REVISIÓN ANTE LA
CÁMARA PENAL
Integrada por los
magistrados Alejandro Defranco, Daniel Pintos y Mónica Rodríguez, la Cámara
Penal analiza el recurso presentado por los abogados defensores de quienes
resultaran condenados en la investigación por el violento robo en la
Panificadora Esquel. Este jueves después de las 13 hs. se conocerá la
sentencia.
Antes de dar tratamiento a los agravios presentados en los
recursos, el Dr. Horacio Hernández cuestionó varios aspectos formales de la
sentencia, los que fueron confrontados por el fiscal Martín Zacchino. El
tribunal entendió que no hay motivo para darle tratamiento como cuestión previa
y lo analizará con el resto de los planteos.
Bruno Deias, en representación de Silvana Rodríguez, sostuvo
que la decisión judicial carece de fundamentación, afectando el principio de
interpretación restrictivo a favor del imputado. A su criterio se aplicaron de
modo erróneo las normas procesales.
Su análisis se concentró entre otros puntos, en la
valoración realizada por el tribunal de juicio sobre el dinero encontrado en el
tanque de agua de la casa de la imputada. Para el letrado el indicio considerado
por los jueces no es unívoco y ante sus posibles interpretaciones debió escogerse
la más favorable a la imputada, aplicando el beneficio de la duda.
En esta línea se habló de "conjeturas" que fueron
dadas por ciertas por el tribunal. Descartó que el supuesto conocimiento de la
ubicación de las cámaras de seguridad que tendrían los imputados, pueda
atribuirse indubitablemente a Rodríguez, ni tampoco otros datos útiles a una
presunta tarea de inteligencia previa. Por otra parte Deias entendió que aun
dando por ciertos algunos de los indicios considerados por el tribunal, no
bastaría para calzar la conducta de la imputada en la participación del delito
de robo, sino solo por encubrimiento.
Zacchino sostuvo que la defensa parte de premisas verdaderas
para arribar a conclusiones falsas. Indicó también que no puede analizarse la
sentencia como una pieza aislada de los alegatos de cierre y respondió punto
por punto los cuestionamientos.
Hugo Cancino en representación de Roberto Alegre también
cuestionó la manera en que el tribunal valoró los indicios. Habló de la existencia
de un hierro en manos de uno de los autores, de la procedencia del dinero
encontrado y de las pericias efectuadas sobre los videos de las cámaras de
seguridad. Por otra parte cuestionó el monto de pena fijado para su defendido
en 10 años de prisión, por interpretar que se hizo una doble valoración tomando
como agravantes aspectos que hacen al tipo penal por el que se lo condenó.
Horacio Hernández basó su queja en que su defendido es
inocente ya que la noche en que se cometió el asalto participaba de la Fiesta
Provincial del Asado en Cholila. Argumentó que faltaron pruebas de mayor peso
científico para arribar a una condena justa, ya que a su criterio nunca se pasó
de elementos con valor meramente indiciario.
Tanto Hernández como Ester Cárdenas volvieron a insistir con
que no les resulta creíble la testigo policial que como civil suministró el
número de la chapa patente del rodado de los imputados. La mujer declaró que
cuando estaba con sus hijos en la plaza vio correr a los jóvenes y subirse al
vehículo. Para los letrados su versión es falsa, acusan a la policía de haber
"armado" el caso.
Por su parte el fiscal defendió los fundamentos de la
sentencia de primera instancia, señalando, entre otros argumentos, que la
inmediación que posibilitó el juicio oral es la que llevó a convencerse a los
magistrados que integraron el tribunal de juicio.