jueves, 7 de febrero de 2013

Portacion y tenencia de arma

EL TRIBUNAL DELIBERA SOBRE LA PENA
 
Este miércoles concluyó el debate sobre la pena a imponer al imputado encontrado responsable de los delitos de portación y tenencia de arma de fuego por un hecho del 5 de junio de 2011. La Fiscalía solicitó que se le imponga una pena de cuatro años y tres meses de prisión y se componga la pena con una sentencia anterior en la que se había fijado una pena de dos años de prisión en suspenso, alcanzando un total de seis años y tres meses de prisión. El defensor cuestionó los pedidos y solicitó que se aplique prisión en suspenso de dos años y cuatro meses.
 
El 13 de julio de 2012 un Tribunal de Juicio conformado por los Dres. Martín O’ Connor, Anabel Rodríguez y Javier Allende, declaró a Mauro D. Eldahuk responsable del delito de portación ilegítima de arma de fuego de guerra, en concurso real con tenencia ilegítima del mismo tipo de arma. El hecho por el que se lo encontró culpable ocurrió el 5 de junio de 2011 a las 6 hs. en proximidades del local bailable ubicado en Belgrano casi 9 de Julio de Esquel. El imputado, según acusó la fiscalía y encontraron debidamente probado los jueces, disparó al aire con una pistola 9 mm.
 
El debate por la pena fue fijado para el lunes 4 de febrero pero el imputado no se presentó. Posteriormente fue encontrado en su vivienda, aprehendido y llevado a los Tribunales de Esquel donde se fijó su prisión preventiva hasta concluida esta etapa del proceso. El miércoles al mediodía se realizó el debate por la pena en el que prestaron declaración tres de los cuatro testigos ofrecidos por la defensa. El Dr. Horacio Hernández desistió a último momento del testimonio de una joven, ex pareja de su defendido.
 
Hernán Dal Verme solicitó la imposición de una pena de 4 años y tres meses de prisión de efectivo cumplimiento, luego de valorar las condiciones en que se produjo el hecho, según dio por acreditado el Tribunal, y los agravantes que a su criterio se presentan en este caso. También señaló que por contar el imputado con una pena de dos años de ejecución condicional, dictada hace menos de cuatro años, deberá componerse la pena que dicte este Tribunal tal como lo establece la ley. De este modo correspondería la aplicación de una sanción de 6 años y tres meses de prisión.
Por su parte el defensor insistió en la convicción de que su defendido es inocente de los delitos por los que se lo acusa, habló del perjuicio que esta decisión le acarrea y reclamó la imposición de la pena mínima, sin agravantes, es decir de 2 años y cuatro meses de prisión en suspenso. También requirió que la pena se unifique con la anterior, entre otros fundamentos señalando que se trata de procesos de juicio abreviado por peleas cuando era muy joven.
Los jueces darán a conocer su decisión el viernes 15.