse pero no lo logró seguramente a causa
de la cantidad de heridas que tenía en su cuerpo. Se cayó nuevamente, de
costado casi boca abajo, y el imputado aprovechó a propinarle las estocadas
finales que en definitiva le provocaron la muerte.
Los hechos fueron calificados como
constitutivos del delito de homicidio agravado por alevosía, y supletoriamente
como homicidio simple.
Los riesgos
Por estas particularidades del imputado,
Fernanda Revori consideró que también existe riesgo de entorpecimiento para la
investigación ya que podría procurar influir en los testigos.
Daniel Sandoval, defensor particular del
imputado, negó los hechos y rechazó la medida solicitada por la Fiscalía,
proponiendo su sustitución por un arresto domiciliario. Sostuvo que los
fundamentos dados son insuficientes y presentó los testimonios de dos
familiares del imputado que se ofrecieron como garantes de una medida a cumplir
en el domicilio.
El juez valoró todos los argumentos y decidió
prolongar la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar por contar con
elementos objetivos que le permiten presumir riesgo de fuga y entorpecimiento.
Sandoval solicitó que se realice una audiencia
de revisión, la que será fijada para este viernes.