miércoles, 12 de noviembre de 2008

En la audiencia preparatoria del juicio


VÍCTIMA E IMPUTADO ALCANZARON UN ACUERDO EN UNA CAUSA POR ESTAFA

Era la audiencia preliminar, la Fiscalía ya había preparado su caso y solicitado la elevación a juicio. Solo restaba pasar la acusación y la prueba por el control de la audiencia prevista a estos fines. Sin embargo antes de la audiencia la Defensora, en nombre de su representado, le ofreció a la víctima a través de la Fiscalía, el pago de una suma algo superior a la que motivó la denuncia por estafa. Con el acuerdo del damnificado y su decisión de reservarse el derecho de emprender acciones civiles, tomando en cuenta a la suma que excede el monto original pagado como anticipo de indemnización por los perjuicios que le causó el tiempo transcurrido en que no pudo contar con los equipamientos que había comprado y nunca recibió, la Juez homologó el acuerdo y dictó el sobreseimiento del imputado.


El 26 de octubre del año 2007, Néstor Camino, en representación de la fundación “Educándonos” realizó un depósito electrónico por $3.894,71 e la cuenta CA 0710003206010 del BBVA Banco Francés, por la compra de un cañón digital mara EPSON Powerlite S5, y una pantalla Loch TS84. Los productos eran ofrecidos en Internet por la empresa arroba@shopGroup. El comprador se contactó telefónicamente y también vía correo electrónico. A través de estos medios le brindaron los datos de la cuenta en la que debía hacer el depósito para recibir el equipamiento adquirido.

Apariencia legal

La organización aparentaba ser una empresa legal, con este ardid, el titular de la cuenta Alfredo César Augusto Palumbo logró defraudar a Camino. El comprador pagó lo que le pedían por los equipos, pero hasta la fecha no recibió nada de lo que había pagado.
En su acusación, la Fiscalía sostiene que la información “subida” a la Internet (
http://arrobashop.blogspot.com) nos da la seria pauta de que el acreditado “incumplimiento contractual” es en realidad una consecuencia sabida de antemano por el inculpado que desde el inicio conocía su voluntad de obtener el depósito – casi anónimo – a cambio de ninguna prestación, escudado también en una “gran/anónima” empresa que opera en ese mercado.

El acuerdo

Luego de que la Fiscalía oralizara su acusación, que contemplaba una pretensión punitiva provisoria de dos años de prisión en suspenso, la Defensa ofreció una conciliación. En este sentido ofreció la suma de $ 4.250, que el imputado pagaría luego de finalizada la audiencia, en efectivo. La suma que excede los $3.894, 71 del pago original, fueron ofrecidos en carácter de indemnización.
La Fiscalía, desde el punto de vista objetivo sostuvo que están dados los requisitos para que se produzca una conciliación. “Estamos ante un hecho de contenido netamente patrimonial, de las características de los que permiten llegar a esta solución alternativa del conflicto de fondo denunciado por el señor Camino”, indicó la Dra. Fernanda Révori.
El damnificado aceptó el ofrecimiento, señalando que le monto excedente lo toma a cuenta de los intereses correspondientes al año que transcurrió entre la efectivización del pago y la devolución del mismo. “Y quisiera reservarme el derecho a acciones civiles futuras, debido a que esto a mi juicio no satisface el daño moral, institucional además, de que el equipo que yo compré, en el tiempo y forma que yo lo necesitaba no estuvo. Sacando esto yo acepto el arreglo”, precisó Néstor Camino.

Sobreseído

El Código prevé que en los casos en que se arriba a una conciliación y esta se efectiviza en términos que conforman a la víctima, la causa penal debe ser archivada sobreseyendo al imputado. La Conciliación es uno de los instrumentos del nuevo Código Procesal Penal que ofrecen un lugar central a la víctima ya que le dan el derecho de decidir que quiere hacer con su causa: llevarla adelante hasta el juicio o bien, perdonar al autor del agravio en su contra a cambio de una reparación que lo conforme.
El imputado se aprestaba a pagar lo acordado en la oficina judicial para luego, con la certificación correspondiente, regresar a Santiago del Estero, provincia en la que reside.

Conformidad del damnificado

La persona que resultó víctima en esta causa manifestó su conformidad por el resultado alcanzado y por el plazo en que esto se produjo. Resaltó que confía y usa habitualmente los medios electrónicos para concretar operaciones de compra y en este caso, pese a haber tomado algunas precauciones resultó víctima de una estafa.
Camino sostuvo que es muy complejo desde lo personal constatar la fiabilidad de este tipo de ofertas y es necesario un mayor control por parte de los organismos estatales pertinentes.
“Yo decidí confiar en la Fiscalía Pública y confiar en el fuero de la Provincia del Chubut. Independientemente de que uno siempre con la justicia tiene cierto resquemor, yo fui, la presenté, preferí que no saliera del ámbito provincial, podría haber ido a lo federal tranquilamente y yo preferí que quedara acá. Está claro que, si bien no es una cosa enorme esta causa, que a un año de hecho todo ya se terminó, sabemos quién es el culpable, me parece que esto es de una confianza que a mi me importa resaltar y agradecer a los abogados que están a cargo de la Fiscalía”, sostuvo.

La primera resuelta

Camino señaló que esta es la primera causa penal que prospera contra esta organización, en el marco de todas las estafas que cometieron. Indicó que existe un sitio en Internet donde los damnificados comparten sus experiencias y en ninguno de los casos logró prosperar ninguna acción penal, con lo cual valoró los resultados alcanzados aquí en Esquel.

Balacera en el Barrio Roca

SE ANALIZÓ LA SITUACIÓN DEL MENOR INIMPUTABLE

El martes durante las primeras horas de la tarde se realizó una audiencia inusual, no prevista por el Código Procesal Penal de la Provincia. Fue a solicitud del Ministerio Fiscal, para analizar la situación de un chico de 13 años, inimputable para la Ley Penal de la Nación. Con representantes del Ministerio Pupilar, el Servicio de Protección de Derechos y el COSE, además de la madre del chico, se cotejaron posibilidades para sacarlo de la situación de riesgo en la que se encuentra. El chico se vio involucrado en los hechos que conmocionaron al Barrio Roca el lunes por la noche y en los que un joven de 16 años resultó con lesiones leves producto de tres impactos de bala.


La Fiscalía tomó intervención cuando se le informó que, a partir de un hecho violento, un joven de 16 años resultó herido con tres impactos de bala, uno en cada una de sus piernas y otro en la espalda. También se constató que estaba alcoholizado. Con esta información la Fiscal de turno se dirigió al Barrio Roca para comenzar desde allí a reconstruir lo sucedido. En el momento se estableció que entre los presuntos agresores había participado activamente un chico de 13 años. Si bien el chico no es punible para la ley penal, se evidenció su situación de riesgo. La madre manifestó su preocupación por la seguridad de su hijo, ya que todos los que participaron del episodio son del mismo barrio y temía que los familiares del herido busquen venganza pues ya se habían acercado a su casa, donde vive junto a otros hijos también menores de edad.

La primera noche

Debido a la conflictividad evidenciada, con el acuerdo de Asesora de Menores y de la Defensa Pública y de su propia madre, se dispuso su alojamiento por una noche en el COSE, ya que en el lugar no hay ningún otro interno en la actualidad. Durante esa noche fue acompañado por policía comunitaria, según solicitó su madre.

A familia

A pedido de la Fiscalía se realizó una audiencia en la que se analizó la situación del chico y se dispusieron las acciones a llevar a cabo. En este ámbito habló de intervenciones previas del Servicio de Protección de Derechos y se decidió que se retome el seguimiento del menor y de su familia. Las actuaciones de la causa pasaron al Juzgado de Familia.
El menor, desde este miércoles comienza a asistir a talleres que brinda el COSE. Obviamente regresó a su casa por su condición de menor inimputable.
Por otra parte continúa la investigación penal para conocer qué ocurrió efectivamente aquella noche y qué otras personas se encuentran involucradas.

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados sustrajeron un tanque de agua de 500 lts., una garrafa de 10 kg. y una soga de fibra de 15 mts.
Para sacar el tanque debieron cortar las mangueras, en tanto que para ingresar al predio saltaron un alambrado perimetral de 1,20 mts. de alto.
Sucedió entre el 7 y el 8 de este mes.

Asalto al taxista

DOS JUECES DISPUSIERON 30 DÍAS DE PRISIÓN DOMICILIARIA PARA EL IMPUTADO MAYOR

Fue el Tribunal que tuvo a su cargo la revisión de lo dispuesto un día antes por la Dra. Carina Estefanía. Los magistrados consideraron que al no encontrarse incomunicado, el imputado en la Comisaría, también podría intentar entorpecer la investigación. Así decidieron modificar los diez días de prisión efectiva por treinta días de prisión domiciliaria en el domicilio de su madre en Comodoro Rivadavia. El traslado se produjo anoche. Una comisión policial llevó al joven de 19 años hasta el colectivo y allí lo entregó a su madre, al llegar a Comodoro otra comisión policial lo esperaba para confirmar su llegada y llevarlo hasta el domicilio donde deberá permanecer, bajo la responsabilidad de su madre y con controles periódicos de la policía. También tiene prohibido contactarse por cualquier medio con el coimputado y con la familia de este. Recordemos que el menor cumple arresto domiciliario y actividades diarias en el COSE.

Los Dres. Jorge Eyo y Nelly García conformaron el Tribunal que llevó adelante la revisión solicitada por el abogado defensor del imputado. El letrado había solicitado la audiencia cuando la Juez que intervino en la última audiencia decidió prolongar por diez días la prisión en Comisaría, disponiendo que ese cumplimiento fuera en la Comisaría de Trevelin.

Luego de escuchar a las partes reiterar sus interpretaciones y pretensiones, la Dra. García fue la vocera de la decisión judicial. Para ellos no se puso en tela de juicio la posible autoría en cabeza del imputado, sino que lo que debe discutirse exclusivamente es si existe peligro de entorpecimiento y con qué medidas puede minimizarse ese riesgo.

Por terceros

Los Jueces advirtieron que la posibilidad de actuar a través de terceros no puede neutralizarse efectivamente con una prisión preventiva, ya que no está incomunicado. Por lo cual, en algún contacto con familiares y visitas, el imputado podría intentar actuar a través de terceros, lo que en este caso no se constató que hubiera ocurrido. La medida sí garantiza que el detenido no pueda actuar de modo directo en el entorpecimiento.

El menor

El coimputado, un menor imputable de 17 años, está cumpliendo una medida menos gravosa, ya que se dispuso la prisión domiciliaria, pese a que están en una posición semejante desde lo procesal.
La Jueza señaló que en la situación de intercambio de mensajes de texto cuando se realizaban los allanamientos, fue el menor el que le dijo a este imputado que se deshaga de las cosas del taxista, es decir que él tuvo una actitud pasiva en el entorpecimiento. Luego de esto no se constató ninguna otra actividad tendiente a entorpecer la investigación por parte de ninguno de los dos imputados.
La magistrada señaló que no puede hablarse de falta de contención de los padres ya que este es un hecho aislado, aunque grave, no se tienen antecedentes de otros hechos delictivos que hayan tenido al imputado por protagonista.

Con mamá

Los magistrados decidieron reemplazar la prisión efectiva por una prisión domiciliaria en la vivienda de los padres, con la custodia y vigilancia de su madre la que se comprometió en la audiencia a controlarlo.
También se le prohibió comunicarse con el coimputado y con la familia directa de este.
Para asegurarse que permanecerá en el domicilio, se libró un oficio a la Unidad Regional de Comodoro Rivadavia para que realice controles diarios y rondas periódicas por la vivienda.
Como la medida sigue siendo una prisión preventiva, se dispuso que una comisión policial conduciría al joven hasta el colectivo de la noche en el que viajó de regreso a Comodoro con su madre. Otra comisión los recibiría en la ciudad petrolera para trasladarlo hasta la vivienda en la que deberá permanecer.
En treinta días se realizará una nueva audiencia de control de la medida, a menos que esta debiera adelantarse al constatar algún incumplimiento.