viernes, 30 de octubre de 2009

Violación calificada


PRISIÓN DOMICILIARIA PARA EL IMPUTADO

Este jueves se formalizó la investigación en relación a una violación ocurrida en la localidad de Epuyén el lunes pasado. La Fiscalía solicitó el dictado de la prisión preventiva considerando que existe riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal. Con la oposición de la Defensa, la Juez, analizando el caso dispuso el arresto domiciliario con controles policiales periódicos y la prohibición de contacto con la víctima, su grupo familiar y los eventuales testigos.

La víctima es menor de edad (16 años), en tanto que el imputado se desempeña en la iglesia a la que ella asiste. Según la denuncia, él es identificado como el pastor de esa iglesia, sin embargo en la audiencia el imputado sostuvo que el es solo un colaborador en tanto que quien se desempeña como pastor es su hijo.

El hecho

El lunes 26 el imputado ingresó a la casa de su víctima. La relación entre este y la familia de la menor era de suma confianza por su condición de referente religioso y esto le facilitaba el acceso a la vivienda. En la casa estaba la joven sola acostada. El sujeto aprovechó la oportunidad y abusó sexualmente de ella mediante acceso carnal.
La Fiscalía calificó el hecho como Abuso Sexual con acceso carnal agravado por ser el autor miembro de un culto.

Pedido de prisión preventiva

Fidel González, Funcionario Fiscal de la Comarca, explicó los motivos por los que la Fiscalía considera particularmente grave este delito, e indicó que existe la posibilidad de que se presenten nuevas denuncias en la comunidad, aunque esto aun no se ha concretado lo podría deberse a la influencia psicológica y espiritual que el imputado ejerce en la comunidad que asiste a su iglesia.
Respecto del peligro de fuga, González cuestionó el arraigo del imputado. En tanto que respecto del entorpecimiento de la investigación, sostuvo que se constató el intento de ocultar la prenda íntima que llevaría puesta al momento de cometer el delito. Por otra parte se refirió a una nueva causa abierta contra el hijo del imputado por amenazas a la madre de la víctima –vinculadas con este hecho- y destacó que el joven habló con varios miembros de la comunidad con el fin de influenciar en ellos negando el hecho por el que se acusa a su padre. La policía local habló con él y se le pidió que desista de su actitud ya que esta entorpecería la averiguación de la verdad.

Sin indicios objetivos

El Dr. Javier Allende, Defensor del imputado, se opuso al pedido Fiscal indicando que no existen indicios objetivos que permitan inferir riesgo de fuga o de entorpecimiento procesal. Fundamentó el arraigo y señaló que las conductas del hijo de su defendido están enmarcadas en el derecho a la libre expresión.
Luego de fundar pormenorizadamente su punto de vista solicitó que la medida de coerción se reemplace por una obligación de presentarse periódicamente en una repartición pública como podría ser el juzgado de paz.

Domiciliaria

La magistrada señaló que si bien se trata de un delito que por sus características provoca una conmoción mayor que delitos mas graves como el homicidio, la resolución a dictar debe estar enmarcada en el principio de legalidad, o sería inválida.
La Juez discrepó con la Fiscalía sobre el riesgo de fuga, e indicó que por las particularidades de la congregación religiosa a la que el imputado pertenece puede pensarse en un arraigo fuerte ya que se prevé que sea fácil contactarlo, aun si fuera trasladado.
La Dra. Anabel Rodríguez consideró que el único peligro que se evidencia por el tipo de delito que se está investigando, es el de entorpecimiento procesal. Por lo tanto debe procurarse que el acusado no influya de ninguna manera en la víctima, sus familiares y eventuales testigos.
Así dispuso la aplicación del arresto domiciliario por un plazo de treinta días. El imputado no podrá salir del interior de su domicilio por ningún motivo, ni podrá comunicarse de ninguna forma con la víctima, familiares, ni testigos. Si incumpliera con esta manda, la medida de coerción pasaría a realizarse en comisaría.

Tentativa de robo


540 HORAS DE TRABAJO COMUNITARIO

Iba a realizarse el Juicio, los testigos ya habían sido convocados, el imputado reconoció su responsabilidad, las partes arribaron a un acuerdo y se realizó el trámite del juicio abreviado. El imputado fue condenado a tres meses de prisión de efectivo cumplimiento, reemplazables por 540 horas de trabajo comunitario, los que podrá concretar en un plazo máximo de 54 semanas. Si no cumpliera con la imposición deberá cumplir con la pena de prisión.

La versión de los hechos dada por la Fiscalía fue admitida por el imputado. El 20 de Junio de 2009, aproximadamente a la 1:00 hs. de la madrugada, en la carnicería ubicada en Avda Alvear al 1800 (Esquel), Claudio M. Beliz previo romper la puerta principal ejerciendo fuerza sobre la misma (aplicando patadas o golpes con otro elemento contundente), ingresó al local con la finalidad de apoderarse de la caja registradora, su contenido y cortes de carnes existentes. No logró su cometido por la intervención de un testigo ocasional que lo mantuvo encerrado en el interior del lugar hasta el arribo del personal policial previamente convocado.

La finalidad de la pena

Las características del hecho y las personales del imputado hicieron que se le imponga una pena de tres meses de prisión de cumplimiento efectivo. El Fiscal, Martín Zacchino explicó que la pena debe cumplir con la manda constitucional de resocialización. Sin embargo no es pensable que esta pueda lograrse en un plazo menor a los 8 meses, por eso para las penas menores el legislador previó su reemplazo por trabajos comunitarios, ya que de otro modo se trataría de una pena por la pena misma.

6 x 90

El modo de calcular la cantidad de horas a cumplir en tareas comunitarias surge de la multiplicación del total de días impuestos por seis horas diarias. Sin embargo el imputado no está obligado a cumplir el total de horas en solo doce semanas, sino que contará con un total de 54 semanas para concluir su obligación. Si no lo hiciera perdería el beneficio e iría a prisión.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron el frente de un stereo, marca B52, del interior de un vehículo estacionado en Belgrano al 100, Esquel, el jueves entre las 14 y las 16:15 hs.

HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron el stereo Phillco y las llaves de un vehículo estacionado en 9 de Julio entre Fontana y Pellegrini, Esquel.
Ocurrió el jueves al mediodía.

DAÑO:
En la zona de pinares del cerro La Cruz, se encontraron vísceras, patas y la cabeza de un caballo.
El hallazgo se produjo el jueves a las 11:40 hs.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron un maletín conteniendo escritos varios, del interior de un vehículo estacionado en Perito Moreno al 400, Esquel, el jueves entre las 14:30 y las 16:30hs.

DAÑO:
Una vecina de Pasteur al 1000, Esquel, denunció que le rompieron la ventana lateral de la vivienda. Ocurrió entre el lunes y el jueves últimos.


ROBO:
Autores ignorados rompieron el vidrio de una ventana, ingresaron a una propiedad en Cholila y sustrajeron un cable subterráneo, una masa, un cortafierro y ocho platos hondos. Sucedió en fecha no determinada porque la vivienda estaba desocupada.

HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron de un galpón diversas herramientas. Ocurrió en Epuyén durante la noche del 22 o madrugada del viernes 23.