martes, 6 de enero de 2009

Arrestos domiciliarios


LA FISCALÍA CONVOCÓ A LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

El Fiscal Jefe, Dr. Eduardo Falco y el titular de la Agencia de Investigación, Dr. Martín Zacchino, brindaron una conferencia de prensa en la que sostuvieron que la Fiscalía no se va a cruzar de brazos ante los incumplimientos que se produzcan a los arrestos domiciliarios, aunque la decisión de los magistrados sea no revocar la medida. Estas declaraciones están vinculadas a los sucesos del fin de semana en que dos imputados con arresto domiciliario salieron de las viviendas, uno de ellos para ver a unos familiares y el otro para jugar al fútbol, sin ninguna autorización judicial. Los jueces que intervinieron decidieron mantener el arresto domiciliario, rechazando el pedido de la Fiscalía de revocarlo por una prisión preventiva de cumplimiento en Comisaría. La Fiscalía solicitó a la comunidad que colabore cuando ve en la calle a alguna persona que está con medida de arresto en su domicilio, avisando a la policía.


Preocupados por el mensaje que estas decisiones podrían dar a la comunidad, los representantes del Ministerio Público Fiscal sostuvieron que debe quedar en claro que “la Fiscalía no se va a quedar de brazos cruzados. Nuestro objetivo primigenio es resguardar la integridad de las víctimas, el esclarecimiento de los casos, la concreción de los juicios rápidos, de (llegar a) una condena”.

Participación ciudadana

El Dr. Falco pidió a los vecinos que cuando se enteran de algún incumplimiento a la prisión domiciliaria, no se queden en la queja, sino que colaboren, que participen, llamando a la Comisaría y avisando que la persona que debiera estar con arresto en su domicilio está fuera de él. Esto, señaló el Fiscal Jefe, puede realizarse en forma anónima ya que lo importante es contar con el dato para que la policía realice por sí misma el control en el momento en que se produce el incumplimiento. “El arresto domiciliario es en el domicilio, no es en una cancha de fútbol o en la vía pública”, ejemplificó.

El Ministerio Público está analizando la manera en que se brindará la información necesaria para que los vecinos estén al tanto de quienes son las personas que están en situación de arresto domiciliario. Esta modalidad aun no se ha resuelto porque su finalidad es la de cooperación con el debido curso de las investigaciones judiciales y no la estigmatización social de personas que aun gozan del principio de inocencia en los casos en que no se ha dictado sentencia firme que los condene.

Los incumplimientos del fin de semana

Martín Zacchino explicó los casos que se produjeron este fin de semana, señalando por qué causa se encuentran procesados los imputados que violaron el encierro domiciliario. En esas causas se había entendido que es necesario mantener el estado de detención de esas personas y se decidió morigerar la medida con un voto de confianza hacia el imputado, permitiéndole cumplirla en su propia casa. El hecho investigado ocurrió en agosto del 2008 y se espera que próximamente se realice el juicio ya que la investigación fue concluida por parte de la Fiscalía, lo cual habla de celeridad en el proceso.

Seguridad de los testigos

El Fiscal de investigación indicó que para la Fiscalía uno de los resortes mas importantes de la prisión preventiva es asegurar los resultados del juicio. “Poner a los testigos, a la sociedad, en una situación de tal seguridad que puedan en el juicio libremente explicar que es lo que les pasó, servir de prueba testimonial, tanto a la Fiscalía como a la Defensa”, dijo Zacchino, agregando que “un testigo que se ve sorprendido en la vía pública por una persona que creía que estaba en detención, puede razonablemente creer que el Estado carece de una fortaleza suficiente para hacer cumplir sus mandatos, porque si los Jueces determinaron a petición de una de las partes, que una persona continúe en prisión preventiva, de cumplimiento domiciliario, y nadie cuestionó el fundamento de esa prisión preventiva, esto significa que esa medida judicial está firme y debe ser cumplida, debe ser respetada…”, sostuvo.

El efecto del incumplimiento

La postura de la Fiscalía es que en el caso de los incumplimientos a la prisión preventiva domiciliaria, el efecto debe ser la revocación del beneficio y la guarda efectiva en Comisaría, de la misma manera que ocurre con la liberta condicional cuando quien goza de ella comete un nuevo delito y por lo tanto debe ser revocada. “Y lo digo como Fiscal y desde la óptica de representante de la acusación, como representante de la sociedad”, aclaró Zacchino, resaltando la necesidad de proteger a los testigos, respetando los derechos del imputado, pero también el de la sociedad de ser protegida.

Mensaje a los imputados

Mas allá de la jurisprudencia que habría sentado el Tribunal de revisión en relación a la primera de las situaciones de incumplimiento que se dio el pasado fin de semana y el acatamiento a esa decisión que hizo la Juez de turno, la Fiscalía considera que no todas las situaciones son iguales y por lo tanto no es esperable que en todos los casos se resuelva de la misma manera con la posibilidad de que los infractores regresen a su casa. Por este motivo es que se está trabajando en relación a otros dos incumplimientos de imputados vinculados a otras causas, para solicitar las audiencias de control en las que se deberán analizar estas situaciones. “Este también es un mensaje para los imputados que están en esta situación, para que sepan que la Fiscalía no va a conformarse con la jurisprudencia que se sienta, sino que seguiremos trabajando, ingeniando un mecanismo apropiado para controlar a estas personas que están en esta situación. Esto para evitar de alguna manera lo que podría ser – exagerando tal vez – una reacción en cadena de personas con arresto domiciliario. Si uno salió a pasear y no pasó nada, si una persona salió a jugar al fútbol y volvió a su estado anterior, no quiere decir esto, señores imputados con arresto domiciliario, que todos los casos van a ser iguales. Lo digo esto como un alerta a tener en cuenta, porque no todos los Jueces piensan lo mismo, no todos los casos se resolverán de la misma manera y la Fiscalía continúa ahondando en estas situaciones.

No es un problema del Poder Judicial si hay o no lugares de detención

Lo dijo el Dr. Falco, indicando que “nosotros pedimos la medida que consideramos adecuada a la situación planteada, conforme la calificación, conforme la situación, la comisión del delito, las características del mismo, las características del imputado, nosotros pedimos o no la prisión preventiva. Si hay lugar de alojamiento, casi le tendría que decir, no nos preocupa. No es una preocupación nuestra. La preocupación nuestra es cumplir con lo que la ley nos faculta a solicitar y en este sentido si es una prisión preventiva vamos a pedir la prisión preventiva, si las condiciones indican que es preferible que sea un arresto domiciliario, pediremos un arresto domiciliario. Si consideramos que aun siendo un delito grave no se reúnen los requisitos contemplados por la ley procesal para solicitar la prisión preventiva, no la solicitaremos. Ese es el marco en el cual nos manejamos”, aclaró Falco, sosteniendo que esto no quiere decir que “como ciudadanos no nos preocupe esa situación”.

Homicidio de Navidad


LA FISCALÍA PIDIÓ PRISIÓN PERPETUA, LA DEFENSA PLANTEÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD

Este lunes se desarrolló el Juicio por la pena, luego de declararse responsables de los delitos de
Violación de Domicilio en concurso real con Homicidio Calificado por el concurso premeditado de dos o más personas, a los hermanos Franco, Roberto y Eduardo Antieco. Si bien el Código Penal prevé la pena de prisión o reclusión perpetua, la Defensa planteó la inconstitucionalidad de esta sanción y solicitó que se imponga una condena que no supere los diez años de prisión. El miércoles 7 a las 12 hs. se realizará la lectura de sentencia.

Los tres imputados hablaron de su vida, de sus carencias, de sus dificultades, se su intento de salir adelante y de sus expectativas. Las esposas de dos de ellos declararon también sobre sus consortes. El Lic. Papagalo del Servicio Social de la Defensa Pública dio detalles sobre la situación socioambiental y particular de cada uno de los imputados. Recién después de todos estos testimonios las partes alegaron sobre la pena a aplicar.

Lo que manda la ley

El Dr. Martín Zacchino sostuvo que si bien el Código Penal prevé una pena no divisible y gravísima, como la prisión perpetua, para arribar a una decisión justa deben tenerse en cuenta varios ingredientes jurídicos. “Esta decisión, desde ya lo adelanto, es la imposición de una pena tal cual la que acabo de mencionar”, señaló, agregando que esto se justifica en las características del hecho, la violación de un domicilio, el homicidio de Quilodrán cometido con el concurso premeditado por los tres hermanos Antieco como lo tuvo en cuenta el Tribunal a la hora de declarar la responsabilidad penal de los tres.
Lo inconmensurable del daño causado, la muerte de una persona y la manera en que se alcanzó ese daño, el grado y el modo de participación de los tres imputados (todos tuvieron activa participación y quisieron que se produjera la muerte), la ingesta previa de alcohol que actuó como desinhibidor de la conducta criminal, no como atenuante de la responsabilidad, fueron parte de los elementos que el Fiscal propuso al Tribunal que tome en cuenta.

No todos los casos son iguales

Para Zacchino las dificultades sociofamiliares de los imputados no pueden tomarse como condicionantes para que sus vidas tomaran el camino que finalmente tomaron para terminar condenados por un delito de estas características, ya que existen otros hermanos Antieco que encauzaron de otro modo sus vidas. “No es una situación que se dé estrictamente en todos los casos, y menos aun que por el solo hecho de ser pobre uno esté signado, estigmatizado, a ser delincuente y a ser homicida. La experiencia nos indica también que esta interpretación determinista nos llevaría a soluciones injustas, porque aceptar una valoración de esta naturaleza es lisa y llanamente menoscabar la condición humana… Aplicar una concepción pro homine de las ciencia sociológica y de la ciencia jurídica, implica tomar al individuo como un ser autónomo, independiente, racional, habilitado a determinarse libremente en el mundo mas allá de las condiciones sociales que les toque vivir, siendo estas seguramente atenuantes o agravantes a su forma de conformarse personalmente desde la mas temprana edad”, indicó el Fiscal.
Así Zacchino solicitó que se condena a Roberto Argentino Antieco, a Eduardo Santiago Antieco y a Franco Antieco a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta, accesorias legales y costas causídicas.

Planteo de inconstitucionalidad

El Dr. Javier Allende planteó la inconstitucionalidad de la pena perpetua. En un amplio alegato, realizó un pormenorizado análisis de la legislación vigente, concluyendo en que la pena en nuestra legislación está pensada para la rehabilitación del sujeto que incurre en el delito, con la finalidad de su reinserción social, por lo cual la prisión perpetua se torna contraria al mandato constitucional. El Defensor Público solicitó que el Tribunal imponga una pena no superior a los diez años de prisión.

No es para siempre

En su réplica el Dr. Zacchino destacó que la pena perpetua no es tal en nuestro país y que el Código prevé tres opciones para estos casos: prisión perpetua, reclusión perpetua y reclusión por tiempo indeterminado.
Respecto de la prisión perpetua, la Ley de ejecución penal (24.660), prevé que la vuelta a la vida en sociedad podrá lograrse gradualmente, aunque en un plazo mas alongado que en otros casos, pero no imposible.
La Ley 25.892 fijó un plazo de 35 años para acceder a la libertad condicional, siendo que en el régimen interior este plazo era de 20 años. “Sobre ese punto voy a coincidir con las enseñanzas del Dr. (Eugenio) Zaffaroni, quién si bien ha hecho reparos sobre esta limitante, no menos cierto es que ha entendido su tratamiento como extemporáneo en la actualidad, diciendo que este problema recién se verificaría (dado que la ley data del 2004) en el año 2024, y será recién allí cuando tengamos que discutir estas circunstancias sobre esta ley, que a lo mejor, tal como nos tiene acostumbrados nuestro país, ya haya sido derogada por realidades políticas diferentes. Por lo tanto no creo que sea este el momento de tratar este punto”, sostuvo el Fiscal.

La sentencia

La sentencia del Tribunal colegiado será dada a conocer el miércoles 7 de enero (mañana) a las 12 hs.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron de un comercio una computadora portátil y una play station. Esto sucedió mientras el personal del local estaba descargando mercadería, el lunes entre las 18 y las 19 hs. en Trevelin.


ROBO CALIFICADO:
Esta mañana a las 8:40 hs. un hombre armado con un cuchillo ingresó a un comercio y amenazó a la empleada exigiéndole la entrega del dinero. De este modo se hizo de $300 y se dio a la fuga.
Con la presencia del Fiscal de turno se realizaron las primeras pesquisas en el lugar, con la intervención de la Brigada de Investigaciones, en tanto se aguardaba la llegada del personal de Criminalística.
Sucedió en Rivadavia al 300, Esquel.

TENTATIVA DE ROBO:
El cuidador de una vivienda denunció que al llegar encontró todo desordenado y una ventana posterior forzada, por la que alguien habría ingresado con evidentes intenciones de robo. Aparentemente no se habrían llevado nada del lugar.
Ocurrió en Brunt al 400, el lunes entre las 10 y las 17:30 hs.