miércoles, 30 de diciembre de 2015

Presuntas estafas y defraudación a ancianos

FISCALÍA ACUSÓ A DOS DE LAS IMPUTADAS


El Ministerio Público Fiscal presentó acusación pública en el caso que investiga la presunta comisión de delitos de estafa y defraudación a personas alojadas en el Hogar de Ancianos y las casas tuteladas de Esquel. En una audiencia realizada este miércoles, el fiscal Fidel González solicitó el sobreseimiento de Yesica Lorena Domínguez, por no haber hallado elementos que acrediten su participación deliberada en los hechos que se discutirán en juicio.

En febrero o marzo próximo se realizaría la audiencia preliminar en la que la Fiscalía requerirá la elevación a juicio en relación a dos imputadas: quien se desempeñaba como Directora del Hogar y una empleada administrativa. Respecto de ellas se hizo un pedido de sobreseimiento parcial. Originalmente se imputó el perjuicio a 15 víctimas, concluida la etapa de investigación preliminar, el fiscal del caso evaluó que cuenta con elementos para sostener la acusación respecto de 14. Es decir que el sobreseimiento requerido lo fue únicamente en relación a una persona sobre la que no hay elementos para sostener que hubiera sido damnificada.

Los hechos

El primer legajo señala a una empleada administrativa del hogar de ancianos "Juan Domingo Perón", quién habría defraudado a una anciana aprovechando  su función. "Se apropió abusando de la confianza en ella depositada de la tarjeta de débito del Banco provincia del Chubut a nombre de la abuela  para luego dirigirse al cajero automático en la vecina localidad de Trevelin y extraer la suma de pesos mil ($ 1.000)", sin autorización de la titular y sin entregar nunca el dinero obtenido. Este hecho habría ocurrido el 14 de abril de 2014.

El segundo legajo investiga un hecho ocurrido entre marzo de 2012 y el mismo mes del corriente año. La acusación les atribuye el hecho que afectó a un anciano internado en el hogar, con su salud muy deteriorada. Según la denuncia, la Directora habría exigido a la esposa del damnificado, la tarjeta de débito otorgada por el Banco del Chubut para el cobro de la jubilación del interno, fundamentando el pedido en que el dinero se destinaría a cubrir los gastos de la internación "a sabiendas que desde el Ministerio de la Familia y Promoción Social de la provincia del Chubut se abonan los gastos de todo el personal que asiste a los ancianos internados, como así también del funcionamiento operativo del hogar (alimentos, vestimenta, higiene, etc). No quedando ningún tipo de erogación a cargo de los internos", indica el escrito fiscal, con una salvedad, los gastos de farmacia.
Siguiendo la línea de lo denunciado, la Fiscalía sostiene que el damnificado era trasladado al Banco, con acompañamiento del personal administrativo imputado, se lo llevaba a la caja o al cajero a realizar extracciones de dinero por diferentes cantidades, luego se lo regresaba al hogar dejándolo en su silla en la sala, sin dinero alguno, en tanto las imputadas se reunían a puertas cerradas sin poderse precisar por el momento, el destino dado al dinero. Por este hecho, se estima que el perjuicio económico causado rondó los $67.729.

El tercer legajo investiga el perjuicio presuntamente ocasionado a otros diez ancianos, entre comienzos de 2007 y marzo de 2014. Con una modalidad similar a la descripta en el hecho anterior, las imputadas, según la información obtenida hasta el momento, habrían causado un menoscabo de aproximadamente $713.638.


El último legajo incrimina únicamente a la coordinadora las casas tuteladas, por su accionar entre enero de 2007 y julio de 2013 en relación al cobro de las jubilaciones de los ancianos que ocupaban los monoambientes, la compra de medicamentos y la administración del dinero sobrante. En relación a este legajo se estima un perjuicio para cuatro damnificados de alrededor de $309.112.

lunes, 28 de diciembre de 2015

Fiscalía abrió la investigación por presunta instigación a un robo


Recientemente fueron condenados en juicio abreviado tres de los autores materiales del hecho. El cuarto obtuvo una suspensión del juicio a prueba. Los autores son de Comodoro Rivadavia. En esa audiencia, uno de los imputados brindó información sobre un presunto contacto local, la persona que habría dado la información para que concreten el robo. Hoy la Fiscalía formalizó la apertura de investigación a su respecto en una audiencia.

Entre las 23.30 horas del día 6 y las 04.00 del día 7 de diciembre de 2013,  Víctor Hugo Alcaina, Jonathan Alexis Pierresteguy, Gustavo Adolfo Durán y Sebastián Agustín Rodríguez, estacionaron su camioneta en una zona próxima a la vivienda de la víctima, y luego ingresaron a la propiedad por la ventana que da al patio. En el interior de la casa, se repartieron dos en la planta baja y otros dos subieron al primer piso. Estos últimos se dirigieron a la habitación donde en ese momento dormía la Sra. Paggi, la despertaron y le exigieron la entrega de las llaves de la caja fuerte y de un supuesto dinero de una venta de un campo en Calafate. Tras revisar toda la habitación y encontrar el manojo de llaves que buscaban, le taparon la cara con una toalla y la hicieron caminar hasta el baño donde la dejaron encerrada. Luego revisaron toda la vivienda en busca del dinero. Antes de darse a la fuga, se hicieron del efectivo que encontraron, celulares y joyas.

Tenían información precisa

Desde el comienzo de la investigación llamó la atención el conocimiento de la vivienda por parte de los autores. El modus operandi daba cuenta de datos concretos que ellos no podían tener sin la colaboración de un tercero. Esa persona debía pertenecer al círculo íntimo de la víctima. Fue Paggi quien desde ese entonces indicó como sospechoso a su ex pareja. La Fiscalía llevó adelante medidas de investigación siguiendo esa línea, sin obtener resultados.
El nuevo elemento surgió en la audiencia en la que se cerró el proceso en relación a los autores materiales. Uno de ellos brindó información sobre quién habría sido la persona que les "entregó" esa vivienda.

La nueva imputación

Fernanda Révori al oralizar la apertura de investigación, dejó en claro que el imputado sigue siendo inocente y que esta audiencia tiene la finalidad de informarle que se lo está investigando, por qué conducta y darle la oportunidad de que prepare y ejerza su defensa.
La participación del nuevo imputado fue descripta por la Fiscalía indicando que la perpetración del hecho habría sido determinado por la ex pareja de la víctima, con quien había finalizado recientemente en malos términos una relación sentimental de varios años. La hipótesis que se investigará es que esta persona "habría contactado a los autores, a través de un contacto local hasta el momento no identificado, aportando personalmente todos los datos necesarios en cuanto a circunstancias personales, medios de vida, costumbres, actividades comerciales de la víctima y características particulares de su vivienda, como así la existencia en el domicilio de una alta suma de dinero en efectivo proveniente de la venta de un campo y joyas de valor, circunstancias estas que decidieron definitivamente a los autores a ejecutar el hecho".

Provisoriamente se lo imputó como instigador y supletoriamente en calidad de partícipe secundario. La Fiscalía cuenta con un plazo de seis meses para concluir su investigación y decidir si  cuenta con elementos para llevar el caso a juicio o, por el contrario, deberá requerir el sobreseimiento del imputado por no haber hallado elementos que acrediten fehacientemente su responsabilidad.

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El STJ confirmó la condena de Orias

En septiembre de 2014 Esteban Orias fue encontrado culpable del homicidio de su ex pareja, Cristina Cayecul. El tribunal aplicó la calificación agravada en relación al el vínculo y por el uso de un arma de fuego, en concurso real con tentativa inidónea de homicidio simple agravado por el uso de un arma de fuego, en concurso ideal con portación ilegítima de arma de fuego. El fallo fue confirmado por la Cámara Penal y recientemente ratificado por el Superior Tribunal de Justicia. Orias fue condenado a prisión perpetua. Sin posibilidades de agravar la condena, uno de los Ministros mostró su desacuerdo con la resolución de la mayoría del Tribunal de juicio. Para Alejandro Panizzi, tal como propuso la Fiscalía, se trató de un Femicidio.

La calificante de femicidio no implicaba en este caso ninguna modificación práctica a la situación de Orias, quien de todos modos debe enfrentar la pena máxima prevista por el odenamiento penal. Pero el reconocimiento expreso de uno de los Ministros del STJ, indicando que este caso encuadra en esa figura, se constituye en un antecedente que seguramente será citado más de una vez en casos donde se tramiten judicialmente hechos atravesados por la violencia de género.
Panizzi planteó que “más allá de que no puede agravarse ahora la situación del condenado, no concuerdo con la supresión de la figura de femicidio, en el caso.” Luego señaló que “ésta consiste en el modo más grave de violencia de género: la muerte de una mujer por un hombre, a la que éste considera de su propiedad”.
Al describir brevemente algunos indicadores de este tipo especial de violencia, sostuvo que “en tales casos, lo primero que aparece claramente son los celos del autor, el control de la mujer por medio de la violencia, su aislamiento, acompañado de otras formas de dominación, para concluir con la muerte violenta de la víctima”.
Por su parte Jorge Pfleger, también se refirió a estas evidencias aunque sin mencionar expresamente el agravante especial. “A ello se sumó la acreditación de una actitud celosa del autor, en el pasado, y la continua intención de dominar a la víctima, como camino a su comportamiento final ahora juzgado”, expuso.

La Fiscal Fernanda Révori había dedicado gran parte de su alegato a fundamentar  la existencia del agravante de género. A este respecto su postura fue que “además de estar orientada concretamente hacia una mujer como sujeto pasivo del delito (por el hecho de ser mujer) requiere que ella se haya desarrollado en un ámbito especial, concretamente en un contexto de dominio, de poder, de discriminación del sexo femenino. No toda violencia contra la mujer es violencia de género, ni toda muerte de una mujer es un femicidio”.


El caso llegó a estudio del pleno del STJ de acuerdo a lo establecido por la Constitución Provincial y el Código Procesal Penal para todas las condenas confirmadas por las Cámaras que superen la pena de 10 años de prisión.  

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miércoles, 23 de diciembre de 2015

Presunta defraudación a la administración pública

El juicio tiene fecha y juez


La Fiscalía investigó las maniobras en torno de la venta de tierras fiscales en la localidad de Corcovado. Los hechos datan de fines de 2011. La investigación se dirigió hacia los concejales e intendentes Diez y Novella, los compradores y la mujer que adquirió las tierras y las vendió a los inversores. En la audiencia preliminar fueron sobreseidos los particulares, en tanto que todos los funcionarios públicos pasaron a juicio.



En presencia del juez José Colabelli y de las partes, el Dir. de la Oficina Judicial, Rodolfo Barroso realizó el sorteo del juez de juicio y acordó con fiscales y defensores la fecha de debate. El juez que integrará el Tribunal Unipersonal será Martín Zacchino, en tanto que la fecha de juicio fue fijada en la primera semana de mayo, del 2 al 6 de ese mes.

Serán convocados al debate un total de 41 testigos, tres de ellos son las personas que fueron sobreseidas en la etapa penal preparatoria.



Los hechos según la acusación



El legajo se refiere a tres hechos ocurridos en Corcovado, el primero de ellos entre el 24 de noviembre y el 07 de diciembre de 2011, en circunstancias en que los entonces concejales Héctor Jorge Bustos, Gladys Raquel Austin, Jorge Alberto Pereyra, Alejandra Cecilia Ocampo, Irma Díaz y María Roxana Novella, infringiendo las disposiciones que sobre la tierra fiscal establece la Ley XVI N° 46 y la Ordenanza N° 571/08 y sus modificatorias y sin perjuicio de haber resuelto en septiembre de ese mismo año la suspensión de venta de terrenos hasta la finalización del período electivo, aprobaron la Ordenanza N° 742/11y N° 751/11 por la que autorizaron primero al Departamento Ejecutivo Municipal, la venta de las parcelas fiscales individualizadas como Circunscripción 1 Sector 1 Fracciones 51 y 52 del ejido de Corcovado a la Sra. María Josefa Larrea por la suma total de $ 1.513.177 y 13 días después, autorizaron a la adquirente –María Josefa Larrea-, a ceder, vender o transferir esos derechos a terceros, a sabiendas entre otras cosas que la Sra. Larrea no vivía en la localidad de manera efectiva hacía varios años, no era ocupante de esas tierra, era propietaria de otras propiedades en la localidad, no las adquiría con la finalidad de destinarla a vivienda única familiar, excedía el predio las dimensiones cuya transferencia se permite, se lo hacía por un precio que no se correspondía con los parámetros fijados por la reglamentación de tierras fiscales y por las circunstancias propias de la tierra (dimensión ubicación, etc.) y no se había cancelado el pago.

 

Hecho 2



Habría ocurrido entre el 25 de noviembre y el 07 de diciembre de 2011, en circunstancias en que Héctor Raúl Diez, en su condición de Intendente de la localidad y administrador de las tierras fiscales ubicadas en su jurisdicción, infringiendo las disposiciones de la Ley XVI N° 46 y la Ordenanza N° 571/08 y sus modificatorias y a sabiendas entre otras cosas que la adquirente no vivía en la localidad de manera efectiva hacía varios años, no era ocupante de esas tierra, era propietaria de otras propiedades en la localidad, no las adquiría con la finalidad de destinarla a vivienda única familiar, excedía de la dimensiones cuya transferencia se permite, se lo hacía por un precio que no se corresponde con los parámetros fijados por la reglamentación de tierras fiscales y por las circunstancias propias de la tierra (dimensión ubicación, etc.), no se había cancelado el pago y se había suspendido en septiembre de ésa año la autorización de venta de terrenos en la localidad hasta la finalización del período electivo,  promulgó el 25 de noviembre y el 07 de diciembre de 2011 respectivamente las citadas ordenanzas.



Hecho 3



En este caso el hecho se sitúa en Corcovado y en Esquel, entre el 24 de noviembre de 2011 y el 28 de junio de 2012, en circunstancias en que Héctor Raúl Diez y María Roxana Novella, ambos en su carácter de titulares del Departamento Ejecutivo Municipal, el primero hasta el 7 de diciembre de 2011 y la segunda en el período inmediatamente posterior, violando los deberes a su cargo y perjudicando los intereses confiados conforme la Ley N° XVI-46 (Antes Ley N° 3098), procedieron dolosamente y con la participación necesaria de los Concejales  Héctor Jorge Bustos, Gladys Raquel Austin, Jorge Alberto Pereyra, Alejandra Cecilia Ocampo e Irma Díaz, y de tres ciudadanos, a vender las parcelas individualizadas como Circunscripción 1 Sector 1 Fracción 51 y 52 en un total de 232 ha, 70 a, 95 ca del ejido urbano de Corcovado, a sabiendas que tenían a su cargo la administración y custodia de la tierra fiscal de la comunidad, logrando de tal modo y para estos, un lucro indebido y un perjuicio económico – financiero a  la administración pública municipal. 

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Los fiscales se reunieron con el intendente de Esquel

La Fiscal Jefe, María Bottini y los Fiscales Fernanda Révori, Fernando Rivarola y Fidel González, junto a la Lic. Teresa Antiñanco del SAVD, recibieron al flamante intendente de Esquel, Sergio Ongarato. En la reunión se habló de temas comunes, fundamentalmente aquellos que hacen a la prevención del delito y al trabajo en red con las áreas sociales.

El martes a la tarde se realizó el encuentro en instalaciones del Ministerio Público Fiscal. Fueron varios y diversos los temas abordados, y se acordó la realización de una próxima reunión entre las profesionales del SAVD y el Secretario de Promoción Social, Walter Dell.

Uno de los temas tratados fue el de las intrusiones en tierras fiscales. El intendente se mostró preocupado por la ubicación en zonas de extremo riesgo para las familias que las ocupan y explicó su mirada sobre esta temática. Los fiscales explicaron cuales con las características que deben darse para que corresponda la intervención de la justicia penal y se acordó un futuro encuentro con la Asesoría Legal de la municipalidad para avanzar en la elaboración de un protocolo específico.

También se habló de la necesidad de mejorar en cantidad y calidad las cámaras de seguridad instaladas en la vía pública, intensificar los controles de alcoholemia y de expendio de bebidas alcohólicas a menores de edad, sistema de disposición de residuos patológicos, y distintos programas municipales para la atención de situaciones de violencia familiar.

martes, 22 de diciembre de 2015

Homicidio de Pilar Codesal. Fiscalía analiza presentar un recurso

El Fiscal Fernando Rivarola se refirió a la resolución absolutoria del Tribunal de Juicio, señalando que “en líneas generales no nos ha sorprendido”, estaba en los cálculos de la Fiscalía esta posibilidad. De todos modos, teniendo en cuenta la gravedad del hecho juzgado, se está analizando la posibilidad de presentar un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. El fiscal resaltó que “el Tribunal ha expresado muy claramente su convicción, estamos con una absolución que impide romper el principio de inocencia del imputado, sigue siendo una persona inocente y entendemos que el Tribunal ha hecho un trabajo correcto, sin perjuicio de la visión de la Fiscalía”.
En primera persona AUDIO
La resolución era una de las posibles resoluciones que estaba en los cálculos de la Fiscalía. Es decir que la absolución por beneficio de la duda, en líneas generales no nos ha sorprendido, porque en los cálculos que habíamos hecho previo al juicio, analizando el plexo probatorios con que llegamos a este juicio, indudablemente era una de las posibilidades y en tal sentido habíamos ya adelantado esta posibilidad a las víctimas y al resto del equipo que estábamos trabajando.
Sin perjuicio de ello, atento la gravedad de este hecho y la importancia que tiene su juzgamiento, la Fiscalía está analizando el fallo, los argumentos dados por cada uno de los jueces en lo que fueron los puntos centrales del debate, para ver si es posible la interposición de un recurso extraordinario, porque entendemos que pudo haber un error en la valoración de la prueba. De hecho la Fiscalía sostuvo una valoración distinta a la que ha adoptado el Tribunal. Nosotros hemos propuesto, muy convencidos, la sentencia condenatoria y entendemos que del razonamiento de los jueces es posible que hayan cometido algún vicio en el sistema de valoración de la prueba y que esto nos habilite un último recurso extraordinario ante el Superior Tribunal, con la finalidad de lograr la revocación de la sentencia y quizás, la realización de un nuevo juicio con otro tribunal.
En este sentido lo que se analiza es si hubo apartamiento de la prueba sustancial, si la prueba sustancial ha sido bien asimilada por los jueces, si los razonamientos de los jueces no afectan leyes de la lógica o de la experiencia o de la ciencia. Y en definitiva proponer al Superior Tribunal una lectura distinta del mismo material probatorio, demostrando los vicios en que habría incurrido el Tribunal. Siempre teniendo en cuenta que era un fallo dentro de los esperables, que el Tribunal ha expresado muy claramente su convicción y que estamos con una absolución que impide romper el principio de inocencia del imputado, destruirlo, que sigue siendo una persona inocente y entendemos que el Tribunal ha hecho un trabajo correcto, sin perjuicio de la visión de la Fiscalía.
Diálogo con el hijo de Pilar AUDIO
El vienes, el Fiscal dispuso que personal del SAVD se contactara con ellos para hacerle saber el resultado del juicio, ya que el hijo de Pilar estaba fuera de la ciudad. Sobre el contacto con Carlos Williams esto es lo que dijo Rivarola:
En el día de ayer, Carlos Williams se comunicó conmigo al celular oficial para hacerme saber que estaba enterado del resultado, por supuesto que no estaba conforme con la resolución. Que entendía que la resolución estaba dentro de lo que nosotros habíamos adelantado, que además descansaba en la Fiscalía el análisis para la interposición o no de un recurso extraordinario. Le hice saber que estábamos trabajando en ese tema y que ni bien él regrese a la ciudad de Esquel, nos vamos a reunir para que, independientemente de cual sea la posición de la Fiscalía –interposición o no de un recurso- lo hagamos con su conformidad.
El debate público AUDIO
La audiencia de juicio, fundamentalmente la audiencia oral, tiene todas ventajas y ninguna desventaja. Tanto para la víctima como para el imputado, para cualquiera de los interesados en el conflicto. Primero porque se cristaliza la prueba, se aprehende la prueba sin intermediarios y esto lo puede seguir cualquier ciudadano. Se cristaliza todo lo que fue la investigación. Se pone en la audiencia de juicio, paso a paso, cada una de las medidas de investigación y cada uno de los resultados y, fundamentalmente, los expertos dan cuenta ante los jueces y ante el público, del por qué de sus conclusiones, cuáles fueron los inconvenientes y cuáles fueron las conclusiones o los aciertos a los que pudieron llegar.
El plexo probatorio puede ser analizado no solamente por los jueces sino por el público en general y esto permite básicamente el control de los actos del poder judicial, que es un Poder más del Estado y que debe someterse al control popular. Por lo tanto la mejor forma de controlar lo que se hace en la Justicia es asistiendo a las audiencias orales. Ahí se ve claramente la actividad del Fiscal, claramente la actividad de la Defensa y también claramente la actividad de los Jueces. De modo que uno puede estar o no de acuerdo, cuestionar o no, dentro de los parámetros que nos permite el sistema procesal.

viernes, 18 de diciembre de 2015

Homicidio de Pilar Codesal


La duda fue el fundamento de la resolución absolutoria del Tribunal

Avara y hostil, fueron los calificativos elegidos por los jueces al referirse a la escena del hecho sobre la que debieron trabajar los investigadores para dilucidar este caso. Los jueces Martín O' Connor, Martín Zacchino y Anabel Rodríguez, coincidieron en que el juicio no les permitió alcanzar el grado de certeza necesario para dictar una sentencia condenatoria, pero tampoco arrojó certeza de que el imputado no fuera el autor del crimen. En esta instancia procesal, la duda favoreció a Facundo David Lara. No obstante esto, el imputado regresó a prisión ya que cumple condena por otros dos hechos en los que fue hallado responsable recientemente.

Los magistrados no escatimaron en recursos analíticos para resolver respecto del único punto de controversia: si el imputado fue o no autor del hecho juzgado. La enunciación es simple, sin embargo el trabajo desplegado para esclarecer esta cuestión fue arduo y muy complejo.

O' Connor, en sus conclusiones luego de un metódico escrutinio de la prueba, sostuvo que " la impresión que arrojó el debate es que la Fiscalía –en conjunto con el personal policial- realizó un arduo trabajo investigativo, ante una escena del crimen avara en el ofrecimiento de evidencias". También se refirió a la orfandad de elementos de alto valor de corroboración científica, como ADN o rastros dactilares. Nada de esto se halló en la escena del hecho. Zacchino se referiría a esta cuestión diciendo que "el panorama así presentado ab initio, ha sido más que hostil con los investigadores en pos del esclarecimiento pretendido".

La escena muy poco "dijo" del imputado. El análisis de los elementos recabados por la autopsia y de la dinámica del suceso, ofreció algunos parámetros clasificatorios respecto de la personalidad del autor. La mayor aproximación a su identidad la aportó la marca de sus pisadas. Improntas parciales que fueron peritadas y se convirtieron en eje del debate y del estudio de los juzgadores.

El análisis de las probabilidades

Los magistrados coincidieron en la evidencia de una alta probabilidad de que Facundo David Lara sea el autor del crimen. Pero probabilidad no es certeza. Al respecto Zacchino razonó que " el Juez poseerá certeza cuando adquiera un conocimiento seguro y claro sobre lo que es objeto de análisis, adhiriendo a una noción sin temor a errar, mediante su acción inteligente". Un análisis similar realizó la Dra. Rodríguez en relación a los parámetros de la duda razonable.

¿Pero por qué dedicaron tantos párrafos a analizar qué es certeza y qué duda?

Porque debía establecerse concretamente si la probabilidad de que Lara fuera el autor del crimen es alta, muy alta, media, baja o nula. Ese grado de probabilidad es el que les daría certeza.
Las pisadas que quedaron marcadas en la escena daban cuenta del elemento más directo de aproximación al autor. Los jueces coincidieron en que este elemento no fue por sí mismo suficiente para ofrecer la "identidad" del homicida. Para esto tuvieron en cuenta las conclusiones del perito Alberto Ehnes quien se refirió a la gran similitud de la impronta encontrada en la escena con el calzado secuestrado al imputado. Alta probabilidad por el talle, marca y modelo, pero además también por el desgaste, lo que denota un mismo modo de caminar.
"A sabiendas que el acusado tenía el mismo modelo y talle de zapatillas, se intentó probar que el universo de esa marca y modelo de zapatillas era muy reducido. Para ello, el personal de la Brigada de Investigaciones explicó la ardua tarea de rastrear el calzado y de intentar conseguir la marca y el modelo del calzado", indicó O' Connor. Los tres jueces entendieron que el testimonio del comerciante que vendió las zapatillas, ofreció mayor confusión que claridad respecto de la cantidad que pudo haberse comercializado. Sin embargo dejó en los jueces la idea de que se trataría de una cantidad elevada. A más zapatillas iguales vendidas en Esquel, menor probabilidad de que sean las secuestradas y no otras las que dejaron su impronta en la escena del hecho.

También sopesaron que las zapatillas secuestradas no tenían ningún rastro de sangre detectable por los reactivos más modernos para esta experticia, algo llamativo por las características del crimen.  O no fueron salpicadas o no eran las que tenía el autor del hecho. Se inclinaron por esta segunda probabilidad.

Compatibilidad psicológica con el autor

La aparente compatibilidad psicológica del imputado con las características generales del autor arrojadas por la autopsia psicológica, también ofrecía un campo de posibilidades demasiado amplio. "No advierto en las conclusiones de los Licenciados Letaif y Diez “la plena coincidencia” que encuentra el Dr. Rivarola, pero es posible observar cierta vinculación. No obstante, teniendo en vista que –según las apreciaciones de la perito psicóloga-, los rasgos de personalidad de Facundo Lara son compartidos por un alto porcentaje de la población, la vinculación pierde particularidad. Son características comunes a un 75 % de la población. El dato existe pero, en mi criterio, es irrelevante", concluyó Rodríguez.

Por qué tampoco se convenció el Tribunal de que Lara no fue el autor

Los juzgadores analizaron la prueba de la Defensa, fundamentalmente basada en testimonios. El propio imputado dijo que no tuvo nada que ver con el crimen de Codesal, que esa mañana estaba trabajando en una obra subcontratado por su hermano Diego. Para demostrarlo llevó a varios testigos. El único que aseguró que Facundo estaba trabajando lejos del lugar del hecho la mañana del crimen, fue su hermano. Para los jueces este testimonio no resulta convincente porque era evidente su subjetividad por la carga emotiva que transmitía, manifestando incluso su enojo con los investigadores por haber llevado a su hermano a juicio.

Los jueces analizaron el cuadro probatorio y observaron que el tipo de trabajo era informal y no quedaba documentada la asistencia en ningún registro. Se pudo establecer que Facundo trabajó para su hermano en el mes de enero de este año, pero también se acreditó que cometió otro hecho por el que fue declarado responsable, cometido en el horario en que debía estar en la obra. Además surgió de uno de los testimonios que Facundo en más de una oportunidad se quedó dormido y por lo tanto no siempre respetó el horario en que dijo que trabajaba.

Zacchino postuló que "las probanzas rendidas han sido tan ambiguas que, cualquiera de las opciones planteadas por las partes puede tenerse por posible".

La duda debe pesar a favor del imputado, fue la unánime conclusión.

jueves, 17 de diciembre de 2015

Miquelarena participa de la reunión del Consejo Federal de Política Criminal de los Ministerios Públicos

IMG-20151217-WA0000La reunión se realiza en Salta con la participación de los Procuradores de todas las provincias argentinas. Los más altos representantes de los Ministerios Públicos se reunirán este viernes con el flamante Ministro de Justicia y DD. HH. de la Nación, Dr. Germán Garavano y al mediodía participarían de un almuerzo ofrecido por el Gobernador de la provincia de Salta, Dr. Juan Manuel Urtubey.
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Desde el miércoles los Procuradores y Fiscales Generales analizan varios temas, fundamentalmente uno de candente actualidad: la narcocriminalidad. El jueves participaron representantes del Fuero Federal, funcionarios de PROCELAC (Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos) y de PROCUNAR (Procuraduría de Narcocriminalidad). Este último organismo fue creado con el objetivo de mejorar la actividad persecutoria de conductas vinculadas con la criminalidad organizada en materia de narcotráfico y delitos conexos, de acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre Delincuencia Organizada Trasnacional y Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
Los miembros del Consejo estuvieron de acuerdo en que es necesario aunar criterios. Con esta perspectiva se expuso el esquema de trabajo diseñado en la provincia de Salta. El compromiso de los Procuradores es generar una propuesta abarcativa de todas las provincias, que sirva para luchar seriamente contra todo lo que implica la narcocriminalidad, como el lavado de dinero, el narcomenudeo, etc.
Género
Director del PROCUNARPor otra parte se avanzó en el diseño del acta acuerdo para la conformación del Observatorio de Violencia Doméstica. El Observatorio se integrará con referentes de todas las provincias, por Chubut el Procurador designó a la fiscal María Bottini, quién cuenta con formación especializada en la temática.
Reunión con Garavano
El Ministro de Justicia de Nación fue vicepresidente Segundo del Consejo, mismo cargo que hoy detenta Miquelarena, por lo tanto conoce cabalmente las cuestiones que son de relevancia para los Ministerios Públicos. Con él se tratará la continuidad de los aportes nacionales a los laboratorios de investigación forense y capacitación, entre otras temáticas.
IMG-20151217-WA0004El Programa indica que Garavano arribaría a Salta el viernes a las 09:00 hs. concurriendo a las 10:00 hs a la reunión del Consejo, para luego inaugurar, junto con autoridades provinciales, la nueva Morgue del Ministerio Público Fiscal de Salta. Parte del equipamiento de la Morgue, ha sido provisto por los Consejos que agrupan a los Fiscales y Procuradores Generales del País, dentro del Proyecto de Instalación de Laboratorios de Investigaciones Forenses.
A las 13:00 hs. los Procuradores y Fiscales Generales , junto al Ministro Garavano, concurrirán al almuerzo que ofrecerá el Gobernador de la Provincia de Salta, Dr. Juan Manuel Urtubey.