domingo, 27 de diciembre de 2009

Del 28 al 01

Estimados lectores:

Esta semana no voy a publicar información, será la única que me tomaré de vacaciones, a partir del próximo sábado (2/1/10) retomaré la actividad y continuaré trabajando todo el verano.
Con lo cual les deseo un buen final de 2009 y mucho mejor comienzo del 2010, y muchas gracias a todos por el acompañamiento y los aportes que hay realizado a lo largo de todo el año, aportes que me permiten mejorar la tarea que me toca realizar intentando que se conozca un poco más la labor de la justicia penal (en particular del Ministerio Fiscal), se la pueda entender y controlar, pero fundamentalmente darse cuenta de que no solo es posible, sino que es necesario Participar, involucrarse, para mejorar su Administración y ejercer la ciudadanía tal como habilita la democracia.

Muchas Felicidades,

Sonia P. Vaamonde
Comunicación Institucional
Fiscalía – Esquel

Nuevas causas

DAÑO:
El sábado a la madrugada autores ignorados rompieron banderola del baño de una vivienda del Barrio Estación, Esquel.

ROBO:
Autores ignorados rompieron la puerta de entrada de una casa, ingresaron y se llevaron dos DVD, un video y un monitor de PC.
Sucedió entre el 22 y el 24 en Brown al 1500, Esquel.

INCENDIO:
Se quemó un galpón completo de la clínica Esquel sucedió el viernes a las 19:44hs. Bomberos y personal de la Brigada de Investigaciones intentan determinar qué originó el fuego.

miércoles, 23 de diciembre de 2009

Tentativa de robo

INTERNACIÓN EN EL COSE PARA EL MENOR IMPUTADO

Se trata de la investigación por una tentativa de robo a una vivienda ocurrido el 11 de diciembre. En la audiencia de control de la detención se acordó la realización de una nueva audiencia una vez que se contara con un informe psicológico del menor imputable dispuesto previamente por el Juzgado de Familia. Ahora el Ministerio Público solicitó su internación en el COSE y, pese a la férrea oposición de la Defensa y la Asesoría, el Juez dispuso la medida considerando que es la mejor manera de cautelar el proceso, sin perder de vista el interés integral del menor. Criado le dijo al adolescente que, habiendo cumplido los 16 años, debe comenzar a responder por las infracciones que comete.


El jueves 10 de diciembre, pasadas las 17 hs., un vecino de la calle Volta al 800 llamó a la policía informando que dos jóvenes rompieron el cristal de una casa vecina e ingresaron a la misma. La policía llegó inmediatamente, vio el vidrio roto, entró a la casa y observó uno de los ambientes revuelto, los intrusos ya no estaban pero observaron sus huellas en el patio, las que finalizaban en un paredón lindante con un terreno baldío. Del otro lado encontraron a dos jóvenes escondidos en un nicho de gas. Ambos respondían a la descripción dada por el vecino que alertó a los uniformados. Con ellos había dos monederos, cargados de monedas, cuarenta pesos y un encendedor. En esas circunstancias fueron aprehendidos.

Cautelar el proceso

En la audiencia del 11 de diciembre se dispuso la libertad del mayor (19 años) imponiéndosele la prohibición de acercamiento a las víctimas y testigos. La situación del adolescente fue valorada como muy distinta. Se trata de un chico vinculado a 33 legajos abiertos por diferentes delitos, todos ellos cometidos cuando era menor inimputable. En ese entonces la Fiscalía no tenía intervención ya que la ley no la habilita para ello, por lo tanto esas actuaciones fueron puestas en conocimiento del Servicio de Protección de Derechos y el Juzgado de Familia. En este caso la situación es otra porque con 16 años se trata de un menor imputable. Por esta causa, evaluando la situación, la Dra. Fernanda Révori solicitó la imposición de una medida tutelar, la internación en el Centro de Orientación Socioeducativa.

Idas y vueltas

Desde la audiencia del 11 hasta la del 23, el Juzgado de Familia tomó intervención para dar cumplimiento a una orden anterior: la internación del menor en el Hospital para un diagnóstico psicológico. Como esto no se pudo concretar en el Hospital se realizó en el COSE con los profesionales de ese Centro. Luego de esto el Juzgado dispuso la internación en el Hogar de Adolescente Varones y el chico se fue y regresó a su casa.
Conociendo la situación la Fiscalía pidió la realización inmediata de la audiencia para tratar la necesidad de una medida tutelar de las habilitadas por el Código para los adolescentes de entre 16 y 18 años.

En riesgo

La Dra. Révori fundamentó la necesidad de imponer la medida tutelar en el peligro de fuga. La alta vulnerabilidad del menor que vive solo desde los 14 años, su conducta de incumplimiento de las reglas que se le imponen, la dificultad permanente para que se puedan llevar a cabo las disposiciones de la justicia por no encontrárselo cada vez que se lo requirió, y la evidencia de la reiteración delictiva como un modo de subsistencia, fueron algunas de las pautas planteadas por el Ministerio Público Fiscal en su alegato.
Por su parte tanto la Defensa como la Asesoría fundamentaron extensamente las causas por las que se oponen a la internación. Señalaron que se disfrazan medidas cautelares con las que habilita un proceso penal. La Asesoría sostuvo que cambió la situación en este tiempo, que la madre volvió a la casa y se está haciendo cargo de su rol, está dispuesta a acompañar a su hijo y está recibiendo apoyo de su familia, así como de la Asesoría y del personal del COSE.
También se dieron a conocer los términos de un acuerdo realizado con el COSE por el cual el joven participará de talleres de carpintería, trabajará en la reparación de su casa y participaría de un taller de computación.
También expusieron sobre su intervención la psicóloga y el Director del Centro de Orientación Socioeducativo.

La vulnerabilidad no es justificativo

La Fiscalía cerró su intervención indicando que comparte la visión ofrecida sobre la situación de vulnerabilidad del imputado, sin embargo esta situación no debe ser utilizada como una justificación de sus conductas delictivas.
Révori apuntó que hay muchos adolescentes en situación de riesgo y no por esto salen a delinquir. En base a esto insistió con el pedido de internación.

Empezar a hacerse cargo

El Juez Penal Jorge Criado le habló directamente al imputado, explicándole que es evidente que su conducta suele ser la de no acatar las decisiones y que no puede decidir él qué indicación acatar y cuál no. Para el magistrado el arraigo es débil, más allá de si cuenta o no con recursos económicos. “No voy a desconocer, porque no se ha discutido tampoco, es más se ha afirmado que vos has estado incurso en hechos delictivos anteriores, pero no ha tenido repercusiones porque sos menor, pero ahora sos mayor (de 16) y tenés que hacerte cargo de la responsabilidad de los hechos que cometés”, indicó.
Criado consideró que el COSE es el lugar donde el joven debe estar, por tratarse de un lugar donde se pueda cautelar el proceso y no se fugue. “Y el día de mañana, yo auguro que vos vas a recuperar una buena vida, cuando vos la tengas, a vos no te va a gustar que te entren por la ventana y te roben las cosas. Vas a tener una familia seguramente, vas a tener hijos, vas a trabajar por tus hijos… Pero lo primero que tenés que entender es que vos no podés seleccionar qué normas de la sociedad – si querés vivir en sociedad, si no te podés ir a vivir al medio del campo solo – pero si vos querés vivir en sociedad no podés seleccionar que normas respetás y que normas no”, sostuvo el Juez.
Así el magistrado dispuso la internación en el COSE, al menos hasta el 25 de enero cuando se realizará una nueva audiencia para evaluar la evolución que se haya producido en este tiempo.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron un cuaderno conteniendo documentación de un vehículo estacionado en Avda. Perón al 1000. Esquel.
Sucedió el martes a las 10:15 hs.


LESIONES GRAVES CULPOSAS:
El martes aproximadamente a las 15 hs. un vehiculo volcó en la Ruta 40 a 10 km del cruce de la Ruta 20. Los tres ocupantes resultaron con lesiones y dos de ellos debieron ser internados en el Hospital de Esquel. Se trata de una familia oriunda de Chile.

martes, 22 de diciembre de 2009

Hurto


CONTROL DE LA DETENCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

El hecho ocurrió esta madrugada en la zona de bares de la ciudad de Esquel. Cuatro sujetos fueron vistos intentando sustraer elementos de un auto, tres fueron aprehendidos, dos menores puestos en libertad y el tercero permaneció detenido hasta la audiencia realizada al mediodía. La Defensa manifestó su intención de arribar a una conciliación.

En su primera actuación como Juez Penal, el Dr. Javier Allende declaró legal la detención y formalizada la investigación en la causa que investiga el presunto hurto de la batería de un vehículo estacionado en zona de bares.

El hecho

La Funcionaria Fiscal, Ruth Monge, relató el modo en que el grupo fue sorprendido por la policía cuando esta realizaba un patrullaje por el sector. Los uniformados observaron un 147 blanco estacionado en Perito Moreno casi Ameghino, con su capot levantad, y a un grupo de personas que se encontraban alrededor de él. Al acercarse el personal policial los cuatro sujetos intentaron darse a la fuga. Tres corrieron por un baldío, el cuarto saltó un cerco y logró evadirse. Los primeros fueron aprehendidos y trasladados a la Comisaría Primera. Dos de ellos son menores de edad, fueron examinados por el médico y entregados a sus padres, en tanto que las actuaciones pasaron al Servicio de Protección de Derechos.

El faltante… y el sobrante

Al llegar el propietario del vehículo constató el faltante de la batería, también habían aflojado la tuerca que sujeta la rueda de auxilio. Lo llamativo es que en el interior del auto había una camisa que no era del dueño sino que habría sido dejada por alguno de los autores del hurto.

Acordemos

La Dra. Paola Bagnato, representante de la Defensa Pública, manifestó su voluntad de llegar a un acuerdo conciliatorio con la víctima. Ahora la Fiscalía se contactará con el damnificado para informarle la situación y determinar si está dispuesto a conciliar o prefiere continuar la causa penal.

lunes, 21 de diciembre de 2009

Violación de deberes de funcionario público


LA JUEZ DE PAZ DE RÍO PICO FUE CONDENADA A UN AÑO DE PRISIÓN EN SUSPENSO

El Tribunal Unipersonal encontró culpable del delito de Violación de los Deberes de Funcionario Público a Leticia Vidma Almendra de González, en tanto que consideró que no se configuró el delito de Falsedad Ideológica por el que acusó el Fiscal. La Dra. Nelly García, en su último fallo previo a su designación como Juez de Cámara, entendió que la entrega del bebé, realizada de modo irregular, no era temporaria, ni siquiera como familia sustituta, ya que el matrimonio que lo recibió actuó como si se tratara de los padres del niño.


La sentencia confirma la acusación Fiscal en relación a la entrega irregular de un recién nacido por parte de la Juez de Paz de Río Pico. La madre había mantenido oculto todo su embarazo y al momento de dar a luz se negó a amamantar al bebé y manifestó su intención de darlo en adopción. La Juez de Paz fue notificada de esta situación y en lugar de informar a la Asesoría de Familia para que la madre y el pequeño fueran trasladados a Esquel, previo la inscripción del nacimiento, como establece la normativa que regula estos casos, formalizó la entrega del niño a un matrimonio que reparte su residencia entre la localidad de Río Pico y la ciudad de Buenos Aires. Las exigencias de las leyes que regulan esta materia pretenden prevenir el tráfico ilegal de niños, para esto fueron creados los registros de pretensos adoptantes y el trámite legalizado con la intervención de la Asesoría de familia e incapaces.

Inconsulta y… permanente

La Juez indicó en su resolución que le llamó la atención la falta de consulta por parte de la imputada a la Asesoría o a la Defensoría, pese a que tenían fluida comunicación. “Lo que interpreto como falta de dudas y toma de una decisión conciente resolviendo rápidamente la situación planteada el 21 de abril de 2008 para que retiren el niño del Hospital”, apuntó la Dra. García.
Respecto de la entidad de la entrega realizada, la magistrada llegó a la conclusión que el significado de la misma no era temporario, ni siquiera como familia sustituta, sino que se comportaban como padres del niño”. El matrimonio al recibir al bebé, pasó por Esquel y lo bautizó antes de regresar a la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Irrelevante

El tipo de guarda que se le hubiera dado en este caso en declaración jurada, resulta irrelevante. “Es una declaración de voluntad unilateral de una madre autorizando a una familia para que lleve y tenga a su hijo. No hay aceptación del matrimonio ni ningún compromiso”.
La magistrada entendió que “no es mas que un documento emanado de una autoridad que justifique al menos la tenencia de un niño cuyos datos filiatorios no coinciden con los datos personales de los detentadores, para poder viajar, para que no los detengan en un control policial en un colectivo de línea por ejemplo, un algo para aventar la sospecha de ser apropiadores ilegales de un menor. A mi criterio existen cantidad de hechos probados que permiten tejer la trama de lo acontecido, su significación y el conocimiento que tenía la jueza de paz que estaba haciendo una entrega directa de un niño recién nacido”.

Error no, pero tampoco falsedad ideológica

El acta en la que no se informó el nacimiento de un niño sin filiación paterna, según entendió el Tribunal, es una acción que encuadra también en la violación de sus deberes en tanto funcionaria pública. La información enviada a la Asesoría no es un documento público, sino un informe, “una mentira, si se quiere”, y por esta causa no se constituiría el delito de falsedad ideológica como delito independiente.
El nacimiento del niño no fue inscripto en el libro de actas de nacimientos del Juzgado de Paz. La Dra. García indicó que este error no se justifica con las razones que fueron expuestas en el debate, ya que ocurrieron pocos nacimientos en aquellos meses (tres en abril y uno en mayo), “considero que su negación fue adrede para cerrar el círculo y que no se descubra la entrega realizada”.

La pena

Finalmente Leticia Vidma Almendra de Gonzalez fue condenada a la pena de un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación especial. En su contra se tuvo en cuenta que se trató de una “corruptela del poder que hace mucho daño a las instituciones”, actuando en violación a los derechos humanos fundamentales del niño y su madre. En tanto que se tomó como atenuante la falta de antecedentes penales de la condenada.

Lesiones Leves y Graves

INVESTIGACIÓN CONCLUIDA

A un mes de ocurrido el hecho, el Ministerio Público Fiscal presentó la acusación pública, cerrando la etapa de investigación previa al juicio en la causa que se sigue por los sucesos iniciados en un pool y concluidos en el sector de sanitarios del ACA. Hasta el momento no se conoce ningún incumplimiento por parte de los imputados a las medidas de coerción impuestas, por lo cual continúa sin modificaciones su situación procesal, en libertad, con prohibición de contacto con las víctimas y testigos y presentaciones periódicas en la Oficina Judicial.


El hecho ocurrió el 20 de noviembre aproximadamente a las 22:30 hs. Dos jóvenes de 19 años y dos menores de 15, discutieron con otro joven frente a un pool ubicado en calle 25 de Mayo. Luego de esto los cuatro iniciaron una persecución, intentando agredir a su víctima. Junto a esta se sumó su hermano que vio la agresión desde el interior del pool y salió para socorrerlo.
Con la intención de refugiarse, ambos hermanos se introdujeron en el sector de sanitarios de la estación de servicio del Automóvil Club, sin embargo se quedaron atrapados en el hall ya que estos estaban cerrados. Los agresores aprovecharon la oportunidad para atacar a ambos con golpes de puño y cuchillos. Una de las víctimas resultó con una herida en la región lumbar (lesión leve), en tanto que el otro damnificado fue herido en el glúteo, región paravertebral que puso en riesgo su vida. Después de este ataque los agresores se dieron a la fuga, siendo aprehendidos en proximidades del lugar.

La expectativa fiscal

La Fiscalía comenzó a trabajar la causa la mima noche del hecho en el lugar, con presencia de la Dra. Fernanda Révori y la Lic. en Criminalística Nidia Giménez. A partir de ese momento se llevaron a cabo diversas medidas investigativas, desde entrevistas y registros domiciliarios hasta la asistencia de las víctimas a través del SAVD.
En treinta días se logró completar la prueba que la Funcionaria consideró indispensable para probar el caso en juicio y este lunes se concretó la presentación de la Acusación Pública en la Oficina Judicial. En ella se acusa a los dos imputados (mayores) de ser coautores de lesiones graves en concurso real con lesiones leves y se anticipa una pretensión punitiva provisoria de tres años y dos meses de prisión.

A familia

En la causa la Fiscalía pudo acreditar la participación de los cuatro agresores, los dos de 19 y los dos de 15 años. Sin embargo la acusación solo puede presentarse en relación a los mayores ya que los otros dos son inimputables para el sistema penal. Todas las actuaciones reunidas en relación a estos últimos fueron remitidas al Juzgado de Familia para que esa Institución adopte medidas en relación a ellos.

Pasos que siguen

La acusación ahora deberá se conocida por la Defensa para que esta presente su prueba de descargo. A partir de esto se fijará fecha para la realización de la audiencia preliminar en donde, de ser admitida la acusación, el Juez dispondrá la apertura del Juicio.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron del interior de un vehículo un bolso conteniendo una billetera con dinero, y documentación del vehículo y personal, además de llaves y anteojos recetados.
Sucedió el miércoles entre las 19:30 y las 19:45 hs. en el Barrio Cañadón de Borquez.

ROBO:
Personas no identificadas aprovecharon que no había nadie en una vivienda para forzar la reja, correr la ventana y sustraer un radiograbador Phillco, un reloj antiguo y otros elementos.
Ocurrió en Saenz Peña al 300, Esquel, entre el lunes 14 y el miércoles 16.

ROBO:
Autores ignorados rompieron el vidrio de una ventana y sustrajeron de una vivienda una pistola calibre 40, tres cargadores, varias cajas de balas, una billetera, documentación, dinero en efectivo, un bolso, una cámara fotográfica digital y un rifle.
Ocurrió en Almafuerte al 1000, Esquel.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron un vidrio frontal del Jardín Maternal del Barrio Ceferino. Ocurrió el sábado entre las 21 y las 22 hs.

ROBO:
Un vecino de Alsina al 900, denunció que le rompieron el cristal de una ventana, ingresaron y le sustrajeron una campera, una depiladota Phillips, zapatillas, zapatos, una mochila, DVDs, una play station II, un proyector y una cámara digital.
Ocurrió el domingo entre las 16:20 y las 22:30 hs. en Esquel.


DAÑO:
Un agente de policía se encontraba en 25 de Mayo y Rivadavia cuando escuchó un estruendo que provenía de la calle San Martín. Se acercó corriendo y vio a un sujeto que salía corriendo luego de haber roto el vidrio de un comercio ubicado en la esquina. El sindicado se metió en un residencial y allí fue reducido y aprehendido. Esta mañana se realizará el control de la detención. Sucedió a las 5:42 hs. en Esquel.

DAÑO:
Un hombre en estado de ebriedad quiso ingresar al casino y no se lo permitieron, se dirigió al sector de estacionamiento y rompió el espejo lateral derecho de un vehículo. Una mujer que pasó por el lugar y lo vio tocando los vehículos avisó a la policía y fue aprehendido. Esta mañana se realizará la audiencia de control de la detención. Sucedió a la 1:40 hs. en Esquel.

LEVES:
El domingo informábamos sobre una violación de domicilio, daño y lesiones ocurridos en una vivienda del Barrio Badén I. En ese momento no se había encontrado a la víctima y por lo tanto no se conocía el carácter de las lesiones. Finalmente la víctima fue hallada, tenía su rostro golpeado, y la sangre que se encontró en el lugar fue producto de un fuerte sangrado de nariz.
Hoy se realizará la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en relación a los dos detenidos por este hecho.

domingo, 20 de diciembre de 2009

Nuevas causas

HURTO:
Un policía de civil observó cuando dos sujetos sacaban un bolso de la caja de una camioneta. Al darles la voz de alto los sujetos se dieron a la fuga sin lograr alcanzarlos.
Sucedió el sábado a las 11 hs. en Avda. Ameghino y Sarmiento, Esquel.

DAÑO:

Tres jóvenes fueron a las 3:50 hs. de la madrugada a comprar cerveza a un comercio del Barrio Estación. El dueño les dijo que estaba cerrado y dos de ellos rompieron de un golpe el vidrio, el tercero se los llevó, estaban en evidente estado de ebriedad.

HURTO:
Una joven denunció que el sábado viajaba en colectivo de Comodoro Rivadavia a Esquel, a las 5 hs. bajó un momento en Gobernador Costa y al subir al rodado descubrió que le habían sustraído la cartera.

DAÑOS:
Varios daños sucedieron el sábado a la madrugada en la localidad de El Hoyo. El primero de los denunciados fue la realización de pintadas en un paredón del municipio recién pintado. El municipio había pintado sobre un mural que había en el lugar y las pintadas realizadas en aerosol rojo tienen inscripciones tales como “aquí antes había un mural” y otras con manifestaciones contra el intendente.
El mismo día a las 4:45 hs. autores ignorados rompieron dos vidrios grandes de una vivienda ubicada en Rincón Currumahuida.
También personas aun no identificadas, rompieron los vidrios de una remisería aproximadamente a las 6:45 hs.
Por otro lado se denunció la rotura de un vidrio del frente de un restaurante en la misma localidad y un vidrio de un local comercial ubicado en el centro.

LESIONES LEVES:
Un hombre salía de una despensa y se topó con dos hermanos, uno de ellos comenzó a pegarle, el corrió y lo siguieron arrojándole piedras hasta que se refugió en una vivienda. Sucedió el viernes a las 21 hs. en Lago Puelo.

ROBO:
Autores ignorados intentaron forzar una puerta, no lo lograron entonces violentaron una ventana y por allí ingresaron a una vivienda de la que sustrajeron varias herramientas. El hecho ocurrió entre la noche del viernes y la madrugada del sábado en Lago Puelo.

HURTO:

Un vecino de Lago Puelo denunció que le sustrajeron un tráiler para cuatriciclos que tenía en su predio. Sucedió el sábado por la noche.

HURTO:
Una pareja dejó su vehículo estacionado en el Río Azul y fueron a caminar por el lugar, al regresar encontraron el vehículo con las puertas abiertas, les habían sustraído objetos personales y documentación del rodado. Ocurrió el sábado entre las 17 y las 17:30 hs.

VIOLACIÓN DE DOMICILIO, DAÑO Y LESIONES:
El domingo a la mañana, aproximadamente a las 10 hs., tres sujetos irrumpieron violentamente en una vivienda, primero arrojaron piedras y luego rompieron la puerta trasera y atacaron a otros dos que estaban durmiendo en el interior. Uno de ellos alcanzó a refugiarse en el baño y el otro escapó hacia la montaña. Los agresores comenzaron a perseguirlo sin lograr alcanzarlo. En ese momento llegó la policía, respondiendo a un llamado y aprehendió a dos de los agresores, además de secuestrar un cuchillo que encontró en el lugar. En la casa se hallaron importantes rastros de sangre y también en la ropa de los detenidos, por esto se presume que la víctima está herida, sin embargo hasta este momento (tarde del domingo) no se pudo dar con esa persona.

sábado, 19 de diciembre de 2009

Nuevas causas

HURTO Y ROBO:
Autores ignorados sustrajeron seis puertas de pino macizo misionero, las que se encontraban sin colocar en la parte posterior de cabañas de un complejo. Este hecho sucedió entre el 11 y el 17 de este mes.
En tanto que el día jueves cortaron los alambrados que cierran el complejo para ingresar con un vehículo a sustraer una hormigonera.

LESIONES CULPOSAS:
El viernes a las 16:40 hs. un Peugeot 504 y una moto Honda 400 colisionaron en Corcovada. Producto del choque resultó lesionado el conductor de la moto, aparentemente con fractura en una de sus rodillas. El mismo día fue intervenido quirúrgicamente en el Hospital de Esquel y devuelto a Corcovado donde está internado en recuperación.
Ambos protagonistas del accidente estarían dispuestos a conciliar.

viernes, 18 de diciembre de 2009

Peculado de bienes y servicios

EL SUPERIOR TRIBUNAL CONFIRMÓ LA CONDENA A TOLEDO Y MASSACESSE

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, rechazó el recurso presentado por los defensores de Daniel Toledo y Juan Alberto Massacesse, confirmando la sentencia del Tribunal Colegiado que los condenó como coautores del delito de Peculado de bienes y servicios. El ex intendente de Corcovado y el ex encargado de la carpintería municipal fueron encontrados culpables de sustraer tirantes de lenga de aquella carpintería y disponer su transporte a la casa de Toledo en Playa Unión, valiéndose de la autoridad funcional que detentaban en beneficio del entonces intendente.


Los tres integrantes de la Sala penal votaron por unanimidad confirmando plenamente
la sentencia del tribunal integrado por las Dras. Anabel Rodríguez, Nelly García y Jorge Eyo, básicamente los fundamentos de los votos de las dos primeras, ya que el Dr. Eyo había votado en disidencia.
Los defensores particulares de ambos imputados recurrieron la sentencia por varios argumentos, todos fueron rechazados de la misma manera por los Ministros.

El motivo de la condena

La sentencia confirmada, basada en la acusación Fiscal, sostiene que el hecho ocurrió en Corcovado “entre los días 2 de mayo y 11 de julio de 2006, en circunstancias en que Horacio Daniel Toledo, en su condición de intendente municipal de la localidad de Corcovado y Alberto Massacese, en su calidad de asesor técnico de Carpintería, procedieron dolosamente a sustraer del establecimiento denominado “Muebles Macizos Corcovado-Chubut-Patagonia”, la cantidad aproximada de un mil pies cuadrados (1.000 p2) de madera de lenga, discriminados en tirantes de las siguientes dimensiones: En 3” x 6”: a) 6 unidades de 1,20 m cada una; b) 5 unidades de 1,42 m cada una; c) 3 unidades de 1,80 m cada una; e) 3 unidades de 1,60 m cada una; f) 10 unidades de 4,20 metros cada una; g) 1 unidades de 2,80 m; h) 2 unidades de 2,40 m cada una; i) 1 unidades de 2,80 m; h) 2 unidades de 2,40 m cada una. En 3” x 8”: a) 2 unidades de 4,80 m; b) 1 unidad de 4,60 m cada una; c) 4 unidades de 3,10 m cada una. En 2” x 5”: 1 unidad de 4,60 m; accionar que llevaron a cabo, primeramente al requerir al personal afectado al programa MIPROE, con prestación de servicios en quel establecimiento, la elaboración de tirantería que el arquitecto Alfredo Bolado solicitara a Toledo mediante un fax del 2 de mayo de 2006, para luego, y una vez manufacturado el pedido, transportarlo el día 11 de julio de 2006 a una obra en construcción, ubicada en Manzana 55, lote 11 (n° 1279 y/o 1289) entre las calles L. Vicuña y C. Vivaldi de Playa Unión, Rawson, Provincia del Chubut, propiedad del propio intendente municipal, todo ello sin haber confeccionado la documentación respaldatoria, a saber: nota de pedido, factura acreditante del pago, asientos contables del egreso de la madera y/o ingreso de su pago, como así tampoco ninguna otra que acreditara al menos informalmente el retiro de la materia prima y el débito resultante, empleando en provecho propio los servicios de los empleados del programa en la manufactura y acarreo de la madera hasta el camión que la transportaría, todo ello conociendo la situación laboral de aquellas personas, como así también que la madera de este modo obtenida era de administración municipal y/o provincial bajo la esfera del programa MIPROE, y que se desviaba de esta forma el objeto previsto para el funcionamiento de dicho establecimiento cual era la confección de mobiliario escolar, equipamiento para el hogar, equipamiento para oficina y otros productos similares, conforme reglamentación del programa…”

Juez natural

El primer punto cuestionado por los letrados fue la composición del Tribunal de Juicio, diferente del previsto por la Constitución que establece en este tipo de debates, es decir, integrado por dos vocales legos (ciudadanos comunes). El Superior Tribunal rechazó el planteo ya que para que esta disposición esté vigente debería estar reglamentada, sin reglamentación no se encuentra vigente.

Ni oportuno, ni tercero

Tampoco creyeron los magistrados que se trata de un caso de venta a terceros permitido por el programa. El Dr. Rebagliati Russell puntualizó que el programa estaba en la primera etapa de implementación cuando se realizó la maniobra cuestionada, destinada a la organización y aprendizaje “por lo que aún no se había dispuesto la venta de productos a particulares, ni se habían realizado reuniones por la “crisis financiera”. Tampoco se trató del pedido de un particular interesado en comprar madera, “las órdenes impartidas a Solís por Toledo y/o Massacese lo fueron como superiores jerárquicos y no como un pedido efectuado en forma particular”, indica la sentencia.

Irregular

Los defensores plantearon que la madera se pagó, y de hecho presentaron la facturación correspondiente. Sin embargo, tal como lo propuso la Fiscalía, los Jueces entendieron que ese pago efectuado después de haberse radicado la denuncia por la sustracción, es tardío y el delito ya estaba configurado previamente. Además entendieron que el monto abonado no refleja el costo real de los tirantes.
La estrategia defensista apuntó a evitar el perjuicio económico para la administración pública y con ello sostener que no habiendo perjuicio patrimonial no se configura el delito. Esta interpretación también fue rechazada “por otro lado la discusión sobre la exigencia de lesión patrimonial, según el autor Daniel Carrera, se encuentra concluida, desde que la Convención Interamericana contra la Corrupción, aprobada por Ley 24.759, dispone expresamente que para la aplicación de la misma no será necesario que los actos de corrupción descriptos en ella produzcan perjuicio patrimonial”, sostuvo el primer votante.

Yo no fui

Toledo intentó quitarse responsabilidad en el hecho indicando que no fue él quien dio la orden a los trabajadores para que prepararan los tirantes y luego los enviaran a su casa en Playa Unión.
El fallo sostiene que la sentencia de primera instancia fue muy clara: “En primer lugar remarcó que era el titular del interés privado, y seguidamente que era la persona a la que se le había confiado, como intendente de la localidad de Corcovado, responsabilidades en el Convenio Marco para el Programa de Micro emprendimientos Proveedores del Estado.
Así, como bien quedara acreditado, Horacio Daniel Toledo, como principal responsable del emprendimiento y administración de los fondos enviados por MIPROE, determinó a las personas que habían sido por él contratadas para el Programa de referencia, la elaboración de tirantería y, una vez manufacturado el pedido, ordenó, en forma mancomunada con Alberto Massacese, el traslado de la madera en cuestión al inmueble de su propiedad situado en Playa Unión.
La intencionalidad de Toledo ha quedado evidenciada claramente, observándose en su accionar los dos requisitos que exige el tipo; conocimiento – respecto del carácter de la madera y de su relación con el emprendimiento- y voluntad –de sustraerla, sacándola de la esfera de custodia de la administración pública-.”

Massacesse también

La Defensa de Massacesse, entre otros aspectos cuestionó su calidad de funcionario público por tratarse de una persona contratada. El planteo fue una vez más rechazado. Las características de su cargo, la responsabilidad que se le había impuesto, el rol dentro de la carpintería, lo obligan a responder por las decisiones tomadas en materia de manejo de recursos del Estado puestos a su cargo.

Las penas


Los montos de las penas aplicados por el tribunal local también fueron considerados apropiados por los revisores. Recordemos que Daniel Toledo fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta perpetua y las costas del juicio y Alberto Massacesse a dos años y seis meses de prisión (de cumplimento efectivo, por contar con una condena anterior) e inhabilitación absoluta perpetua, con costas.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bordeadora amarilla y negra, otra de color negro, un cuatriciclo de juguete azul, dos pares de zapatillas blancas de dama Nº 38 y veinte palos de leña de ñire. Sucedió el miércoles a la madrugada en el Barrio Covitre, Esquel.

DAÑO:
Una pobladora de Buenos Aires Chico denunció que le cortaron alambres en cinco oportunidades, y presume que le podrían haber sacado animales, lo que constatará en el día de hoy.
Sucedió entre el martes y el miércoles próximo.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta del patio de una vivienda una bicicleta marca “Rally USA”, mountain bike, rodado 26, con tres coronas y 7 piñones. Sucedió en El Hoyo entre la tarde del miércoles y la mañana del jueves.

LESIONES LEVES:
Un sujeto estacionó en Avda. Fontana entre 9 de Julio y Rivadavia, se acercó un empleado del SEM para cobrarle, como el hombre no bajó el vidrio, el empleado le golpeó en la ventanilla, el conductor se bajó y le aplicó un golpe de puño haciéndolo caer al suelo.
Se trata de un viajante oriundo de Santa Cruz. El hecho sucedió el jueves a las 19:20 hs. en Esquel.

DAÑO:
Una vecina de Cholila denunció a un hombre por haber golpeado con un palo de leña la caja de luz, rompiéndola, tanto el frente como la llave térmica.
Ocurrió el miércoles a las 23 hs.

LESIONES LEVES CULPOSAS:
El jueves a las 20 hs. una camioneta Toyota Hilux volcó en la Ruta 40 a 50 km de Esquel. El acompañante resultó con lesiones de carácter leve. Los ocupantes del vehículo son oriundos de Neuquén.

jueves, 17 de diciembre de 2009

Accionar del GEOP

COMPETENTES

La Juez Carina Estefanía rechazó el planteo del Ministerio Público Fiscal y declaró competente al Colegio de Jueces de Esquel para intervenir el la causa que investiga si hubo excesos o no en el accionar del GEOP en la localidad de Corcovado. Para la letrada no se trata de delitos de lesa humanidad, ni se dan las circunstancias particulares que se dieron en el caso Iban Torres, ya que en este caso la justicia local está investigando. Por último intimó a la Fiscalía a definir el futuro de la causa.


Estableciendo el marco previo, en el que se basó para tomar la resolución, la magistrada aclaró que “está mas allá de toda duda que le Estado tiene el derecho y el deber de garantizar la seguridad. Tampoco puede discutirse que toda sociedad padece por las infracciones a su orden jurídico, pero por graves que puedan ser ciertas acciones o por culpables que puedan ser los autores de ciertos delitos, no cabe admitir que el poder pueda ejercerse sin límite alguno o que el estado pueda valerse de cualquier procedimiento para alcanzar sus objetivos, sin sujeción al derecho o a la moral. Ninguna actividad del Estado puede fundarse sobre el desprecio de los derechos humanos fundamentales.”

Ni tan complejo, ni tan aberrante

El Fiscal Martín Zacchino ya había intentado transformar el trámite de la investigación en uno por delitos complejos, caso en los que el Código prevé un plazo mayor para la investigación. Ese planteo ya había sido rechazado por la Juez de la causa, la misma magistrada que ahora entendió que estos hechos no cumplen con las exigencias del Estatuto de Roma para constituirse en delitos de lesa humanidad.

Perjuicio para los imputados

La Dra. Estefanía evaluó que la declaración de incompetencia de la Justicia Provincial para tratar este caso y su pase a la Justicia Federal, implica la negación de ciertos derechos procesales con los que cuentan los imputados. Entre estos señaló el cambio de Juez, no manteniéndose el Juez natural que garantiza la Constitución. Por otra parte apuntó que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y conllevan la competencia internacional, haciendo imprevisible el plazo en el cual la causa podría resolverse.


Ninguno de los seis

Zacchino enumeró y describió seis hechos que son investigados, calificando las conductas como constitutivas de los delitos de Abuso de Autoridad en concurso ideal con vejaciones calificadas por el uso de violencia física y amenazas. La Juez repasó que se trata de hechos que tuvieron origen en órdenes de allanamiento debidamente tramitadas y autorizadas por la Justicia local, tendientes todas ellas a dar con el paradero y lograr la captura de Cristian Mai Bustos, así como obtener elementos que tuvieran vinculación con los hechos investigados.

Fuera del Estatuto

La resolución incluyó una lectura del detalle que ofrece el Estatuto de Roma respecto de cuáles son delitos de lesa humanidad y como deben ser interpretados. Estefanía sostuvo que estos hechos descriptos por la Fiscalía no son ni atroces, ni abominables, ni extremos, “mas allá de la gravedad propia de todos los hechos que afectan a las personas y provienen de funcionarios públicos. No se ha demostrado que en el caso el ataque contra quienes se señala haya sido parte u objetivo de una política, en efecto no se advierte que las conductas disvaliosas que se pretenden investigar, hayan sido consecuencia de una política o plan determinado de ataque hacia una población o grupo de la localidad de Corcovado”.
La magistrada entendió que es una exigencia que las políticas que se perpetran respondan a la intencionalidad planificada de un Estado o de una organización para cometer esos actos o para promover esa política. La doctrina citada excluye de este tipo de delitos, los hechos aislados, no coordinados y aleatorios.

Que siga el trámite y pronto

Finalmente la jueza rechazó el pedido Fiscal solicitando la declaración de incompetencia del Colegio de Jueces locales y aceptó el pedido de
la Querella requiriendo la intimación al Fiscal para que defina el destino de la causa.

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados excavaron por la parte trasera de un obrador y sustrajeron una motobomba. Sucedió en una estación de servicio ubicada en la salida de Esquel hace aproximadamente 10 días.

LESIONES:
La policía asistió al Barrio Cañadón de Borquez respondiendo a un llamado en el que le dieron aviso sobre la presencia de un herido de arma blanca. Al llegar encontraron al presunto autor sentado en un nicho de gas con el arma en el piso a su lado, y en otro sector sentado bajo unos árboles la víctima con un corte en una de sus piernas.
La pelea estaría vinculada a una deuda por trabajos realizados y estarían dispuestos a conciliar. El agresor estuvo detenido y en horas de la tarde se realizó la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación.
El hecho sucedió el miércoles al mediodía.

martes, 15 de diciembre de 2009

Nuevas causas

ABUSO DE ARMA:
Un vecino de Esquel denunció que transitaba por calle Alberdi, entre Sna Martín y Alvear cuando una camioneta le hacía indicaciones de atrás, le tocó el para golpe y se fue. Luego vio que lo seguía y dispara dos tiros al aire. Sucedió el domingo a las 5:10 hs.

VIOLACIÓN DE DOMICILIO:
Autores ignorados dañaron la puerta trasera de una vivienda, ingresaron y no se llevaron nada. Ocurrió el domingo aproximadamente a las 20:50 hs. en Chacabuco al 1300, Esquel.

LESIONES LEVES:
La comisaría recibió un llamado solicitando ayuda por un disturbio originado en Amaya al 900. Al llegar encontraron una persona herida que habría sido golpeada en el marco de una pelea.
Sucedió el domingo a las 4:17 hs. en Esquel.


ROBO:
Personas no identificadas forzaron una ventana, ingresaron a una vivienda y sustrajeron una notebook, un Mouse y una mochila negra con documentación.
Ocurrió el viernes por la mañana en Pasteur al 900, Esquel.


HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta Olmo radado 26, de 18 velocidades, de una vivienda ubicada en Fontana al 1200, Esquel. Sucedió el viernes entre las 00 hs. y el mediodía.


HURTO:
Autores ignorados sustrajeron de una vivienda ubicada en el Paraje La Rinconada un revólver calibre 22, una camisa, una motosierra y dos corderos.
Sucedió el lunes a la madrugada.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron los bancos que estaba construyendo el municipio en El Hoyo. Ocurrió el pasado fin de semana.

PRESUNTA ADULTERACIÓN DE CHASIS Y MOTOR:
Un control de Gendarmería itnerceptó una F100 que presumiblemente tendría la numeración de motor y chasis adulterada. Su conductor es oriundo de Mendoza.
Sucedió el lunes a las 20 hs. en la ruta 40 a la altura de Gobernador Costa.

lunes, 14 de diciembre de 2009

Nuevas causas

LESIONES CULPOSAS:
Un VW Polo circulaba por la Ruta 40 el domingo a las 8 hs. con cinco ocupantes, cuando por razones que se deberán establecer, volcó. Todos resultaron con lesiones.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta rosa, rodado 24, con 21 velocidades, del patio de una vivienda del Barrio 3 Sargentos, Esquel.

DAÑO, PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA Y LESIONES:
El domingo por la noche se produjo un incidente en un pool de la calle 25 de Mayo con un grupo de menores. Intervino un policía y resultó golpeado. El uniformado llamó refuerzos y cuando estos llegaron lograron reducir al menor que se había resistido, al procurar llevarlo al patrullero otro de los presentes sacó un arma, realizó dos detonaciones y convocó al resto a evitar que se lleven al chico. El grupo comenzó a arrojar piedras contra la policía, el que disparó se dio a la fuga, y los uniformados lograron aprehender a siete de los que protagonizaron el episodio. Todos ellos eran menores de edad y debieron ser entregados a sus familias una vez concluidos los trámites de rigor.
El lunes por la mañana se presentó en la fiscalía la denuncia de la madre de uno de los menores indicando que su hijo fue detenido injustificadamente y lesionado también sin motivos.

ABIGEATO:

El propietario de un campo de Trevelin denunció el faltante de 13 corderos, este fin de semana. La División Abigeato obtuvo información sobre unos sujetos que estaban ofreciendo corderos a bajo precio y luego de obtener la orden de allanamiento ingresaron a la vivienda y encontraron un cordero vivo, otro faenado, un cuero y otros cueros que estaban siendo quemados en ese momento.

Procedimientos del GEOP


SER O NO SER… CUESTIÓN DE COMPETENCIA

El Fiscal Martín Zacchino planteó la incompetencia de la Justicia Provincial para entender en esta causa, indicando que los hechos que se investigan deben recibir el tratamiento de los delitos de lesa humanidad. Tanto el Querellante como el Defensor se opusieron a que se remitan las actuaciones a la justicia federal, indicando que no se dan en este caso los requisitos impuestos por el Estatuto de Roma. La Jueza dará a conocer su resolución el miércoles a las 12 hs.


La audiencia fue extensa. Primero se escuchó el planteo del Fiscal detallando los hechos investigados y fundamentando su planteo de incompetencia. Luego cada una de las partes expuso sus cuestionamientos, disparándose réplicas y contraréplicas.

Accionar sistemático

El representante del Ministerio Público describió lo sucedido en la localidad de Corcovado los días 8, 12 y 27 de marzo de 2009, cuando el Grupo Especial de Operaciones Policiales de la Policía del Chubut, “contando con la autorización y/o el apoyo de la plana mayor de la Policía de la Provincia del Chubut, procedió” dolosamente y con el objetivo de dar con el paradero de Cristian Mai Buscos (quien se halla prófugo de la justicia desde el año 2007), a implementar, a su solo arbitrio, una política de actuación policial que, sostiene el MPF, atentó sistemáticamente contra los derechos fundamentales de aquella comunidad toda, particularmente contra familiares, amigos, vecinos y allegados de la persona prófuga, abusando de la autoridad que el cargo y el estado policial les otorga, sin contar para ello con autorización judicial, amén de la existencia de órdenes de registro domiciliario, más contraviniendo su contenido y alcance”
La Fiscalía sostiene que esta política aplicada de este modo tendió a producir un quiebre de aquellas personas para obtener información que los conduzca a dar con el paradero de prófugo. De esta manera se habría avalado el empleo de metodologías que implicaron vejaciones, daños, lesiones y otras metodologías innecesarias.
La presentación del acusador indicó también que este accionar se propuso imponer un estado de temor generalizado en la población, ya que en el diligenciamiento de cada uno de los allanamientos se profirieron amenazas y frases intimidantes a los ocupantes de las viviendas. También se realizaron rondas portando y detonando armas de fuego, además de recomendarse por la radio que se transite con documento de identidad luego de las 22 hs. para facilitar la identificación.

Efectos del trauma


El accionar del GEOP habría dejado secuelas en la psiquis de la población de Corcovado. Zacchino sostuvo que por aquellos días algunas personas llegaron a dormir vestidas, preparadas por si en medio de la oscuridad irrumpía el grupo especial en sus domicilios. Otras familias sacaron a sus hijos de la escuela y la decisión fue avalada por las autoridades educativas, como una forma de mantenerlos a resguardo.
Por su parte el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito tomó intervención y dio asistencia psicológica a numerosos pobladores que se acercaron solicitando ayuda.

Calificación legal

El titular de la Agencia de delitos complejos, calificó los hechos como constitutivos de los delitos de Abuso de Autoridad en concurso ideal con Vejaciones Calificadas por haber sido cometidos mediante violencia física y amenazas, cinco hechos que concursan realmente entre sí.

El interés nacional

Zacchino recordó que días después de estos hechos se hizo presente en la localidad de Corcovado y también en la ciudad de Esquel, una comisión dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, denominada Programa Nacional de Lucha contra la Impunidad. Esa visita tuvo por objeto la elaboración de un informe de actuación administrativa y judicial. “Este interés del Estado Nacional en concurrir a la provincia del Chubut, independientemente de la investigación en curso, hace palmario el interés del Estado Nacional en este caso.” El Fiscal sostiene que al ser el Estado Nacional el responsable y garante de los derechos fundamentales de sus ciudadanos frente a las demás naciones, tiene un interés propio en estos hechos. Es esa responsabilidad última la que lleva a que sea la Nación la que deba velar por la resolución judicial de los delitos cometidos en Corcovado.

Fuera del estatuto

Omar López, Querellante en esta investigación, manifestó que estos hechos no cuadran en lo establecido por el Estatuto de Roma. Desde su perspectiva para admitirlo este ataque sistemático a una población civil debe formar parte de una política de Estado, esto es, una política emanada lisa y llanamente de la gobernación, cuestión que no estía dada en esta oportunidad, tampoco se trataría de una organización creada para llevar a cabo ese tipo de acciones.
López indicó que el propio planteo del Fiscal separó este accionar de la política de gobierno y por lo tanto es insalvable su planteo.
Respecto del antecedente de Ibán Torres, López sostuvo que llegó a ser tratado como delito de lesa humanidad, no porque lo fuera sino porque el reclamo llegó a la Haya y a partir de allí tomó interés en la causa el Estado Nacional.
Por otra parte el Querellante solicitó que se intime a la Fiscalía a formalizar la investigación, una vez decidida la suerte del escrito. A su turno el Fiscal replicó diciendo que no puede ser intimado porque es su facultad decidir la suerte de esta investigación en esta etapa previa a su formalización, indicando que dará las explicaciones que el Querellante solicite en el ámbito de la Fiscalía.

Cuestionamientos contradictorios

El Defensor, José Colabelli, coincidió con el Querellante, adhirió y amplió sus fundamentos y sostuvo que aquello que se les achaca a los integrantes del GEOP como accionar abusivo, es parte de sus facultades, como por ejemplo las rondas armadas o la identificación y detención de personas, detenciones que no se señalaron como ilegales.
En su réplica, el letrado indicó que es contradictorio sostener que el accionar sistemático del GEOP en la búsqueda de una persona prófuga de la justicia implica un delito de lesa humanidad, cuando se está cuestionando a nivel nacional a la policía por no ser “sistemática” en la búsqueda de la familia Pomar. La fuerza debe actuar de modo sistemático, o no debe hacerlo, pero no puede cuestionarse su actividad en un sentido y en su contrario.

48 horas


La magistrada, Carina Estefanía se tomó dos días para resolver. Su decisión se conocerá el miércoles a las 12 hs.

Violación de los deberes de Funcionario Público y Falsedad ideológica


COMENZÓ EL JUICIO

Un Tribunal Unipersonal está abocado a dilucidar si existieron irregularidades en la entrega en guarda de un bebé a una pareja, y en tal caso si esa responsabilidad corresponde achacársela a la Juez de Paz de la localidad de Río Pico, imputada en esta causa. Este lunes se realizaron los alegatos de apertura de las partes y se comenzó con la declaración de los testigos que continuaría al menos otras dos jornadas. El Defensor particular planteó al comienzo de la jornada un planteo de nulidad del allanamiento en el que se secuestraron las actas en las que se basa la acusación. El planteo fue rechazado por la magistrada.


La Agencia de Investigación de delitos complejos del Ministerio Público Fiscal fue la encarga de llevar a cabo la investigación que concluyó en la acusación contra Leticia Vidma Almendra de Gonzalez de haber cometido los delitos de Violación de los Deberes de Funcionario Público en concurso real con Falsedad Ideológica.

El caso Fiscal

Zacchino relató que se investiga el hecho sucedido en Rio Pico, días antes del 21 de abril de 2008. Una mujer dio a luz un niño manifestando en el Hospital su imposibilidad o su desinterés en mantener con ella a la criatura. Según la Fiscalía, luego de esto la Juez de Paz de la localidad se hizo presente en el nosocomio con la finalidad de realizar una serie de documentos e inmediatamente después, omitiendo el cumplimiento de las normas civiles e integrales del protección del niño – trámite que corresponde – otorgó o facilitó a un matrimonio oriundo de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo aparentemente oriunda de Río Pico la mujer, la guarda del pequeño.
Zacchino indicó que el debate no está destinado a reprochar la actitud de los guardadores, sino que se centrará en la omisión funcional de la Juez de Paz, quien no solo facilitó esta guarda (caracterizada como preadoptiva), sino que silenció el pedido de informes que le solicitó la Asesoría de esta Circunscripción en relación a los alumbramientos de niños sin filiación paterna, “silenciando el caso que aquí nos ocupa”.

Menos grave de lo que parece


El Defensor, Marcos Ponce, expuso que en su participación dentro del debate pretende probar que “a pesar de la emotividad y de la presunta gravedad del hecho que se investiga” los hechos investigados no pueden encuadrarse en los tipos legales propuestos por la Fiscalía. El letrado anticipó así que oportunamente pedirá la absolución de su defendida.

Sin nulidades a la vista

Ponce planteó en la audiencia de formalización de la investigación la nulidad del allanamiento practicado en las oficinas en que se desempeña su defendida y en consecuencia de todo lo actuado a partir de los secuestros efectuados allí. El letrado se reservó el derecho de volver a plantear dicha nulidad al momento del juicio y reiteró su planteo en la audiencia preliminar, así como en la jornada de apertura del debate. En cada oportunidad el planteo fue rechazado. El letrado sostiene que si bien se le informó a su defendida del allanamiento que se estaba por realizar, como manda la ley en los casos de oficinas públicas, no se le explicó en ningún momento su derecho de estar representada y asesorada por un abogado desde ese momento. El letrado sostiene que desde ese momento ella ya era investigada y por lo tanto revestía la calidad de imputada.
La Fiscalía rebatió esos argumentos y la Dra Nelly García, compartiendo la postura Fiscal rechazó el planteo por considerar en primer lugar que es extemporáneo ya que no cuestionó las actas cuando fueron ofrecidas como prueba. De todos modos la Juez trató el fondo del planteo y sostuvo que no existió indefensión porque en ese momento aun la Juez de Paz no era imputada ya que solo se estaba investigando una noticia criminis sin saber quien podría tener alguna responsabilidad en el ilícito, si lo hubiera.

sábado, 12 de diciembre de 2009

Nuevas causas

LESIONES GRAVES:
Un niño de 11 años cruzaba la calle junto a su hermana de 13 años, en la intersección de Avda. Ameghino y 25 de Mayo (Esquel) cuando fue embestido por un Ford Mondeo. El pequeño fue internado en el Hospital Zonal de Esquel en delicado estado de salud.
El hecho sucedió a las 17:10 hs., el vehículo fue secuestrado y se realizaron los trámites de rigor en relación a su conductora. Tomó intervención el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.


ROBO CALIFICADO:
Cuatro o cinco sujetos ingresaron armados a una confitería ubicada en el Lago Puelo. Ataron de pies y manos al encargado dejándolo en una habitación y se instalaron en el lugar a comer y beber. El hecho se produjo entre las 0:30 y las 3 hs. de esta madrugada (sábado), aproximadamente.
Cuando el empleado no escuchó más ruido, bajo y constató que le había sustraído mercaderías, CDs, un equipo de música, entre otros elementos. Los ladrones se dieron a la fuga en una camioneta Toyota blanca, en la que se movilizaba la víctima. El vehículo fue hallado este mediodía en el camino Los Repollos, rumbo a Bariloche.
Tomó intervención el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

CAPTURADO:
Un sujeto cuya rebeldía fue decretada a medidos de 2008, fue encontrado en la localidad de Sarmiento, detenido y puesto a disposición de la justicia de Esquel. El domingo a las 10 hs. se realizará una audiencia en relación a esta detención y se aprovechará la oportunidad para formalizar la investigación por un robo calificado ocurrido en Golondrinas en el año 2007, en el que se presume podría haber estado involucrado.

DAÑO:
Una vecina del Barrio 74 Viviendas (Esquel) se levantó el sábado y al salir encontró su puerta de ingreso pintada con aerosol negro.

LESIONES GRAVES:
Un hombre trotaba por la zona de chacras (Esquel) el viernes a las 22:50 hs. cuando apareció un vehículo que lo encandiló con las luces y, desde él, le dispararon en el estómago. La policía tomó conocimiento cuando la víctima ya estaba en el Hospital, donde se encuentra actualmente fuera de peligro y en observación.

ROBO:
El viernes pasadas las 20 hs. una mujer mayor regaba el pasto de su vivienda cuando fue sorprendida por atrás por un sujeto que le tapó los ojos y la boca la metió a la vivienda llevándola al dormitorio. En ese lugar la mantuvo bajo amenazas, abusó de ella y le robó el dinero que tenía en un cajón antes de retirarse. Tomó intervención el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito. El hecho ocurrió en Esquel.

TENTATIVA DE ROBO:
Un móvil policial fue al barrio Ceferino convocados por una situación de violencia familiar. Ya en el Barrio vieron salir a un chico por el ventiluz de un comercio y darse a la fuga, tras el salió otro al que pudieron atraparlo. Habían forzado la ventana del almacén y tenían en la vereda mucha mercadería preparada para llevársela.
El hecho ocurrió a las 6 hs. del sábado y a las 16 hs. se realizó la audiencia de Control de la detención. Se trata de un joven de 18 años.

ABIGEATO:
El encargado de una estancia ubicada en Gobernador Costa denunció este sábado que regresó al establecimiento después de haberse ausentado desde junio. Al contar los animales constató que le sustrajeron al menos 110 lanares.

viernes, 11 de diciembre de 2009

Tentativa de robo

SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN

El jueves por la tarde dos jóvenes, uno de ellos menor de edad, fueron aprehendidos en flagrancia vinculados al intento de robo a una vivienda. Este viernes se realizó la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación, se dispusieron medidas en relación al mayor y, considerando un posible riesgo de fuga del menor, se lo trasladó al Juzgado de Familia para que se cumpla con una orden de la Juez de ese fuero y una vez cumplida se realice una nueva audiencia para discutir la procedencia de medidas de coerción.

Todo comenzó el jueves pasadas las 17 hs., cuando un vecino de la calle Volta al 800 llamó a la policía informando que dos jóvenes rompieron un cristal de una casa vecina e ingresaron a la misma. La policía llegó inmediatamente, vio el vidrio roto, entró a la casa y observó uno de los ambientes revuelto, los chicos ya no estaban pero observaron sus huellas en el patio, las que finalizaban en un paredón lindante con un terreno baldío. Del otro lado encontraron a dos jóvenes escondidos en un nicho de gas. Ambos respondían a la descripción dada por el vecino que alertó a los uniformados. Con ellos había dos monederos, cargados de monedas, cuarenta pesos y un encendedor. En esas circunstancias fueron aprehendidos.

Legal

Sin objeciones de la Defensa a cargo de la Dra. Paola Bagnato, la Dra. Carina Estefanía declaró legal la detención.
La funcionaria Fiscal Fernanda Révori describió el hecho investigado y lo calificó de robo en grado de tentativa. Tampoco existieron cuestionamientos sobre la imputación, ni por la Defensa ni por el representante de la Asesoría de menores, y la magistrada dispuso la apertura de la investigación.

Dos personas, dos situaciones

La situación personal de los detenidos fue claramente diferenciada por el Ministerio Público Fiscal. Uno de ellos, de 19 años, es un joven que estudia normalmente en el nivel polimodal de una escuela de la ciudad, habiendo terminado la cursada del tercer año sin materias adeudadas. El joven vive con su madre y no tiene causas pendientes en la justicia.
El menor cuenta con cantidad de legajos abiertos en la Fiscalía, alguno de ellos por hechos de cierta gravedad, mientras aun era un menor inimputable. El chico, de apenas 16 años vive solo en una humilde vivienda de su familia. Según él mismo relató, la madre le da algo de dinero para su manutención o le lleva comida. Su caso ha tenido seguimiento desde distintas instituciones del Estado. Lo crítico de su situación y la alta vulnerabilidad en la que se encuentra, con reiterados conflictos con la ley, llevó a que el Juzgado de Familia dispusiera su internación en el Hogar de Adolescentes Varones. Allí protagonizó varios problemas con otros internos y en determinado momento se fue por sus medios. Desde el Juzgado no insistieron con la internación por la problemática que su presencia implicaba en la institución. En cambio, el 7 de diciembre la Juez de Familia dispuso la internación del menor en el Hospital Zonal de Esquel para que allí se diagnostique su situación psíquica y se determine la existencia o no de un problema de adicciones. En dos ocasiones la policía fue a buscarlo a su casa pero nunca lo encontró. Tres días después es aprehendido vinculado a un nuevo hecho ilícito.

El mayor

La Dra. Révori entendió que con la información disponible no se avizora riesgo de fuga en relación al joven de 19 años, aunque sí un claro riesgo de entorpecimiento procesal y por esto solicitó la presentación semanal en la Oficina Judicial y la prohibición de contacto con la familia víctima del intento de robo y con el testigo que alertó a la policía.
La Defensa se opuso a la presentación semanal, considerando que esto debe estar vinculado al riesgo de fuga y si no existe tal riesgo no debe imponerse una medida en ese sentido. En tanto que aceptó la medida de protección a las víctimas.
La Dra. Carina Estefanía, impuso la prohibición de acercamiento a las víctimas y al testigo del robo y resolvió que, no habiendo riesgo de fuga, el joven deja fijado como domicilio procesal aquel en el que vive con su madre y está obligado a informar cualquier modificación, ya que si se mudara sin dar aviso se ordenará su captura en el lugar donde se lo encuentre.

El menor

En relación al menor, además de encontrarse el mismo riesgo de entorpecimiento de la investigación que con su consorte, la Dra. Révori fundamentó en su situación de riesgo y sus antecedentes en la justicia, el peligro de fuga. La Funcionaria indicó que existiendo una orden por cumplir proveniente de una magistrada, en primer lugar se debe dar cumplimiento inmediato a esa orden. Indicó también que el informe requerido al Hospital será de gran utilidad para evaluar mejor la situación del chico en esta causa y el tipo de medidas que deberían tomarse en relación a él. Por esto solicitó que una vez realizado el informe por los profesionales del centro de salud, este se remita a la justicia penal y se realice una nueva audiencia para allí evaluar la posibilidad de aplicar medidas de coerción. La Funcionaria recalcó que de ninguna manera consentiría que el chico salga del juzgado en libertad.
La Defensa se opuso a la utilización de la situación de vulnerabilidad del menor para fundamentar un riesgo de fuga y fundar con ello la imposición de una medida de coerción. Señaló que por el tipo de delito y por tratarse de un menor de edad, no corresponde la aplicación de una medida asimilable a la prisión preventiva, y destacó que es la Juez de Familia la que debe activar el complimiento de la internación por ella dispuesta y de ninguna manera esta puede ser ordenada por la Justicia penal ya que se trata de una medida de protección y no una de coerción.

Claro riesgo

Finalmente la Juez de la causa analizó pormenorizadamente el caso. Entendió que existen elementos objetivos para considerar la existencia de riesgo de fuga, sobre todo teniendo en cuenta su ida del Hogar donde estaba alojado y la imposibilidad de la policía para dar con él y cumplir así con la medida de protección dispuesta. También consideró que el delito por el que se lo investiga habilita la imposición de una medida de coerción del tipo de una prisión preventiva. Así resolvió su traslado al Juzgado de Familia para que la Juez actuante disponga la efectivización de la orden dada por ella, se lo interne en el Hospital, se realice el informe y una vez obtenido, que el Juzgado de Familia remita copia a la Justicia penal para convocar a una nueva audiencia en la que resolver respecto de las medidas que puedan resultar necesarias, incluso contando con el antecedente de lo que se decida sobre medidas de protección en el expediente civil.

Nuevas causas

DAÑO:
Autores ignorados rompieron vidrios de la puerta de acceso de la Escuela Politécnica (Esquel) el miércoles último entre las 7 y las 7:10 hs.

DAÑO:
Personas no identificadas rompieron un vidrio de la puerta de ingreso a una oficina pública ubicada en Perito Moreno y Rivadavia (Esquel). Ocurrió el miércoles a las 8:20 hs.

ROBO:
El dueño de una F100 denunció que el jueves pasadas las 19 hs. dejó su vehículo estacionado en Carlos Gardel al fondo (Esquel) y alguien aprovechó la oportunidad para romper el ventilete y sustraerle la billetera con $150, y documentación variada.


TENTATIVA DE ROBO:
Un vecino de Esquel llamó al 101 para informar a la policía que dos jóvenes habían ingresado a la casa de un vecino suyo luego de romper un vidrio. La policía asistió y logró aprehenderlos en el lugar. Habían sustraído dos monederos con monedas, un encendedor y había revuelto una habitación.
Se trata de un joven de 19 años y un menor de 16 años. Hoy, viernes, en horario a determinar se realizará la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación. Sucedió el jueves a las 17:25 hs. en Volta al 800.

DAÑO:
Dos jóvenes rompieron un vidrio de la parada de taxis ubicada en San Martín y Sarmiento, fueron vistos por un testigo lo que permitió que fueran aprehendidos a cien metros del lugar.
Uno de ellos tiene apenas 15 años y debió ser entregado a su madre, luego de su identificación. El otro, de 18 años, permanece detenido en espera de la audiencia de control de la detención.
El hecho ocurrió esta madrugada a la 1:30 hs.

jueves, 10 de diciembre de 2009

Encubrimiento

JORGE CARIPÁN FUE CONDENADO Y DECLARADO REINCIDENTE

El Tribunal Unipersonal compuesto por el Dr. Ricardo Rolón condenó a Jorge Isaías Caripán a la pena de dos años de prisión por el delito de encubrimiento. Para el magistrado la Fiscalía probó plenamente su caso en tanto que la Defensa no aportó pruebas que sustenten sus argumentos. La sentencia consideró la vinculación del imputado a un grupo de menores que cometen delitos contra la propiedad en la ciudad de Esquel. Caripán cumple libertad condicional en la última etapa de una pena por homicidio cometido hace varios años en Trelew, próximamente deberá realizarse una nueva audiencia para unificar las penas. Ese antecedente permitió que el Juez resuelva según el pedido del Dr. Fernando Rivarola y lo declarara Reincidente.


La Fiscalía acusó a Caripán de recibir y ocultar elementos robados en una vivienda de calle Belgrano al 900 de Esquel en abril de este año. Muchos de esos elementos fueron encontrados en el predio de su vivienda, ocultos entre elementos de construcción mientras se realizaba un allanamiento en busca de un arma de fuego (que también fue hallada oculta en el entretecho de la casa) en el marco de otra causa. En ese contexto se había pedido una extensión de la orden de allanamiento y fue autorizada por aquel Juez.

Insuficiente

Para el Dr. Rolón las declaraciones del imputado alegando que nada tiene que ver con aquello de lo que se lo acusa, no fueron suficientemente probadas por la prueba llevada al juicio y por lo tanto son insuficientes para contrarrestar el caso de la Fiscalía.

Las juntas

Los testimonios del Jefe de la Comisaría Primera y del responsable de la División Investigaciones de Esquel, tuvieron su apartado en la sentencia. Ambos se refirieron a la problemática de esta modalidad delictiva que afecta a la jurisdicción, incrementándose en el último año. Se trata de delitos contra la propiedad, cometidos en forma reiterada por menores de entre 14 y 17 años. “Mediante una labor previa, de inteligencia, llevada a delante, tanto por personal de comisaría como de la Brigada, se logró contar con información sobre estos grupos, que tiene su epicentro en los barrios: Ceferino, Don Bosco y Cañadón de Borquez, que estarían liderados por mayores que receptan los bienes sustraídos”, expuso el Juez. La policía cuenta “con gran cantidad de datos, que vinculan a Caripan, con éste grupo, especialmente de gente que trabaja con menores, en el sector del Barrio Ceferino, quienes informaron que varios de ellos delinquen, y son manejados por el Caripan” y otros dos sujetos “quienes se encargan de reducir las cosas robadas, son los más antiguos en el barrio, conocen mucho y tienen mucha gente comprometida en compra y venta de elementos mal habidos, al sindicado le tienen mucho temor porque es una persona que ya estuvo en la cárcel, cumpliendo pena, es de contextura física robusta, siempre anda con armas y fueron vistos en muchos lugares con este grupo de menores.”

Una modalidad


Otro de los tramos del testimonio de la policía, reflejado en la sentencia sostiene que “es común la modalidad de robos y hurtos, cometidos por menores contra domicilios en zonas aledañas a estos barrios, quienes mediante una tarea previa de inteligencia, sobre las viviendas generalmente desocupadas… ingresan rompiendo vidrios de las aberturas, para poder perpetrar los ilícitos, los elementos más buscados, por la demanda en el mercado negro son elementos de electrónica, como ser cámara digitales filmadoras, DVD, joyas, dinero en efectivo. Dentro de otra modalidad, estos menores se alzan con bicicletas y componentes de las mismas muy costosos, fueron contestes los funcionarios públicos en sus relatos, apoyados por las filmaciones y fotos reproducidas en audiencia, la gran cantidad de cuadros de bicicletas y componentes de las mismas encontrados en el predio, dominio de Caripan”.

Agregó Rolón que “en algunos casos, como en el hecho precedente, no se puede acreditar la identidad de los autores, pero por lo general, a los menores se los puede vincular, a los hechos más fácilmente, por que son sorprendidos en flagrancia o se hallan elementos de menor valor producto de sus actividades ilícitas, en los lugares donde estos son habidos, pero por la normativa legal aplicable son dejados al cuidado de sus padres. Los elementos de mayor valor, por lo general no han aparecido, quienes los reducen y comercializan el producto, son las personas mayores.”

Caso probado

El Juez dio por probado el caso presentado por el Ministerio Público Fiscal, indicando que “logró reconstruir
en forma completa… los hechos conforme a la proposición fáctica que sustentara el caso que trajera a debate”.
El encubrimiento es un delito cometido contra la administración de justicia que tiene por función la recuperación de los objetos y con el accionar de Caripán se vio perturbada, ya que este “receptó y ocultó las cosas obtenidas del delito grave que encubrió, de la posibilidad que la autoridad pueda tener para localizarlas y recuperarlas, sabiendo de su procedencia ilícita.”

Dos años

Rolón condenó a Jorge Isaías Caripán a dos años de prisión, tal como lo solicitó el Fiscal. La ley prevé una escala aplicable que va de los seis meses a los tres años en estas causas. El Juez descartó la aplicación del mínimo por considerar que se encuentra fuera de discusión “el grado de culpabilidad acreditado precedentemente, el accionar reprochado, las particulares características que rodearon al hecho en juzgamiento, el deber jurídico lesionado y que fueron realizados con culpabilidad plena, sin justificación y era una situación perfectamente evitable.”
También se contempló que Caripán está atravesando la última etapa de una condena anterior en libertad condicional, en el que entre otras condiciones se le impuso el mandato normativo común de no cometer nuevos delitos “no permiten dudar que debía conocer perfectamente el mandato normativo que prohíbe impedir el accionar de la justicia, indudablemente podía adecuar su conducta a tal mandato o no, el haberse decidido por esta última alternativa, indica levantarse en su contra, a más de mostrar una separación de las reglas mínimas que rigen la convivencia social y van en contra del valor que quieren consolidar la norma afectada”, indicó Rolón.
Como atenuantes consideró su situación familiar y su sometimiento al proceso judicial seguido en su contra de modo correcto.

Antecedente

Jorge Caripán fue condenado, con sentencia firme, el 14 de octubre de 1997 a la pena de 15 años de prisión por el Homicidio Simple de Javier Pobrete, producido en la ciudad de Trelew. Esa pena tiene fecha de cumplimiento el 10 de septiembre de 2011.
El magistrado solicitó que el Tribunal que la dictó, remita las actuaciones para realizar una nueva audiencia en la que se trate la revocatoria de la libertad condicional y se unifiquen las penas, tal como lo solicitó el Fiscal.

Reincidente

Rolón declaró reincidente a Caripán, siguiendo la solicitud que por mandato de la Procuración General realizó Rivarola.
El magistrado tomó el antecedente de un fallo del Superior Tribunal de Justicia en el que los Ministros sostuvieron que ”el tratamiento desigual proporcionado por el C.P. a quienes, en los términos del art. 50, cometen nuevo delito, con respecto a quienes no exteriorizan esa persistencia delictiva, se justifica por la indiferencia hacia la pena que le ha sido impuesta anteriormente. De manera que la condena anterior es entendida como un elemento objetivo y formal que genera…, un estado que se reconoce y declara en la sentencia”. Declarando improcedente el planteo formulado. Comprobado los extremos del art. 50 del Código Penal Argentino, debe declararse la reincidencia del imputado.”

Nuevas causas

LESIONES LEVES CULPOSAS
Dos Renault Clío colisionaron en la esquina de Brown y Ameghino (Esquel) el miércoles a las 12:50 hs. Producto del choque resultó con lesiones leves la conductora de uno de los automóviles.

miércoles, 9 de diciembre de 2009

Ejecución penal

RUIZ SERÁ INTERNADO EN UNA CLÍNICA DE TRELEW

Lo resolvió la Juez de Ejecución Penal por consejo de la Junta médica que evaluó la situación de salud psicofísica de Carlos Ruiz, quien cumple condena por delitos contra la propiedad cometidos en la zona de la Comarca Andina. La opción fue acompañada por el Ministerio Público Fiscal, la Defensa particular, la Asesoría de Familia y los padres del imputado. Ruiz se encuentra detenido en Comisaría desde fines de mayo de 2008, fue condenado a tres años de prisión de efectivo complimiento apenas tres meses después de su detención en flagrancia. Reiteradas veces la Defensa solicitó que se le otorgue la libertad condicional. -La Fiscalía se opuso en todos los casos en base a los informes psicológicos que no aseguraban que Ruíz esté preparado para su reinserción social. La evolución de la salud psíquica y física del condenado hicieron que se tome la decisión de enviarlo a una clínica especializada, costo que deberá solventar el Estado.


Durante el breve plazo que duró el proceso penal contra Ruiz, distintos profesionales de la salud mental lo evaluaron, diagnosticando un trastorno asocial de la personalidad. Sin embargo los informes daban cuenta de que Ruíz, si bien no controlaba sus conductas comprendía la antijuridicidad de sus actos, por ese motivo se lo condenó en un juicio abreviado en el que reconoció su responsabilidad en los hechos por los que se lo acusaba.

Signos de anorexia

Entre las condiciones impuestas por la condena a Carlos Ruíz, se dispuso la realización de tratamiento psicológico. El 30 de junio de este año fue trasladado a los Tribunales para ser visto por el médico y la psicóloga forenses. Ambos lo encontraron con notable deterioro físico. El médico indicó que había signos de trastornos alimentarios de tipo anoréxico, probablemente vinculado a su pasado adictivo a las drogas.
Este cuadro hizo que se disponga su temporal internación en el Hospital Zonal de Esquel “con el objeto de revertir su trastorno alimentario y para ser evaluado integralmente (psicología, psiquiatría)”.

Una respuesta que no llega

El Servicio social se contactó con las profesionales del Centro de Asistencia Ambulatoria dependiente de la Dirección Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones (9 de julio 625 Esquel). El equipo se manifestó sumamente interesado en intervenir, pero condicionaron su participación a la autorización de la jefatura provincial. Desde esa entidad llegó el rechazo. Los técnicos del centro no pueden actuar en caso de personas privadas de libertad, “por no encontrarse dentro de la población que ese Centro debía atender”. Según la información suministrada, habrían tenido inconvenientes en otras ciudades de la provincia y por eso se decidió la restricción. Sin embargo la institución se comprometió a estudiar la situación y dar una respuesta… Respuesta que aun no llegó.

Mejor, peor

Ruíz se estabilizó y regresó a la Comisaría, sin embargo poco después el Jefe de la Comisaría 2da. Informó que su salud se había desmejorado “ingiere poca alimentación, dialoga solo, duerme sobre la cama de cemento sin colchón, falta de higiene”.
Tomó intervención el médico policial y luego los profesionales del Hospital, sin embargo tiempo después, en el mes de septiembre la Defensa solicitó una audiencia urgente en atención del estado de salud del condenado. En ella pidió la libertad condicional o una prisión domiciliaria. Salud Mental presentó un informe luego de evaluarlo de modo intensivo. Los profesionales destacaban una vez mas lo difícil de realizar una evaluación o seguimiento a Ruíz por tratarse de una persona con “tendencia al hermetismo, estilo de pasividad psíquica, respuestas monosilábicas y escuetas, gesticulaciones, hipermimia facial con sonrisas y similares”.
Se ordenó la conformación de una Junta Médica y la elaboración de un dictamen pericial. El 13 de octubre la Junta Médica informó el estado de salud mental de Ruiz. Dicho informe, luego de detallar los pormenores, finaliza indicando que “pude considerarse altamente presuntivo el diagnóstico de psicosis, de tipo alucinatoria”. Y suscribieron como sugerencias terapéuticas “1) a modo paliativo, la concurrencia de Ruiz al Servicio de Salud Mental del HZE, para controlar y ajustar la medicación psiquiátrica. 2) dada la complejidad y severidad del cuadro que presenta el entrevistado, que supera el ámbito de tratamiento local, su derivación a una institución de internación cerrada, señalando la urgente necesidad de tratamiento profundo, acorde al cuadro psiquiátrico actual.”

Que si, que no

Luego de determinarse el lugar más indicado por el tipo de problemática de Ruiz, se escribió a la clínica “Belgrano” de Trelew y su directora respondió el 18 de noviembre aceptando al paciente.
Sin embargo, paralelamente se recibió un informe suscripto por la Lic. Susana Zelaya, Jefa Dpto. Pcial. de Salud Mental de la Secretaría de Salud, en el que sostenía: “Que ese Departamento Provincial considera iatrogénica la derivación por no haberse agotado las instancias terapéuticas previas y que la derivación no tendría objetivos terapéuticos. Indicando se implemente la siguiente estrategia: internación en Salud Mental del HZE, para clarificar el diagnóstico e instaurar un plan farmacológico adecuado para estabilizar el cuadro del Señor Ruiz y permitir su derivación a la localidad de el Hoyo, posteriormente en el Hospital de esa localidad se seguirá el tratamiento en forma ambulatoria.”

Última audiencia

El lunes 7 de diciembre se realizó una nueva audiencia para definir la situación. En ella se escuchó a profesionales de la Junta médica, a la Fiscalía, la Defensa y a los padres de Ruíz. Los médicos indicaron que la recomendación de la Lic. Zelaya es la más indicada en estos casos, sin embargo en este caso en particular la situación es más compleja y por eso se ve como estrictamente necesaria la internación.
El Defensor, la Asesoría de Incapaces y el padre de Ruiz solicitaron la internación urgente. La Fiscalía manifestó su acuerdo con la Defensa, ratificó sus dictámenes anteriores y agregó “que Carlos Ruiz se encuentra cumpliendo una condena dictada por un Tribunal Constitucional, en el marco de un proceso en el que no hubo discusión sobre su imputabilidad, que en aquél momento, se estaba en presencia de una persona responsable de sus actos.”

Internación

La Dra. Anabel Rodríguez tomó en cuenta todos estos antecedentes y basándose en el dictamen de la Junta médica resolvió disponer la internación. La magistrada sostuvo que si bien esto se contrapone con el dictamen de la Lic. Zelaya, debe tener en cuenta que no se le remitieron a la Secretaría de Salud de la Provincia la totalidad de las actuaciones “que podrían haber sido de utilidad para un análisis más exhaustivo de la problemática de la salud psicofísica social de Carlos Ariel Ruiz. Documentación que deberá quedar a disposición de la Autoridad de Aplicación a los fines que estime pertinente”.
Y concluyó “Conciliando esta posibilidad con la gravedad que en la actualidad reviste el estado de salud de Carlos Ruiz y el riesgo cierto que el mismo presenta -como sostuvieran los facultativos-, me inclino, decididamente, por el consejo de la Junta Médica que, en lo inmediato, se advierte como la respuesta adecuada ante la urgencia planteada; esto es, la internación en un establecimiento especializado, con la totalidad de los recursos necesarios que habilitan la asistencia que debe brindarse al nombrado”.

REDEX Argentina

SE PRESENTA EN ESQUEL UN LIBRO SOBRE EXPERIENCIAS EXITOSAS DE REFORMAS PROCESALES

Bajo el título“1er. Encuentro de REDEX Argentina” se recopilaron ponencias presentadas en el encuentro realizado en la ciudad de Rosario, entre otras. La publicación cuenta con el auspicio del Centro de Estudios de Justicia de las Américas y se presenta en simultáneo en ciudades de todo el país. Este jueves a las 18 hs. se realizará la presentación en Esquel con la presencia del Presidente del STJ de la Provincia, Dr. Alejandro Panizzi, el Dr. Jorge Eyo, y de Rodolfo Barroso, Marcelo Nieto y Sonia P. Vaamonde, responsables de las experiencias chubutenses rescatadas por el libro.


La actividad forma parte de una estrategia conjunta de ex alumnos del Programa Interamericano de Capacitadores para la Reforma Procesal Penal de CEJA y por lo mismo, cuenta con el apoyo y auspicio del Centro de Estudios de Justicia de las Américas.

REDEX se propone con estos eventos aportar a la discusión del funcionamiento del sistema de justicia penal a nivel nacional, fomentando el análisis de la experiencia de la reforma en nuestra provincia.


El evento se realizará el 10/12/2009, a las 18:00 hs. en el segundo piso de Tribunales y contará con la presencia del Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Panizzi, el ex Juez Penal Dr. Jorge Eyo, Sonia Vaamonde (Ministerio Público Fiscal), y los Dres. Marcelo Nieto y Rodolfo Barroso (Oficinas Judiciales).

Nuevas causas

ROBO:
Se disparó la alarma de una vivienda y asistió la policía, al llegar al lugar encontraron un vidrio roto. Luego la propietaria constató el faltante de una notebook, una filmadora Sony, una cámara fotográfica digital, un reloj y un celular.
Sucedió el jueves al mediodía en Irigoyen al 1000, Esquel.


HURTO:
Autores ignorados sustrajeron del interior de un vehículo estacionado en el patio de una vivienda, un volante deportivo y una caja de herramientas. En tanto que de la casa se llevaron un celular Nokia negro.
Ocurrió en Corcovado entre el jueves y el martes últimos.


PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO:
Un sujeto caminaba apuntando con un arma de fuego a otro dos, al ver a un policía ocultó el arma. El uniformado se acercó, quiso identificarlo y este no dio sus datos. Se lo palpó y se encontró el arma. El sujeto fue trasladado a la Comisaría y el arma secuestrada. El martes a las 12:30 hs. se realizó la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación.
El hecho ocurrió esa madrugada, a las 4:45 hs. en 9 de Julio y 25 de Mayo, Esquel.

ROBO:
Autores ignorados rompieron una ventana, ingresaron a la vivienda y sustrajo un parlante Phillips. Sucedió en El Hoyo entre la noche del sábado y la tarde del domingo.